ICBF - Guia para el seguimiento a la calidad de la atencion al pueblo wayuu en sus territorios ancestrales v1
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Detalles
- Título
- ICBF - Guia para el seguimiento a la calidad de la atencion al pueblo wayuu en sus territorios ancestrales v1
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- —
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO WAYÚU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES Versión 1 Página 1 de 33
GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO
WAYUU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR 2024 ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO WAYÚU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES Versión 1 Página 2 de 33 Astrid Cáceres Cárdenas Directora General Adriana Velásquez Lasprilla Subdirectora General Jeason Ariel Cossio Ibargüen Oficina de Aseguramiento de la Calidad Rubén Ernesto Orjuela Agudelo Director de Nutrición Mónica María Martínez Martínez Directora de Primera Infancia Haidy Isabel Duque Cuesta Directora de Familia y comunidades Naya Gutiérrez Pinzón Directora Adolescencia y juventudes Diana Carolina Baloy Directora de Protección Julián Moreno Parra Director Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Ingrid Johana Cubides Puentes Directora de Servicios y Atención Equipo Técnico Adriana González Gómez
Aída del Pilar Becerra Becerra Laura Bibiana Padilla Vera Luz Angela López Garzón Mirian Yaneth Moreno Romero Sandy Mileidy Riaño Cifuentes Paola Andrea Flórez Rodríguez Yerson Yusef Forero Escobar ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO WAYÚU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES Versión 1 Página 3 de 33 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN .............................................................................................................. 4
1. OBJETIVOS .............................................................................................................. 5
2. ALCANCE ................................................................................................................. 5
3. DEFINICIONES ......................................................................................................... 5
4. DESARROLLO .......................................................................................................... 9 4.1. Actores que posibilitan la garantía de los derechos a usuarios/as de los servicios del ICBF ........................................................................................................................ 9 4.1.1. De la Ordenación del Gasto y la Supervisión ................................................ 10 4.1.2 De el/la supervisor/a del contrato y su equipo de apoyo: ............................... 12 4.1.3. De la Oficina de Aseguramiento de la Calidad (OAC): .................................. 13 4.1.4. Del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF): .................................... 13 4.1.5. De la participación ciudadana, familias y comunidades ................................ 15 4.2. Herramientas para el seguimiento a la calidad .................................................... 16 4.2.1. Comité técnico operativo (CTO) .................................................................... 16
4.2.2. Seguimiento desde la validación de datos en el sistema de información, la revisión de soportes documentales y la verificación telefónica y/o en sitio ............. 17 4.2.3. Seguimiento a la ejecución presupuestal ...................................................... 20 4.2.4. Seguimiento desde el componente Jurídico .................................................. 22 4.3. Seguimiento a la calidad desde el ciclo Planear, Hacer, Verificar y Mejorar ........ 24 4.3.1 Entramado de atenciones priorizadas que son derechos ............................... 25 4.3.2. Prevención de riesgos y prácticas de cuidado en la atención integral........... 27
5. ANEXOS ..................................................................................................................... 29
6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA ............................................................................ 29
7. RELACIÓN DE FORMATOS ...................................................................................... 29
8. CONTROL DE CAMBIOS ........................................................................................... 29 ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente!
