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ICBF - pg41.sa programa documento electronico v1

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ICBF - pg41.sa programa documento electronico v1
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ICBF
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Infralegal
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PG41.SA 03/11/2021

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

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ELECTRONICOS DE ARCHIVO 57

PROGRAMA DE DOCUMENTOS ELECTRONICOS DE ARCHIVO

SECRETARIA GENERAL

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

Grupo de Gestión Documental Bogotá D.C. 2021 Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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Contenido INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 3

1. OBJETIVO .................................................................................................................... 4

2. ALCANCE ..................................................................................................................... 4

3. DEFINICIONES ............................................................................................................ 4

4. DESARROLLO ............................................................................................................ 8

4.1. GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS DE ARCHIVO ....................... 8 4.2. GENERALIDADES DEL PROGRAMA DE DOCUMENTO ELECTRONICO 9 4.2.1. Concepto de documento electrónico de archivo ....................................... 9 4.2.2. Características esenciales del documento electrónico de archivo .... 11 4.2.3. Características adicionales del documento electrónico ........................... 18 4.2.4. Estructura del documento electrónico ....................................................... 19 4.2.5. Etapas de la gestión de documentos electrónicos ................................. 23 4.2. EXPEDIENTE ELECTRONICO ............................................................................ 34 4.3.1. Elementos del expediente electrónico ........................................................ 36 4.4. SISTEMA DE GESTION DE DOCUMENTOS ELECTRONICOS DE ARCHIVO - SGDEA .......................................................................................................... 49

4.4.1. Beneficios del SGDEA ......................................................................................... 52 4.4.2. Fases de implementación del SGDEA ......................................................... 54

5. ANEXOS ..................................................................................................................... 56

6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA ....................................................................... 57

7. RELACIÓN DE FORMATOS ................................................................................... 57

8. CONTROL DE CAMBIOS ........................................................................................ 57

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INTRODUCCIÓN El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, en aras de conservar y custodiar la producción documental generada y/o recibida en ambientes electrónicos, manteniendo las características fundamentales de autenticidad, fidelidad, integridad y disponibilidad, conforme a las exigencias y necesidades institucionales y nacionales y atendiendo al cumplimiento de la normatividad legal vigente, estructura el Programa de Documentos Electrónicos de archivo, el cual guarda coherencia con los procesos y procedimientos de gestión Documental de la entidad y respalda la aplicación de las políticas de gobierno, apuntando a la implementación y uso de herramientas tecnológicas que permitan a la entidad racionalizar y automatizar procesos y procedimientos internos y propender por la preservación de la memoria institucional. En razón a lo anterior, el Instituto articula el presente programa, de conformidad con lo establecido en la Ley 594 del 14 de julio de 2000 “Ley general de archivos”, el Acuerdo 003 del 17 de febrero de 2015 que establece los “lineamientos generales

para las entidades del Estado en cuanto a la gestión de documentos electrónicos generados como resultado del uso de medios electrónicos de conformidad con lo establecido en el capítulo IV de la Ley 1437 de 2011, se reglamenta el artículo 21 de la Ley 594 de 2000 y el capítulo IV del Decreto 2609 de 2012”, el Decreto 1080 de 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura”, guías y estándares relacionados. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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1. OBJETIVO Son referencia para la construcción de expedientes y documentos electrónicos de archivo, garantizando su autenticidad, integridad, fiabilidad y disponibilidad a lo largo del ciclo de vida del documento y desde su producción o recepción, hasta su disposición final.

Es importante dejar en claro, que es a través de implementar en el ICBF el Sistema de Gestión de Documento Electrónico de Archivo - SGDEA, en donde se desarrolla de manera integral el Programa de documento electrónico, teniendo en cuenta las características identificadas para los documentos electrónicos y los requerimientos mínimos establecidos para el SGDEA.

