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ICBF - Circular 0003 de 2014

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Detalles

Título
ICBF - Circular 0003 de 2014
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2014

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

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Inicio Documento Circular 3 de 2014 ICBF Ocultar anotaciones   Buscar  Índice CIRCULAR 3 DE 2014 (octubre 21) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

PARA: DIRECTORES, SUBDIRECTORES, JEFES DE OFICINA, COORDINADORES DE

GRUPO Y DEMÁS SERVIDORES PÚBLICOS Y COLABORADORES DE LA

SEDE DE LA DIRECCION GENERAL ASUNTO: SUSCRIPCIÓN DE COMUNICACIONES EXTERNAS De manera atenta y buscando garantizar los adecuados canales de comunicación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se imparten las siguientes instrucciones respecto de la suscripción de la correspondencia externa: Las comunicaciones emitidas por las Dependencias de la Sede de la Dirección General del ICBF que tengan destino externo, solo podrán ser suscritas por la Directora General, Subdirectora General, Secretaria General,

Directores Misionales y de Apoyo, y Jefes de Oficina, de conformidad con las competencias establecidas en el Decreto 987 de 2012. Los Subdirectores de las Direcciones Misionales y de Apoyo podrán suscribir comunicaciones con destino externo, únicamente cuando hayan sido expresamente autorizados para ello por sus respectivos Directores. Los funcionarios diferentes a los señalados en la presente Circular, no podrán suscribir comunicaciones del ICBF con destino externo. La presente Circular deroga las disposiciones que le sean contrarias. Cordial Saludo, CRISTINA PLAZAS MICHELSEN Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.

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