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ICBF - Guia GO1.MT3.LT2.P de 2026

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

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Detalles

Título
ICBF - Guia GO1.MT3.LT2.P de 2026
Autor
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
SRPA
Año
2026

PROCESO

PROTECCIÓN

GUÍA OPERATIVA DEL SERVICIO

INTERVENCIÓN DE APOYO EN APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE

OPORTUNIDAD EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL

PARA ADOLESCENTES – SRPA

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INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

Directora General Astrid Eliana Cáceres Cárdenas

Subdirectora General Adriana Velásquez Lasprilla

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

Directora General Astrid Eliana Cáceres Cárdenas

Subdirectora General Adriana Velásquez Lasprilla

Directora de Protección Beatriz Adriana Tierradentro

Subdirectora de Responsabilidad Penal Magally Macías Acevedo

Equipo Técnico

Ana Estephania Manrique Sánchez Ana Melba Mogollón González Angela Marcela Pabón Villabona Carlos Andrés Barrera Espinosa Carolina Rojas Ruiz Diego de la Pava Coca Faensa Asprilla Lara Karen Andrea Vásquez Prieto Lady Johana Ordoñez Guerrero Mónica Sáenz Correa

Con aportes de las y los profesionales que integran los equipos técnicos y jurídicos de la Subdirección de Responsabilidad Penal; Direcciones Misionales, Regionales, Centros Zonales, Operadores, Ciudadanía y las diferentes dependencias del ICBF.PROCESO

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Agradecimientos

Esta guía operativa de servicio es el resultado de la construcción conjunta entre los años 2023 y 2025 en talleres y mesas de trabajo con:

Agradecimientos

Esta guía operativa de servicio es el resultado de la construcción conjunta entre los años 2023 y 2025 en talleres y mesas de trabajo con:

Enlaces designados(as) para el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y Equipos Interdisciplinarios de Regionales y Centros Zonales ICBF Defensorías de Familia de ICBF Profesionales de la Subdirección de Responsabilidad Penal Equipos interdisciplinarios de las áreas misionales y dependencias del ICBF Operadores Pedagógicos de Servicios de Atención SRPA Actores del SRPA Personas adolescentes y jóvenes atendidas y egresadas de SRPA, y sus familiasPROCESO

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Tabla de Contenido

1. Contextualización ................................ ................................ ................................ ................................ ... 5

Justificación ................................ ................................ ................................ ................................ ............ 5 Definiciones y siglas ................................ ................................ ................................ ............................... 5

2. Descripción del servicio ................................ ................................ ................................ ........................ 9

Objetivo general ................................ ................................ ................................ ................................ ...... 9 Objetivos específicos ................................ ................................ ................................ ............................. 9 Población objetivo ................................ ................................ ................................ ................................ 10 Criterios de priorización ................................ ................................ ................................ ....................... 11 Permanencia y rotación ................................ ................................ ................................ .................... 12

3. Componentes del servicio ................................ ................................ ................................ ................... 12

Objetivos específicos ................................ ................................ ................................ ............................. 9 Población objetivo ................................ ................................ ................................ ................................ 10 Criterios de priorización ................................ ................................ ................................ ....................... 11 Permanencia y rotación ................................ ................................ ................................ .................... 12

3. Componentes del servicio ................................ ................................ ................................ ................... 12

Atributos de calidad ................................ ................................ ................................ .............................. 12 Atención ................................ ................................ ................................ ................................ ............. 13 Ambientes adecuados y seguros ................................ ................................ ................................ ..... 15 Talento humano ................................ ................................ ................................ ................................ . 16 Alimentación y nutrición ................................ ................................ ................................ ................... 17 Requisitos para la operación ................................ ................................ ................................ ............ 18 Licencia de funcionamiento ................................ ................................ ................................ ......... 19 Estructura de costos ................................ ................................ ................................ ......................... 19 Dotación ................................ ................................ ................................ ................................ ........ 20

Dotación básica: Alojamiento ................................ ................................ ................................ .. 20

Dotación de elementos lúdicos y de centros de interés ................................ ........................ 20 Dotación de elementos de aseo e higiene personal ................................ ............................... 21 Transporte ................................ ................................ ................................ ................................ ..... 21

4. Proceso de atención ................................ ................................ ................................ ............................. 22

5. Monitoreo y seguimiento ................................ ................................ ................................ ..................... 25

6. Documentos de referencia ................................ ................................ ................................ ................... 26

7. Referencias bibliográficas ................................ ................................ ................................ ................... 27

