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ICBF - Manual MO1.P de 2024

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

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Detalles

Título
ICBF - Manual MO1.P de 2024
Autor
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Categoría
Infralegal
Área del derecho
SRPA
Año
2024

PROCESO PROTECCION

MANUAL OPERATIVO DE LAS MODALIDADES QUE

ATIENDEN MEDIDAS Y SANCIONES DEL PROCESO

JUDICIAL - SRPA

MO1.P 25/07/2024 Versión 4 Página 1 de 108

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MANUAL OPERATIVO DE LAS MODALIDADES QUE ATIENDEN MEDIDAS Y

SANCIONES DEL PROCESO JUDICIAL - SRPA

AÑO 2024PROCESO PROTECCION

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INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

Directora General Astrid Eliana Cáceres Cárdenas

Subdirectora General Adriana Velasquez Lasprilla

Directora de Protección Diana Carolina Baloy

Subdirector Técnico Magally Macias Acevedo

Equipo Técnico

Adriana Velasquez Lasprilla

Directora de Protección Diana Carolina Baloy

Subdirector Técnico Magally Macias Acevedo

Equipo Técnico Profesionales Subdirección de Responsabilidad PenalPROCESO PROTECCION

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TABLA DE CONTENIDO

1. Contextualización ...................................................................................................... 5 1.1. Justificación ........................................................................................................ 5 1.2. Siglas y Definiciones .......................................................................................... 6 1.3. Marco Conceptual ............................................................................................... 9 1.3.1. Aplicación Modelo de Atención ...................................................................... 9 1.3.2. Componente Alimentación y Nutrición ...................................................... 133

2. Descripción de las Modalidades. ............................................................................. 15 2.1. Modalidad de Atención Inicial: Centro Transitorio ........................................ 177 2.1.1. Descripción ................................................................................................... 177 2.1.2. Objetivos ......................................................................................................... 18 2.1.3. Población objetivo ....................................................................................... 188 2.1.4. Componentes de la modalidad. .................................................................. 188 2.1.5. Atributos de calidad ....................................................................................... 20 2.2. Modalidad: Centro de Internamiento Preventivo -CIP- .................................. 277 2.2.1. Descripción ................................................................................................... 277 2.2.2. Objetivos ....................................................................................................... 277

2.1.5. Atributos de calidad ....................................................................................... 20 2.2. Modalidad: Centro de Internamiento Preventivo -CIP- .................................. 277 2.2.1. Descripción ................................................................................................... 277 2.2.2. Objetivos ....................................................................................................... 277 2.2.3. Población objetivo ....................................................................................... 278 2.2.4. Componentes de la modalidad ................................................................... 288 2.2.5. Atributos de calidad ....................................................................................... 30 2.3. Estrategia: Detención Domiciliaria. Aplica para Atención en la medida de Internamiento Preventivo y de la Sanción de Privación de Libertad. .................. 4040 2.3.1. Descripción ..................................................................................................... 41 2.3.2. Objetivos ..................................................................................................... 4140 2.3.3. Población objetivo ......................................................................................... 42 2.3.4. Componentes de la Modalidad .................................................................. 4241 2.3.5. Atributos de calidad ....................................................................................... 43 2.4. Modalidades de Atención Para el Cumplimiento de Sanciones no Privativas de la Libertad ................................................................................................................... 478 2.4.1. Prestación de Servicios a la Comunidad ....................................................... 5151 2.4.1.1. Descripción .................................................................................................. 51 2.4.1.2. Objetivos .................................................................................................. 5151 2.4.1.3. Población objetivo................................................................................... 5251PROCESO PROTECCION

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2.4.1.4. Componentes de la modalidad .............................................................. 5252 2.4.1.5. Atributos de calidad ................................................................................ 5353 2.4.2. Modalidad Libertad Asistida/Vigilada ................................................................ 5858 2.4.2.1. Descripción .................................................................................................. 58 2.4.2.2. Objetivos .................................................................................................. 5858 2.4.2.3. Población objetivo....................................................................................... 59 2.4.2.4. Componentes de la modalidad .................................................................. 59 2.4.2.5. Atributos de calidad .................................................................................... 59 2.4.3. Modalidad Internación en Medio Semicerrado .................................................. 64 2.4.3.1. Internación en Medio Semicerrado Jornada Flexible . ¡Error! Marcador no definido. 2.4.3.1.1. Descripción ............................................................................................... 64 2.4.3.1.2. Objetivos ................................................................................................... 65 2.4.3.1.3. Población objetivo................................................................................ 6665 2.4.3.1.4. Componentes de la modalidad .................. ¡Error! Marcador no definido. 2.4.3.1.5. Atributos de calidad ................................................................................. 66 2.5. Modalidad de Atención Para el Cumplimiento de Sanción Privativa de la LibertadCentros de Atención Especializada -CAE- ..................................................................... 72 2.5.1. Descripción ................................................................................................... 722 2.5.2. Objetivos ....................................................................................................... 722

