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ICBF - Concepto 59678 de 2009

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Detalles

Título
ICBF - Concepto 59678 de 2009
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2009

CONCEPTO 59678 DE 2009

(noviembre 12) <Fuente: Archivo entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

11300/ Bogotá D. C.,

MEMORANDO

PARA: Coordinadora Jurídica - Regional Meta

ASUNTO: Solicitud de Concepto Teniendo en cuenta su solicitud de concepto de fecha Octubre 20 de 2009, enviada por correo electrónico, a continuación con fundamento en el artículo 25 del C. C. A. y el artículo 5 o, numeral 4, del Decreto 3264 de 2002, de la manera más atenta, ésta Oficina Jurídica procede a conceptuar, previas algunas consideraciones referidas al examen

de la normatividad vigente, así:

1. TEMA DE CONSULTA "En el Departamento del Meta se ha empezado a solicitar por los municipios y hemos venido gestionando la firma de los convenios de acuerdo a la ley 1283 de 2009, pero al enviarnos los documentos observamos que la mayoría de estos convenios son por más de setecientos millones de pesos, toda vez que el 1% de las Regalías aproximadamente dan ese valor.

Comoquiera que los Directores Regionales solo tienen delegación para contratar hasta 1000 SMLMV, debemos tramitar la delegación especial o remitimos la documentación y el proyecto de convenio para la firma de la Secretaria General o la Directora General según el caso. Existe gran preocupación por la proximidad de la ley de garantías para poder firmar todos los convenios,   y la necesidad de agilizar los procesos, los cuales han sido lentos porque los municipios al principio estaban demorados en

remitir la documentación. Consideramos importante verificar una delegación general para que los Directores Regionales pudiesen firmar con el fin de agilizar estos convenios".

2. ANÁLISIS JURÍDICO De acuerdo con su solicitud nos permitimos manifestarle que teniendo en cuenta lo dispuesto por la Resolución 4670 de Octubre 23 de 2009, en lo que hace relación a la competencias para llevar a cabo trámites contractuales, es claro que para los Directores Regionales, respecto de la suscripción de convenios, se limita a cuantías que no superen los

1.000 S.M.LM.V.

3. CONCLUSIÓN Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, y en atención a su inquietud, debemos manifestar que es necesario para los Directores Regionales, solicitar una delegación especial para la suscripción de este tipo de convenios, que en relación con las regalías superen los 1.000 S.M.L.M.V. y por ende han de tenerse al trámite correspondiente y establecido en ese sentido.

Cordial Saludo,

JOSÉ OBERDAN MARTÍNEZ ROBLES

Jefe Oficina Jurídica

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.Derecho del Bienestar Familiar

ISBN 978-958-98873-3-2

Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)

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