ICBF - Circular 3 de 2026

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

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Detalles

Título
ICBF - Circular 3 de 2026
Autor
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2026

CIRCULAR 3 DE 2026

(5 de agosto)

Para: MINISTRAS (OS), DIRECTORAS (ES) Y DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, REPRESENTANTES LEGALES DE ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL.

Asunto: PROTOCOLO DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL ENTRE LAS AUTORIDADES INDÍGENAS EMBERÁ́S Y EL ESTADO COLOMBIANO PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES Y MUJERES EMBERÁ́ EN SITUACIÓN DE MENDICIDAD, RIESGO O VULNERACIÓN DE DERECHOS, LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA MUTILACIÓN GENITAL FEMENINA (MGF) Y LA GARANTÍA DEL ACCESO REAL Y EFECTIVO A LA JUSTICIA FRENTE A LAS VIOLENCIAS BASADAS EN GÉNERO.

Estimadas (os) Ministras (os) directoras (es) Representantes Legales,

En virtud de los avances y acuerdos derivados de los procesos de diálogo intercultural e interinstitucional establecidos con las autoridades del pueblo Emberá́ de Colombia y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), en el marco de los compromisos establecidos en la Asamblea Nacional de Autoridades de la Nación Emberá́ y en la "Mesa de Trabajo Intercultural por la Niñez Emberá́", se estructuró el Protocolo del asunto a través de diálogos jurisdiccionales e interculturales realizados durante 2025 entre el Pueblo Emberá́ y las entidades del Estado colombiano, el cual fue discutido, aprobado y suscrito en el marco del IV Congreso Nacional Embera por el ICBF, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Igualdad y Equidad, la Fiscalía General de la Nación y las autoridades del Pueblo Emberá.

Este Protocolo tiene como objetivo fortalecer la coordinación interjurisdiccional e interinstitucional entre las autoridades del Pueblo Emberá́ y las entidades del Estado para que garanticen la protección de la niñez en situación de mendicidad, riesgo o vulneración de derechos, la prevención y la atención de la mutilación genital femenina (MGF) y la garantía del acceso real y efectivo a la justicia frente a las violencias basadas en género.

Para dar cumplimiento a estos propósitos, el Protocolo establece rutas de atención concertadas, la asignación clara de responsabilidades, la creación de instancias permanentes de articulación territorial y nacional, y la adopción de mecanismos de coordinación interjurisdiccional con enfoque de fortalecimiento comunitario, protección integral y pertinencia cultural.

En virtud de lo anterior, se remite el Protocolo para su conocimiento e implementación por todas las entidades del orden nacional y territorial, con el fin de que logre la coordinación intercultural e interjurisdiccional entre las autoridades del Pueblo Emberá y las entidades del Estado colombiano para la protección de la niñez, las mujeres y el acceso efectivo a la justicia.

Cordialmente,

ASTRID ELIANA CÁCERES CÁRDENAS

Directora General

Anexo: Protocolo de coordinación interjurisdiccional e interinstitucional entre las autoridades indígenas Emberá́ y el Estado colombiano.

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