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ICBF - g1.p28.gf guia para la elaboracion y envio de reportes a la unidad administrativa especial v3

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ICBF - g1.p28.gf guia para la elaboracion y envio de reportes a la unidad administrativa especial v3
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ICBF
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Infralegal
Área del derecho
Familia
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GESTION FINANCIERA G1.P28.GF 28/07/2022

GUÍA PARA LA ELABORACION Y ENVIO DE REPORTES A LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION Versión 3 Página 1 de 81

PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DEL

SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL - UGPP TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCION ........................................................................................................................ 2

1. OBJETIVO ........................................................................................................................... 2

2. ALCANCE ............................................................................................................................ 2

3. DEFINICIONES ................................................................................................................... 2

4. DESARROLLO .................................................................................................................... 4 4.1 Uso Eficiente de la Información ......................................................................................... 4 4.1.1. Reporte de actualización de datos de ubicación y contacto de los aportantes del parafiscal. ................................................................................................................................ 5 4.1.2 Reporte de cartera desagregada por aporte parafiscal ............................................ 13 4.2 Otros Reportes a la Unidad ............................................................................................. 23 1.2.1. Reporte de seguimiento a casos de indicios de incumplimiento de la Ley 1429 de 2010 23 4.2.2. Reporte de seguimiento a casos de Hallazgos por fiscalización 2011 y 2012 en el pago del aporte parafiscal .............................................................................................................. 28 4.2.3 Reporte de acciones persuasivas entidades públicas sobre los casos de Hallazgos por evasión del pago del aporte parafiscal .................................................................................. 35 4.2.4. Reporte pagos de aporte corrientes por fuera de PILA ............................................ 38

https://dataq.ugpp.gov.co/stormWeb/ .................................................................................... 47 4.2.5. Reporte de devoluciones de mayores valores por pago aporte parafiscal ............... 52

https://dataq.ugpp.gov.co/stormWeb/ .................................................................................... 62 4.2.6. Reporte de inconsistencias por inexactitud y omisión.............................................. 68 4.2.7. Reporte de aportantes con procesos de determinación y cobro por acción preferente 73 4.2.8. Reporte de seguimiento de casos de traslados por competencia en el cobro de la mora 76 4.2.9. Envío de la información a la UGPP ......................................................................... 79

5. ANEXOS............................................................................................................................ 79

6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA ................................................................................... 80

Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012

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7. RELACIÓN DE FORMATOS ............................................................................................. 80

8. CONTROL DE CAMBIOS .................................................................................................. 81

INTRODUCCION Esta guía se desarrolla para cumplimiento a los requerimientos realizados por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales de la Protección Social UGPP y aquellos ordenados por la Resolución No. 1702 del 28 de diciembre de 2021, por la cual establece los estándares de proceso de cobro de cartera en mora.

Aplica para el Nivel Nacional

1. OBJETIVO Mediante este documento se pretende orientar al servidor público del Grupo de Recaudo de la Dirección Financiera para la elaboración y envío de los reportes periódicos a la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Parafiscales de la

Protección Social UGPP.

2. ALCANCE La presente guía señala los elementos necesarios para la elaboración y envío de los reportes periódicos a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y

Parafiscales de la Protección Social UGPP.

3. DEFINICIONES 3.1 Aportante – Empleado – Empresa: Es la persona o entidad que tiene la obligación directa frente a la entidad administradora de cumplir con el pago de los aportes correspondientes al Sistema de Protección Social. Igualmente se entenderá que el aportante hace referencia a las personas naturales o jurídicas con trabajadores dependientes, a las entidades promotoras de salud, administradoras de pensiones o riesgos profesionales obligadas a realizar aportes correspondientes al sistema, a los rentistas de capital y demás personas que tengan capacidad de contribuir al financiamiento del sistema y a los trabajadores independientes que se encuentran afiliados al sistema de seguridad social Integral.

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PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DEL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL - UGPP 3.2 Acciones Persuasivas: Gestiones para obtener el pago voluntario de las obligaciones 3.3 Aviso de incumplimiento: Requerimiento al pago Voluntario de una obligación que registra incumplimiento igual o inferior a treinta (30) días a la fecha límite de pago. 3.4 Cartera parafiscal real: Es aquella determinada en un acto administrativo en firme proferido por el ICBF. 3.5 Cartera o deuda parafiscal presunta: Corresponde a la liquidación provisional de la obligación efectuada con base en los registros históricos de pagos en los aplicativos de la entidad en la cual se genera el cálculo de los aportes parafiscales a favor del ICBF que no han surtido el agotamiento de la actuación administrativa y por lo tanto son susceptibles de modificaciones luego de efectuar la depuración respectiva y generando cartera real. 3.6 Cobro Jurídico: Procedimiento general para obtener el pago de las acreencias a través de la Jurisdicción. 3.7 Contribuciones Parafiscales del Sistema de la Protección Social: Se refieren a los aportes con destino al Sistema de Seguridad Social Integral conformado por el Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, y a los establecidos con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Régimen de Subsidio Familiar. 3.8 Inexactitud: Es cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en