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO WAYÚU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES Versión 1 Página 4 de 33 INTRODUCCIÓN Para que la ruta de cambio planteada por el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 se traduzca en realidades sostenibles, se requiere del concurso de todas las Entidades del Estado, entre ellas el Instituto Colombiano de Bienestar FamiliarICBF. Teniendo en cuenta que el Plan Indicativo Institucional del ICBF propicia “la superación de injusticias
y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestra forma de relacionarnos con el ambiente, y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza”, a través de la implementación de planes, programas y servicios de atención misionales, el Instituto se suma a una apuesta de país, que pone en el centro la vida. Hace eco de las voces desde los territorios, con acciones de prevención y atención, según el caso, de la amenazas, riesgos o vulneraciones de derechos, promoviendo la interculturalidad, el desarrollo y la protección integral de los derechos de niñas, niños, adolescentes y familias. Este documento es producto de una construcción conjunta, que orienta el seguimiento a la calidad en los servicios misionales dirigidos al pueblo Wayuu, en cumplimiento de la Sentencia T 302 de 2017, a la cual deben responder las instancias, mencionadas en el Auto 1290 de 2023. Se fundamenta en la “Guía para la atención integral al Pueblo Wayúu en sus territorios ancestrales en La Guajira”, en el “Manual de Contratación” del ICBF y en la “Guía General para el ejercicio de la supervisión e interventoría de contratos y convenios suscritos por el ICBF”. Visibiliza el rol de la/el supervisor/a de contrato y de su equipo de apoyo en el seguimiento a la atención pactada con el ICBF, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1474 de 2011. El Manual de Contratación del ICBF, la “Guía general para el ejercicio de supervisión e interventoría de Contratos y Convenios Suscritos por el ICBF”, las minutas contractuales y demás disposiciones
emitidas desde el ICBF. · Sostener el diálogo intermisional e intersectorial, humanizar las estrategias, y optimizar la confluencia de actores locales, sociales e institucionales, son claves transversales para revitalizar tanto la lengua como la cultura Wayúu, a partir de una atención integrada. Ser Potencia Mundial de la vida sugiere acciones que (i) impacten la garantía de derechos desde los servicios ICBF, (ii) reflejen una ejecución presupuestal transparente, que responda a lo pactado ,(ii) que activen y hagan seguimiento a las rutas integrales de atención, (iii) promuevan articulaciones y sinergias con la arquitectura institucional y Estatal competente, y (iv) muestren un ejercicio de la supervisión corresponsable, informado y comprometido, inscrito en la lógica cíclica de mejoramiento de la calidad PHVM - “Planear, Hacer, Verificar y Mejorar”. El Cambio, implica un seguimiento a la calidad de la atención en el que cada persona usuaria es reconocida como sujeta de derechos -no un cupo-, parte activa de la generación de la vida, la paz y la justicia social. ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA
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1. OBJETIVOS
Objetivo General: Orientar acciones de seguimiento a la calidad de la atención al Pueblo Wayúu, en el marco de la garantía de derechos, como parte de la implementación de la “Guía para la atención integral del Pueblo Wayúu en sus territorios ancestrales” y sus hilos estructurales de la atención.
Objetivos específicos • Identificar los actores y articulaciones propias del seguimiento de la calidad de la atención que se brinda al Pueblo Wayúu en La Guajira. • Orientar a las y los supervisores del contrato y sus equipos respecto a herramientas que facilitan el seguimiento a la prestación de servicio. • Reconocer los hilos estructurantes aplicados al seguimiento a la calidad de los servicios, para contribuir desde el ICBF a la revitalización lingüística y a la pervivencia cultural del Pueblo Wayúu.
2. ALCANCE Esta Guía aplica para el seguimiento a la calidad de los contratos de aporte suscritos entre el ICBF y las Unidades Ejecutoras, para la atención al pueblo Wayúu en la Regional
Guajira.
3. DEFINICIONES Activación de rutas: Corresponde al reporte específico realizado a otras entidades territoriales para que se involucren, de acuerdo con sus competencias, en la resolución de presuntas situaciones de riesgo, amenaza /o inobservancia de derechos identificadas, y reportadas a la/el supervisor/a del contrato. La activación de rutas para la garantía de derechos puede variar de acuerdo con la situación identificada y las necesidades particulares en cada caso.