8. Control de cambios ................................ ................................ ................................ .............................. 28

Lista de tablas

Tabla 1. Requisitos básicos para el funcionamiento del servicio de intervención de apoyo en aplicación del principio de oportunidad ................................ ................................ ................................ . 15 Tabla 2. Talento humano para Intervención de apoyo en aplicación del principio de oportunidad ... 16 Tabla 3. Componentes del refrigerio ................................ ................................ ................................ ....... 18 Tabla 4. Dotación de elementos lúdico -deportivos y de centros de interés –artes para el servicio Intervención de Apoyo en aplicación del Principio de Oportunidad ................................ .................... 20

Tabla 3. Componentes del refrigerio ................................ ................................ ................................ ....... 18 Tabla 4. Dotación de elementos lúdico -deportivos y de centros de interés –artes para el servicio Intervención de Apoyo en aplicación del Principio de Oportunidad ................................ .................... 20 Tabla 5. Dotación de aseo e higiene personal ................................ ................................ ........................ 21PROCESO

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1. Contextualización

Justificación

Este servicio se encuentra sustentad o en los artículos 325 y 326 de la Ley 906 de 2004 (dispone la aplicación del Principio de Oportunidad en la modalidad de suspensión del procedimiento a prueba), en concordancia con el artículo 174 de la ley 1098 de 2006 (establece que el Principio de Oportunidad en el SRPA se aplica con una visión pedagógica y formativa) , que implica la elaboración del proceso de reflexión a través de actividades psicosociales, pedagógicas y restaurativas con un particular énfasis en el componente de cultura restaurativa y el eje orientador establecido en el Lineamiento Técnico Modelo de Atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley - SRPA vigente.

Este servicio se caracteriza por brindar apoyo a adolescentes y jóvenes del SRPA en el cumplimiento

de Atención para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley - SRPA vigente.

Este servicio se caracteriza por brindar apoyo a adolescentes y jóvenes del SRPA en el cumplimiento de los compromisos y las obligaciones adquiridos con la aplicación del Principio de Oportunidad en la modalidad de suspensión del procedimiento a prueba , para fortalecer acciones de sensibilización y desarrollo de procesos pedagógicos, formativos y restaurativos hacia la responsabilización subjetiva frente al delito, la interiorización del deber de reparación a las víctimas directas, indirectas o secundarias, mediante acciones de reparación formales, informales, directas o indirectas y gestionar su reintegración e inclusión social.

En el servicio se brinda atención diferenciada a adolescentes y jóvenes a quienes se les aplica esta institución procesal de Principio de Oportunidad en la modalidad de suspensión del procedimiento a prueba, para además de lo anteriormente descrito, fortalecer su autonomía, el reconocimiento de sus derechos y el respeto por los derechos de los demás a través de los enfoques pedagógico, formativo y restaurativo.

Definiciones y siglas

DHAA: Derecho Humano a la Alimentación Adecuada

FGN: Fiscalía General de la Nación

OSIGD: Orientaciones Sexuales e Identidades de Género Diversas

PAI: Proyecto de Atención Institucional

PARD: Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos

PIGI: Plan de Intervención y Gestión Individual

SIM: Sistema de Información Misional

SITE: Sistema de Identificación de Talentos y Emprendimientos

SPA: Sustancias Psicoactivas

SRPA: Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes

TC: Tiempo Completo

SIM: Sistema de Información Misional

SITE: Sistema de Identificación de Talentos y Emprendimientos

SPA: Sustancias Psicoactivas

SRPA: Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes TC: Tiempo Completo TIC: Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (celular, redes sociales o similares)

Atención Directa: Para cumplir las órdenes de la Autoridad Judicial competente, en los territorios donde no se cuente con un Operador Pedagógico licenciado para prestar un servicio de atención para adolescentes y jóvenes en el acompañamiento en la aplicación del Principio de Oportunidad en la modalidad de suspensión del procedimiento a prueba – SRPA, el ICBF mediante sus direcciones regionales y de manera transitoria podrá contratar un equipo compuesto por profesionales en trabajoPROCESO

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social, psicología, pedagogía, especialista de área o dinamizador sociocultural, y gestor institucional, mediante la prestación de servicios, quienes desarrollarán el PAI, según el modelo de atención y las acciones establecidas para el servicio.

Autoridad Competente: Entidad o persona que tiene la potestad apta e idónea para tomar decisiones y ejecutar acciones de acuerdo con la ley, por lo que tiene competencia para investigar, procesar, juzgar

acciones establecidas para el servicio.