la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la ley, frente a cada trabajador. 3.9 Mora: Es el incumplimiento que se genera cuando existiendo afiliación no se realiza la autoliquidación acompañada del respectivo pago de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social en los plazos establecidos, en las disposiciones legales vigentes. Entiéndase dentro de este concepto, la mora que registra el empleador respecto de algunos trabajadores a su cargo. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012

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PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DEL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL - UGPP 3.10 Normalización de pagos: Actividad mediante la cual el aportante realiza la declaración y el pago mediante planilla PILA de la inconsistencia detectada en el proceso de verificación. 3.11 Novedades: Son los cambios que afectan el estado de la afiliación, la condición de afiliado, la pertencia a un régimen o la inscripción a una EPS y las actualizaciones de los datos de los afiliados.

3.12 Omisión en la vinculación: Es el no reporte de la novedad de ingreso a una administradora del Sistema de la Protección Social cuando surja la obligación conforme con las disposiciones legales vigentes y como consecuencia de ello no se efectúa el pago de los aportes a su cargo a alguno o algunos de los subsistemas que integran el Sistema de la Protección Social. 3.13 Prueba: Uso de cualquier medio útil para probar un hecho o actuación como documentos (textuales, virtuales, grabaciones) 3.14 Relación Costo Beneficio: Es el análisis económico que estima si el valor del beneficio resulta representativo frente a los costos y gastos en el cobro de la cartera; de manera que no resulte antieconómico desarrollar esta gestión. 3.15 Titulo ejecutivo: Acto administrativo en firme emitido por el ICBF, que contiene una obligación clara, expresa y exigible a cargo del deudor; al cual la ley le atribuye la suficiencia necesaria para exigir el cumplimiento forzado. 3.16 Verificación: Revisión documental y cálculos matemáticos que permiten establecer la exactitud y consistencia de la información de pago del aporte parafiscal a favor del ICBF contenida en las declaraciones de autoliquidación.

4. DESARROLLO 4.1 Uso Eficiente de la Información Los objetivos de este estándar son: Consolidar una base de ubicación y contacto de aportantes, el análisis del comportamiento de la cartera morosa, seguimiento a las acciones dispuestas por La Unidad a partir del análisis del comportamiento de la cartera, y servir como insumo para la verificación de los estándares 2: aviso de incumplimiento y 3: acciones de cobro. Reportes del Estándar:

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PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DEL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL - UGPP 4.1.1. Reporte de actualización de datos de ubicación y contacto de los aportantes del parafiscal. El objetivo es Consolidar una base de ubicación y contacto de aportantes, para lo cual el ICBF desarrolló el aplicativo AIPA, el dónde se da respuesta al proceso de generación y envíos masivos de comunicaciones de actualización de ubicación y contacto. Este grupo de instrucciones deben ser realizadas en La Sede de la Dirección General, para la generación del Reporte. a. Metodología para la actualización de la información El ICBF entre diciembre y octubre de la siguiente vigencia solicitará al aportante la actualización de los datos de ubicación y contacto del aportante, sobre el cual podrá incluir la comunicación iniciada por el aportante o a través de del aviso de incumplimiento o por medio de un aviso de actualización de datos enviado al aportante desde el aplicativo AIPA.

Contacto del aportante Solo se actualiza lo que no se actualizó a Aviso de incumplimiento través de los otros canales Validación PILA •N ovS-2e01 t4i e n e e n c u e n t a q u e l a e s t r u c t u r a Odcet-l2 0r1e5porte permite máNxoimv-1o5 8 datos de ubicación y contacto por registro (2 direcciones, 2 teléfonos fijos, 2 celulares, 2 correos electrónicos). En este sentido, cada registro o fila del reporte debe tener entre 1 y 8 datos de ubicación y contacto. • Se registra solo datos de ubicación o contacto completos del aportante y en una sola fila del reporte. • No se podrán duplicar registros ni datos de los aportantes en el reporte. • Los campos de código de departamento y municipio deben coincidir con los establecidos en la División Político-Administrativa de Colombia (Divipola), el cual es un archivo de consulta pública. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012

