🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ICBF - Circular 0008 de 2015

ICBF

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ICBF - Circular 0008 de 2015
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2015

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

Usted está en:

Inicio Documento

Usted está en:

Inicio Documento Circular 8 de 2015 ICBF Ocultar anotaciones   Buscar  Índice CIRCULAR 8 DE 2015 (agosto 25) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF

10000

PARA: SECRETARIA GENERAL Y DIRECTORES REGIONALES.

ASUNTO: Flexibilización de la jornada laboral a servidores públicos del ICBF con hijos que presenten algún tipo de discapacidad.

El Departamento Administrativo de la Función Pública en la Circular Externa No. 100008 del 5 de Diciembre de 2013, da la viabilidad para que los jefes de los organismos de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial, puedan implementar mecanismos que, sin afectar la prestación del servicio, permitan la flexibilización de la jornada laboral a los servidores públicos con hijos que presenten algún tipo de discapacidad, con el fin de favorecer el equilibrio entre la jornada y sus responsabilidades familiares.

En el ICBF, de acuerdo con la encuesta socio demográfica realizada por la Dirección de Gestión Humana, se identificaron setenta y un (71) servidores públicos con hijos que presentan discapacidad, por lo que se requiere la aplicación de este tipo de medidas administrativas, que les permitan equilibrar sus responsabilidades laborales con sus responsabilidades familiares. Por lo anterior y en cumplimiento a lo pactado en el punto veintitrés (23) del Acuerdo Colectivo suscrito entre el ICBF y SINTRABIENESTAR, el día 5 de mayo de 2015, les solicito que de acuerdo con la facultad delegada en la Resolución No 1888 de 2015, respecto al establecimiento del horario de trabajo tanto en la Sede de la Dirección General como en las Direcciones Regionales, apliquen las medidas pertinentes que permitan la flexibilidad de la jornada laboral para los servidores públicos que se encuentren en esta situación. No sobra advertir que, las medidas que se adopten para la flexibilización de la jornada laboral, no pueden afectar la prestación del servicio y tampoco pueden implicar en algún momento, la disminución de la jornada laboral establecida en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, la cual corresponde a cuarenta y cuatro (44) horas semanales, conforme a lo señalado en el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 y la Resolución No 8000 de 2013 del ICBF. Finalmente, esta flexibilización de la jornada laboral debe ser solicitada por el servidor público, quien acreditará la condición de discapacidad del(los) hijo(s) y podrá sugerir el horario de la jornada laboral que más se adecúe a sus necesidades. Por su parte, el ICBF a través de la Secretaría General o de la Dirección Regional respectiva, le

dará respuesta al servidor público, con copia a su Hoja de Vida y a su jefe inmediato, en la que se le indicará el horario de la jornada laboral que cumplirá en la semana. Cordialmente, CRISTINA PLAZAS MICHELSEN Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.

ISBN : 978-958-98873-3-2

Créditos y reserva de derechos de autor ICBF - DRA © 2023

Última actualización: Control de versiones logo logo co

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) Dirección Sede de la Dirección General: Av. Carrera 68 # 64C - 75 Bogotá, Colombia.

Código Postal: 111061

NIT: 899999.239-2

Horario de Atención: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Consultar Entidades del Sector de la Inclusión Social y Reconciliación.

@ICBFCOLOMBIA

ICBFCOLOMBIAOFICIAL

ICBFCOLOMBIA

ICBFINSTITUCIONALICBF

Contacto

Teléfono Conmutador: +57 601 437 76 30, Disponible lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Línea gratuita nacional ICBF: 01 8000 91 80 80, Disponible lunes a viernes 8:00 am a 5:00 pm.

Línea 141: Línea gratuita nacional para protección, emergencia y orientación. Disponible las 24 horas.

Linea Anticorrupción : 01 8000 91 80 80, opción 4.

Correo Atención al Ciudadano: atencionalciudadano@icbf.gov.co Correo Notificaciones Judiciales ICBF: Notificaciones.Judiciales@icbf.gov.co Política de Seguridad y Privacidad de la Información, Seguridad Digital y Continuidad de la Operación Consultar también: Políticas del Sistema Integrado de Gestión ICBF Política de Privacidad y Condiciones de Uso

Política de Tratamiento de Datos Personales Política Editorial y de Actualización de Contenidos Web × Contraste Contraste Reducir Reducir letra Aumentar Aumentar letra Restaurar Retornar valores Ir arriba Ir arriba Ir abajo Ir abajo

Consultar sobre este documento ...