ICBF - Guia GO6.MT2.LT2.P de 2026
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
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Detalles
- Título
- ICBF - Guia GO6.MT2.LT2.P de 2026
- Autor
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- SRPA
- Año
- 2026
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INTERNACIÓN EN MEDIO SEMICERRADO
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INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
Directora General Astrid Eliana Cáceres Cárdenas
Subdirectora General Adriana Velásquez Lasprilla
Directora de Protección Especial Beatriz Adriana Tierradentro
Subdirectora de Responsabilidad Penal Magally Macias Acevedo
Equipo Técnico
Alexandra Calderón Hernández Angela María Castillo González Angela Marcela Pabón Villabona Angelica Sánchez Zamora
Subdirectora de Responsabilidad Penal Magally Macias Acevedo
Equipo Técnico
Alexandra Calderón Hernández Angela María Castillo González Angela Marcela Pabón Villabona Angelica Sánchez Zamora Carlos Andrés Barrera Espinosa Carolina Rojas Ruiz Diego de la Pava Coca Karen Andrea Vásquez Prieto
Con aportes de las y los profesionales que integran los equipos técnicos y jurídicos de la Subdirección de Responsabilidad Penal; Direcciones Misionales, Regionales, Centros Zonales, Operadores, Ciudadanía y las diferentes dependencias del ICBF.PROCESO
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Agradecimientos
Esta guía operativa de servicio es el resultado de la construcción conjunta entre los años 2023 y 2025 en talleres y mesas de trabajo con:
Profesionales designados (as) para el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y Equipos Interdisciplinarios de Regionales y Centros Zonales ICBF Personas adolescentes y jóvenes atendidas y egresadas de SRPA Defensorías de Familia de ICBF Operadores Pedagógicos de Servicios de Atención SRPA Actores del SRPA Profesionales de la Subdirección de Responsabilidad Penal Equipos interdisciplinarios de las áreas misionales y dependencias del ICBFPROCESO
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Actores del SRPA Profesionales de la Subdirección de Responsabilidad Penal Equipos interdisciplinarios de las áreas misionales y dependencias del ICBFPROCESO
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Tabla de Contenido
Introducción ................................ ................................ ................................ ................................ ................ 5
1. Contextualización ................................ ................................ ................................ ................................ ... 5
Justificación ................................ ................................ ................................ ................................ ............ 5 Definiciones y siglas ................................ ................................ ................................ ............................... 7
2. Descripción del servicio ................................ ................................ ................................ ........................ 9
Objetivo general ................................ ................................ ................................ ................................ ...... 9 Objetivos específicos ................................ ................................ ................................ ........................... 10 Población objetivo ................................ ................................ ................................ ................................ 10 Criterios de priorización ................................ ................................ ................................ ....................... 10 Permanencia y rotación ................................ ................................ ................................ .................... 10
3. Componentes del servicio ................................ ................................ ................................ ................... 10
Atributos de calidad ................................ ................................ ................................ .............................. 11 Atención ................................ ................................ ................................ ................................ ............. 11 Ambientes adecuados y seguros ................................ ................................ ................................ ..... 14 Infraestructura ................................ ................................ ................................ ............................... 14 Talento humano ................................ ................................ ................................ ................................ . 14 Alimentación y nutrición ................................ ................................ ................................ ................... 15 Requisitos para la operación ................................ ................................ ................................ ............ 17 Licencia de funcionamiento ................................ ................................ ................................ ......... 18 Estructura de costos ................................ ................................ ................................ ......................... 18 Dotación ................................ ................................ ................................ ................................ ........ 18
Dotación básica: Alojamiento ................................ ................................ ................................ .. 19
Dotación personal ................................ ................................ ................................ ..................... 19
Licencia de funcionamiento ................................ ................................ ................................ ......... 18 Estructura de costos ................................ ................................ ................................ ......................... 18 Dotación ................................ ................................ ................................ ................................ ........ 18
Dotación básica: Alojamiento ................................ ................................ ................................ .. 19
