ICBF - Resolución 0070 de 2026
ICBF
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 0070 de 2026
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2026
Instituto Colombiano de Bienestar FamiliarCecilia De la Fuente de Lleras po,Dirección General Y,Pública $ BIENESTARFAMILIAR REsoLucION No. (3070 07 ENE 2026 “Por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y CompetenciasLaborales de los empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar — ICBF adoptado mediante la Resolución No. 2071 del 16 de mayo de 2025”LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTARFAMILIAR - ICBF -“CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS” En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las conferidas en elliteral b) del artículo 28 de fa Ley 74 de 1979, el literal li) del artículo 28 del Acuerdo102 de 1979 aprobado por el Decreto 334 de 1980, los artículos 78 de la Ley 489 de1998 y 2.2.2.6,1 del Decreto 1083 de 2015, y, CONSIDERANDO:Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia establece que “No habráempleo público que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento y paraproveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en larespectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”. Que el artículo 19 de la Ley 909 de 20041, señala que "el empleo público es el núcleobásico de la estructura de la función pública objeto de esta ley. Por empleo seentiende el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a unapersona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito desatisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado".
Que el inciso segundo del artículo 2° del Decreto Ley 770 de 20052, dispone que(...) Las competencias laborales, funciones y requisitos específicos para su ejercicioserán fijados por los respectivos organismos o entidades, con sujeción a los queestablezca el Gobierno Nacional de acuerdo con los parámetros señalados en elartículo quinto del presente Decreto, salvo para aquellos empleos cuyas funciones yrequisitos estén señalados en la Constitución Política o en la ley”. Que en desarrollo de estos preceptos, los artículos 2.2,2.2.6, 2.2.2.4.9, 2.2.2.6.1,2.2.2.6.2 y 2.2.4.10 del Decreto 1083 de 20153, establecen que las entidades debenexpedir sus manuales específicos de funciones, requisitos mínimos y competenciaslaborales, atendiendo el contenido funcional de los empleos, los conocimientosbásicos o esenciales, los requisitos de formación académica y de experiencia, asícomo las competencias comunes y comportamentales de los cargos que integran laplanta de personal, incluyendo la identificación de los Núcleos Básicos delConocimiento ~ NBC para aquellos empleos que exijan como requisito el título o laaprobación de estudios de educación superior.
Que el artículo 2.2,2.6,1 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 4° delDecreto 498 de 2020, establece que: 1 “por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictanotras disposiciones”2 "Por el cual se establece el sistema de funciones y de requísitos generales para los empleos correspondientes a losniveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades del Orden Nacional, a que se refiere la Ley 909 de2004”3 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública” www.icbf.gov.coE) escoicolombiaot E excarcolomia [3 escttcalombizoficial [Ed corcolomisa Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No.64¢ —75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar FamiliarCecilia De la Fuente de Lleras eDirección General q)Pública ; BIENESTARFAMILIAR RESOLUCION No. 11070 07 ENE 2026 “Por la cual se modifica parcialmente el Manual Específica de Funciones y CompetenciasLaborales de los empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar - ICBF adoptado mediante la Resolución No. 2071 del 16 de mayo de 2025”“Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente Título expedirán elmanual específico de funciones y de competencias laborales describiendo lasfunciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinandolos requisitos exigidos para su ejercicio,
La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuarámediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con lasdisposiciones contenidas en el presente Título, Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismoo entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación oadición del manual de funciones y de competencias laborales y velar por elcumplimiento de las disposiciones aquí previstas. (...)”, Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.29 ibidem, durante elperíodo de prueba de los empleados públicos no se les podrá efectuar ningúnmovimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funcionesdistintas a las indicadas en la convocatoria que sirvió de base para su nombramientoO ascenso. Que el Decreto 989 de 2020, establece las competencias y los requisitos específicospara el ejercicio del empleo dejefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de controlinterno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del ordennacional y territorial, Que mediante la Resolución No. 2071 del 16 de mayo de 2025 se adoptó el ManualEspecífico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta depersonal del ICBF, y se derogó las Resoluciones Nos, 1818 de 2019, 7444 de 2019,4122 de 2020, 4451 de 2020, 2677 de 2022 y 2000 de 2025.
