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ICBF - Circular 0006 de 2013

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Detalles

Título
ICBF - Circular 0006 de 2013
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2013

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

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INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF

10000

PARA: ALCALDES MUNICIPALES Y DISTRITALES

ASUNTO: ACCIONES DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN A LOS NIÑOS,

NIÑAS Y ADOLESCENTES POR USO Y PORTE DE PÓLVORA.

Con el fin de prevenir vulneraciones a los Derechos de los niños, niñas y adolescentes por el uso de pólvora, consideramos oportuno recordar que: La manipulación de pólvora es considerada una actividad peligrosa para la salud integridad y vida de los niños, niñas y adolescentes por lo cual es un deber de todas las autoridades adoptar las medidas necesarias para

garantizar su protección. La Ley 670 de 2001 en su artículo 7 y el Decreto Reglamentario 4481 de 2006 en el artículo 2 establecieron la , prohibición y venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos a menores de edad y personas en estado de embriaguez y otorgó a los Alcaldes Municipales y Distritales la facultad de sancionar a quienes incumplan dichas prohibiciones, exigiéndoles la obligación de coordinar con las autoridades competentes acciones tendientes a la prevención de la manipulación de pólvora por parte de menores de edad. En este sentido, queremos informarles que el ICBF desde sus Direcciones Regionales y Centros Zonales estará apoyando y articulando las acciones que desde nuestra competencia correspondan en el desarrollo de las estrategias que ustedes indiquen para su municipio frente a ¡a prevención en la venta, uso y manipulación de pólvora por parte de los niños niñas y adolescentes, y a la promoción en donde sus familias se conviertan en el primer entorno protector. Cualquier medida, apoyo o reporte de hechos que exijan acciones puede ser enviado a la Sede de la Dirección General del ICBF a través del Coordinador del Centro Zonal de su jurisdicción o de la Dirección Regional ICBF del Departamento. El ICBF considera que trabajando mancomunadamente lograremos el bienestar de nuestros niños, niñas y adolescentes, toda vez que es responsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado la unión para protegerlos contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida e integridad física. Cordialmente,

MARCO AURELIO ZULUAGA GIRALDO

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