Asistencia Técnica: Es una acción permanente en la que se transfieren conocimientos, orientaciones, lineamientos, herramientas e instrumentos elaborados por el ICBF o por
entidades, agentes del SNBF que tienen a cargo la rectoría de algunas de las categorías diferenciales o que impulsan la implementación de medidas para la materialización de la igualdad y no discriminación y apoyar la gestión de conocimiento e identificar las lecciones aprendidas y buenas prácticas para la eliminación de barreras, imaginarios, prejuicios, y reconocimiento de derechos de las niñas, niños y adolescentes debido a su edad, pertenencia étnica, discapacidad, género y diversidad sexual” 1. 1 Disponible en el portal web del ICBF /Modelo de Operación por Procesos/ Proceso Direccionamiento Estratégico/Modelo Enfoque Diferencial de Derechos” ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA
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Atención Integral: Es el conjunto de acciones intersectoriales, intencionadas, relacionales y efectivas, encaminadas a asegurar que, desde los primeros años de vida, existan las condiciones humanas, sociales y materiales para garantizar la promoción y potenciación del desarrollo. Estas acciones son planificadas, continuas y permanentes e involucran aspectos de carácter técnico, político, programático, financiero y social, y deben darse en los ámbitos nacional y territorial. Deben ser pertinentes, oportunas, flexibles, diferenciales, continuas y complementarias, para asegurar su calidad.
Atenciones Priorizadas: En el marco de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia “de Cero a Siempre”, todas las niñas y los niños deben contar con las Atenciones definidas por la Ruta Integral de Atenciones, para su pleno desarrollo y el goce efectivo de sus derechos. Se han priorizado como atenciones de inmediato cumplimiento el registro civil, la afiliación vigente en salud, el que las familias y cuidadores cursen procesos de formación en cuidado y crianza, el contar con un esquema de vacunación completo, el estar vinculado/a modalidades de educación inicial, la asistencia a las consultas de valoración integral en salud, el acceso a libros y colecciones, la valoración y seguimiento nutricional y el contar con un talento humano cualificado. Su cumplimiento se gestiona según las competencias que tenga cada actor del proceso, en articulación con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
Autoridades indígenas: Partiendo del hecho constitucional de que los pueblos indígenas tienen mecanismos propios para definir sus formas de Gobierno y representantes, se reconoce como autoridades indígenas a las figuras de liderazgo posicionadas como tal según las prácticas, cosmovisiones y sistemas de valores de la cultura. Las asociaciones de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas son entidades de Derecho Público de carácter especial, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa. (Decreto 1088 de 1993) y expresan una, mas no la única, figura de autoridad en las comunidades. Según sus características, las autoridades indígenas pueden ser de tipo espiritual, ancestral, tradicional, administrativo, zonal, local, general o
matrilineal. Según la Sentencia T 302 de 2017, los Alaülayuu o autoridades tradicionales legítimas, no se restringen al reconocimiento Estatal, más si al de las familias y/o comunidad que representan. Según la Constitución Política de Colombia: “Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República”.
Conflicto de interés: En concordancia con lo dispuesto en el Artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y normas relacionadas”, el conflicto de intereses podría definirse como aquella conducta en que incurre un/a servidor/a público/a, contraria a la función pública, en la que, movido/a por un interés particular prevalente o ausente del interés general, sin declararse impedido/a, toma una decisión o realiza alguna gestión propia de sus funciones o cargo, en provecho suyo, de un familiar o un tercero y en perjuicio de la función pública. Por ello, la norma exige que, ante la pugna entre los intereses propios de la función y los particulares de la/el ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente!
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO WAYÚU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES Versión 1 Página 7 de 33 funcionario/a, éste deba declararse impedido/a, pues es la manera honesta de reconocer
la existencia de esa motivación y el deseo de cumplir con las funciones del cargo de manera transparente e imparcial.
Control social: Es un derecho y un deber que tienen las(os) ciudadanas(os) de forma individual, organizada o colectiva. El control social consiste en realizar seguimiento, vigilancia y control a la gestión pública, incluido las inversiones que hace el Estado11, con el fin de promover la correcta prestación de los servicios y la garantía de derechos que tienen las personas en un Estado Social de Derecho. Para el caso particular de esta guía, el control social es la participación que pueden ejercer las familias usuarias de los servicios de educación inicial y la comunidad en general, con el propósito de velar por la correcta prestación del servicio e incidir de manera efectiva en la mejora continua del mismo para aportar a la garantía del derecho en la atención de niñas, niños y personas gestantes, como parte de la corresponsabilidad.