Que mediante el Decreto 0915 del 13 de agosto de 2025, se modificó la planta depersonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar — ICBF, en el cual se realizóla supresión de doscientos ocho (208) empleos de Profesional Universitario Código2044 Grado 11 y se crearon doscientos ocho (208) empleos de ProfesionalEspecializado Código 2028 Grado 13, con ocasión de una reclasificación salarial. Que, de acuerdo con la modificación de la planta de personal, el Instituto Colombianode Bienestar Familiar realizó la incorporación de los servidores públicos a quienes seles suprimieron los empleos, conforme lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 0915de 2025, el artículo 81 del Decreto Ley 1042 de 1978 y el artículo 2.2.11.2.2 delDecreto 1083 de 2015. Que mediante el Decreto 1430 del 24 de diciembre de 2025 se modificó la estructuraorganizacional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuentede Lleras” — ICBF, a través del cual se realizaron ajustes a algunas dependencias y asus funciones. wewicbf.gov.co[E cichtostombisatinal f SFeolormbia Gicbteotambiactioa! E cercolombio Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No,64c — 75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar FamiliarCecilia De la Fuente de LlerasDirección General 4)Publica :BIENESTARFAMILIAR
RESOLUCIÓN No. (}}'70 07 ENE 2026 “Por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y CompetenciasLaborales de los empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar — ICBF adoptado mediante la Resolución No. 2071 del 16 de mayo de 2025” Que la modificación de la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar —ICBF se adelantó con el propósito de adecuar su organización interna a los mandatoslegales vigentes, entre ellos, la Ley 2281 de 2023, mediante la cual se creó elMinisterio de Igualdad y Equidad; la Ley 2126 de 2021, que regula el funcionamientode las Comisarias de Familia; la Ley 1952 de 2019, por la cual se ajustan las funcionesen materia disciplinaria para garantizar las etapas de instrucción y juzgamiento; y elDecreto 1574 de 2024, que reglamenta el Sistema Nacional de Justicia Familiar, entreotras disposiciones normativas. Lo anterior, con el fin de fortalecer el esquemainstitucional del Instituto y sustentar los procesos de operación directa. Que, en atención a lo anterior, el Decreto mediante el cual se modificó la estructuradel instituto abordó, entre otros, los siguientes aspectos: i) el ajuste de competenciasen materia de juventud; ji) el fortalecimiento de las capacidades de la Dirección deNutrición; iii) la redefinición de competencias en materia disciplinaria; iv) la creaciónde un área especializada para la coordinación de las Autoridades Administrativas; v)el traslado de competencias internas del Observatorio del Bienestar de la Niñez; vi)el fortalecimiento de la operación directa del ICBF; así como la incorporación dediversos ajustes técnicos, normativos y funcionales derivados de los cambiado a nivelestatal,
Que mediante el Decreto 1431 del 24 de diciembre de 2025, se modificó la planta depersonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF "Cecilia de la Fuentede Lleras", en el que se suprimieron y se crearon algunos empleos en atención a lamodificación de la estructura orgánica, creando entre ellos dieciséis (16) empleos deAsesor Código 1020 Grado 01 ubicados en el Despacho de la Dirección General. Que, en virtud de lo expuesto, se hace necesario modificar el Manual Específico deFunciones y Competencias Laborales adoptado mediante la Resolución No. 2071 del16 de mayo de 2025, con el fin de adecuarlo y armonizarlo con la nueva estructuraorgánica y la planta de personal del ICBF, establecidas en los Decretos 1430 y 1431del 24 de diciembre de 2025, así como las competencias y los requisitos específicosprevistos en la norma para el cargo de Jefe de la Oficina de Control Interno. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 1098 de 2006,modificado por el artículo 1° de la Ley 1878 de 2018, el trámite de verificación de lagarantía de derechos frente a la presunta vulneración o amenaza de los derechos delos niños, niñas y adolescentes, debe ser adelantado por la autoridad administrativacompetente y su equipo técnico interdisciplinario. En consecuencia, se dispuso laeliminación del proceso interno de Constatación de Denuncias y de la “Guía deConstatación de Denuncias”, así como la correspondiente actualización de la Guía deGestión de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias del Instituto Colombiano deBienestar Familiar - ICBF, documento que establece la tipificación de las peticionesciudadanas en el Sistema de Información Misional, de acuerdo con los diferentescanales de atención de la entidad.
