ICBF - Lineamiento tecnico programa especializado de atencion victimas
ICBF
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICBF - Lineamiento tecnico programa especializado de atencion victimas
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- —
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 1 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149
VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES,
CON DERECHOS AMENAZADOS O VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL Aprobado mediante Resolución No. 6022 del 30 de Diciembre de 2010 Modificado mediante Resolución No. 8376 de julio 4 de 2018 Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 2 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149
VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
KAREN CECILIA ABUDINEN ABUCHAIBE
Directora General
SOL INDIRA QUICENO FORERO
Subdirectora General
CATALINA PUERTA VELÁSQUEZ
Directora de Protección MARCIA YAZMIN CASTRO RAMÍREZ Subdirectora de Restablecimiento de Derechos Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 3 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL AGRADECIMIENTOS Este lineamiento es el resultado de la construcción conjunta desde el año 2016 en talleres, mesas de trabajo y grupos focales con: Organismos nacionales e internacionales que trabajan por la garantía y el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes. Organizaciones de la Sociedad Civil que trabajan por la garantía de derechos de las víctimas de violencia sexual. Entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y del Comité Interinstitucional Consultivo para la prevención de la violencia sexual y atención integral a niños, niñas y adolescentes victimas del abuso sexual. Instituciones de educación superior. Defensorías de Familia y Comisarías de Familia y sus equipos interdisciplinarios. Secretaria de Integración Social de Bogotá Operadores de las modalidades de restablecimiento de derechos. Profesionales de Regionales y Centros Zonales. Equipos interdisciplinarios de las áreas misionales y de apoyo del ICBF. Equipo Lineamientos Dirección de Protección – Subdirección de Restablecimiento de Derechos Equipo Violencia Sexual – Subdirección de Restablecimiento de Derechos Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 4 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL CONTENIDO INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 7
1. CONTEXTUALIZACIÓN ............................................................................................ 8
2. MARCO CONCEPTUAL .......................................................................................... 10 2.1. FORMAS O TIPOLOGÍAS DE LA VIOLENCIA SEXUAL ..................................... 12 2.1.1. Actos sexuales ............................................................................................... 13 2.1.2. Acceso carnal ................................................................................................. 15 2.1.3. Explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes (en adelante ESCNNA) ................................................................................................................. 16 2.1.4. Acoso sexual .................................................................................................. 19 2.1.5. Matrimonio temprano ..................................................................................... 19 2.1.6. Otras formas de violencia sexual .................................................................... 20 2.2. ESCENARIOS y CONTEXTOS EN LOS QUE TIENE LUGAR LA VIOLENCIA SEXUAL ...................................................................................................................... 23 2.2.1. La violencia sexual en los contextos de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes (en adelante ESCNNA) ................................................ 24 2.2.2. La violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes en el marco del conflicto armado ..................................................................................................................... 44 2.3. AGRESORES Y OFENSORES ............................................................................. 48
3. DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS ............................................................................. 51
4. REFERENCIAS NORMATIVAS ............................................................................... 63
5. ENFOQUES ............................................................................................................. 72 5.1. ENFOQUE DE DERECHOS ............................................................................ 72 5.2. ENFOQUE DIFERENCIAL .............................................................................. 74 5.3. ENFOQUE DE GÉNERO ................................................................................. 75
Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 5 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL 5.4. ENFOQUE DE DISCAPACIDAD ..................................................................... 77 5.5. ENFOQUE ÉTNICO .............................................................................................. 80
6. DESCRIPCIÓN DEL MODELO DE ATENCIÓN ...................................................... 83
7. POBLACIÓN OBJETIVO ......................................................................................... 83