Dotación personal ................................ ................................ ................................ ..................... 19 Dotación escolar ................................ ................................ ................................ ....................... 19 Dotación de elementos lúdicos, deportivos y de centros de interés ................................ .... 19 Dotación de seguridad industrial ................................ ................................ ............................. 20 Transporte ................................ ................................ ................................ ................................ ..... 20 Actividades recreativas y/o culturales ................................ ................................ ........................ 21
4. Proceso de atención ................................ ................................ ................................ ............................. 21
5. Monitoreo y seguimiento ................................ ................................ ................................ ..................... 21
6. Documentos de referencia ................................ ................................ ................................ ................... 22
7. Referencias bibliográficas ................................ ................................ ................................ ................... 24
8. Control de cambios ................................ ................................ ................................ .............................. 25
Lista de tablas
Tabla 1. Talento humano. Internación en Medio Semicerrado Jornada Flexible ................................ . 14 Tabla 2. Tiempo Comida. Internación en Medio Semicerrado Jornada Flexible ................................ .. 17 Tabla 3. Dotación personal: elementos de aseo. Internación en Medio Semicerrado Jornada Flexible ................................ ................................ ................................ ................................ ................................ ... 19 Tabla 4. Elementos lúdicos, deportivos y de centros de interés. Internación en Medio Semicerrado Jornada Flexible ................................ ................................ ................................ ................................ ....... 19 Tabla 5. Dotación de seguridad industrial. Internación en Medio Semicerrado Jornada Flexible ...... 20PROCESO
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Introducción
La presente guía operativa está dirigida a los Operadores Pedagógicos con el fin de brindar orientaciones técnicas para el desarrollo de la atención de personas adolescentes y jóvenes sancionadas con la sanción no privativa de la libertad denominada Medio Semicerrado de acuerdo con el Artículo 177 y 186 de la Ley 1098 de 2006 que la define como “la vinculación del adolescente a un programa de atención especializado al cual deberá asistir obligatoriamente durante horario no escolar o en los fines de semana. Esta sanción no podrá ser superior a tres años”.
Lo anterior, se traduce en un servicio que desarrolla el proceso de atención que permite que adolescentes y jóvenes cumplan la sanción ordenada o impuesta por las autoridades judiciales competentes, garantizando su finalidad protectora, educativa y restaurativa, bajo la doctrina de la protección integral, los principios de prevalencia e Interés superior, y los enfoques de derechos y enfoque restaurativo.
Este documento considera las disposiciones jurídicas y técnicas para el cumplimiento de la sanción en Medio Semicerrado e incorpora el enfoque restaurativo, mediante la transversalización de sus pilares: responsabilización, reparación-restauración y reintegración, y la implementación de sus prácticas, para facilitar la resignificación de las trayectorias de vida de la persona adolescente o joven y el fortalecimiento de los entornos familiar, social y comunitario.
responsabilización, reparación-restauración y reintegración, y la implementación de sus prácticas, para facilitar la resignificación de las trayectorias de vida de la persona adolescente o joven y el fortalecimiento de los entornos familiar, social y comunitario.
A continuación se exponen los procesos, acciones y procedimientos a realizar para la atención de este servicio, por otro lado, se describen las etapas de manera específica para su ejecución, desarrolladas de manera diferencial, de acuerdo con los contextos y particularidades, de tal forma que el desarrollo de la sanción se ajuste a la realidad de personas adolescentes y jóvenes, posibilitando buenas prácticas que permitan lograr los objetivos de sus finalidades protectora, educativa y restaurativa.
Igualmente, se descri ben los roles de los actores involucrados en el proceso , tales como equipo interdisciplinario del operador pedagógico y autoridades judiciales y administrativas.
1. Contextualización
Justificación
La sanción no privativa de la libertad en Medio Semicerrado establecida en el Código de la Infancia y la Adolescencia (CIA) consiste en la vinculación obligatoria de la persona adolescente o joven a un programa de atención especializado, que deberá cumplir en horario no escolar o durante los fines de semana, sin que esta medida pueda exceder los tres años1. Esta sanción busca mantener a las personas adolescentes y jóvenes en su entorno familiar y educativo, permitiéndoles cumplir con sus obligaciones mientras reciben el apoyo y la supervisión necesarios para su proceso de responsabilidad y de inclusión social.
Esta medida responde al artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, que establece la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y al principio de interés superior en la
social.
Esta medida responde al artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, que establece la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y al principio de interés superior en la
1 Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la adolescencia, artículo 186.PROCESO
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Convención sobre los Derechos del Niño, que promueve el bienestar y desarrollo integral de adolescentes en conflicto con la ley2. Al implementar esta sanción, el sistema pretende que adolescentes y jóvenes mantengan sus lazos familiares y comunitarios, al tiempo que se garantiza su proceso de aprendizaje y responsabilización. De este modo, la sanción en Medio Semicerrado representa una opción equilibrada que limita el internamiento completo y favorece el desarrollo continuo de las personas adolescentes y jóvenes dentro de un entorno supervisado y da respuesta a la necesidad de evitar cambios desfavorables en su situación, preservando las condiciones necesarias para el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales mediante un trato apropiado que garantice su bienestar con una sanción proporcional a la infracción.