2. ALCANCE Aplica a la gestión de los documentos electrónicos generados y recibidos en todas las dependencias del ICBF a nivel nacional, desde su producción o recepción hasta su disposición final; y a los colaboradores que, en ejercicio de sus funciones y

responsabilidades, produzcan o tramiten documentos en ambientes electrónicos.

3. DEFINICIONES Con el objeto de precisar el alcance de los principales conceptos utilizados en este documento, se transcriben las definiciones: Archivo Electrónico de documentos: Almacenamiento electrónico de uno o varios documentos o expedientes electrónicos. (Acuerdo 03 de 2015, AGN).

Autenticidad: Característica técnica que permite identificar al autor de un mensaje de datos, el cual es conservado en condiciones que permitan garantizar su Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente!

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Versión 1 ELECTRONICOS DE ARCHIVO 57 integridad, para preservar la seguridad de la información que busca asegurar su validez en tiempo, forma y distribución. Así mismo, garantiza el origen de la información, validando el emisor para evitar suplantación de identidades. (Acuerdo 03 de 2015, AGN.) Autenticación electrónica: Es la acreditación por medios electrónicos de la identidad de una persona o autoridad, para elaborar, firmar documentos o para adelantar trámites y procedimientos administrativos. (Acuerdo 03 de 2015, AGN.) Certificados digitales: Los certificados digitales se conocen como una parte de la información que se asocia a un mecanismo para acreditar la validez de un documento perteneciente a un autor (autenticación), verificar que no ha sido manipulado ni modificado (integridad), al igual que impide que el autor niegue su

autoría (no repudio) mediante validación de la clave pública del autor, quedando de esta manera vinculado al documento de la firma.

Contenido estable: el contenido del documento no cambia en el tiempo, los cambios deben estar autorizados conforme a reglas establecidas, limitadas y controladas por la entidad, o el administrador del sistema, de forma que, al ser consultado cualquier documento, una misma pregunta, solicitud o interacción genere siempre el mismo resultado. (Guía de implementación de un SGDEA, AGN, 2017.) Disponibilidad: Característica de seguridad de la información que garantiza que los usuarios autorizados tengan acceso a la información y a los recursos relacionados con la misma, toda vez que lo requieran asegurando su conservación durante el tiempo exigido por ley. (Acuerdo 03 de 2015, AGN.) Documento electrónico: Es la información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares. (Guía de implementación de un SGDEA, AGN, 2017).

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Documento electrónico de archivo: Registro de información generada, recibida, almacenada y comunicada por medios electrónicos, que permanece en estos medios durante su ciclo vital. Es producida por una persona o entidad en razón de sus actividades o funciones y debe ser tratada conforme a los principios y procesos archivísticos. (Guía de implementación de un SGDEA, AGN, 2017).

Estampa de tiempo: Consiste en una secuencia de caracteres utilizada para

certificar el momento específico en que se lleva a cabo un suceso sobre un documento electrónico o que éste no ha sido modificado en un espacio de tiempo determinado. La secuencia de caracteres está relacionada con la fecha y hora exacta en que ocurre dicho evento y específicamente cuando fue creado o firmado en un sistema de cómputo. Mediante la emisión de una estampa de tiempo es posible garantizar el instante de creación, modificación, recepción, firma, etc., de un determinado mensaje de datos impidiendo su posterior alteración, haciendo uso de la hora legal colombiana.

Expediente: Unidad documental compleja formada por un conjunto de documentos generados orgánica y funcionalmente por una instancia productora en la resolución de un mismo asunto. (Guía de implementación de un SGDEA, AGN, 2017).

Expediente electrónico: conjunto de documentos electrónicos correspondientes a un procedimiento administrativo, cualquiera que sea el tipo de información que contengan. (Acuerdo 03 de 2015, AGN).