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  • La fecha de actualización del reporte corresponde al año de contacto con el aportante en el cual confirmó los datos disponibles o actualizó su información de ubicación y contacto. • Se deben utilizar todos los canales de contacto posibles para solicitar al aportante la actualización de los datos de ubicación. • Se tiene en cuenta que la información de contacto se refiere a teléfonos fijos, celular y correos electrónicos a través de los cuales es posible comunicarse con el aportante. El registro de un teléfono fijo debe ser completo, es decir que contenga el número de contacto y el respectivo número indicativo que le corresponde. • En un único registro o fila del reporte se incluyen los datos de ubicación y contacto que se tengan disponibles del aportante • Para cada aportante se debe diligenciar la fecha de actualización de la información. Corresponde a la fecha efectiva de contacto con el aportante en la cual confirmó o actualizó sus datos de ubicación y contacto.

Los archivos en formato texto para reportar a la UGPP serán construidos por la Dirección de Información y Tecnología según la estructura definida en los estándares de cobro de cartera en mora. El reporte debe contener sin excepción la siguiente estructura de 20 campos: Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012

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SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL - UGPP Campo Descripción Tipo Longitud Detalle Prioridad 1 Período reporte Alfanumérico 7 2022-11 AAAA-MM. Año y mes de entrega del reporte Obligatorio 2 Cod. Administradora Alfanumérico 6 PAICBF Código PILA Administradora que envía el reporte Obligatorio Nombre o Razón Social Alfanumérico 200 Enviamos SASNombre o razón social del aportante Obligatorio 3 del Aportante Tipo de documento del Alfanumérico 2 NI NI: Número de identificación tributaria Obligatorio CC: Cédula de ciudadanía CE: Cédula de Extranjería TI: Tarjeta de identidad RC: Registro civil PA: Pasaporte CD: Carnet diplomático SC: Salvoconducto de permanencia PE: Permisos especial de permanencia 4 Aportante PT:Permiso de trabajo temporal Número de documento del Alfanumérico Según tipo 78451247 - Sin dígito de verificación (no incluir caracteres especiales) Obligatorio - Para TIPO DE DOCUMENTO cédula de ciudadanía (CC), la IDENTIFICACION no puede tener más de 10 caracteres. - Para TIPO DE DOCUMENTO cédula de extranjería (CE), la IDENTIFICACION no puede tener más de 10 caracteres. - Para TIPO DE DOCUMENTO tarjeta de identidad (TI), la IDENTIFICACION de debe ser de 11 caracteres. - ParaTIPODEDOCUMENTOpasaporte(PA),laIDENTIFICACIONdebe seralfanuméricosinespaciosnicaracteresespeciales.Puedeempezar

en 0. -ParaTIPODEDOCUMENTOcarnetdiplomático(CD),laIDENTIFICACION debe ser alfanumérico, sin espacios ni caracteres especiales. documento del - ParaTIPODEDOCUMENTOsalvoconductodepermanencia(SC),la IDENTIFICACION debe ser de 15 caracteres. - ParaTIPODEDOCUMENTOpermisoespecialdepermanencia(PE),la IDENTIFICACION debe ser de 15 caracteres. -ParaTIPODEDOCUMENTONúmerodeidentificacióntributaria(NI),la 5 Aportante aportante IDENTIFICACION no puede tener más de 10 caracteres. Dirección 1 Alfanumérico 200 Autopista surLaDirección1escompletacuandoseregistratambiénloscódigosdelOpciona.Sinotienedatopararegistro, 6 No. 15 - 20 Departamento y Municipio en los campos 7 y 8. deje el campo vacío. Código Departamento 1 Numérico 2 11 Código DIVIPOLA DANE Opciona.Sinotienedatopararegistro, 7 deje el campo vacío. Código Municipio 1 Numérico 5 11001 Código DIVIPOLA DANE Opciona.Sinotienedatopararegistro, 8 deje el campo vacío. Dirección 2 Alfanumérico 200 Autopista surLaDirección2escompletacuandoseregistratambiénloscódigosdelOpciona.Sinotienedatopararegistro, 9 No. 15 - 20 Departamento y Municipio en los campos 10 y 11. deje el campo vacío. Código Departamento 2 Numérico 2 5 Código DIVIPOLA DANE Opciona.Sinotienedatopararegistro, 10 deje el campo vacío.