Autoridad Competente: Entidad o persona que tiene la potestad apta e idónea para tomar decisiones y ejecutar acciones de acuerdo con la ley, por lo que tiene competencia para investigar, procesar, juzgar y sancionar a adolescentes y jóvenes por los delitos cometidos en el SRPA; debe aplicar los principios y garantías sustantivas y procesales contenidos en la legislación nacional e internacional y propender por la garantía de los principios rectores de las políticas públicas de infancia y adolescencia (Congreso de la República de Colombia, Ley 1098 de 2006, artículo 2031).

Complementación Alimentaria: Es el apoyo alimentario que se ofrece a los y las usuarias de las modalidades y servicios del ICBF, para apoyar la garantía del Derecho Humano a la Alimentación Adecuada (DHAA; ICBF, construcción propia equipo Planificación Alimentaria-2024).

Comunidad: Incluye a todas aquellas personas que se han visto afectadas indirectamente por el delito o falta; o que hacen parte de la red de apoyo y vincular, estando involucradas en el hecho, conduct a u ofensa (Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional [USAID], 2021). Hay resultados restaurativos cuando la comunidad tuvo la oportunidad de:

  • Participar en la resolución de conflictos u ofensas generando una mejor integración social y seguridad en las partes. • Motivar la toma de conciencia frente al impacto de las acciones y la influencia de estas en el espacio social y familiar. • Apoyar y brindar seguridad a las partes facilitando la concertación de acuerdos, decisiones y acciones de reparación. • Promover redes de apoyo social y familiar que ayuden a la parte ofensora a sentirse proactiva y útil

social y familiar. • Apoyar y brindar seguridad a las partes facilitando la concertación de acuerdos, decisiones y acciones de reparación. • Promover redes de apoyo social y familiar que ayuden a la parte ofensora a sentirse proactiva y útil a la sociedad mejorando la convivencia, la reintegración e inclusión. • Generar aprendizaje social, promoviendo la adopción de conductas éticas y valores a favor de la comunidad, la familia y la sociedad. • Facilitar la concreción de acciones de reparación por parte de la persona ofensora que respondan a las necesidades expuestas.

Derecho a la Alimentación Adecuada: “El derecho a la alimentación es el derecho a tener acceso, de

1 ARTÍCULO 203. PRINCIPIOS RECTORES DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS. Las políticas públicas de infancia, adolescencia y familia como políticas de Estado se regirán como mínimo por los siguientes principios:

1. El interés superior del niño, niña o adolescente.

2. La prevalencia de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes.

3. La protección integral.

4. La equidad.

5. La integralidad y articulación de las políticas.

6. La solidaridad.

7. La participación social.

8. La prioridad de las políticas públicas sobre niñez y adolescencia.

9. La complementariedad.

10. La prioridad en la inversión social dirigida a la niñez y la adolescencia.

11. La financiación, gestión y eficiencia del gasto y la inversión pública.

12. La perspectiva de género.PROCESO

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Gestión: Abarca las acciones destinadas a facilitar el acceso a servicios y oportunidades en diferentes sectores, como salud y educación, con el objetivo de garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales y fortalecer el proceso de inclusión social. Esto es esencial para prevenir Conductas Sancionables Penalmente (Sistema Nacional de Coordinación de Responsabilidad Penal para Adolescentes, 2020) y promover el desarrollo integral de las personas en conflicto con la ley penal.

Intervención: El proceso de intervención se refiere al desarrollo de actividades diseñadas y planificadas de manera específica por el equipo interdisciplinario, con el fin de mitigar o prevenir Conductas Sancionables Penalmente, de acuerdo con las necesidades de atención identificadas en el proceso de evaluación de la persona adolescente o joven (Farrington & Welsch, 2007; Kemshall, 2007). Estas actividades deben alinearse con el Modelo Riesgo-Necesidad-Responsividad (Bonta & Andrews, 2007, 2017), considerando el nivel de riesgo de reiteración como una necesidad de atención y ajustándose a las capacidades, habilidades y estilos de aprendizaje de cada individuo.

Jornada Flexible: Se entiende como la atención concertada con la población adolescente o joven candidata a la aplicación del principio de oportunidad , su familia y la Defensoría de Familia para establecer horarios de acuerdo con las particularidades y circunstancias de vida de la persona adolescente o joven.

Medio Tiempo: Hace referencia al tiempo de atención de cuatro (4) horas diarias de las personas adolescentes o jóvenes en el servicio por parte del equipo interdisciplinario definido en la Tabla 2.