Cuidado propio, cuidado compartido (colectivo) y cuidado del territorio (o del entorno): Las prácticas de cuidado hacen parte de la vivencia integral de las culturas originarias, su lengua materna y sus territorios. Cuidar la vida implica reconocer la existencia de un entramado que conecta lo individual y lo colectivo, el pasado, el presente y el futuro; que entreteje aspectos humanos (físicos, cognitivos, psicológicos, espirituales, comunicativos), y no humanos (animales, plantas, minerales, fuentes hídricas, fenómenos naturales, lugares sagrados etc). Así, las diferentes expresiones del cuidado implican roles, espacios, saberes, prácticas o rituales específicos (nacimientos, bautizos,
menarquias, crianza, matrimonios, funerales, mortuorias, etc). Las políticas sobre sistemas de cuidado instan a reconocer el rol preponderante tanto de las y los destinatarios del cuidado como de las personas proveedoras.
Desarrollo Integral: Es un proceso singular de transformaciones y cambios cualitativos y cuantitativos mediante el cual cada niño o niña dispone de unas características, capacidades, cualidades y potencialidades particulares, para estructurar progresivamente su identidad, su autonomía, sentido de pertenencia y de lo colectivo2.
Parte de una comprensión holística del ser humano, que como proceso de transformación es complejo, sistémico, sostenible e incluyente. El desarrollo es irregular e intermitente, no sucede de manera secuencial, acumulativa e idéntica; es multidimensional, multideterminado y multidireccional, debido a que durante el curso de la vida ocurren cambios en lo ético, estético, racional, afectivo, emocional, espiritual trascendental, político, ambiental, físico-corporal y lúdico.
Diálogos Genuinos: Conversación basada en la mutua escucha, que privilegia la palabra para el cumplimiento de acuerdos y en la resolución de diferencias entre comunidades. Son espacios efectivos de participación en respeto de los parámetros constitucionales de la consulta previa. “Tres principios rigen el diálogo genuino: i) el 2 Definición adaptada de las Leyes 1098 de 2006 y 1804 de 2016 ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente!
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO WAYÚU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES Versión 1 Página 8 de 33 acuerdo originario que es el ejercicio de diálogos internos entre los Alaülayuu (autoridades), ii) la entrega de la palabra que es la formalización del compromiso para el cumplimiento del acuerdo con el Estado o el Gobierno Nacional, realizado con símbolos propios de la cultura (círculos de la palabra, alimentación conjunta, bastón de mando o mochilas, y iii) diálogos en círculos de la palabra, en los territorios ancestrales”.3
Fuerza mayor o caso fortuito: Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto o que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad por un funcionario público, etc.
Legalización de cuentas: Es el proceso mediante el cual se lleva a cabo la revisión y verificación de los documentos y evidencias entregados periódicamente por parte de las EAS encargadas de la ejecución de los contratos a nivel nacional para la prestación del servicio a la primera infancia en sus diferentes modalidades y a través del cual se verifica la correcta utilización de los recursos de forma mensual.
Propuesta técnico-operativa: Documento basado en lo dispuesto en la “Guía para la Atención Integral al Pueblo Wayúu en sus territorios ancestrales en La Guajira”, en los estudios previos, minutas contractuales y demás orientaciones bridadas por el ICBF.
