ICBF - Resolución 0015 de 2019
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 0015 de 2019
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2019
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Índice RESOLUCION 15 DE 2019
(enero 3) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Por la cual se aprueba el Programa Anual de Caja del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente De Lleras para la vigencia fiscal del año 2019 financiado con recursos propios LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIARCECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS-ICBF En uso de sus facultades legales y en especial, las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2.8.1.7.2.1 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, en ejercicio de la delegación otorgada por el Consejo
Directivo en el artículo 1o del Acuerdo No.003 de enero 18 de 2008, y CONSIDERANDO Que el artículo 2.8.1.7.2.1 del Decreto 1068 de 2015 establece que “El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) define el monto máximo mensual de pagos para el Presupuesto General la Nación con el fin de cancelar las obligaciones exigibles de pago. El monto global del PAC, junto con sus modificaciones, será aprobado por el CONFIS. Las modificaciones al PAC que no afecten los montos globales aprobados por el CONFIS, podrán ser aprobadas por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, con sujeción a la disponibilidad de recursos. / En caso de los Establecimientos Públicos con ingresos propios, corresponderá a las Juntas o Consejos Directivos aprobar el PAC y sus modificaciones, con base en las metas globales de pago aprobadas por el CONFIS, o por el representante legal en caso de no existir aquellas. Esta facultad se podrá delegar en el representante legal de cada entidad. (...)” Que el Consejo Superior de Política Fiscal CONFIS, en su sesión del 27 de diciembre de 2018, autorizó para el ICBF una meta global de pagos para la vigencia fiscal 2019 con recursos propios por la suma de DOS BILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS M/CTE($2.652.497.071.620), para atender los compromisos y obligaciones de las reservas presupuéstales y cuentas por pagar constituidas con cargo al
presupuesto de la vigencia 2018, así como los que se deriven de la ejecución del presupuesto de la vigencia fiscal del 2019. Que el Consejo Directivo del ICBF mediante el Acuerdo No. 003 del 18 de enero de 2008, delegó en el Director(a) General la facultad de aprobar y modificar el Programa Anual de Caja, con basé en la meta global de pagos autorizada en cada vigencia por el CONFIS para el ICBF. Que se hace necesario en ejercicio de la facultad delegada, proceder a aprobar el Programa Anual de Caja del ICBF conforme los montos aprobados por el CONFIS. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO. Aprobar el Programa Anual de Caja del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la Vigencia 2019 con recursos propios, en la suma de DOS BILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS M/CTE ($2.652.497.071.620), valor que corresponde a la meta global de pagos autorizada por el Consejo Superior de Política Fiscal CONFIS para la mencionada vigencia, para atender los compromisos y obligaciones de las reservas presupuéstales y cuentas por pagar constituidas con cargo al presupuesto de la vigencia 2018 y los que se deriven de la ejecución del presupuesto de la vigencia fiscal del 2019. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C JULIANA PUNGILUPPI Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar
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