Fiabilidad: Entendida como la capacidad de un documento para asegurar que su contenido es una representación completa, fidedigna y precisa de las operaciones, las actividades, los hechos que testimonia o se puede establecer, declarar o sostener el acto o hecho del que es relativo, determinando la competencia del autor y examinando tanto la completitud en la forma del documento como el nivel de control ejercido durante su proceso de producción.

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Firma digital: Se entenderá como un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del iniciador y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la transformación. (Ley 527 de 1999, articulo 2.) Firma electrónica: Corresponde a métodos tales como códigos, contraseñas, datos biométricos, o claves criptográficas privadas, que permite identificar a una persona, en relación con un mensaje de datos, siempre y cuando el mismo sea confiable y apropiado respecto de los fines para los que se utiliza la firma, atendidas todas las circunstancias del caso, así como cualquier acuerdo pertinente.

Índice electrónico: Relación de los documentos electrónicos que conforman un expediente electrónico o serie documental, debidamente ordenada conforme la metodología reglamentada para tal fin. (Acuerdo 03 de 2015, AGN).

Integridad: Característica técnica de seguridad de la información con la cual se salvaguarda la exactitud y totalidad de la información y los métodos de procesamiento asociados a la misma. (Acuerdo 03 de 2015. AGN).

Medio electrónico Mecanismo tecnología, óptico, telemático, informático o similar, conocido o por conocerse que permite producir, almacenar o trasmitir documentos, datos o información. (Acuerdo 03 de 2015, AGN).

Mensaje de datos: Información estructurada o semi-estructurada que permite la creación, gestión y uso de los documentos a lo largo del tiempo. (Guía de implementación de un SGDEA, AGN, 2017).

Metadatos para la gestión de documentos: Información estructurada o semiestructurada que permite la creación, gestión y uso de los documentos a lo largo del tiempo. (Guía de implementación de un SGDEA, AGN, 2017). Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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Migración: Proceso de mover los registros de una configuración de hardware o software a otra sin cambiar el formato. / Acción de trasladar documentos de archivo de un sistema a otro, manteniendo la autenticidad, la integridad, la fiabilidad y la disponibilidad de los mismos. (Guía de implementación de un SGDEA, AGN, 2017).

Preservación Digital: Es el conjunto de principios, políticas, estrategias y acciones específicas que tienen como fin asegurar la estabilidad física y tecnológica de los datos, la permanencia y el acceso de la información de los documentos digitales y proteger el contenido intelectual de los mismos por el tiempo que se considere necesario. (Acuerdo 06 de 2014, AGN).

Seguridad de la información: Vela por protección de la información y de los diversos sistemas de información del acceso, utilización, divulgación o destrucción no autorizada de información importante dentro de una entidad. Además. Proteger la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de la información sensible de la organización.

Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo (SGDEA): Herramienta informática destinada a la gestión de documentos electrónicos de

archivo, también se puede utilizar en la gestión de documentos de archivo tradicionales. (Guía de implementación de un SGDEA, AGN, 2017).

4. DESARROLLO 4.1. GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS DE ARCHIVO La gestión electrónica de documentos y gestión de documentos electrónicos son términos diferentes y complementarios, se entiende la Gestión electrónica de documentos como la aplicación o uso de la informática en la producción, trasmisión, conservación y uso de los documentos que se tramitan en el desarrollo Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente!

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Versión 1 ELECTRONICOS DE ARCHIVO 57 de las actividades del negocio, mientras que la Gestión de documentos electrónicos se refiere a la aplicación de los principios de la gestión documental, al manejo del documento electrónico en sistemas electrónicos; en este último, los documentos se gestionan durante todo su ciclo de vida, en ambientes electrónicos, sin materializarse en papel. (Gestión Documental y Gobierno electrónico. Archivo General de la Nación. 2011) 4.2. GENERALIDADES DEL PROGRAMA DE DOCUMENTO ELECTRONICO 4.2.1. Concepto de documento electrónico de archivo El Archivo General de la Nación AGN, define el documento electrónico como “la información generada, recibida, almacenada, y comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares”, y define el documento electrónico de archivo como “un documento electrónico que permanece en estos medios electrónicos, ópticos o similares durante su ciclo vital; es producida por una persona o entidad a