Centros de Atención Especializada -CAE- ..................................................................... 72 2.5.1. Descripción ................................................................................................... 722 2.5.2. Objetivos ....................................................................................................... 722 2.5.3. Población objetivo ....................................................................................... 723 2.5.4. Componentes de la modalidad ................................................................... 733 2.5.5. Atributos de calidad ..................................................................................... 777 2.5.5.1. Estrategia Centro de Atención Especializada Abierto ........................... 867 2.5.5.2. Estrategia Centro de Atención Especializada Pre-egreso ................... 9089

3. Sistema de Gestión ............................................................................................... 967

4. Sistema de Información ......................................................................................... 999

5. Requisitos Para la Operación ................................................................................ 999

6. Estructura de costos .............................................................................................. 101

7. Relación de Formatos ........................................................................................... 101

8. Lista de tablas ................................................................................................... 10102

9. Referencias Bibliográficas ................................................................................... 1013

10. Control de Cambios ............................................................................................... 103PROCESO PROTECCION

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INTRODUCCIÓN

El presente manual describe las modalidades de atención para los adolescentes y jóvenes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, que se desarrollan a partir de la relación de sanciones establecidas en el artículo 177, definidas en los artículos

INTRODUCCIÓN

El presente manual describe las modalidades de atención para los adolescentes y jóvenes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, que se desarrollan a partir de la relación de sanciones establecidas en el artículo 177, definidas en los artículos 184, 185, 186 y 187 de la Ley 1098 del 2006 1, en garantía del derecho a la rehabilitación, la resocialización y la inclusión; es de aclarar que no se hace referencia a las sanciones de amonestación e imposición de reglas de conducta por cuanto para su atención no se requiere de la intervención del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

Lo anterior, se traduce en servicios en los cuales se desarrollan procesos de atención que permiten que los adolescentes y jóvenes cumplan las sanciones ordenadas o impuestas por las autoridades judiciales competentes, garantizando su finalidad protectora, educativa y restaurativa y el desarrollo del carácter pedagógico, específico y diferenciado del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA).

Del mismo modo, la intervención se orienta hacia la inclusión social en aplicación del modelo de atención contenido en el Lineamiento Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en conflicto con la Ley –SRPA vigente, generando opciones para que los adolescentes, a partir de resignificar su historia puedan alcanzar su realización personal, identificar un plan de vida que favorezca su autonomía, el fortalecimiento de vínculos con las redes de apoyo familiar, grupal y comunitarias, así como el ejercicio de su ciudadanía y la generación de oportunidades en el marco de una cultura de la legalidad.

Este manual está dirigido a los operadores pedagógicos que prestan servicios en las diferentes modalidades que atienden a los adolescentes y jóvenes a quienes las

la generación de oportunidades en el marco de una cultura de la legalidad.

Este manual está dirigido a los operadores pedagógicos que prestan servicios en las diferentes modalidades que atienden a los adolescentes y jóvenes a quienes las autoridades judiciales les han impuesto medidas o sanciones privativas y no privativas de la libertad del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes -SRPA, establecidas en la Ley 1098 de 2006 y sus modificaciones.

1. Contextualización

1.1. Justificación

Las sanciones en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes – SRPA -, responden a los compromisos de Colombia con la suscripción de la Convención de los Derechos del Niño, los principios de la mínima intervención, el interés superior y la protección integral, que reconocen a los adolescentes como sujetos de derechos, en

1 Ley 1098 de 2006, artículo 177.PROCESO PROTECCION

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formación, por lo tanto, el proceso como las medidas son de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos y se deberá garantizar la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño2 Por lo cual, el ICBF plantea un modelo de atención para el SRPA, en el Lineamiento Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes

restaurativa, la verdad y la reparación del daño2 Por lo cual, el ICBF plantea un modelo de atención para el SRPA, en el Lineamiento Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en conflicto con la Ley –SRPA vigente, que establece niveles, fases y componentes para el desarrollo del proceso pedagógico que orientan los objetivos del mismo.

