ICBF - f1.p25.gf formato actas de verificacion mora en pago de aportes v2
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Detalles
- Título
- ICBF - f1.p25.gf formato actas de verificacion mora en pago de aportes v2
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- —
PROCESO F1.P25.GF GESTIÓN FINANCIERA Versión 2 1 de 4
FORMATO DE ACTA DE VERIFICACIÓN DE LA MORA EN EL PAGO 24/05/2018
DE LOS APORTES DEL 3% A FAVOR DEL Clasificación dela Información ICBF Pública Regional En las instalaciones del: Acta No. Se reunieron quien se desempeña como y se identifica con C.C. No. en representación de y Cargo (Profesional, Técnico) con funciones de asesor de aportes en los términos establecidos en la resolución 575 de 2016 de la Regional con el fin de realizar la verificación de la mora registrada contenida en las declaraciones de autoliquidación de Aportes Parafiscales a favor del ICBF, en ejercicio de las competencias establecidas en los artículos 178, 179 de la ley 1607 de 2012, articulo 2 y 3 del decreto 3033 de 2013 y Resolución 575 de 2016 ICBF.
1. ORIGEN DE LA DE VERIFICACIÓN Solicitud de Devolución de Mayor Valor Solicitud de Paz y Salvo Otro (Especifique) Para efectos de la revisión respectiva y conforme con las facultades señaladas en el Decreto 562 de 1990, la Ley 6 de 1992 y la Ley 828 de 2003, se procedió a revisar los siguientes documentos:
¿Revisado? Documentos requeridos para verificar la información contenida en las declaraciones de autoliquidación de aportes del 3%. NO SI Certificado de existencia y representación legal actualizado, expedido por la autoridad competente. En el caso de las personas naturales, copia de la 1
cédula de ciudadanía o extranjería. 2 Registro Único Tributario (RUT) y fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la empresa. Balance de Prueba con auxiliares a 6 dígitos, con corte a 30 del mes del periodo por verificar, firmados por el Representante Legal y Contador Público 3 o Revisor Fiscal según disponga la ley. Estado de Resultados con auxiliares a 6 dígitos, con corte a 30 del mes del periodo por verificar, firmados por el Representante Legal y Contador 4 Público o Revisor Fiscal según disponga la ley. 5 Copia de las declaraciones de renta de las vigencias por verificar, con los respectivos anexos de las deducciones solicitadas. 6 Planillas mensuales de autoliquidación de aportes a la seguridad social – PILA. 7 Copias de las nóminas. 8 Recibos de consignación de aportes parafiscales o comprobantes de pago electrónico. Certificación del contador o revisor fiscal sobre las vacaciones pagadas, compensadas y de salario integral de cada uno de los trabajadores, vigencia 9 y fotocopia de la tarjeta profesional con certificación de antecedentes disciplinarios de quien expide dicha certificación. 10 Copia de los contratos de trabajo, pactos de desalarización, convenciones colectivas, pactos colectivos y similares, según sea el caso. 11 Otros NOTA: Respecto de las entidades del sector público, no es procedente solicitar los documentos citados en el numeral 1 y será optativo el requerimiento de los documentos del numeral 3, pero se les deberá solicitar, adicionalmente a los anteriores documentos, los siguientes; se aclara que la relación es enunciativa y no implica en modo alguno estar exento de tener que aportar otros documentos; lo anterior depende de las condiciones particulares del
aportante: 12 Resolución de nombramiento y acta de posesión del representante legal. 13 Ejecución presupuestal de gastos de cada vigencia fiscal, al nivel más detallado de ejecución. 14 Otros documentos que permitan inferir que existen pagos salariales.
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ICBF Pública Observaciones: Una vez verificada la documentación aportada por el empleador, se llegó a las siguientes conclusiones: Que identificado (a) con Nit o C.C de domiciliado en la Dirección de la ciudad de con números de teléfono realiza sus Aportes Parafiscales sobre las siguientes Bases Salariales:
Sueldo Vacaciones Horas Extras y Recargo Nocturno Sobresueldos Vacaciones de Salario Integral Salario Integral Auxilio de Alimentación Bonificaciones Primas Extra legales Comisiones
Otros: No realiza aportes sobre los siguientes rubros: Con el argumento de que
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2. RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN Una vez terminada la revisión por parte del Funcionario del ICBF de los documentos soporte anteriormente citados, se detectaron saldos en las vigencias o periodos revisados, correspondientes a los siguientes valores:
2011 2012 2013 2014 2015 2016 MES / AÑO A Favor De A Favor De A Favor De A Favor De A Favor De A Favor De ICBF APORTANTE ICBF APORTANTE ICBF APORTANTE ICBF APORTANTE ICBF APORTANTE ICBF APORTANTE ENERO
FEBRERO
MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTALES: 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
VALOR A PAGAR AL ICBF SALDO A FAVOR DEL APORTANTE Nota: Cuando se presenten saldos a favor del aportante, se procederá conforme al Parágrafo 3 del Articulo 14 de la Resolución 575 de 2016.
TOTAL 3%:
TOTAL INTERESES:
TOTAL A PAGAR: A LA FECHA DE LA VERIFICACIÓN Conclusión: Realizada la Verificación se establece la condición del aportante:
Mora Al Dia en sus Pagos
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3. COMUNICACIÓN AL APORTANTE Por medio de la presenta acta, el ICBF, comunica al aportante el resultado de la verificación en el pago del aporte parafiscal por lo que se
solicita tener en cuenta que:
1. Debe realizar la normalización de sus aportes a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes PILA dentro de los 30 días
siguientes a esta Comunicación. Recuerde el NO pago de la deuda genera intereses diarios adicionales los cuales serán liquidados a la Tasa de Usura.
2. Si desea solicitar una facilidad de pago sobre el valor de la obligación, podrá presentarla conforme el procedimiento y las garantías previstas en el capitulo V de la Resolución 384 de 2008.
3. En ningún caso, el Asesor de Aportes del ICBF está autorizado para recibir o recaudar dinero por concepto de la suma verificada. En el evento en que el funcionario exija el pago de dineros, favor informar inmediatamente al Grupo de Recaudo de la Regional del I.C.B.F.
4. Contra la presente Acta de Verificación de Aportes, no procede recurso alguno, por tratarse de un acto administrativo de trámite y carácter preparatorio, según lo señala el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. En materia de aportes parafiscales el aportante podrá presentar únicamente recurso de reposición contra la Resolución de Cobro de la Mora Registrada, una vez le sea notificada según lo señala los artículos 66 y subsiguientes de la Ley 1437 de 2011.
5. En caso de no estar de acuerdo con el valor consignado en la presente Acta de Verificación y con el fin de garantizar el debido proceso, una vez le sea notificada la correspondiente Resolución de Cobro de la Mora Registrada, podrá interponer el Recurso de Reposición en contra de dicho acto administrativo, de acuerdo con lo señalado en el artículo 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, aportando las pruebas que considere pertinentes.
En constancia de lo anterior, se firma por el Representante Legal o la persona debidamente autorizada quien entregó la documentación aportada, y se le suministró copia de esta Acta, previo conocimiento y lectura de su contenido y, de otra parte, en representación del ICBF, el Funcionario de la Regional. En caso de que quien atienda el resultado de la revisión no la firme, se dejará constancia en la misma y se remitirá por correo.
Por la Empresa: Por el ICBF:
Firma: Firma:
Nombre: Nombre:
Cargo: Cargo: