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ICBF - Circular 0035 de 2010

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Detalles

Título
ICBF - Circular 0035 de 2010
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2010

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

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Inicio Documento Circular 35 de 2010 ICBF Ocultar anotaciones   Buscar  Índice CIRCULAR 35 DE 2010 (diciembre 14) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF PARA: DIRECTORES REGIONALES ASUNTO: Deber de denunciar Teniendo en cuenta que el artículo 8 de la Ley 1098 de 2006 establece que "se entiende por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus Derechos Humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes" y con el fin de velar por la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, y de cumplir eficazmente con el deber de denunciar consagrado en los artículos 67 del Código de Procedimiento Penal Colombiano y 34, numeral, 24 de la Ley 734 de 2002, esta Dirección General imparte la siguiente instrucción:

Concordancias Los Directores Regionales que conozcan de la posible o efectiva comisión de un delito en donde un menor de edad resulte presuntamente afectado, deberán realizar de manera inmediata la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes, con el fin de que se adelante la investigación a que haya lugar. Cordial saludo, ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.

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