8. MODALIDADES DE ATENCIÓN Y PERFILES DE UBICACIÓN ............................. 83 8.1. CONSIDERACIONES GENERALES ............................................................... 93
9. PROCESO DE ATENCIÓN ...................................................................................... 96 9.1. AFECTACIONES ............................................................................................ 97 9.2. EJES DE PROFUNDIZACIÓN ...................................................................... 100 9.2.1 La liberación de la culpa ................................................................................ 101 9.2.2. El trauma ...................................................................................................... 102 9.2.3. El cuerpo ...................................................................................................... 102 9.2.4 Comprender el silencio en las víctimas de violencia sexual ........................... 103 9.2.5. El olvido. ...................................................................................................... 104 9.2.6. Desarrollo de competencias ......................................................................... 105
9.3. ACCIONES DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA ............................................. 106 9.4. CONSIDERACIONES GENERALES ............................................................. 132
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS .............................................................................. 139
Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 6 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL Índice de figuras Figura 1 Formas o tipologías de violencia sexual. ...................................................... 13 Figura 2. Agresores y ofensores - Tipos de relación con las víctimas. ........................ 49 Índice de tablas Tabla 1. Términos y expresiones, que no deben ser usadas frente a la ESCNNA ........... 41 Tabla 2. Referencias normativas...................................................................................... 63 Tabla 3 Modalidades de atención y perfiles de ubicación. ......................................... 84 Tabla 4 Acciones especializadas ............................................................................. 107 Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 7 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL INTRODUCCIÓN Este lineamiento técnico está dirigido a la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual y tiene como propósito describir los aspectos generales y específicos que orientan la atención integral de acuerdo con las necesidades y características de los niños, las niñas y adolescentes que han sido víctimas de violencia sexual. Para su implementación debe tenerse en cuenta el Lineamiento técnico administrativo de ruta de actuaciones para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes con sus derechos amenazados, o vulnerados, el Lineamiento técnico del modelo para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados o vulnerados y el Lineamiento técnico de modalidades para la atención a niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados o vulnerados, y/o los documentos que lo modifiquen, adicionen o complementen. De igual manera, se articula con el documento Anexo del Lineamiento Técnico Administrativo de Ruta de Actuaciones para el Restablecimiento de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Violencia Sexual, a través del cual se orienta en la ruta de actuaciones que se debe seguir en cada una de las etapas que incluye el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos1. El presente lineamiento está organizado en nueve (9) capítulos: en el capítulo uno, se realiza una contextualización de la situación de los niños, las niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual; en el capítulo segundo, se desarrollan conceptos básicos para la comprensión de las violencias sexuales, sus tipologías, se describen los
principales actores responsables y los escenarios y contextos en donde ocurre, en el capítulo tercero se expone la normatividad y jurisprudencia específica relacionada con la violencia sexual y la protección de los derechos de las víctimas; en el cuarto capítulo se presentan las referencias normativas generales a nivel internacional y nacional; en el quinto capítulo se conceptualizan los enfoques marco para la atención y el proceso de restablecimiento de derechos; en el sexto se describe el modelo de atención; en el capítulo séptimo se identifica la población objetivo, en el octavo capítulo de desarrollan las modalidades de atención y perfiles de ubicación y finalmente en el capítulo noveno se expone el proceso de atención. 1 Se entiende por restablecimiento de derechos de los niños, niñas, y adolescentes, la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos y de la capacidad para hacer un ejercicio efectivo de los derechos que les han sido vulnerados. Art 50. Ley 1098 de 2006. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 8 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149
VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
1. CONTEXTUALIZACIÓN La violencia sexual es una de las formas más denigrantes y crueles con las que se vulneran los derechos de niños, niñas y adolescentes. Es considerada una de las
