ICBF - Anexo 2 criterios priorizacion modalidad aiec - tejiendo interculturalidad v1 0
ICBF
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICBF - Anexo 2 criterios priorizacion modalidad aiec - tejiendo interculturalidad v1 0
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- —
PROCESO
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A2.MO30.PP 07/05/2024
ANEXO 2. Criterios de priorización para la modalidad AIEC – Tejiendo Interculturalidad Versión 1 Página 1 de 6 ACOMPAÑAMIENTO INTERCULTURAL ([ETNICA – CAMPESINA) - TEJIENDO INTERCULTURALIDAD ANEXO 2. Criterios de priorización para modalidad Acompañamiento Intercultural (étnica - campesina) - Tejiendo Interculturalidad
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN 2
1. OBJETIVO. 3
2. ALCANCE. 3
3. DESARROLLO DE LA PRIORIZACIÓN 3 3.1. Priorización jurídica ....................................................................................................................... 3 3.2 Priorización poblacional ................................................................................................................ 5 3.3 Priorización de contexto ................................................................................................................ 5
4. IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN 6
5. CONTROL DE CAMBIOS 6 ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente!
Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A2.MO30.PP 07/05/2024
ANEXO 2. Criterios de priorización para la modalidad AIEC – Tejiendo Interculturalidad Versión 1 Página 2 de 6
ACOMPAÑAMIENTO INTERCULTURAL ([ETNICA –
CAMPESINA) - TEJIENDO INTERCULTURALIDAD INTRODUCCIÓN La Dirección de Familias y Comunidades a través de la modalidad Acompañamiento Intercultural (Etnica - Campesina) - Tejiendo Interculturalidad busca Fortalecer las capacidades de las familias
y las comunidades étnicas y campesinas, para generar comunidades o entornos protectores que permitan el buen vivir de Niñas, Niños y Adolescentes, la garantía de los derechos individuales y colectivos, la construcción de tejido social y cultural y la protección integral a partir del reconocimiento de sus saberes, tradiciones, intereses, usos y costumbres, contribuyendo a su pervivencia y salvaguarda. Lo anterior, a través del apoyo a propuestas de fortalecimiento cultural y cuidado de niñas, niños y adolescentes, sus familias y comunidades, que serán elaboradas de manera autónoma por las comunidades o con el apoyo del ICBF, para aquellas que requieran acompañamiento para su formulación, especialmente las que se encuentran en alto grado de vulnerabilidad y de amenaza a su pervivencia física y cultural, en cumplimiento de las Sentencias y Autos de la Honorable Corte Suprema de Justicia y de las alertas de la Defensoría del Pueblo y otras entidades. En todo caso, esta modalidad se implementará mediante procesos de diálogo y concertación con las poblaciones y las autoridades étnicas y campesinas, buscando una mayor corresponsabilidad de éstas, una acción integral del ICBF de todos sus campos misionales y una mayor articulación intersectorial. Como ya se mencionó, en el marco de sus funciones la Dirección de Familias y Comunidades presenta a continuación, las orientaciones para desarrollar el proceso de priorización de la modalidad Acompañamiento Intercultural (Étnica - Campesina) - Tejiendo Interculturalidad, con el fin de definir, según criterios jurídicos, poblacionales y de contexto, las potenciales comunidades que participarán de la modalidad, entendiendo como priorización “la metodología que permite
establecer de acuerdo con los criterios definidos, un ordenamiento de la población potencialmente beneficiaria, cuando la demanda es mayor a la oferta” (ICBF 2020). La identificación y selección de las comunidades que harán parte de la modalidad ACOMPAÑAMIENTO INTERCULTURAL (ÉTNICACAMPESINA) – ACOMPAÑAMIENTO INTERCULTURAL (ÉTNICA - CAMPESINA) - TEJIENDO INTERCULTURALIDAD se enmarca en preceptos constitucionales, que señalan entre otros aspectos que, “El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad” (artículo 1) y que, Colombia reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación (artículo 7). ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A2.MO30.PP 07/05/2024
ANEXO 2. Criterios de priorización para la modalidad AIEC – Tejiendo Interculturalidad Versión 1 Página 3 de 6 ACOMPAÑAMIENTO INTERCULTURAL ([ETNICA – CAMPESINA) - TEJIENDO INTERCULTURALIDAD También recoge lo planteado en las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 “Colombia Potencia mundial de la Vida”, que define las poblaciones rurales dispersas como foco de atención (Presidencia de la República 2023, 244), y considerando que, la mayoría de comunidades étnicas
y campesinas se encuentran en marginalidad, la presente modalidad enfocará y priorizará los grupos étnicos y campesinos con mayores vulnerabilidades y mayor grado de marginalidad de acuerdo con la clasificación de poblaciones según el criterio de ruralidad elaborado por la Dirección de Desarrollo Rural SostenibleDDRS, del Departamento Nacional de Planeación - DNP y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE, y los criterios de priorización que se mencionarán en esta guía.
1. OBJETIVO.
Brindar orientaciones técnicas y operativas para la priorización de las comunidades étnicas y campesinas que serán atendidas en el marco de la modalidad Acompañamiento Intercultural (Étnica
- Campesina) - Tejiendo Interculturalidad.
2. ALCANCE.
Determinar las acciones que deben coordinar los niveles nacional, regional y zonal del ICBF para la identificación y vinculación de las comunidades étnicas y campesinas, iniciando con la definición de criterios de priorización jurídica, poblacional y de contexto, terminando con las acciones que se deben realizar para la identificación y vinculación de las comunidades étnicas y campesinas.