El modelo de atención tiene como objetivo desarrollar un proceso que permita visualizar en el tiempo, los avances de los adolescentes y jóvenes, promoviendo que estos asuman la responsabilidad de sus conductas, la restauración del daño causado, así como su inclusión social. Para el desarrollo del modelo se elabora el Plan de Atención Individual de cada adolescente o joven según sus particularidades, circunstancias personales, necesidades y potencialidades.

Así, las actuaciones se enmarcan en una política social encaminada al desarrollo del capital humano, con acceso garantizado de acuerdo con su curso de vida y el ejercicio pleno de sus derechos , que en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, Potencia Mundial de la vida”, posiciona a las niñas, los niños y adolescentes en el centro de las grandes transformaciones, y sienta además las bases “para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida , a partir de la construcción de un nuevo contrato social que promueva la superación de las injusticias y exclusiones históricas, evite la repetición del conflicto, fomente un cambio en nuestra relación con el ambiente, y propicie una transformación productiva basada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza”.

1.2. Siglas y Definiciones

AAVN: Alimento de Alto Valor Nutricional

CAE: Centro de Atención Especializada

CETRA: Centro Transitorio

1.2. Siglas y Definiciones

AAVN: Alimento de Alto Valor Nutricional

CAE: Centro de Atención Especializada

CETRA: Centro Transitorio

CIP: Centro de Internamiento Preventivo

ICBF: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

JR: Justicia Restaurativa LV/A: Libertad Vigilada/Asistida

PAI: Proyecto de Atención Institucional

PARD: Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos

PR: Prácticas Restaurativas PSC: Prestación de Servicios a la Comunidad

SIM: Sistema de Información Misional

SITE: Sistema de Identificación de Talentos y Emprendimientos

SNBF: Sistema Nacional de Bienestar Familiar

2 Ley 1098 de 2006, Código de Infancia y adolescencia, artículos 178 y 140.PROCESO PROTECCION

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SNCRPA: Sistema Nacional de Coordinación de Responsabilidad Penal para

Adolescentes

SPA: Sustancias Psicoactivas SRPA: Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes TIC: Tecnologías de la Información y Comunicaciones

Adolescente: la Ley 1098 de 2006 en su “Artículo 3° entiende por adolescente a las personas entre 12 y 18 años. No obstante, para este Manual, en el sentido de la definición

tienen competencia en el respectivo circuito y los jueces municipales en el re spectivo municipio. El Fiscal General de la Nación y sus delegados tienen c ompetencia en todo el territorio nacional.

Específicamente para el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, en virtud de lo establecido en los artículos 163, 165, 166 y 168 de la Ley 1098 de 2006, se dispone:

1. Los fiscales delegados ante los jueces penales para adolescentes son competentes para dirigir las investigaciones.

2. Los jueces penales para adolescentes, promiscuos de familia en materia penal y los municipales son competentes para adelantar las funciones judiciales que les asigna la ley.

3. Las salas de asuntos penales para adolescentes de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial son competentes para conocer de la segunda instancia de las decisiones tomadas por los jueces penales para adolescentes o promiscuos de familia.PROCESO PROTECCION

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Convalidación: acto de reconocimiento de los requisitos técnicos de aprobación del Proyecto de Atención Institucional PAI y cumplimiento de requerimientos nutricionales, que ya han sido avalados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en el trámite de licencia de funcionamiento de un servicio con mayor intensidad 3 y desarrollo similar en fases, jornadas o desarrollo de acciones análogas de menor intensidad . Lo anterior, en

Adolescente: la Ley 1098 de 2006 en su “Artículo 3° entiende por adolescente a las personas entre 12 y 18 años. No obstante, para este Manual, en el sentido de la definición del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes SRPA, se reconocerá como adolescente a las personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible” . Según la definición de Naciones Unidas, la adolescencia, es un periodo del ciclo vital caracterizado por la autonomía e independencia. Es un momento crítico de la maduración, razón por la cual la familia o el grupo en el que vive deben permitir su movilidad, comenzar a delegar funciones y responsabilidades para reforzar su autonomía.

Autoridad Pública: toda persona que está facultada por la normatividad para ejercer poder de mando o decisión en nombre del Estado, sus actuaciones obligan y afectan a los particulares; así lo expresó la Corte Constitucional en su sentencia T-501 de 1992.

Autoridad Competente: aquella que es apta e idónea para tratar de un determinado procedimiento o proceso por disposición de la ley.