razón de sus actividades y debe ser tratada conforme a los principios y procesos archivísticos.” Se consideran documentos electrónicos los mensajes de datos, las imágenes de documentos digitalizados, los documentos creados o recibidos en un ordenador (documentos de texto, tablas, gráficos o presentaciones, informes, etc), fotografías, vídeos y música en medios digitales, correos electrónicos, mensajes de texto o multimedia (SMS/MMS), entre otros. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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El Archivo General de la Nación igualmente en el documento Guía de documento electrónico aclara que todos los documentos electrónicos son mensajes de datos, pero NO todos los mensajes de datos son documentos electrónicos de archivo. Intercambio Electrónico de Datos (EDI): entendido como la transmisión electrónica de datos de una computadora a otra, que está estructurada bajo normas técnicas convenidas al efecto. En toda actuación administrativa o judicial, no se negará eficacia, validez o fuerza obligatoria y, probatoria a todo tipo de información en forma de un mensaje de datos, por el sólo hecho que se trate de un mensaje de datos, este debe recibir el mismo tratamiento de los documentos consignados en papel, es decir, debe dársele la misma eficacia jurídica, por cuanto el mensaje de datos comporta los mismos criterios de un documento1. El Artículo 11 de la Ley 527 de 1999, define las características esenciales para valorar la fuerza probatoria de los mensajes de datos o documento electrónico, así:

➢ La confiabilidad en la forma en la que se haya generado ➢ La confiabilidad en la forma en que se haya archivado ➢ La confiabilidad en la forma en que se haya comunicado el mensaje ➢ La confiabilidad en la forma en que se haya conservado ➢ La integridad de la información ➢ La forma en la que se identifique a su iniciador 1 COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-662/00. M.P. Dr. Fabio Morón Díaz. [en línea] http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2000/C-662-00.htm. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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Los documentos electrónicos no siempre nacen siendo electrónicos, algunos se convierten o transforman a electrónicos en la gestión, denominados comúnmente como documentos digitales (digitalizados). Documento digitalizado consiste en una representación digital, obtenida a partir de un documento registrado en un medio o soporte físico, mediante un proceso de digitalización. Se puede considerar como una forma de producción de documentos electrónicos, realizada con los siguientes objetivos principales: ➢ Consulta: cuando sirve para permitir el acceso a la información. ➢ Trámite: cuando sirve de apoyo a la gestión administrativa. Incorpora técnicas estándares y procedimientos que permiten garantizar las características de autenticidad, integridad y disponibilidad. ➢ Como medida de seguridad, ya sea con fines de backup o contingencia, para

lo cual se deberán analizar y determinar los aspectos jurídicos y técnicos para cuando se refiera a una copia exacta de los documentos originales, como por ejemplo el establecimiento de un procedimiento de digitalización certificada. De igual forma, existen los documentos nativos electrónicos, que son los que “han sido elaborados desde un principio en medios electrónicos y permanecen en estos durante toda su vida” y que pueden ser convertidos a otros formatos electrónicos. 4.2.2. Características esenciales del documento electrónico de archivo La Norma NTCISO 15789-1: Información y documentación. Gestión de documentos. Parte 1: Generalidades, determina que el documento electrónico comparte las características del documento en papel, e independientemente de su forma o estructura deben considerar los siguientes aspectos: Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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Versión 1 ELECTRONICOS DE ARCHIVO de 57 4.2.2.1 Autenticidad Un documento es auténtico cuando demuestra que es lo que declara ser, sin alteraciones o corrupciones con el paso del tiempo. Es uno de los componentes que conforman la confianza del documento respecto al contexto, estructura y contenido. Para lo anterior es importante que en un documento electrónico se pueda identificar: ➢ Que el documento es lo que afirma ser. ➢ La certeza sobre la persona que lo ha elaborado, enviado, firmado, o cuando exista evidencia respecto de la persona a quien se atribuya el documento. ➢ Que ha sido creado o enviado en el momento que se afirma.