Cada Unidad de Ejecutora cuenta con una propuesta técnico-operativa única, ya que se basa en las características particulares contextuales y el contrato suscrito. Incluye la caracterización y/o análisis de realidad, las propuestas en cuanto: a) talento humano, b) plan de trabajo, c) cronograma, d) tejido pedagógico, e) frecuencia y características de los encuentros, f) forma de alimentación, g) iniciativa comunitaria, y h) propuesta de presupuesto de todo lo anterior. Debe ser construido con la comunidad y avalado por las autoridades indígenas, antes de ser remitido a aprobación por parte la supervisión. Protección Integral a la Familia: El Artículo 1° de la Ley 1361 de 2009, modificada por la Ley 1857 de 2017, establece que es: “(…) deber del Estado proveer a las familias y a sus integrantes, herramientas para potenciar sus recursos afectivos, económicos, culturales, de solidaridad y criterios de autoridad democrática, de manera que los programas de atención a la familia y a sus miembros prioricen su unidad y la activación de recursos para que funcione como el instrumento protector de sus integrantes.” Sistema Integrado de Gestión “SIGE”: Es una herramienta gerencial la cual tiene el propósito de promover y facilitar la mejora continua en la gestión del ICBF, orientada a lograr el impacto en los actuales y nuevos servicios que se prestan a los niños, niñas, adolescentes y familias colombianas.4 3 Tomado del documento: “Hoja de ruta territorial para La Guajira en territorios de la nación Wayúu, en el marco del cumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017”, elaborado desde el SNBF – ICBF.
4 Disponible en el Portal Web del ICBF/Modelo planeación y Sistema Integrado de Gestión/Sistema Integrado de Gestión. ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA
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Supervisión: Consiste en el seguimiento y vigilancia técnica, administrativa, financiera, contable, y jurídica que, sobre el cumplimiento del contrato, es ejercida por el mismo Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, cuando no se requieren conocimientos especializados. Se orienta y apoya en las labores de supervisión e interventoría desarrolladas de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes, así como en la “Guía general para el ejercicio de supervisión e interventoría de Contratos y Convenios Suscritos por el ICBF” y en el “Manual de Contratación” del ICBF.
Supervisor/a: Es la persona designada del “seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados” (Ley 1474 de 2011). Cuenta con profesionales que apoyan -mas no sustituyensu función en los ámbitos técnico, jurídico, financiero y administrativo.
Unidad Ejecutora (UE): Es una estructura organizativa conformada por asociaciones de autoridades indígenas o formas organizativas propias, que participa en la estructuración de propuestas de atención y en el desarrollo de los componentes de educación inicial y de atención a toda la niñez, sus familias y comunidades. Se encarga de gestionar recursos, implementar programas y evaluar su impacto, asegurando la calidad y la efectividad de la atención proporcionada, fomentando una participación de las comunidades. Integra activamente a las comunidades indígenas y organizativas en la planificación y ejecución de la provisión de servicios. Trabaja en coordinación con el ICBF y otras entidades para responder a necesidades y contextos específicos. Unidad de Atención (UA): Es la unidad de medida que se configura con una estructura específica que, en promedio, agrupa entre 6 a 8 comunidades. Cada conglomeración territorial alberga en promedio a 125 familias.
Veeduría Ciudadana: Es un mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público (Ley 850 de 2003)
4. DESARROLLO 4.1. Actores que posibilitan la garantía de los derechos a usuarios/as de los servicios del ICBF El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 sienta las bases para la “superación de
injusticias y exclusiones históricas, el fin del conflicto armado, un nuevo relacionamiento ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO WAYÚU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES Versión 1 Página 10 de 33 con el ambiente y una transformación productiva en armonía con la naturaleza, para poder vivir una vida digna, basada en la justicia y en una cultura de la paz que reconoce el valor de la vida en todas sus formas”. Los cinco ejes que lo estructuran5, revelan la presencia de los actores diferenciales6 para el cambio como eje transversal de las transformaciones que se requieren para un desarrollo sostenible en Colombia. En el año 2023, en el marco del SNBF se determinó la coordinación interna de una hoja de ruta con Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Educación Nacional, Prosperidad Social, Consejería Presidencial para las Regiones, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y el ICBF para la organización de la respuesta integral al Pueblo Wayúu. Para el diálogo ordenado por la Corte Constitucional se consideró el accionar conjunto con la Gobernación de La Guajira, las alcaldías, y demás autoridades del territorio, incluyendo la voz de las organizaciones, las autoridades indígenas, los liderazgos y las ciudadanías.