Código Municipio 2 Numérico 5 5001 Código DIVIPOLA DANE Opciona.Sinotienedatopararegistro, 11 deje el campo vacío. Télefono fijo 1 Numérico 15 7604152 - No incluir caracteres especiales Opciona.Sinotienedatopararegistro, -El Teléfono1escompletocuandoseregistraelindicativoquele 12 corresponde el campo 13. deje el campo vacío. Indicativo Teléfono 1 Numérico 3 601 Indicativo Ciudad. Debe corresponder al teléfono registrado en elOpciona.Sinotienedatopararegistro, 13 campo 12. deje el campo vacío. Télefono fijo 2 Numérico 15 2345689 - No incluir caracteres especiales Opciona.Sinotienedatopararegistro, -El Teléfono2escompletocuandoseregistraelindicativoquele 14 corresponde el campo 15. deje el campo vacío. Indicativo Teléfono 2 Numérico 3 602 Indicativo Ciudad. Debe corresponder al teléfono registrado en elOpciona.Sinotienedatopararegistro, 15 campo 14. deje el campo vacío. Celular 1 Numérico 15 315421521 No incluir caracteres especiales Opciona.Sinotienedatopararegistro, 16 deje el campo vacío. Celular 2 Numérico 15 3103116098 No incluir caracteres especiales Opciona.Sinotienedatopararegistro, 17 deje el campo vacío. Correo electrónico 1 Alfanumérico 50 enviamos@e.Registre un solo correo Opciona.Sinotienedatopararegistro, 18 com deje el campo vacío.

Correo electrónico 2 Alfanumérico 50 envia@e.comRegistre un solo correo Opciona.Sinotienedatopararegistro, 19 deje el campo vacío. Última fecha de actualización Numérico 4 2022 AAAA Obligatorio Añoenque se realizólaactualizaciónoconfirmaciónde losdatos 20 de la información. registrados. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012

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b. Validaciones a realizar: Para garantizar la calidad de información que se envía a la UGPP, se verifica que el reporte cumpla con lo estipulado en la tabla anterior. c. Actividades a realizar para depurar, consolidar el reporte de ubicación y contacto Con el fin de disponer de una base de datos actualizada de ubicación y contacto de los aportantes del ICBF, la Entidad realiza varios envíos de correos electrónicos a sus aportantes durante el año, solicitándoles la actualización de su información de ubicación y contacto a través de una plataforma que se ha implementado para este fin. El portal web al cual deben ingresar los aportantes

está registrado bajo la dirección: https://aipa.icbf.gov.co/ . Dentro de los correos electrónicos que se les envía a los aportantes va incluida la dirección web a la cual deben ingresar, el usuario y la contraseña para que realicen el proceso de actualización de información. Como esta labor se realiza en varias oportunidades durante el año, al llegar el mes de noviembre se obtiene una base de datos más actualizada para posterior envío a la UGPP el último día hábil de noviembre cumpliendo con lo establecido por el Anexo Técnico de la Resolución 1209 de 2022. Antes de la publicación del informe en la plataforma de la UGPP, se realiza un proceso de validación de información por parte de los Ingenieros de la Subdirección de Sistemas Integrados de Información (SSII) cumpliendo con las Resoluciones 1702 y 1209. d. Cargos de los responsables ✓ Ejecutar el Proceso: Profesional en Sistemas – Subdirección de Sistema Integrados de Información ✓ Revisar y aprobar los reportes: Profesional Especializado – Grupo de Recaudo de la Dirección Financiera ✓ Transmitir a la UGPP: Profesional Especializado – Grupo de Recaudo de la Dirección Financiera Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012

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e. Periodicidad de entrega El ICBF procederá durante el transcurso del año a realizar la actualización de la información de ubicación y contacto de todos sus aportantes y enviar un reporte a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), antes del último día hábil del mes de noviembre de cada año. Tener en cuenta que La unidad no definirá prórrogas ni ampliará el plazo para la entrega de este informe y por tanto su incumplimiento será evaluado según las conductas sancionables del articulo 15-1 de la res. 1702 del 28 de diciembre de 2021, que dosifica las sanciones impuestas por el estándar de uso eficiente de la información. Se debe tener en cuenta lo siguiente para la entrega de información por fuera del plazo establecido: • Para el envió de reportes no entregados en el plazo, la Unidad autorizará su recepción a través del aplicativo Data Q entre los días 10 y 15 calendario del mes siguiente al vencimiento del plazo. • Si luego de este tiempo no se ha enviado el reporte esperado y decide hacerlo, debe solicitar por medio, a la Unidad la autorización para ser enviado a través del aplicativo Data Q escrito radicado a través de los canales oficiales de correspondencia de la Entidad, dirigida a la Subdirección de Integración del Sistema de Aportes Parafiscales. Ninguna de las dos opciones anteriores, exime al ICBF de la sanción que le aplique