➢ El documento electrónico es verídico y no ha sido alterado. ➢ El software y hardware necesario para su representación. Se deben implementar procedimientos de seguridad y control durante todas las etapas del ciclo de vida del documento para evitar la pérdida o daño de los documentos de archivo o cualquier adición, supresión, modificación, utilización u ocultación no autorizadas, así como la protección de los medios de almacenamiento y la tecnología. Con relación al documento electrónico de archivo debe poderse identificar de forma explícita metadatos tales como: ➢ El trámite o asunto al que corresponde ➢ El autor (es), y los nombres de quienes intervinieron en las diferentes acciones que se llevaron a cabo con el documento ➢ Fecha y hora como mínimo: (fecha de creación y fecha de transmisión) ➢ Nivel de acceso ➢ Trazabilidad de las actuaciones del proceso que dio origen al documento. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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Para otorgar autenticidad a los documentos electrónicos se puede hacer uso de técnicas tales como: estampas de tiempo, firmas electrónicas, firmas digitales, certificados digitales y marcas de agua digitales. 4.2.2.2. Fiabilidad Un documento es fiable cuando se tiene la certeza de que el contenido es una representación completa y exacta de las transacciones, actividades o hechos de los que dan fe y, del cual se puede depender en el curso de transacciones o actividades posteriores. Deberán tenerse en cuenta las siguientes sugerencias en la gestión de documentos

electrónicos de archivo, para asegurar en el tiempo su presunción de fiabilidad: ➢ Garantizar que el contenido de los documentos electrónicos de archivo son una representación completa, fiel y precisa de las operaciones, las actividades o los hechos que testimonia y, por lo tanto, su carácter evidencial asegura que se puede recurrir a estos en el curso de posteriores operaciones o actividades. (Acuerdo 1080 de 2015, articulo 2.8.2.7.6.) ➢ Dando certeza de estar completo en la forma del documento de archivo, incluyendo información de control de su producción. ➢ Manteniendo su identidad inequívoca, es decir los atributos de contexto y procedencia que le son propios, como evidencia electrónica de las transacciones, actividades o hechos a lo largo del tiempo. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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Versión 1 ELECTRONICOS DE ARCHIVO de 57 4.2.2.3. Integridad Es aquel documento que está completo y que no ha sido alterado, con la cual se asegura que el contenido y atributos están protegidos a lo largo del tiempo. Deberán tenerse en cuenta los siguientes requisitos en la gestión de documentos electrónicos de archivo, para asegurar en el tiempo su presunción de Integridad: ➢ Los documentos deben permanecer completos, protegidos contra modificaciones y alteraciones no autorizadas. ➢ Mantener pistas de auditoría u otros métodos de seguimiento que demuestren que los documentos de archivo están protegidos frente a la

utilización, la modificación y la destrucción no autorizadas. ➢ En caso de requerirse un cambio a la estructura del documento electrónico, por razones plenamente justificadas y por personal debidamente autorizado, se debe dejar evidencia de dichos cambios en el sistema de gestión documental y en el documento, a través de metadatos. (Acuerdo 1080 de 2015, articulo 2.8.2.7.4.) Para contribuir con la integridad en los documentos electrónicos se puede hacer uso de las siguientes técnicas: ➢ Controlar los privilegios y derechos de acceso para prevenir cambios no autorizados de la información. ➢ Autenticación, cuando se habla de la integridad del origen (Fuente de los datos). Ya que puede afectar a su exactitud, credibilidad y confianza que las personas ponen en la información. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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Versión 1 ELECTRONICOS DE ARCHIVO de 57 ➢ Parches de seguridad sobre el sistema operativo y software base, para evitar mantener vulnerabilidades que puedan ser aprovechadas para afectar la integridad de los documentos electrónicos de archivo. 4.2.2.4. Disponibilidad (usabilidad) Entendida en un documento electrónico, como la capacidad actual y futura de que tanto el documento como sus metadatos asociados puedan ser consultados, localizados, recuperados, presentados, interpretados, legibles, y por tanto estar en condiciones de uso. Deberán tenerse en cuenta los siguientes requisitos en la gestión de documentos