Desde el ICBF la acción articulada de las instancias responsables de la calidad en los servicios involucra a actores intrainstitucionales como las Direcciones Misionales, Dirección de Planeación, Dirección de Contratación, Dirección de Gestión Humana, Oficina de Aseguramiento de la Calidad, los/as supervisores/as de contratos de aporte, coordinadores/as de Centros Zonales, principalmente. Como población usuaria priorizada para la atención de los servicios se incluye las personas gestantes y a los niños y niñas menores de cinco años, con discapacidad, pobreza extrema o condiciones de riesgo por habitar territorios en conflicto, con dificultades de acceso a agua y/o en condiciones ambientales o sanitarias inadecuadas. 4.1.1. De la Ordenación del Gasto y la Supervisión La Ordenación del Gasto en el ICBF hace referencia al establecimiento y ejecución de acciones para administrar y controlar los recursos financieros. Implica la planificación, programación, asignación y seguimiento de los recursos destinados a garantizar el cumplimiento de la misionalidad. Busca asegurar la transparencia, eficiencia y legalidad en el uso de los recursos públicos con el fin de lograr resultados efectivos en la atención y protección de la población atendida. El “Manual de Contratación” establece que serán partícipes de la gestión contractual del ICBF funcionarios/as de nivel directivo a los cuales el/la Director(a) General delegue las facultades de ordenación del gasto, dirección de los procesos de selección y celebración de los contratos y/o convenios, suscripción de modificaciones, suspensiones, liquidaciones, procesos administrativos 5 Ordenamiento del territorio alrededor del agua, Seguridad humana y justicia social, Derecho humano a la alimentación y
Transformación productiva, internacionalización y acción climática 6 Artículo 4 del Plan Nacional de Desarrollo: “El cambio que propone es con la población colombiana en todas sus diversidades para lograr transformaciones que nos lleven a una sociedad inclusiva, libre de estereotipos y estigmas (…). Actores como las mujeres, la comunidad LGBTIQ+, las víctimas, las niñas y los niños, las comunidades étnicas, los jóvenes, las personas con discapacidad y la comunidad campesina son parte integral de las transformaciones propuestas por este Plan” ¡Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN GUÍA PARA EL SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN AL PUEBLO WAYÚU EN SUS TERRITORIOS ANCESTRALES Versión 1 Página 11 de 33 sancionatorios en materia contractual y demás actuaciones post contractuales a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el Artículo 21 de la Ley 1150 de 2007. Dentro de la funciones de el/la Ordenador/a del Gasto se encuentran el: a) designar los/las supervisores/as de los contratos y convenios, b) adelantar el trámite y suscribir los actos administrativos de imposición de multas y sanciones contractuales de los contratos o convenios suscritos, c) presidir audiencias de debido proceso adelantadas dentro de los procesos sancionatorios contractuales, d) presidir audiencias de adjudicación o
declaratoria de desierta (audiencia pública), para los procesos que adelante, e) ejercer facultades excepcionales y declarar el incumplimiento de obligaciones contractuales de los contratos suscritos, y f) garantizar el debido proceso en las actuaciones contractuales y ejercer sus facultades según Ley 1150 de 2007. Con relación a la designación o cambio de la/el supervisor/a, la “Guía General para el ejercicio de la supervisión e interventoría de contratos y convenios suscritos en el ICBF” establece que efectuará por la/el Ordenador/a del Gasto en la minuta contractual (en cabeza del cargo, más no de la persona designada, mediante memorando y/o correo electrónico suscrito por el ordenador del gasto. La/el Ordenador/a del Gasto conserva la facultad de recuperar y volver a designar las funciones de supervisión. Respecto a quién pueden ser designado como supervisor/a, se establece que es un/a funcionario/a de planta con amplia experiencia en la ma
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