Las Reglas de Tokio (Organización de las Naciones Unidas, 1990) y las Reglas de Beijing (Organización de las Naciones Unidas, 1985), recomiendan la aplicación de sanciones no privativas de la libertad que
proporcional a la infracción.
Las Reglas de Tokio (Organización de las Naciones Unidas, 1990) y las Reglas de Beijing (Organización de las Naciones Unidas, 1985), recomiendan la aplicación de sanciones no privativas de la libertad que mantengan a personas adolescentes en contacto con su comunidad y sus redes de apoyo, mientras reciben medidas educativas y de orientación. La sanción en Medio Semicerrado, en este sentido, ofrece una estructura flexible y segura que permite a las personas adolescentes y jóvenes cumplir con sus deberes en un contexto seguro y vigilado. Además, debe garantizarles la orientación profesional y emocional, promoviendo la inclusión social, la reparación y el fortalecimiento de sus habilidades para la vida en sociedad.
La Observación General No. 24 del Comité de los Derechos del Niño y la Sentencia C-281 de 2023 de la Corte Constitucional refuerzan el enfoque restaurativo del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), el cual prioriza las sanciones educativas y restaurativas sobre el internamiento completo. Así, la sanción en Medio Semicerrado permite a las personas adolescentes y jóvenes cumplir con su proceso de responsabilización y reparación, mientras sigue desarrollándose en su entorno familiar y social, apoyado en un marco de respeto y formación continua que busca su transformación personal y social.
En el mismo sentido , el Documento CONPES 3629: Política de Atención al Adolescente en Conflicto con la Ley (Departamento Nacional de Planeación, 2009), resalta que las diferentes instituciones a nivel territorial y nacional son corresponsables para dar respuesta oportuna a la demanda del sistema para garantizar su finalidad, al igual que la prevalencia, la protección integral y restablecimiento de los
con la Ley (Departamento Nacional de Planeación, 2009), resalta que las diferentes instituciones a nivel territorial y nacional son corresponsables para dar respuesta oportuna a la demanda del sistema para garantizar su finalidad, al igual que la prevalencia, la protección integral y restablecimiento de los derechos de adolescentes en conflicto con la ley, acorde con el Interés Superior del Niño y demás principios referentes para el SRPA que se encuentran en la Constitución Política , los instrumentos internacionales y el Código de la Infancia y la Adolescencia (CIA).
Las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD, 1990) establecen que la prevención del conflicto con la ley en adolescentes, es parte esencial de la prevención del delito en la sociedad, por lo cual debe procurarse un desarrollo armonioso de las personas adolescentes mediante el respeto de su personalidad por lo que los programas deben centrarse en su bienestar, promoviendo roles activos y de asociación en la sociedad lo cual se logra al no considerarlos meros objetos de socialización o control, por lo qu e la atención en dichos programas debe ser afín a políticas progresistas de prevención de la delincuencia, en donde la s sanciones no privativas de la libertad pueden ser fundamentales para evitar criminalizar y estigmatizar a la persona adolescente.
2 Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la adolescencia, artículo 8.PROCESO
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asistencia y protección de la persona adolescente o joven responsable de haber infringido la ley penal y garantizar y gestionar el ejercicio de sus derechos.
Definiciones y siglas
AAVN: Alimento de Alto Valor Nutricional GIRA: Gestión e Identificación de Riesgos en Adolescentes y jóvenes sancionados
ICBF: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
OSIGD: Orientaciones Sexuales e Identidades de Género Diversas
PAI: Proyecto de Atención Institucional
PARD: Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos PIGI: Plan de Intervención y Gestión Individual RLC: Ración lista para consumo
RP: Ración Preparada
SIM: Sistema de Información Misional
SITE: Sistema de Identificación de Talentos y Emprendimientos SNBF: Sistema Nacional de Bienestar Familiar SNCRPA: Sistema Nacional de Coordinación de Responsabilidad Penal para Adolescentes
SPA: Sustancias Psicoactivas
SRPA: Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes
Complementación Alimentaria: Es el apoyo alimentario que se ofrece a los y las usuarias de las modalidades y servicios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), para apoyar la garantía del Derecho Humano a la Alimentación Adecuada ( DHAA; ICBF, construcción propia equipo
Planificación Alimentaria-2024).
