ICBF - Resolución 0045 de 2010
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 0045 de 2010
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2010
RESOLUCIÓN 45 DE 2010
(enero 8) Diario Oficial No. 47.626 de 17 de febrero de 2010
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS DIRECCIÓN GENERAL <NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1176 de 2010> Por la cual se modifica la Resolución número 097 del 21 de enero de 2008 “por la cual se conforma el Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional y se establecen sus funciones”. Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1176 de 2010, publicada en el Diario Oficial No. 47.672 de 6 de abril de 2010, 'Por la cual se estructura el Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional y se derogan unas resoluciones' LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que para dar cumplimiento a las Leyes 87 de 1993 y 872 de 2003 y los Decretos Reglamentarios 4110 de 2004 y 1599 de 2005 expedidos por el Gobierno Nacional, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar implementó un Sistema de Gestión orientado a mejorar la prestación de los servicios a la ciudadanía. Que para el desarrollo de los Sistemas de Gestión es esencial la identificación y documentación de los procesos.
Que para la implementación efectiva de los Sistemas de Gestión se hace necesario conformar un Grupo inter-áreas que actúe como facilitador de los Sistemas de Gestión en las diferentes instancias y dependencias del Instituto. Que en mérito de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1176 de 2010> Modifíquese el artículo 5 o de la Resolución número 097 del 21 de enero de 2008 proferida por la Dirección General, el cual quedará así: “ Artículo 5 o. Sesiones. El Grupo de Apoyo para el Mejoramiento de la Gestión Institucional se reunirá por lo menos una vez cada treinta (30) días o cuando las circunstancias así lo requieran, previa convocatoria de su Secretaría Técnica. Las decisiones del Comité se tomarán por mayoría simple”. ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1176 de 2010> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 8 de enero de 2010. La Directora General, ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)