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ICBF - Circular 0024 de 2010

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Detalles

Título
ICBF - Circular 0024 de 2010
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2010

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

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Inicio Documento Circular 24 de 2010 ICBF Ocultar anotaciones   Buscar  Índice CIRCULAR 24 DE 2010 (octubre 22) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

PARA: DIRECTORES DIRECCION GENERAL, DIRECTORES REGIONALES,

COORDINADORES DE ASISTENCIA TÉCNICA Y COORDINADORES DE CENTROS

ZONALES ASUNTO: Eventos de Madres Comunitarias Teniendo en cuenta los aportes que han surgido de las madres comunitarias por las múltiples capacitaciones y reuniones a las cuales tienen que asistir, de manera atenta le solicitamos coordinar lo necesario: ü Regular el número de reuniones y capacitaciones a las que asisten las madres comunitarias ü Programar, el desarrollo de estas actividades de formación, por fuera del horario de atención de los niños y niñas. ü Las madres comunitarias que se encuentran en formación con el Programa Técnico en Atención integral a la

Primera Infancia con el SENA no sean vinculadas a otro tipo de capacitaciones durante el desarrollo del programa de formación, y que las reuniones para este grupo de madres comunitarias no afecten los horarios establecidos por el SENA para el proceso de aprendizaje. ü Todas las capacitaciones organizadas por la Sede Nacional, deben ser autorizadas por la Subdirección de Primera Infancia, las del nivel Regional, deben ser aprobadas por el Director, informando a la Subdirección de Primera Infancia. ü La Capacitación no debe afectar la prestación del servicio de los Hogares Comunitarios de Bienestar. Agradezco su colaboración y estaremos atentos a sus inquietudes. Cordial saludo, ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.

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