De conformidad con lo establecido en los parágrafos 1° y 2° del artículo 11 de la Ley 270 de 1996, modificada por la Ley 1285 de 2009, los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, los Tribunales Administrativos y los Consejos Seccionales de la Judicatura tienen competencia en el correspondiente distrito judicial o administrativo. Los jueces del circuito tienen competencia en el respectivo circuito y los jueces municipales en el re spectivo municipio. El Fiscal General de la Nación y sus delegados tienen c ompetencia en todo el territorio nacional.

ya han sido avalados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en el trámite de licencia de funcionamiento de un servicio con mayor intensidad 3 y desarrollo similar en fases, jornadas o desarrollo de acciones análogas de menor intensidad . Lo anterior, en razón a que hay modalidades de atención que, por ser más complejas, subsumen los requisitos de otras modalidades más sencillas en cuanto a la operación, por lo que no se hace necesario exigir la acreditación de esos requisitos, cuando ya h an sido reconocidos mediante acto administrativo por la entidad; esta argumentación es precisamente una de las aplicaciones del principio general del derecho “Quien puede lo más, puede lo menos”.

Joven: de acuerdo con la Ley Estatutaria 1622 de 2013 “Artículo 5° , se entenderá como: joven: a “toda persona entre 14 y 28 años cumplidos en proceso de consolidación de su autonomía intelectual, física, moral, económica, social y cultural que hace parte de una comunidad política y en ese sentido ejerce su ciudadanía”. Para efectos del SRPA se atienden jóvenes cuando alcanzan la mayoría de edad en cumplimiento de medidas o sanciones emitidas por la autoridad competente o cuando el proceso judicial está en curso por presuntamente haber cometido la conducta punible siendo menores de 18 años.

Licencia de funcionamiento: acto administrativo por el que el ICBF autoriza a la persona jurídica, por un término establecido, para que desarrolle el programa o modalidad para la que ha cumplido todos los requisitos legales, técnicos, administrativos y financieros, establecidos en la Ley 1098 de 2006 y la Resolución No.3899 de 2010 y sus modificatorias.

Minuta Patrón: según la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición para los

establecidos en la Ley 1098 de 2006 y la Resolución No.3899 de 2010 y sus modificatorias.

Minuta Patrón: según la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF vigente, es el patrón de alimentos por grupos4, en medidas, cantidades y frecuencias, para consumir en uno o varios tiempos de comida, que se ajusta a los requerimientos calóricos y de nutrientes de una población determinada de acuerdo con el ciclo vital en que se encuentre. Es una herramienta que permite planear en forma racional la alimentación de una población objetivo y se considera como el punto de partida para la programación de los ciclos de menús.

Operador Pedagógico: persona jurídica contratada por ICBF, que presta servicios de atención especializados a adolescentes y jóvenes en conflicto con la Ley, bajo los lineamientos que determina el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. con el fin de garantizar una atención integral para el cumplimiento de la finalidad pedagógica, específica y diferenciada del SRPA, así como la finalidad protectora, educativa y restaurativa de las sanciones contenidas en la Ley 1098 de 2006.

3 Sentencia C-484/17Referencia: Expediente PE-046. Revisión de constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria No.27/15 Senado – No. 191/15 Cámara, “por la cual se modifica la Ley Estatutaria 1622 de 2023 y se dictan otras disposiciones”. Magistrado ponente (e.): IVÁN HUMBERTO ESCRUCERÍA MAYOLO. 4 Los grupos de alimentos establecidos en la Minuta Patrón están acorde a los definidos en las Guías Alimentarias basadas en alimentos para la Población Colombiana.PROCESO PROTECCION

IVÁN HUMBERTO ESCRUCERÍA MAYOLO. 4 Los grupos de alimentos establecidos en la Minuta Patrón están acorde a los definidos en las Guías Alimentarias basadas en alimentos para la Población Colombiana.PROCESO PROTECCION

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Orientación pedagógica: según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (2001), hace referencia a dirigir o encaminar a alguien o algo hacia un fin determinado. En el caso del proceso de atención , esta orientación busca gu iar y apoyar el proceso de aprendizaje de los adolescentes y jóvenes del SRPA a través de procesos reflexivos, participativos e inclusivos.

