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ICBF - Resolución 1057 de 2012

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 1057 de 2012
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2012

RESOLUCIÓN 1057 DE 2012

(marzo 26) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF Por la cual se ajustan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2012 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia De la Fuente de Lleras. EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE  BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, y CONSIDERANDO Que mediante la Resolución No. 17 del 2 de enero de 2012 se aprobaron los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras - vigencia 2012. Que la ficha No. F-02 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal A-2-0-3,4, que regula lo referente a la Cuenta de Gastos Generales , debe ser ajustada en varios ítems para precisar lo referente al Clasificador del Gasto. Que la ficha No. I-02 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 123-300-1-1 , que regula lo referente a Inversión en Infraestructura Física dentro del Proyecto Construcción, Remodelación. Mantenimiento, Dotación de Sedes Administrativas, Regionales, Centros Zonales y Unidades de Servicio, debe ser ajustada en los

ítems Clasificador del Gasto de la Modalidad Remodelación. Adecuación y Mantenimiento, Lineamiento Técnico, e Indicadores de Seguimiento y Evaluación, con el objeto de precisar algunos conceptos del gasto. Que la ficha No. I-25 de los Lineamientos. correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-1 , que regula lo referente al Proyecto Aplicación de la Promoción y Fomento para la Construcción de una Cultura de los Derechos de la Niñez y la Familia, debe ser ajustada en el ítem Clasificador del Gasto para precisar los conceptos que pueden ejecutarse por los rubros Viáticos y Gastos de Viaje del Subproyecto 2 Soporte a la Gestión, e Indicadores de Seguimiento y Evaluación. Que la ficha No. I-27 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-2-1-3 , que regula lo referente a Unidades de Integración Familiar dentrodel Proyecto Asistencia a la Niñez y Apoyo a la Familia para Posibilitar a los Niños el Ejercicio de sus Derechos - Atención a la Población Desplazada, debe ser ajustada en los ítems Objetivo, Población Objetivo, Acciones y Costo con el objeto de ajustar la edad en la población objetivo y de excluir de la tabla de costos el concepto de transporte para niños, e Indicadores de Seguimiento y Evaluación. Que la ficha No. I-29 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-2-1-6, que regula lo referente a Familias con Bienestar - Desplazados dentro del Proyecto Asistencia a la Niñez y Apoyo a la Familia para Posibilitar a los Niños el Ejercicio de sus Derechos - Atención a la Población Desplazada, debe ser ajustada en todos los

lo referente a Familias con Bienestar - Desplazados dentro del Proyecto Asistencia a la Niñez y Apoyo a la Familia para Posibilitar a los Niños el Ejercicio de sus Derechos - Atención a la Población Desplazada, debe ser ajustada en todos los ítems con el objeto de precisar el rubro presupuestal que en ellos se menciona como referente para la ejecución. Que la ficha No I-42 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-4-1 , que regula lo referente a Materno Infantil dentro del Proyecto Asistencia a la Primera Infancia a Nivel Nacional, debe ser ajustada en el ítem Población Objetivo-, con el objeto de enmarcarla en la Red Unidos. Que la ficha No. I-48 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-4-10 , que regula lo referente a Hogares Comunitarios de Bienestar - FAMI dentro del Proyecto Asistencia a la Primera Infancia a Nivel Nacional, debe ser ajustada en el ítem, Costo, con el objeto de actualizar la tabla de costos en lo referente a la beca de la madre comunitaria, e Indicadores de Seguimiento y Evaluación. Que la ficha No. I-49 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-4-11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, que regula lo referente a Hogares Comunitarios de Bienestar - FAMI dentro del Proyecto Asistencia a la Primera Infancia a Nivel Nacional, debe ser ajustada en el ítem. Costo, con el objeto de actualizar la tabla de costos

en lo referente a la beca de la madre comunitaria y al valor adicional del Material didáctico duradero en la vigencia 2012, e Indicadores de Seguimiento y Evaluación. Que la ficha No. I-79 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-6-8 , que regula lo referente a Familias con Bienestar dentro del Proyecto Apoyo Formativo a la Familia para ser Garante de Derechos aNivel Nacional, debe ser ajustada en los ítems Objetivo, Población Objetivo, Acciones, Costo e Indicadores de Seguimiento Evaluación, con el objeto de ajustar el programa de acuerdo con las observaciones formuladas por el Departamento Nacional de Planeación - DNP. Que la ficha No. I-82 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-7-2 , que regula lo referente a Protección - Por Condiciones de Amenaza o Vulneración dentro del Proyecto Protección - Acciones para Preservar y Restituir el Ejercicio Integral de los Derechos de la Niñez y la Familia, debe ser ajustada en el ítem Clasificador del Gasto de la modalidad Hogar Sustituto con el objeto de incluir lo referente al reconocimiento de la Bonificación a las Madres Sustitutas, según lo establecido mediante Acuerdo del Consejo Directivo del ICBF No. 01 del 31 de enero de 2012. Que la ficha No. I-83 de los Lineamientos, correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-7-3 , que regula lo referente a Protección - Con discapacidad o Enfermedad de Cuidado Especial dentro del Proyecto Protección - Acciones