manifestaciones más severas de desigualdad entre hombres y mujeres y entre adultos y niños, niñas y adolescentes, que atenta contra la dignidad humana y la integridad. Constituye un ejercicio de poder en el que existe un desequilibrio marcado cuando las diferencias se traducen en desigualdad por razones de edad, orientación sexual, género, discapacidad, experiencia, estatus o una determinada posición en la familia o en el grupo social y cultural2; o en razón a la discriminación, subordinación o estereotipación que se puede tener de niños, niñas y adolescentes. La violencia sexual tiene múltiples manifestaciones que abarcan desde conductas físicas que constituyen vulneraciones de los derechos, incluidos los actos sexuales abusivos, hasta nuevas tipologías incorporadas por las transformaciones que experimenta la sociedad en el último siglo con las nuevas tecnologías informáticas y para la información. Estas amplias configuraciones y tipologías imponen retos en su abordaje y restablecimiento de derechos de las víctimas. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, reporta en el informe Forensis 2016, que siguen siendo los niños, las niñas y adolescentes, el mayor porcentaje de población a la cual se le realizan exámenes médico-legales por presuntos delitos sexuales. En cuanto al presunto agresor, los datos que presenta el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2016), denota que continúa siendo en la gran mayoría de los casos una persona cercana a la víctima (familiar, conocido, amigo, pareja o expareja). Finalmente, describe a la vivienda como el espacio en donde ocurre en su gran mayoría este tipo de violencia, lo que muestra que estas víctimas conviven con sus
perpetradores e implica una vulnerabilidad por la presencia de dinámicas familiares perjudiciales y generadoras de daños para su desarrollo. Es importante destacar que la Constitución Política de Colombia establece en el Artículo 44, el carácter fundamental de los derechos de niños, niñas y adolescentes, ubicándoles como sujetos de especial protección constitucional, por lo que sus derechos son prevalentes y por esto, deben ser protegidos de manera integral y prioritaria. Es así como el Estado, la familia y la sociedad, están en la obligación de garantizar la satisfacción integral de todos sus derechos humanos. Este principio de corresponsabilidad instituye al Estado como garante de los derechos de los niños, las niñas y adolescentes y le impone habilitar a la familia y la comunidad para que cumplan las responsabilidades que les atribuyen. 2 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ. Plan Distrital para la atención integral a los niños y las niñas víctimas de abuso y explotación sexual. Consejo Distrital para la atención Integral a los niños y las niñas. Bogotá: Alcaldía Mayor, 2002. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 9 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL El Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006) en su Artículo 18, referente
al Derecho a la integridad personal, establece que los niños, las niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. Por su parte la Convención sobre los Derechos del Niño (1989)3, reconoce y señala que los niños, las niñas y adolescentes deben gozar de la protección contra todas las formas de explotación y abuso sexuales (Artículo 34). En este marco, a continuación, se presenta el lineamiento técnico para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados o vulnerados víctimas de violencia sexual. 3 La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, Artículos 34 y 35, fue incorporada en nuestro ordenamiento jurídico a través de la Ley 12 de 1991 y hace parte del bloque de constitucionalidad, a la luz de lo establecido por el artículo 93 de la Constitución Política Colombiana, por lo cual sus disposiciones son de obligatorio cumplimiento para el estado colombiano. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 10 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149
VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
2. MARCO CONCEPTUAL La violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes comporta una grave violación a los derechos humanos, atentando contra los derechos a la vida, la libertad, la dignidad, la
integridad, la igualdad, la autonomía y los derechos sexuales y reproductivos. Se ejerce a través de acciones y comportamientos que tienen como objetivo lesionar, degradar, humillar, ejercer presión o dominio sobre una persona y su sexualidad (Fiscalía General de la Nación, 2016) mediante el uso de la fuerza, el miedo, la manipulación, la intimidación y el engaño, entre otras formas de coacción, de las que se vale quien violenta sexualmente. La Ley 1146 de 2007 define la violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes como: Todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor (Artículo 2). En esta línea se conoce que la violencia sexual tiene efectos físicos, psicológicos, sociales y simbólicos que afectan los cuerpos, las emociones y en general, las vidas de quienes son víctimas, perjudicando el desarrollo integral de los niños, las niñas y adolescentes y el goce pleno y efectivo de sus derechos. Conceptualizar la violencia sexual implica, además, examinar los factores que permiten su ocurrencia y persistencia. Si bien los factores asociados a la violencia sexual pueden ser diversos, la Ley 1146 de 2007 es clara en afirmar que la violencia sexual tiene lugar ante el aprovechamiento de las condiciones de indefensión, desigualdad y la asimetría en las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor (art. 2). De modo general, es