1.3. Marco Conceptual

El marco conceptual que sustenta el modelo de atención que se implementa en las modalidades de atención para el cumplimiento de medidas y sanciones del SRPA, se encuentra contenido en el Lineamiento Modelo de Atención para adolescentes y jóvenes del SRPA vigente; así las medidas y sanciones desarrolladas en este manual buscan cumplir con l as finalidades del Sistema de Responsabilidad penal y de sus medidas y sanciones.

En este sentido, los procesos de atención se desarrollan a partir de un modelo de justicia con enfoque restaurativo con herramientas pedagógicas desde el principio de la protección integral y se materializa en desarrollar actividades en aplicación del modelo de atención

sanciones.

En este sentido, los procesos de atención se desarrollan a partir de un modelo de justicia con enfoque restaurativo con herramientas pedagógicas desde el principio de la protección integral y se materializa en desarrollar actividades en aplicación del modelo de atención definido5, por lo cual reconoce la necesidad de garantizar los derechos de los adolescentes en los procesos. Ello, a partir del acompañamiento de la autoridad administrativa (Defensor de Familia, o quien haga sus veces), quien en todas las actuaciones del proceso y en las etapas de indagación, investigación y juicio, debe acompañar al adolescente a fin de que verifique la garantía de derechos6 y adelante las acciones a que haya lugar7. En este orden de ideas, el adolescente vinculado al SRPA podrá ser sujeto de medidas de restablecimiento de derechos siempre y cuando no vaya en contravía de las decisiones judiciales8,9.

1.3.1 Aplicación del Modelo de Atención

La aplicación del modelo de atención se desarrolla a partir de los principios del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes acorde con el artículo 141 de la Ley 1098 de

200610. De esta manera , el desarrollo de las modalidades, recoge lo establecido en el

5 Según los artículos 44 de la Constitución Política y 141 de la Ley 1098 de 2006, se determina el carácter fundamental de los derechos de los niños; así mismo, establecen los principios del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes de que tratan los instrumentos internacionales de derechos humanos. 6 Artículos 52 y 146 de la Ley 1098 de 2006. 7 El artículo 53 de la Ley 1098 de 2006 establece las medidas de restablecimiento y garantía de derechos durante todas las etapas del proceso.

instrumentos internacionales de derechos humanos. 6 Artículos 52 y 146 de la Ley 1098 de 2006. 7 El artículo 53 de la Ley 1098 de 2006 establece las medidas de restablecimiento y garantía de derechos durante todas las etapas del proceso. 8 El artículo 177 de la Ley 1098 de 2006, modificado por el artículo 89 de la Ley 1453 de 2011, que establece en el parágrafo 3 que “los centros de atención especializada deberán cumplir lo establecido en los artículos 50 y 141 del Código de la Infancia y la Adolescencia”. 9 Artículo 50. Restablecimiento de los derechos. Se entiende por restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, la restauración de su dignidad e integridad como sujetos y de la capacidad para hacer un ejercicio efectivo de los derechos que le han sido vulnerados. 10 Artículo 141. “Los principios y definiciones consagrados en la constitución Política, en los instrumentos internacionales de derechos humanos y en la presente Ley se aplicarán al Sistema de Responsabilidad Penal”.PROCESO PROTECCION

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Lineamiento Modelo de Atención frente a normatividad internacional, entre otras las reglas de Beijing para la administración de justicia de menores (Res 40/33/1985), las reglas de Tokio para promover la aplicación de medidas no privativas de libertad (Res 45/110/1990),

Lineamiento Modelo de Atención frente a normatividad internacional, entre otras las reglas de Beijing para la administración de justicia de menores (Res 40/33/1985), las reglas de Tokio para promover la aplicación de medidas no privativas de libertad (Res 45/110/1990), Reglas de la Habana para la protección de menores privados de libertad (Res 45/113/1990), las Reglas de Bangkok para el tratamiento de las menores y jóvenes con medidas privativas y no privativas de la libertad (Res 65/229), las Directrices de Riad para la prevención de la delincuencia juvenil (Res 45/112/1990) y las Directrices de Viena Acción sobre el niño en el sistema de justicia penal (Res 1997/30).

De acuerdo con lo anterior, el operador pedagógico aplica el Lineamiento Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en conflicto con la Ley-SRPA, integrando su propio modelo de atención propuesto en el Proyecto de Atención Institucional, a través del desarrollo de los enfoques y principios, así como los componentes, niveles y fases en las actividades diarias para cada modalidad, acorde con su propuesta pedagógica y el modelo ICBF

El operador deberá integrar el Lineamiento Modelo Atención Adolescente y Jóvenes

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