ICBF - Circular 0031 de 2010
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Detalles
- Título
- ICBF - Circular 0031 de 2010
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2010
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Inicio Documento Circular 31 de 2010 ICBF Ocultar anotaciones Buscar Índice CIRCULAR 31 DE 2010 (noviembre 24) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF
PARA: DIRECTORES, SUBDIRECTORES Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCION
NACIONAL, DIRECTORES REGIONALES, COORDINADORES JURÍDICOS,
COORDINADORES ADMINISTRATIVOS, COORDINADORES TECNICOS,
COORDINADORES FINANCIEROS Y COORDINADORES DE CENTROS ZONALES.
ASUNTO: COMPROMISO DE TRANSPARENCIA EN LOS PROCESOS CONTRACTUALES DEL
ICBF. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar acorde con los principios de Buen Gobierno y de ética pública, reitera su compromiso de garantizar la transparencia y probidad en los procesos de contratación, así como de dar
estricta aplicación a los principios de planeación, economía, responsabilidad, eficiencia y austeridad, impartiendo para el efecto las siguientes instrucciones:
1. En los procesos de contratación: 1.1 Se deberá propender por la sana competencia empresarial y la pluralidad de ofertes.>sic> 1.2 El ordenador del gasto deberá verificar que se empleen los sistemas de información diseñados para apoyar la gestión pública, tales como el SICE de la Contraloría General de la República, el SIRI de la Procuraduría General de la Nación; el SECOP y el Registro Único de Proponentes. 1.3 De manera previa a la apertura formal de los procesos se deberá convocar a los organismos de control, las cámaras de comercio y las veedurías ciudadanas para que realicen acompañamiento en el desarrollo de los mismos, de conformidad con lo establecido en la Circular N° 26 de 29 de octubre de 2010. 1.4 Para garantizar la publicidad, el control ciudadano en los procesos de contratación y la participación masiva de proponentes se deberá divulgar de manera amplia, anticipada y oportuna, los trámites y procedimientos de contratación, para lo cual: 1.4.1 Se realizará la publicación de los procesos en el Portal Único de Contratación y en la página web institucional, en los términos señalados en el Anexo N° 24 del Manual de Contratación - Instructivo para la Publicación en el Secop y en la página web del ICBF-. 1.4.2 Se deberán publicar avisos en prensa de circulación nacional y regional, efecto para el cual deberán remitir la información de los procesos de contratación a la Coordinación de Contratos de la Oficina Asesora Jurídica,
quien coordinará con la Oficina Asesora de Comunicaciones y Atención al Ciudadano la publicación de los avisos. 1.4.3 Se deberán fijar avisos visibles en las carteleras del ICBF. 1.5 En los procesos de contratación adelantados por convocatoria pública se deberán adelantar como mínimo 4 audiencias públicas, así: (i) Audiencia de aclaración al proyecto de pliego de condiciones, (ii) Audiencia de aclaraciones al pliego definitivo, (iii) audiencia de cierre y recepción de propuestas y (iv) Audiencia de Adjudicación. 1.6 Los proponentes deberá suscribir el Pacto de Integridad, y el mismo constituirá un anexo de la totalidad de contratos y convenios.
2. Los funcionarios del ICBF que por alguna razón tengan conocimiento de actos de corrupción en los procesos de contratación, deberán dar aviso a las autoridades competentes y a la Dirección General de manera inmediata.
3. Los supervisores de los contratos, deberán ser designados de manera previa al inicio de la ejecución contractual, y serán responsables de realizar seguimiento permanente, puntual y riguroso a la ejecución de los contratos, generando alertas tempranas sobre posibles incumplimientos e informando de manera inmediata a los ordenadores del gasto, con el objeto que se tomen las acciones contractuales a que haya lugar; tales como, imposición de multas, declaratorias de incumplimientos, caducidades o efectividad de las garantías.
4. El ICBF ha implementado la Urna de Cristal, en la cual los ciudadanos, desde cualquier parte del país los 365
días del año, podrán a través del correo electrónico urnadecristal@icbf.gov.co, presentar sus observaciones a la totalidad de los procesos de contratación que adelante el ICBF. La herramienta "Urna de Cristal" debe ser objeto de amplia divulgación en todo proceso de contratación que adelante el ICBF, y será monitoreada por la Secretaría General y la Dirección de Logística y Abastecimiento, quienes remitirán a las áreas jurídicas competentes, las observaciones o comunicaciones recepcionadas, para que procedan a dar respuesta oportuna al requerimiento. Cordial saludo, ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.
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