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ICBF - Formato resolución por la cual se aprueba la calidad de hogar v3

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Detalles

Título
ICBF - Formato resolución por la cual se aprueba la calidad de hogar v3
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Regional xxxx Centro Zonal xxxx RESOLUCIÓN No. “Por la cual se aprueba la calidad de Familia sustituta para desarrollar rol solidario en la Modalidad de Acogimiento Familiar -Hogar Sustituto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar” 1

EL/LA COORDINADOR/A DEL CENTRO ZONAL ___________________ DE LA

REGIONAL ___________________ DEL ICBF

(En el caso de las Entidades Territoriales debe indicarse el cargo y entidad de la servidora o servidor correspondiente que emite el acto administrativo) En uso de las facultades legales, especialmente las conferidas en el artículo 18º de la Resolución No. 1616 de 2006 del ICBF, modificado por el artículo 19º de la Resolución 2859 de 2013 del ICBF, el artículo 6º de la Resolución 5062 del 1 3 de agosto de 2021 y los artículos 54 y 57 del Decreto 334 de 1980. (En el caso de las Entidades Territoriales, deben usar su papelería oficial, sin usar los logos del ICBF y ajustar las facultades según sus competencias).

CONSIDERANDO: Que con fundamento en la solicitud del (la) señor (a) ____________________________________identificado (a) con CC. No. _______________________, expedida en ___________ surtió el proceso de constitución establecido para adquirir la calidad de Hogar Sustituto, que él o la solicitante participó de las diferentes etapas del proceso cumpliendo con los documentos y requisitos exigidos. Que, de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos anteriores, el proceso de constitución como nuevo Hogar fue adelantado por

profesionales del (Nombre del operador) (o profesionales para la cualificación de la modalidad en administración directa) y validado por el o la Coordinadora del Centro Zonal o de la Entidad Territorial, en un concepto integral, dado que éste cumple con el perfil esperado y el concepto emitido fue de APROBADO. Que, de acuerdo con los criterios de constitución para adquirir la calidad de Hogar sustituto, el (la) solicitante del hogar y su familia, son idóneos para la prestación del servicio público de Bienestar Familiar y la atención a los niños, niñas y adolescentes que tienen un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Que la participación de la familia como Hogar sustituto es de carácter corresponsable y Dirección Centro Zonal Línea gratuita nacional ICBF

Teléfono: xxx xxxx 01 8000 91 8080

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Regional xxxx Centro Zonal xxxx RESOLUCIÓN No. “Por la cual se aprueba la calidad de Familia sustituta para desarrollar rol solidario en la Modalidad de Acogimiento Familiar -Hogar Sustituto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar” 2 solidario con la niñez, la adolescencia, la familia y la comunidad; por consiguiente, dicha constitución no implica que exista relación laboral con el ICBF, ni con las entidades públicas, o las entidades contratistas que participen en el desarrollo del servicio1. Que el proceso de conformación como Hogar sustituto se adelantó de acuerdo con lo establecido en el Manual Operativo Modalidad de Acogimiento Familiar Hogar Sustituto2. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. - Reconocer la calidad de Hogar sustituto al (la) señor (a) ___________________________________________; identificado (a) con la c. c. No.________________ de _______________, residente en la dirección _____________________________, del Municipio ______________ Barrio_________ _______Vereda __________________Comunidad Indígena__________, Teléfono celular:______________ Correo electrónico: _______________________.Con el tipo de Hogar sustituto ___________(mencionar el tipo de hogar) quien recibirá bajo medida de Restablecimiento de Derechos con ubicación en medio familiar hasta (número) ______ (letras) ________ niños, niñas o adolescentes que le remita la Autoridad Administrativa, conforme con las recomendaciones dadas como parte del concepto integral emitido por los profesionales que adelantaron el proceso de conformación y con base en lo establecido en la modalidad de acogimiento familiar Hogar Sustituto. El (la) responsable del Hogar sustituto y su familia deberán dar estricto cumplimiento a los Lineamientos Técnicos del ICBF y el Manual Operativo de la modalidad de acogimiento familiar Hogar Sustituto, establecidos para el funcionamiento del servicio y a las obligaciones contraídas en las Actas de Ubicación en medio familiar, cuando reciba bajo medida de Restablecimiento de Derechos a un niño, una niña o un adolescente. 1 Artículo 59 Ley 1098 de 2006, modificado por el artículo 2 de la Ley 2229 de 2022 2 Aprobado mediante Resolución N. 4201 del 15 de julio de 2021, modificado por la Resolución N. 3370 del 28 de junio de 2022 Dirección Centro Zonal Línea gratuita nacional ICBF

Teléfono: xxx xxxx 01 8000 91 8080

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Regional xxxx Centro Zonal xxxx RESOLUCIÓN No. “Por la cual se aprueba la calidad de Familia sustituta para desarrollar rol solidario en la Modalidad de Acogimiento Familiar -Hogar Sustituto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar” 3 ARTÍCULO SEGUNDO. - Informar que el incumplimiento de las obligaciones contraídas dará lugar, a la pérdida de la calidad del Hogar sustituto, conforme al procedimiento establecido en los Lineamientos Técnicos, el Manual Operativo de la Modalidad de acogimiento familiar Hogar Sustituto y la Resolución del ICBF N. 5062 del 13 de agosto de 2021, “por la cual se establece el procedimiento para la interrupción temporal, reanudación y cierre de los Hogares Sustitutos”, sin perjuicio de las acciones penales o civiles a que haya lugar. En constancia se firma por los que en la misma intervinieron, una vez leída y aprobada a los ________ días del mes de ___________ del año 20 _______.

PARÁGRAFO: Las familias que adquieren la calidad de Hogar sustituto, asumen el compromiso de ser modelo de referente familiar, esperándose que ésta sea una familia garante de derechos y articule las redes dentro de su comunidad que propendan por el fortalecimiento de acciones para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes.

ARTÍCULO TERCERO. - Esta resolución rige a partir de su ejecutoria, el día _____ del mes de _____del año 20_____. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en lugar y fecha

(Firma) Nombre completo Coordinador (a) Centro Zonal XXX (En el caso de las Entidades Territoriales deberán indicarse los datos de la autoridad correspondiente) Para el presente documento, la fotocopia de la cédula de ciudadanía de la persona que se constituye como Hogar Sustituto hará parte integral de este, por lo cual irá adjunta al mismo a efectos de poder corroborar que los datos consignados en esta Resolución Dirección Centro Zonal Línea gratuita nacional ICBF

Teléfono: xxx xxxx 01 8000 91 8080

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Regional xxxx Centro Zonal xxxx RESOLUCIÓN No. “Por la cual se aprueba la calidad de Familia sustituta para desarrollar rol solidario en la Modalidad de Acogimiento Familiar -Hogar Sustituto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar” 4 son fidedignos, con la finalidad de ser incluidos en las diferentes bases de datos de los Hogares Sustitutos para beneficios sociales a familias sustitutas y el Sistema de Información Misional - - SIM del ICBF, para el proceso de pago Aprobó: Nombre, cargo y dependencia Revisó: Nombre, cargo y dependencia Proyectó: Nombre, cargo y dependencia Dirección Centro Zonal Línea gratuita nacional ICBF

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