Derecho a la Alimentación Adecuada: “El derecho a la alimentación es el derecho a tener acceso, de manera regular, permanente y libre, sea directamente, sea mediante compra en dinero, a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a que pertenece el consumidor y que garantice una vida psíquica y física,
alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a que pertenece el consumidor y que garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y digna. El derecho a la alimentación no es simplemente el derecho a no pasar hambre. Es el derec ho de todas las personas a celebrar la vidaPROCESO
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sentándose a comer con otras. Una de las formas más importantes en que una comunidad se define a sí misma es a través de qué, cómo, cuándo y con quién come. Las comunidades se constituyen compartiendo días festivos, recuerdos, recetas, sabores y maneras de comer. Los seres humanos crean sus instituciones sociales y políticas a través de estas prácticas alimentarias” (Organización de las Naciones Unidas, 2020).
Educación para la Salud Alimentaria: Desde el enfoque emanado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), denominado “Una Sola Salud”, integrado también por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.(FAO), la Organización Mundial de Sanidad Animal y el Programa de las Naciones Unidas para el medioambiente que incorpora en la definición de salud la interrelación medio ambiente, salud animal y humana, hemos adoptado en sintonía el concepto de salud
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La atención en este servicio responde a los estándares normativos definidos para su implementación, e incorpora el enfoque de Justicia Restaurativa, mediante la transversalización de sus pilares e implementación de prácticas, para la resignificación del sujeto y el fortalecimiento de su vida personal, familiar, social y comunitaria. Debe darse de manera diferencial y flexible, mediante acciones organizadas en fases a través del tiempo en el que se ejecuta la sanción , reconociendo a los y las adolescentes como sujetos titulares de derechos, como punto de partida para el proceso, desde una perspectiva pedagógica y con enfoque de Protección Integral.
Desde la mirada del Lineamiento Técnico Modelo de atención, se reconocen los conflictos con la ley como una situación en la que confluyen factores personales, familiares o del contexto, que establecen relaciones complejas con el estado de realización de los derechos. Desde esta perspectiva, se abordan las situaciones o condiciones diferenciales de las personas adolescentes y jóvenes y sus familias, trascendiendo hacia una comprensión en la que el ejercicio de los derechos implica asumir responsabilidades. En este contexto, la Autoridad Administrativa cumple una doble función asumir la asistencia y protección de la persona adolescente o joven responsable de haber infringido la ley penal y garantizar y gestionar el ejercicio de sus derechos.
Definiciones y siglas
AAVN: Alimento de Alto Valor Nutricional
Programa de las Naciones Unidas para el medioambiente que incorpora en la definición de salud la interrelación medio ambiente, salud animal y humana, hemos adoptado en sintonía el concepto de salud alimentaria, en tanto la alimentación y nutrición, como componentes centrales en la determinación social de la salud, dependen en la formulación de políticas públicas, de la consideración de que los alimentos para ser garantía nutricional, se ofrezcan desde la salud de los suelos, las semillas hasta el consumo humano, pasando por toda la cadena para su producción, distribución y comercialización.
Gestión: Abarca las acciones destinadas a facilitar el acceso a servicios y oportunidades en diferentes sectores, como salud y educación, con el objetivo de garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales y fortalecer el proceso de inclusión social. Esto es esencial para prevenir Conductas Sancionables Penalmente (Sistema Nacional de Coordinación de Responsabilidad Penal para Adolescentes, 2020) y promover el desarrollo integral de las personas en conflicto con la ley penal.
Intervención: El proceso de intervención se refiere al desarrollo de actividades diseñadas y planificadas de manera específica por el equipo interdisciplinario, con el fin de mitigar o prevenir Conductas Sancionables Penalmente, de acuerdo con las necesidades de atención identificadas en el proceso de evaluación de persona s adolescentes y jóvenes (Farrington & Welsch, 2007; Kemshall, 2007). Estas actividades deben alinearse con el Modelo Riesgo-Necesidad-Responsividad (Bonta & Andrews, 2007, 2017), considerando el nivel de riesgo de reiteración como una necesidad de atención y ajustándose a las capacidades, habilidades y estilos de aprendizaje de cada individuo.