Talento humano para Intervención de Apoyo en Aplicación del Principio de Oportunidad . Es necesario

adolescentes o jóvenes en el servicio por parte del equipo interdisciplinario definido en la Tabla 2. Talento humano para Intervención de Apoyo en Aplicación del Principio de Oportunidad . Es necesario aclarar que en la atención lo que se requiere es garantizar la disponibilidad del talento humano en el servicio, para que se dé cumplimiento a lo establecido en su operación, asegurando que en ningún momento se vea interrumpida la atención.

Persona Ofensora: De acuerdo con la Ley 1098 de 2006 (CIA) en su artículo 139, se entiende como población vinculada al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, en adelante SRPA, a las personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible, es decir, adolescentes en conflicto con la Ley2, quienes están en contacto con el sistema judicial por la presunta comisión o por haber sido acusados de cometer una infracción o delito.

2 Como se afirma en el documento CONPES 3629 de 2009, “la vinculación del adolescente al SRPA no necesariamente implica su responsabilidad de la conducta punible que se le imputa. La vinculación a un proceso judicial señala que el adolescente es su jeto de investigación y juicio, no necesariamente implica que sea, de entrada, un sujeto sancionado o responsable. En tal sentido, el proceso y su desarrollo indicará su inocencia con respeto a la conducta punible que se le imputa, o bien se le sancionará en caso de ser responsable de dicha conducta”.PROCESO

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12. La perspectiva de género.PROCESO

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manera regular, permanente y libre, sea directamente, sea mediante compra en dinero, a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a que pertenece el consumidor y que garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y digna. El derecho a la alimentación no es simplemente el derecho a no pasar hambre. Es el derecho de todas las personas a celebrar la vida sentándose a comer con otras. Una de las formas más importantes en que una comunidad se define a sí misma es a través de qué, cómo, cuándo y con quién come. Las comunidades se constituyen compartiendo días festivos, recuerdos, recetas, sabores y maneras de comer. Los seres humanos crean sus instituciones sociales y políticas a través de estas prácticas alimentarias” (Organización de las Naciones Unidas, 2020).

Gestión: Abarca las acciones destinadas a facilitar el acceso a servicios y oportunidades en diferentes sectores, como salud y educación, con el objetivo de garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales y fortalecer el proceso de inclusión social. Esto es esencial para prevenir Conductas

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Sin embargo, en aplicación del principio de legalidad en el SRPA, se atienden personas jóvenes cuando alcanzan la mayoría de edad y están vinculadas al SRPA. Por esta razón, la persona que se atiende puede ser mayor o menor de edad pues ha causado una ofensa a partir de una acción de daño cometida cuando era mayor de 14 años y menor de 18 años.

Plan de Reparación: Corresponde al plan que debe elaborar la persona ofensora, deberá contener la reparación directa e integral de los daños causados a la víctima o una reparación simbólica, sea que la víctima participe o no en el proceso, así como los plazos en los cuales se ejecutará (Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia [SDSCJ] & Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito [UNODC], 2019).

Reintegración: Resultado de la adecuada articulación de las distintas entidades, instituciones, comunidades y redes de apoyo, para proporcionar escenarios de participación y oportunidades para que tanto víctimas como personas ofensoras, restablezcan sus relaciones, desarrollen su proyecto de vida

Reintegración: Resultado de la adecuada articulación de las distintas entidades, instituciones, comunidades y redes de apoyo, para proporcionar escenarios de participación y oportunidades para que tanto víctimas como personas ofensoras, restablezcan sus relaciones, desarrollen su proyecto de vida y superen la etiqueta adquirida tras la ocurrencia del delito y el ingreso al sistema de justicia ordinaria.

En ese sentido, la sociedad, que denuncia la conducta de la persona ofensora como inaceptable también se compromete con este y con las demás partes involucradas en el evento, para su reintegración. Por lo tanto, se requieren esfuerzos para que personas adolescentes o jóvenes ofensoras se relacionen de una forma distinta en diferentes contextos y escenarios donde interactúa n, para que de esta forma puedan fortalecer sus vínculos y relaciones, y posiblemente vea n su vida alejada del delito (SDSCJ & UNODC, 2019; Pérez & Zaragoza, s.f.).

