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ICBF - Resolución 0637 de 2016

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 0637 de 2016
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2016

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

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Índice RESOLUCIÓN 637 DE 2016

(enero 20) Diario Oficial No. 49.779 de 7 de febrero de 2016

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS DIRECCIÓN GENERAL <NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por la Resolución 406 de 2017> Por la cual se actualiza el Anexo 1 Delegación Ordenación de Gasto establecido en la Resolución número 1100 del 10 de marzo de 2015, “por la cual se adopta el Manual de Contratación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se deroga la Resolución número 3146 de 2014”.

Resumen de Notas de Vigencia LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE

LA FUENTE DE LLERAS, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, Ley 7ª de 1979, Ley 804 de 1993 <sic, es 2003>, Ley 1150 de 2007, Ley 489 de 1998, Ley 1474 de 2011, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política ordena que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y que se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones. Que la actividad contractual del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debe regirse por lo establecido en la Ley 7ª de 1979, los artículos 2.4.3.2.1. y siguientes del Decreto 1084 de 2015, la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015 y demás disposiciones que regulan el Régimen General de Contratación Pública y el Régimen Especial de Aporte. Que teniendo en cuenta lo contemplado en el artículo 160 del Decreto 1510 de 2013 “todas las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente”, el ICBF mediante Resolución número 1100 del 10 de marzo de 2015, publicada en el Diario Oficial el 13 de marzo de 2015, la Directora General del ICBF adoptó el Manual de

Contratación de la Entidad. Que a través de la Resolución número 1313 del 19 de marzo de 2015, publicada en el Diario Oficial el 24 de marzo de 2015, se modificó lo dispuesto en el numeral 4.3 Régimen de Transición - Régimen de Aporte de dicho Manual. Que si bien el Decreto 1082 de 2015 derogó el Decreto 1510 de 2013, el artículo 2.2.1.2.5.3 de la nueva disposición señala: “Las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente”. Que mediante Resolución número 5460 del 31 de julio de 2015, publicada en el Diario Oficial el 3 de agosto de 2015, se modificaron varios apartes del Manual de Contratación del ICBF, entre otros, el numeral 4.1.4 Vigencia del Banco Nacional de Oferentes del ICBF, aclarando que el término de la habilitación es sin perjuicio de lo previsto en la Resolución 3899 de 2010. Que mediante Resolución número 7172 del 16 de septiembre de 2015, publicada en el Diario Oficial, se modificaron varios apartes del Manual de Contratación del ICBF, entre otros, el numeral 4.1.4 y algunas disposiciones relativas al Banco Nacional de Oferentes del ICBF. Que en lo que respecta a las delegaciones para ordenar el gasto se estableció como referente los rubros referidos en el Decreto de Liquidación del presupuesto para la vigencia 2015, toda vez que mediante Decreto 2550 del 30 de diciembre de 2015, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2016, lo cual implicó la

modificación de algunos identificadores presupuestales, se hace necesario actualizar el anexo referido y definir lo que respecta a los contratos suscritos con cargo al presupuesto 2015, en cuanto a las facultades de los ordenadores de gasto. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por la Resolución 406 de 2017> Actualizar el Anexo número 1 de la Resolución número 1100 del 10 de marzo 2015, denominado “Delegación Ordenación de Gasto”, el cual se adopta en documento adjunto, que hace parte integral del presente acto administrativo. PARÁGRAFO. En caso de que fruto de la desagregación del presupuesto vigencia 2016 dejen de existir rubros presupuestales previstos en la vigencia 2015, en la Sede de la Dirección General la facultad para suscribir los actos contractuales y poscontractuales que afectaban rubros del presupuesto vigencia 2015, continuará en cabeza del (la) Subdirector(a) General, cuando el objeto del contrato o convenio verse sobre asuntos de su competencia y de las dependencias misionales, de la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y sus subdirecciones; en igual sentido, continuará dicha facultad respecto del (la) Secretario(a) General, cuando el objeto del contrato o convenio verse sobre asuntos de su competencia, de las dependencias a su cargo, de las áreas de soporte y de las Oficinas que dependen de la Dirección General. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones de la Resolución número 1100 del 10 de marzo de 2015 que no fueron modificadas por el presente acto administrativo continúan vigentes. Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de enero de 2016. La Directora General,

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN.

ANEXO No. 1.

DELEGACIÓN ORDENACIÓN DEL GASTO 2016 RESOLUCIÓN O637 DE 20 DE ENERO DE 2016. <Resolución derogada por la Resolución 406 de 2017>

Cnivel IDENTIFICADOR SIIF DESCRIPCIÓN ORDENADOR DEL

GASTO

TITULO A FUNCIONAMIENTO

CUENTA A-1 GASTOS DE PERSONAL Secretario(a) General CUENTA A-2 GASTOS GENERALES Secretario(a) General CUENTA A-3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Secretario(a) General CUENTA A-4 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Secretario(a) General

Cnivel IDENTIFICADOR SIIF DESCRIPCIÓN ORDENADOR DEL

GASTO

TITULO C INVERSIÓN

PROYECTO C-111-1500-1 CONSTRUCCIÓN Y ADECUACIÓN DE Secretario(a) General

INFRAESTRUCTURA PARA LA

OPERACIÓN DEL ICBF A NIVEL

NACIONAL

PROYECTO C-223-300-1 IMPLEMENTACION DEL PLAN Secretario(a) General

ESTRATEGICO DE DESARROLLO

INFORMATICO Y TECNOLOGICO

DEL ICBF

PROYECTO C-320-1504-1 APLICACIÓN DE LA PROMOCION Y Secretario(a) General

FOMENTO PARA LA CONSTRUCCION

DE UNA CULTURA DE LOS

DERECHOS DE LA NINEZ Y FAMILIA

PROYECTO C-320-1504-4 ASISTENCIA A LA PRIMERA Subdirector(a) General

INFANCIA A NIVEL NACIONAL

PROYECTO C-320-1504-6 APOYO FORMATIVO A LA FAMILIA Subdirector(a) General

PARA SER GARANTE DE DERECHOS

A NIVEL NACIONAL.

PROYECTO C-320-1504-7 PROTECCIÓN-ACCIONES PARA Subdirector(a) General

PRESERVAR Y RESTITUIR EL

EJERCICIO INTEGRAL DE LOS

DERECHOS DE LA NINEZ Y LA

FAMILIA

PROYECTO C-320-1504-11 PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN PARA Subdirector(a) General

LA PROTECCION INTEGRAL DE LOS

DERECHOS DE LA NINEZ Y

ADOLESCENCIA AL NIVEL

NACIONAL

PROYECTO C-320-1504-13 DESARROLLAR ACCIONES DE Subdirector(a) General

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL

MARCO DE LA POLITICA DE

SEGURIDAD ALIMENTARIA Y

NUTRICIONAL EN EL TERRITORIO

NACIONAL

PROYECTO C-410-300-6 ESTUDIOS SOCIALES OPERATIVOS Y Secretario(a) General

ADMINISTRATIVOS PARA MEJORAR

LA GESTION INSTITUCIONAL.

PROYECTO C-520-1500-1 ASISTENCIA AL MODELO DE Secretario(a) General

INTERVENCION SOCIAL DEL ICBF A

NIVEL NACIONAL

PROYECTO C-520-1500-2 FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA Subdirector(a) General NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR A NIVEL NACIONAL Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.

ISBN : 978-958-98873-3-2

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Línea 141: Línea gratuita nacional para protección, emergencia y orientación. Disponible las 24 horas.

Linea Anticorrupción : 01 8000 91 80 80, opción 4.

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