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ICBF - Resolución 10267 de 2018

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 10267 de 2018
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2018

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

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Índice RESOLUCION 10267 DE 2018

(Agosto 13) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Por la cual se efectúa una desagregación y asignación en el Presupuesto de Funcionamiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De La fuente De Lleras para la Vigencia Fiscal del año 2018 LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 1222 de 2018, y CONSIDERANDO: Que el Congreso de Colombia, mediante Ley No. 1873 del 20 de diciembre de 2017, decretó el Presupuesto de

Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018. Que a través del Decreto No. 2236 del 27 de diciembre de 2017, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público liquida el Presupuesto General de la Nación para la Vigencia Fiscal de 2018, detallando las Apropiaciones, clasificando y definiendo los gastos. Este Decreto incluye el Presupuesto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la Vigencia Fiscal 2018. Que mediante Resolución No. 13747 del 29 de diciembre de 2017, la Dirección General del ICBF desagregó y asignó el Presupuesto de Ingresos y Gastos a Nivel Nacional, Regionales y Sede Nacional, para la vigencia fiscal de 2018. Que mediante Acuerdo No. 001 del 26 de julio de 2018, el Consejo Directivo del ICBF autorizó el traslado presupuestal del Rubro A-3-6-3-20 Otras Transferencias Previo Concepto DGPPN, al Rubro A-2-0-3 Impuestos y Multas por valor de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($557.626.849), con recurso 27 - Rentas Parafiscales. Que a través de oficio con radicado 2-2018-026900 con fecha 06 de agosto de 2018 el Director General del Presupuesto Público Nacional aprobó la operación presupuestal contenida en el Acuerdo No. 001 del 26 de julio de 2018. Que el Director Administrativo del ICBF, mediante memorando No. 1-2018-079924-0101 del 9 de agosto de

2018, solicita la desagregación de la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($557.626.849), con recurso 27 - Rentas Parafiscales, que se encuentra en la cuenta A-2-0-3 Impuestos y Multas. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Desagregar y asignar como Presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia 2018 la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($557.626.849), con recurso 27 - Rentas Parafiscales, de conformidad con lo siguiente: CTA SUBC OBJG ORD SUBO REC CONCEPTO CRÉDITOS A $ 557.626.849,00 FUNCIONAMIENTO 2 GASTOS $ GENERALES 557.626.849,00 2 0 3 IMPUESTOS $ Y MULTAS 557.626.849,00 2 0 3 50 IMPUESTOS Y $ CONTRIBUCIONES 485.338.849,00 2 0 3 50 3 IMPUESTO $ PREDIAL 485.338.849,00 2 0 3 50 3 27 RENTAS $ PARAFISCALES 485.338.849,00 2 0 3 50 3 01 SEDE $ NACIONAL 317.438.697,00 2 0 3 50 3 11 BOGOTÁ $ 17.900.152,00 2 0 3 50 3 13 BOLIVAR $

150.000.000,00 2 0 3 51 MULTAS Y $ 72.288.000,00

SANCIONES 2 0 3 51 1 MULTAS $ 72.288.000,00 2 0 3 51 1 27 RENTAS $ PARAFISCALES 72.288.000,00 2 0 3 51 1 01 SEDE $

NACIONAL 72.288.000,00

TOTAL APROPIACIÓN $ 557.626.849,00

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. 15 AGO. 2018 SOL INDIRA QUICENO FORERO Directora General (E) Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.

ISBN : 978-958-98873-3-2

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