por no envío de la información en el plazo establecido. En caso de presentarse inconvenientes técnicos para enviar la información, atribuibles a la Unidad, debe reportarse con anterioridad a la fecha de vencimiento y allegando la prueba correspondiente, para que se autorice el envío, sin que sea sujeto de una conducta sancionable por este estándar. Esta solicitud debe ser radicada a través de los canales oficiales de correspondencia de la entidad, registrados en la página web de la Unidad www.ugpp.com.co y dirigida a la Subdirección de Integración del Sistema de Aportes Parafiscales. Puede revisar las condiciones técnicas para la entrega de información a través del aplicativo Data Q en el numeral 1.1.3 Mecanismos autorizados para la validación y entrega de reportes a la Unidad. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012

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SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL - UGPP La imposición de la sanción no exime al ICBF de entregar el reporte con el cumplimiento de lo estipulado, toda vez que el aplicativo Data Q no permitirá el

ingreso al sistema del reporte de un periodo, si el reporte del periodo anterior no se encuentra en el sistema. f. Contenido, Nombre del Reporte y Presentación El reporte debe contener la totalidad de aportantes obligados con ICBF al pago de aportes, de los que se tenga al menos un dato de ubicación o un dato de contacto. • Cada registro de la tabla enviada corresponde a todos los datos de ubicación o contacto de un aportante, esto significa que solo debe existir un solo registro por cada aportante. • Se deben conservar las pruebas de las gestiones realizadas para obtener la actualización de los datos de los aportantes. Esto teniendo en cuenta que la UGPP, solicitará esta información cuando así lo determine. Las especificaciones del nombre y formato del reporte Ubicación y Contacto son las definidas en los manuales del aplicativo DATA Q Storm User y Storm Web los cuales deben ser consultados y descargados en la página Web de la UGPP El reporte se presenta a la UGPP, por medio de la plataforma de intercambio de información DATA Q. Storm User Genera y valida el reporte de ubicación y contacto según especificaciones de la norma. Storm Web es el medio único para el envío del reporte una vez sea generado en el módulo Storm User. g. Protocolo para compartir información de ubicación y contacto con las demás administradoras Con el fin de compartir la información de ubicación y contacto consolidada por la UGPP, se debe cumplir con: Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012

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1. El ICBF podrá solicitar a la Unidad la consulta y disposición de los datos de ubicación y contacto de los aportantes, que no hayan sido localizados con éxito para el ejercicio de gestión del proceso de cobro.

2. En cumplimiento de lo establecido en el estándar 4 de documentación y formalización, específicamente en los requisitos de documentación para el estándar de uso eficiente de la información, el ICBF debe documentar e incluir en su manual de cobro o documento equivalente: • El área y los cargos autorizados para transmitir y consultar ante la Unidad los datos de ubicación y contacto de los aportantes. • Limitar el acceso y uso de la información de ubicación y contacto de los aportantes, referidas al derecho de habeas data, privacidad y reserva legal.

3. La Unidad se abstendrá de entregar información de ubicación y contacto de aportantes no afiliados al ICBF. En caso de requerirla, el ICBF debe justificar el motivo de la consulta.

4. La Unidad accede y utiliza la información consolidada de ubicación y contacto de los aportantes, suministrada por el ICBF con el propósito de llevar a cabo las actividades propias de su competencia.

5. La solicitud deberá presentarse por escrito y radicarse en cualquiera de los canales oficiales de correspondencia de la Unidad, registrados en la página web

de la Unidad www.ugpp.com.co, junto con el archivo que contenga el listado de aportantes a consultar, dirigida a la Subdirección de Integración del Sistema de Aportes Parafiscales y remitida por el cargo autorizado en el ICBF para solicitar y compartir la información, indicando en el comunicado su nombre completo, número de identificación, área a la que representa, cargo, teléfono y correo electrónico.

6. En esta comunicación se debe indicar y asegurar: • Que la información de ubicación y contacto suministrada por la Unidad será utilizada para uso exclusivo del ejercicio de las acciones de control de su cartera.

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SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL - UGPP • Que, una vez recibida la información de ubicación y contacto, el ICBF garantizará las limitaciones de acceso y uso referidas al derecho de habeas data, intimidad, buen nombre y reserva legal.

7. El archivo adjunto a la comunicación debe remitirse en formato tipo texto(.csv) separado por punto y coma (;) con el listado de los aportantes a consultar,

incluyendo los campos: Tipo de identificación, Número de identificación y Código Administradora. El tipo de documento debe registrar según la siguiente tabla: 8 Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, la Unidad, a través de comunicación escrita y dirigida al funcionario o cargo autorizad

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