wwichf.gov.co5) Eicotrolombisoticial @ICBFColombia { bicolombiaofic E icercolombia Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar FamiliarCecilia De la Fuente de Lleras «LoDirección General OYPública BIENESTARFAMILIAR RESOLUCIÓN No. (070 07 ENE 2026 “Por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y CompetenciasLaborales de los empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar — ICBF adoptado mediante la Resolución No. 2071 del 16 de mayo de 2025” Que en atención a lo anterior, se hace necesario suprimir del Anexo del ManualEspecífico de Funciones y Competencias Laborales del 1CBF, la ficha del perfilcorrespondiente al empleo de Profesional Universitario, Código 2044, Grado 03, alcual se le asignaba el rol de Constatación de Denuncias. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 3° del artículo 2.2.2.6.1 delDecreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 4% del Decreto 498 de 2020, laadministración adelantó la etapa de consulta del proyecto de modificación del ManualEspecífico de Funciones y Competencias laborales con las organizaciones sindicalespresentes en el ICBF, SINTRABIENESTAR, SINTRAFAMILIAR, SIDEFAM ySINTRABIOPSICOSOCIALES, previo a la expedición del acto administrativo,
Que conforme lo establecido en el artículo 2,1,2,1.23 del Decreto 1081 de 2015 y laResolución interna No, 0353 del 7 de febrero de 2023, el ICBF realizó la publicacióndel proyecto del presente acto administrativo para conocimiento y comentarios delos ciudadanos y grupos de interés, a través de la página web de la entidad por eltérmino de cinco (5) días calendarios, a partir del 5 y hasta el 9 de diciembre de2025. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Modificar parcialmente el Manual Específico de Funciones yCompetencias Laborales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF“Cecilia de la Fuente de Lleras” adoptado mediante la Resolución No. 2071 del 16 demayo de 2025, respecto de los empleos de la planta de persona! contenidos en el“Anexo modificación Manual de Funciones”, de acuerdo con los fundamentosexpuestos en los considerandos de esta Resolución, ARTICULO 2°. Suprimir del Anexo del Manual Específico de Funciones yCompetencias Laborales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF“Cecilia de la Fuente de Lleras”, adoptado mediante la Resolución No, 2071 del 16 demayo de 2025, la ficha del perfil correspondiente al empleo de ProfesionalUniversitario, Código 2044, Grado 03 — Rol: Constatación de Denuncias, conforme losfundamentos establecidos en la parte considerativa de la presente Resolución. ARTICULO 3°, Los servidores públicos que a la entrada en vigencia de la presenteResolución se encuentren vinculados al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF, no se les exigirá requisitos adicionales o distintos a los acreditados al momentode la posesión, para el ejercicio del empleo del cual son titulares, siempre quecontinúen desempeñándolo sin solución de continuidad. www.icbf.gov.co
www.icbf.gov.co fcolombianficial CBFCo/Ombia EZ icarcotomina Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogota - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar FamiliarCecilia De la Fuente de Lleras «oDirección General OYPública BIENESTARFAMILIAR RESOLUCION No. YU LO ) 7 ENE 2026 “Por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y CompetenciasLaborales de los empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar - ICBF adoptado mediante la Resolución No. 2071 del 16 de mayo de 2025”ARTÍCULO 4°, Los servidores públicos que, a la entrada en vigencia de la presenteresolución, se encuentren en período de prueba, deberán continuar desempeñandolas funciones asignadas al empleo para el cual fueron nombrados, hasta laculminación de dicho período. La evaluación del período de prueba se realizaráexclusivamente con base en las funciones vigentes al momento de la posesión en elempleo correspondiente.
ARTÍCULO 5°. Socialización. Ordenara la Dirección de Gestión Humana comunicara los servidores públicos el contenido del presente acto administrativo y entregarcopia del Manual de Funciones aplicable, según los empleos que estos desempeñen ylas modificaciones realizadas. ARTÍCULO 6°. Transitorio. Respecto de los empleos que, a la fecha de expediciónde la presente resolución, se encuentren en proceso de provisión mediante uso delista de elegibles de concurso de méritos, los ajustes realizados a las fichas seaplicarán una vez el servidor público supere satisfactoriamente el período de prueba.Por lo tanto, durante el periodo de prueba, el servidor público ejercerá el empleo yserá evaluado con base en las funciones y requisitos definidos en la Convocatoria quedio lugar a su nombramiento. ARTÍCULO 7. Publicación. Ordenar a la Oficina Asesora de Comunicaciones realizarla publicación de la presente Resolución en la Intranet, en la página Web del ICBF yen el Diario Oficial. ARTÍCULO 8. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de supublicación y modifica parcialmente la Resolución No. 2071 del 16 de mayo de 2025. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá D.C., a los 0 7 ENE 2026 = 3 Aelit Mord tabsSTRID ELIANA CACERES CARDENASDirectora General | ACCIONES NOMBRE CARGO FIRMASL— Aprobó Diana Mireya Parra Cardona Secretaria General Saa"Revisó José Miguel Rueda Vásquez Jefe Oficina Jurídica EyÍ Aprobó Ana Maria Segura Andrade Director de Gestión Humana (E) (hw)__Revisó Diana Carolina Baloy Asesora Dirección General usd Fri A
www.icbÍ.gov.co[E] eichicolombieokcial J eXc8rcolombia Excbicolombiaoficia! E icercolombia Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional [CBFAvenida carrera 68 No.64c —75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - Colombia