3. DESARROLLO DE LA PRIORIZACIÓN El proceso de priorización se desarrolla con acciones en los niveles jurídico, poblacional y de contexto, a los cuales se les asignan porcentajes de acuerdo a cada criterio (Tabla 1), los cuales se describen a continuación. 3.1. Priorización jurídica Teniendo en cuenta el marco constitucional, legal y jurisprudencial, se establece como primer criterio de priorización, los grupos étnicos y campesinos que se encuentran en alto grado de vulnerabilidad y de amenaza a su pervivencia física y cultural, en cumplimiento de las Sentencias y
Autos de la Honorable Corte Suprema de Justicia, principalmente: • Auto 004 de 2009, que establece la protección de los derechos fundamentales de las ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A2.MO30.PP 07/05/2024
ANEXO 2. Criterios de priorización para la modalidad AIEC – Tejiendo Interculturalidad Versión 1 Página 4 de 6 ACOMPAÑAMIENTO INTERCULTURAL ([ETNICA – CAMPESINA) - TEJIENDO INTERCULTURALIDAD personas y los pueblos indígenas desplazados por el conflicto armado o en riesgo de desplazamiento forzado, en el marco de la superación del estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004. • Auto 005 de 2009, que tiene por objeto proteger los derechos fundamentales de las comunidades afrocolombianas afectadas por el desplazamiento forzado interno, en el marco de la superación del estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004. • Auto 382 de 2010, que dicta medidas de protección especial para las comunidades indígenas Hitnu, en situación de confinamiento y desplazamiento del Departamento de Arauca (Comunidades Indígenas de Caño Claro - La Esperanza - Iguanitos - Perreros - Asentada en Betoyes -Municipio de Tame y otros) en el marco de las órdenes dadas en la sentencia T025 de 2004 y el auto de seguimiento 004 de 2009. • Auto 266 de 2017, que realiza Evaluación de los avances, rezagos y retrocesos en la superación del Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) declarado mediante la sentencia T025 de 2004, en el marco del seguimiento a los autos 004 y 005 de 2009. • Decreto 2957 de 2010, Por el cual se expide un marco normativo para la protección integral de los derechos del grupo étnico Rrom o Gitano. • Auto 375 de 2023 • Sentencia T – 026 de 2015 • Sentencia T090 de 2023 • Acto legislativo 01 de 2023, que reconoce al campesinado como sujeto de especial protección constitucional, modificando el artículo 64 de la Constitución Política de Colombia, que promulga: “Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra del campesinado y de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa”. El campesinado como sujeto de derechos y de especial protección, tiene un particular relacionamiento con la tierra basado en la producción de alimentos en garantía de la soberanía alimentaria, sus formas de territorialidad campesina, condiciones geográficas, demográficas, organizativas y culturales que lo distingue de otros grupos sociales. • Organizaciones étnicas certificadas por el Ministerio de Interior. ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A2.MO30.PP 07/05/2024
ANEXO 2. Criterios de priorización para la modalidad
AIEC – Tejiendo Interculturalidad Versión 1 Página 5 de 6 ACOMPAÑAMIENTO INTERCULTURAL ([ETNICA – CAMPESINA) - TEJIENDO INTERCULTURALIDAD • Zonas de reserva campesina priorizadas en el Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida” 3.2 Priorización poblacional La priorización poblacional se refiere a tener en cuenta otras condiciones que definan un alto grado de vulnerabilidad de las familias y comunidades, para ello se tendrán en cuenta los siguientes criterios: • Atención en contexto de emergencia. • Municipios priorizados por la Comisión Intersectorial para la prevención del reclutamiento, la utilización y la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos delictivos organizados – CIPRUNNA. • Que se tengan en cuenta los 426 municipios priorizados por el Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. • Alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo 3.3 Priorización de contexto Por último, se tendrán en cuenta para la selección de las familias y comunidades que van a participar en la modalidad, los siguientes criterios: • Compromisos del ICBF en espacios de concertación • Análisis territoriales ICBF Tabla 1. Criterios y porcentajes para la priorización de familias. VARIABLE CRITERIOS PORCENTAJE PONDERACIÓN Priorizadas por Autos y sentencias. 50% Jurídica Organizaciones étnicas certificadas 50% 50% Ministerio del Interior. Municipios priorizados por la 10%
CIPRUNNA.
Priorizados por Alertas Tempranas. 40%
Poblacional 40% 426 municipios priorizados por el 20% PND. Contexto de emergencia. 30% Compromisos ICBF. 60% Contexto Análisis territoriales del ICBF. 40% 10% ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN A2.MO30.PP 07/05/2024
ANEXO 2. Criterios de priorización para la modalidad AIEC – Tejiendo Interculturalidad Versión 1 Página 6 de 6
ACOMPAÑAMIENTO INTERCULTURAL ([ETNICA –
CAMPESINA) - TEJIENDO INTERCULTURALIDAD
4. IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN Teniendo en cuenta que los pueblos y comunidades étnicas y campesinas, bien sea que presenten sus propuestas autónomamente o que, requieran el acompañamiento para presentarlas, se tendrán en cuenta en estricto orden los criterios definidos en el presente anexo y según estipulado en el apartado Valoración de la viabilidad del Manual Operativo. Las comunidades que serán vinculadas al a modalidad dependerán de los procesos de concertación que el ICBF realice y estarán sujetos al techo presupuestal de cada vigencia.
5. CONTROL DE CAMBIOS
Fecha Versión Descripción del Cambio N.A. N.A. N.A. ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.