electrónicos de archivo, para asegurar en el tiempo su presunción de disponibilidad: ➢ Los documentos electrónicos y la información en ellos contenida, debe estar disponible en cualquier momento, mientras la entidad está obligada a conservarla, de acuerdo con lo establecido en las tablas de retención documental, TRD. ➢ Deberán establecerse mecanismos técnicos que aseguren que la información se pueda consultar y estar disponible en el futuro, independientemente del sistema que la produjo, su estructura o medio de registro original. ➢ Cada documento deberá contener la información necesaria para identificar el contexto de las actividades administrativas que lo conforman y el vínculo archivístico, existentes entre los documentos de archivo y el expediente, de acuerdo con lo establecido en las Tablas de Retención Documental (TRD). Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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El Decreto 1080 de 2015 en el CAPÍTULO VII. La Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo; adiciona: 4.2.2.5. Inalterabilidad Se debe garantizar que un documento electrónico generado por primera vez en su forma definitiva no sea modificado a lo largo de todo su ciclo de vida, desde su producción hasta su conservación temporal o definitiva, condición que puede satisfacerse mediante la aplicación de sistemas de protección de la información, salvo las modificaciones realizadas a la estructura del documento con fines de preservación a largo plazo. La modificación con fines de preservación a largo plazo no se considerará una

alteración del documento electrónico de archivo, siempre que se haga de acuerdo con las normas establecidas por el Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado y las normas procesales. (Acuerdo 1080 de 2015, articulo 2.8.2.7.5 y parágrafo) 4.2.2.6. Preservación y Conservación Deberán tenerse en cuenta los siguientes requisitos en la gestión de documentos electrónicos de archivo, para asegurar en el tiempo su preservación y conservación: (Acuerdo 1080 de 2015, articulo 2.8.2.7.8.) ➢ El documento electrónico de archivo debe estar relacionado con las actividades que desarrolla la organización. ➢ Se pueden conservar los documentos de archivo simultáneamente en formato análogo y digital de acuerdo a criterios jurídicos, las necesidades de Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.

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Versión 1 ELECTRONICOS DE ARCHIVO de 57 la organización y el valor que las normas procesales, le otorguen a cada formato. ➢ El proceso de conservar documentos electrónicos de archivo se extiende a lo largo de todo el ciclo de vida de los documentos. ➢ Resguardar y mantener la accesibilidad de copias auténticas de documentos de archivo digitales. ➢ Asegurar que los componentes de los documentos de archivo existirán durante todo el tiempo necesario para que las estrategias de preservación entren en aplicación. ➢ Las conservaciones de los documentos electrónicos de archivo deben considerar y atender los principios de preservación en el tiempo, longevidad

de los medios de almacenamiento, valoración, vulnerabilidad y disponibilidad, sea que se encuentre en propiedad de los creadores o de las dependencias responsables del archivo de la misma. ➢ Teniendo en cuenta que el documento electrónico no es el mismo que era ni antes de ser almacenado ni después de su recuperación, se debe asegurar que cualquier acción que afecte al modo en que se presentan los documentos proteja su integridad, a través del respeto por la cadena de conservación. ➢ Proteger la información y los datos personales de conformidad con lo señalado en la Ley 1273 de 2009 y Ley 1581 de 2012. Antes de imprimir este documento… piense en el medio ambiente! Cualquier copia

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