Medio Tiempo : Hace referencia al tiempo de atención de cuatro (4) horas diarias de la persona
2017), considerando el nivel de riesgo de reiteración como una necesidad de atención y ajustándose a las capacidades, habilidades y estilos de aprendizaje de cada individuo.
Medio Tiempo : Hace referencia al tiempo de atención de cuatro (4) horas diarias de la persona adolescente o joven en el servicio y que no afecta el cumplimiento de las responsabilidades externas como: académicas, laborales, emprendimientos o de interés a las que se encuentre vinculad a y que realice en contra jornada a la de la atención en el servicio. Es necesario aclarar que en la atención lo que se requiere es garantizar la disponibilidad del servicio, teniendo en cuenta lo establecido en la tabla de talento humano, asegurando que en ningún momento se vea interrumpida la atención.
Soberanía Alimentaria: “Es el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo. Esto pone a aquellos que producen, distribuyen y con sumen alimentos en el corazón de los sistemas y políticas alimentarias, por encima de las exigencias de los mercados y de las empresas. Defiende los intereses de, e incluye a, las futuras generaciones (…) La soberanía alimentaria da prioridad a las economí as locales y a los mercados locales y nacionales, y otorga el poder a los campesinos y a la agricultura familiar, la pesca artesanal y el pastoreo tradicional, y coloca la producción alimentaria, la distribución y el consumo sobre la base de la sostenibili dad medioambiental, social y económica (…) Garantiza que los derechos de acceso y a la gestión de nuestra tierra, de nuestros
alimentaria, la distribución y el consumo sobre la base de la sostenibili dad medioambiental, social y económica (…) Garantiza que los derechos de acceso y a la gestión de nuestra tierra, de nuestros territorios, nuestras aguas, nuestras semillas, nuestro ganado y la biodiversidad, estén en manos dePROCESO
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aquellos que producimos los alimentos. La soberanía alimentaria supone nuevas relaciones sociales libres de opresión y desigual” (Nyéléni-Malí, 2007).
Este concepto propone un horizonte de sentido en el trascurrir de la vida de los hogares en los territorios que se interrelacionan con el ICBF, entendido como el derecho progresivo de las niñas, niños adolescentes, jóvenes, familias y comunidades a una alimentación natural y diversa que cuida, gusta y da salud, enseña su origen y preparación con el saber de sus ancestros y ancestras en el territorio; que reconoce, identifica, reivindica, empodera y fortalece la relación vincular de las personas y comunidades en su autonomía, con respeto por el entorno, el agua y valora a quien la produce y la lleva a la mesa
(ICBF, 2024).
Tiempo Completo. Es el tiempo de atención de ocho (8) horas diarias, en jornada mañana y tarde, en el que las personas adolescentes y jóvenes desarrollan los procesos pedagógicos, formativos y lúdico
(ICBF, 2024).
Tiempo Completo. Es el tiempo de atención de ocho (8) horas diarias, en jornada mañana y tarde, en el que las personas adolescentes y jóvenes desarrollan los procesos pedagógicos, formativos y lúdico recreativos propios del servicio, así como, en cumplimiento del proceso educativo garantizado por el Operador Pedagógico en la unidad de atención. Es necesario aclarar que en la atención lo que se requiere es garantizar la disponibilidad del servicio, teniendo en cuenta lo establecido en la Tabla 1. Talento Humano Internación en Medio Semicerrado , asegurando que en ningún momento se vea interrumpida la atención.
2. Descripción del servicio
El servicio de Internación en Medio Semicerrado responde a la atención que debe brindarse a personas adolescentes y jóvenes a quienes e l Juez competente les impone la sanción contenida en el Artículo 186 de la Ley 1098 de 20063.
Estos servicios, conforme al artículo 177 de la misma Ley, deben prestarse en “programas o centros de atención especializados […] que deberán acogerse a los lineamientos técnicos que para cada sanción defina el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar”, y al que personas adolescentes y jóvenes “deberán asistir obligatoriamente durante horario no escolar o en los fines de semana” durante el transcurso de una ejecución que “no podrá ser superior a tres años” (art. 186, Ley 1098 de 2006).
El paso de las personas adolescentes y jóvenes por este servicio implica un trayecto en el que se garanticen sus derechos y se impulse su desarrollo mediante una atención pedagógica y restaurativa, dentro de un entorno protector que les permita comprender las causas de su conflicto con la ley, asumir
garanticen sus derechos y se impulse su desarrollo mediante una atención pedagógica y restaurativa
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