posible indicar que dichas condiciones y relaciones se derivan y se encuentran determinadas a partir de estructuras sociales y culturales, entre las que se resaltan aquellas vinculadas al sistema de género y el adultocentrismo, estructuras que operan de manera interseccional junto con la discriminación y violencia estructural que se ejerce ante el valor otorgado a factores como la discapacidad y la pertenencia étnica, entre otros. Organismos internacionales y entidades a nivel nacional han coincidido en indicar que la violencia sexual se deriva de un orden social configurado por factores estructurales (Arango, et al, 2016). Entre éstos, se resalta su estrecha relación con las desigualdades derivadas de las relaciones basadas en género, a partir de las cuales se otorgan e introyectan socialmente valores respecto a la masculinidad y la feminidad, así como la construcción diferenciada de las sexualidades en razón al género asignado, por lo cual se naturaliza la apropiación del cuerpo y la sexualidad principalmente de las mujeres, adolescentes y niñas y se concede un valor negativo a las identidades de género y orientaciones sexuales no heteronormativas. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 11 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL En este sentido, las Recomendaciones Generales adoptadas por el Comité de la ONU
para el seguimiento de Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), efectuaron hincapié en comprender a las niñas y adolescentes como parte de la comunidad amplia de mujeres, atendiendo además a su especial posición de vulnerabilidad ante la discriminación y la violencia, entre lo que se incluye el riesgo ante la violencia sexual, las enfermedades de transmisión sexual, el embarazo precoz (temprano), el matrimonio precoz, la mutilación genital y la vulneración de sus derechos sexuales y reproductivos. Por consiguiente, la violencia sexual en contra de las niñas y las adolescentes deberá contemplarse además como una forma de violencia contra la mujer y de género. Ésta es caracterizada en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Belém do Pará” (1994), como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (Artículo 1). De igual manera, la Ley 1257 de 2008 indica que “por violencia contra la mujer se entiende cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado” (Artículo 2). A la violencia derivada de las estructuras basadas en el género, se interconecta el adultocentrismo. Éste comprende las relaciones jerárquicas y de poder inequitativas que se establecen entre personas adultas y niños, niñas y adolescentes, lo cual les puede ubicar en condiciones de subordinación e indefensión con base en su edad o etapa del ciclo vital. Estas relaciones de poder conllevan al uso de múltiples formas de violencia en contra de los niños, las niñas y adolescentes, entre las que se incluye la violencia sexual. Los factores estructurales descritos, solo constituyen un apartado del conjunto de aspectos que se relacionan con los hechos de violencia sexual, comprendiendo además que ésta posee múltiples formas. En este sentido, a continuación, se efectúa una caracterización de la violencia sexual, teniendo en cuenta los escenarios en los cuales se desarrolla, las presuntas personas agresoras u ofensoras y las formas o tipologías. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 12 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL 2.1. FORMAS O TIPOLOGÍAS DE LA VIOLENCIA SEXUAL La violencia sexual engloba un conjunto amplio de actuaciones y conductas que abarcan cualquier acto de naturaleza sexual contra una persona en circunstancias coercitivas, que no se limitan únicamente a la invasión física del cuerpo y que pueden incluir actos que no impliquen ni siquiera el contacto físico (ONU Mujeres, documento sin publicar). Es
necesario aclarar que no todas las formas en que se manifiesta la violencia sexual están tipificadas como un delito. No obstante, es posible indicar que en todas las formas o tipologías de violencia sexual pueden convergir los siguientes aspectos: - Asimetría: Posiciones que señalan diferencias en edad, estatus o poder. - Diferencia de edad: La edad no es una determinante para establecer si existió o no violencia sexual, por lo tanto, no existe un criterio claro que defina una unidad de rango, sin embargo, se ha establecido como posible diferencia entre dos y cinco años en las edades entre víctima y agresor, lo que se traduce en ejercicio de poder. Ahora bien, el agresor puede ser menor de edad, lo cual, de todas maneras, conlleva sanción penal. - Uso de fuerza física: Siempre que se utilice la fuerza física como medio de coacción, se habla de violencia sexual. - Chantaje emocional: Uso de chantaje, manipulación o engaños. - Aprovechamiento de condiciones que sitúan al otro en posición de desventaja: Poner en situación de indefensión a otra persona mediante el uso de drogas, alcohol o alucinógenos o aprovecharse de forma ventajosa de la discapacidad de alguien se constituye también en violencia sexual. El aprovechamiento incluye las relaciones sexuales no consentidas cuando hay incapacidad de resistir incluido el exceso de consumo de alcohol de sustancias psicoactivas. (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2015, p. 79). A continuación, se presentan las formas o tipologías en que se manifiesta la violencia sexual, tal como se muestra en la Figura 1. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente!
Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 13 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL Figura 1 Formas o tipologías de violencia sexual.
Fuente: Adaptado de Consultoría de la Organización de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la MujerONU Mujeresy el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2016. 2.1.1. Actos sexuales: Son todas aquellas acciones o comportamiento sexuales, donde no existe penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral, y/o la penetración vaginal o anal con cualquier otra parte del cuerpo humano u otro objeto. (Grupo Técnico Coordinador del SIVIGE, 2017).
De acuerdo al Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000) los actos sexuales configuran un delito contra la libertad, integridad y formación sexual cuando se hacen A. Con violencia o B. De manera abusiva.
A. Cuando el acto sexual se realice mediante el uso de la violencia. Para estos efectos, la violencia es entendida como el uso de la fuerza, la amenaza del uso de la Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente!
Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y
Página 14 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149 VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL fuerza, la coacción física o psicológica (como la causada por el temor a la violencia, la intimidación; la detención ilegal; la opresión psicológica, el abuso de poder; la utilización de entornos de coacción y circunstancias similares). De acuerdo con el Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), los actos sexuales violentos que configuran delitos son los siguientes: Acto sexual violento: La persona que realice un acto sexual mediante violencia incurre en el delito contemplado en el artículo 206 del Código Penal. Puesto en incapacidad de resistir: La persona que realice actos sexuales en los que se haya puesto a la víctima en incapacidad de resistir incurre en el delito contemplado en el artículo 207 del Código Penal. Las conductas que configuran la puesta en incapacidad de resistir son todas aquellas conductas mediante las cuales la persona agresora pone a la víctima en una situación que impida dar su consentimiento o comprender las acciones o comportamientos sexuales. Algunos ejemplos pueden ser cuando la víctima es atada, inmovilizada, o cuando se le ha suministrado alguna sustancia psicoactiva o medicamento que le impidan consentir o comprender los comportamientos sexuales, entre otras.
B. Cuando el acto sexual se realice de manera abusiva. Para estos efectos, un acto es abusivo debido a la incapacidad de la víctima para consentirlo. En consideración a la edad. El Código Penal Colombiano (Art. 209 de la Ley 599
de 2000) señala que realizar cualquier acto sexual: i) con un niño o niña menor de 14 años, ii) en su presencia o iii) al que se le induzca constituye el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años. Respecto a este delito, la Corte Constitucional determinó que: “El carácter abusivo de estos actos deriva de la circunstancia de ser realizados con persona que físicamente aún no ha llegado a la plenitud de su desarrollo corporal y, especialmente, por tratarse de seres humanos que no han desplegado su madurez volitiva y sexual, prestándose para el aprovechamiento de personas que los aventajan en lo corporal e intelectual y precipitándolos precozmente a unas experiencias para los que no están adecuadamente preparados, con consecuencias indeseadas como el embarazo prematuro y la asunción de responsabilidades que exceden sus capacidades de desempeño social” (Sentencia C-876 de 2011 M.P. Mauricio González Cuervo). Con persona incapaz de resistir: la persona que realice actos sexuales con una persona en estado de inconsciencia, o que padezca trastorno mental o que esté Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
PROCESO PROTECCIÓN LM18.P 04/07/2018
LINEAMIENTO TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y Página 15 de
ADOLESCENTES, CON DERECHOS AMENAZADOS O Versión 2
149
VULNERADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
en incapacidad de resistir, incurre en el delito contemplado en el artículo 210 del Código Penal. Para la configuración de este delito, el agresor se aprovecha de las circunstancias preestablecidas en la víctima, que la ponen en situaciones de vulnerabilidad, tales como el hecho que la víctima haya ingerido licor o sustancias psicoactivas, que le impidan ejercer libremente su consentimiento, que pierda el sentido o el conocimiento. 2.1.2. Acceso carnal: De acuerdo con lo dispuesto en e
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.