Reparación: De acuerdo con Zehr (2007), la reparación implica el esfuerzo por “enmendar el mal causado” (p. 40) y tiene dos dimensiones: i) “el tratamiento de los daños ocasionados, y ii) el tratamiento de las causas de estos daños, incluidos aquellos daños del pasado que contribuyeron a engendrar los actuales” (p. 40) 4. Como lo expresa Zehr (2007), cuando el énfasis de la justicia se hace en las necesidades de las víctimas, indica que los daños que se les han infligido deben ser atendidos. Desde la Justicia Restaurativa se realiza un énfasis en la naturaleza social del delito y en la reparación de aquello que se rompió o fue roto, promoviendo la reconciliación (Brito & Ordoñez, 2004).

la Justicia Restaurativa se realiza un énfasis en la naturaleza social del delito y en la reparación de aquello que se rompió o fue roto, promoviendo la reconciliación (Brito & Ordoñez, 2004).

Responsabilización: Desde el enfoque restaurativo se constituye en el logro del “asentimiento subjetivo” de la persona adolescente o joven frente al acto delictivo y los daños y necesidades derivados del mismo. Por lo tanto, la plena asunción de la responsabilidad por parte de la persona ofensora puede “formar sujetos responsables en el ejercicio de sus derechos y que reparen el daño causado a las víctimas desde la justicia restaurativa”, recomponer el lazo social y evitar la repetición de las conductas delictivas (Muñiz, 2015).

Soberanía Alimentaria: “Es el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo. Esto pone a aquellos que producen, distribuyen y con sumen alimentos en el corazón de los sistemas y políticas alimentarias, por encima de las exigencias de los mercados y de las empresas. Defiende los intereses de, e incluye a, las futuras generaciones (…) La soberanía alimentaria da prioridad a las economí as locales y a los mercados locales y nacionales, y otorga el poder a los campesinos y a la agricultura familiar, la pesca artesanal y el pastoreo tradicional, y coloca la producción alimentaria, la distribución y el consumo sobre la base de la sostenibili dad medioambiental, social y económica (…) Garantiza que los derechos de acceso y a la gestión de nuestra tierra, de nuestrosPROCESO

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alimentaria, la distribución y el consumo sobre la base de la sostenibili dad medioambiental, social y económica (…) Garantiza que los derechos de acceso y a la gestión de nuestra tierra, de nuestrosPROCESO

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territorios, nuestras aguas, nuestras semillas, nuestro ganado y la biodiversidad, estén en manos de aquellos que producimos los alimentos. La soberanía alimentaria supone nuevas relaciones sociales libres de opresión y desigual” (Nyéléni-Malí, 2007).

Este concepto propone un horizonte de sentido en el trascurrir de la vida de los hogares en los territorios que se interrelacionan con el ICBF, entendido como el derecho progresivo de las niñas, niños adolescentes, jóvenes, familias y comunidades a una alimentación natural y diversa que cuida, gusta y da salud, enseña su origen y preparación con el saber de sus ancestros y ancestras en el territorio; que reconoce, identifica, reivindica, empodera y fortalece la relación vincular de las personas y comunidades en su autonomía, con respeto por el entorno, el agua y valora a quien la produce y la lleva a la mesa

(ICBF, 2024).

reconoce, identifica, reivindica, empodera y fortalece la relación vincular de las personas y comunidades en su autonomía, con respeto por el entorno, el agua y valora a quien la produce y la lleva a la mesa

(ICBF, 2024).

Tiempo Completo: Hace referencia al tiempo de atención de ocho (8) horas diarias de las personas adolescentes o jóvenes en el servicio por parte del equipo interdisciplinario definido en la Tabla 2.

Talento humano para Intervención de Apoyo en Aplicación del Principio de Oportunidad . Es necesario aclarar que en la atención lo que se requiere es garantizar la disponibilidad del talento humano en el servicio, para que se dé cumplimiento a lo establecido en su operación, asegurando que en ningún momento se vea interrumpida la atención.

Víctima: Se refiere a todas las personas naturales o jurídicas y demás sujetos de derechos que individual o colectivamente hayan sufrido algún daño (directo , indirecto o secundario ) como consecuencia de un delito. La víctima en el SRPA es quien ha sufrido un daño como consecuencia del actuar de un a persona que tenía entre 14 y 18 años en el momento de la comisión de la conducta

(SDSCJ & UNODC, 2019). Esto, independiente de que se identifique, aprehenda o enjuicie a la persona autora del delito, e incluso ante la existencia de una relación familiar con este (Ley 906, 2004, art. 132).

2. Descripción del servicio

La Intervención de Apoyo en Aplicación del Principio de Oportunidad en el SRPA, es un ser

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