para Preservar y Restituir el Ejercicio Integral de los Derechos de la Niñez y la Familia, debe ser ajustada en el ítem Clasificador del Gasto de la modalidad Hogar Sustituto con discapacidad con el objeto de incluir lo referente al reconocimiento de la Bonificación a las Madres Sustitutas, según lo establecido mediante Acuerdo del Consejo Directivo del ICBF No. 01 del 31 de enero de 2012. Que se hace necesario incorporar en los Lineamientos el Anexo No. 06 Raciones de Bienestarina con el fin de presentar la información referida a la cantidad de bienestarina establecida para las raciones correspondientes a cada uno de los servicios que presta la entidad. Que para la modificación de las fichas existe el análisis de viabilidad técnica expedido por las dependencias responsables de los temas contenidos en ellas. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Ajustar la ficha No. F-02 correspondiente al identificador presupuestal A-2-0-3,4 de los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2012 en los ítems señalados a continuación, los cuales quedarán así: Cuenta 2 GASTOS GENERALES Subordinal 2.0.4.1.6 Equipo de Sistemas Este concepto de gasto se ejecuta por el Programa 221 del Presupuesto de Inversión, a cargo de la Dirección de Información y Tecnología. Subordinal 2.0.4.1.6 Software Este concepto de gasto se ejecuta por el Programa 221 del Presupuesto de Inversión, a cargo de la Dirección de

Información y Tecnología. Subordinal 2.0.4.1.16 Vehículos Adquisición de vehículos (carros, motos, bicicletas, etc.), requeridos para el desplazamiento de los servidores públicos en cumplimiento de sus funciones. Para la adquisición de automóviles, se requiere autorización previa de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con los criterios y políticas que al respecto fija esta Entidad. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, la adquisición de vehículos deberá estar contenida en el correspondiente Plan de Compras y cuando se requiera protección o blindaje especial, debe contar con el concepto técnico de la Agencia de Seguridad Nacional o de la Policía Nacional. Subordinal 2.0.4.1.17 Equipos Fluvial y Marítimo Adquisición de equipo fluvial y marítimo (botes, canoas, lanchas, etc.) requeridos para el desplazamiento de los servidores públicos en cumplimiento de sus funciones. Subordinal 2.0.4.1.25 Otras Compras de Equipo Por este rubro se cubrirá la compra de elementos que apoyen la gestión institucional y la reposición de equipos de telefonía móvil (celulares). Igualmente, por este rubro se imputará el valor correspondiente al deducible que debe asumir el Instituto sobre los elementos o bienes asegurados, en concordancia con el reconocimiento que haga la compañía de seguros por pago de siniestros de las reclamaciones adelantadas por el ICBF.Subordinal 2.0.4.4.23 Otros Materiales y Suministros

Este rubro contempla la adquisición de todos aquellos elementos que soportan imprevistos dentro de la gestión del ICBF, que su uso o servicio no se realiza en forma permanente o rutinaria, como por ejemplo: banderas, cortinas, manteles, tapetes, extintores, persianas, botiquines medicamentos, sellos secos, entre otros. Subordinal 2.0.4.5.2   Mantenimiento de Bienes Muebles, Equipos v Enseres Se incluye con cargo a este rubro los costos en las reparaciones que se realicen en Equipos y Maquinaria que estén dentro del inventario del ICBF, en servicio y en apoyo a las funciones desarrolladas por los servidores públicos, tales como: todo tipo de muebles, Video Beam, teléfono, fax, calculadoras, relojes radicadores, estufas, neveras, grecas, televisores, equipos de sonido, otros. Subordinal 2.0.4.5.5 Mantenimiento Equipo de Comunicación y Computación Se incluye con cargo a este rubro los costos en las reparaciones que se realicen a los equipos de cómputo que estén dentro del inventario del ICBF, en servicio y en apoyo a las funciones desarrolladas por los servidores públicos. Subordinal 2.0.4.5.8 Servicio de Aseo Por este concepto se cubren los costos del contrato de aseo que implica la mano de obra y el aseo o limpieza de las Sedes Regionales. Centros Zonales, Unidades Operativas. Este servicio puede ser contratado en forma integral, con organizaciones especializadas en el tema. Se entiende por contrato integral, aquel que además del servicio o mano de obra, contempla la entrega de los elementos y productos de aseo y cafetería.

NOTA : En el evento que se maneje contratos integrales, éstos deben financiarse con cargo a los rubros de Servicio de

obra, contempla la entrega de los elementos y productos de aseo y cafetería.

NOTA : En el evento que se maneje contratos integrales, éstos deben financiarse con cargo a los rubros de Servicio de aseo, Productos de Aseo y limpieza, Productos de cafetería y restaurante, en la proporción que participe cada uno dentro del valor total del contrato.

Se prohíbe efectuar contratos con personas naturales para este efecto, salvo casos excepcionales autorizados por la Dirección Administrativa. Subordinal 2.0.4.5.9 Servicio de Cafetería y Restaurante Hace referencia a la contratación que conlleve el suministro de almuerzo a los servidores públicos vinculados a la entidad, quienes autorizan el descuento de una porción de su salario destinada a financiar el costo del servicio, de acuerdo a la reglamentación expedida por la Secretaria General del ICBF. De acuerdo con la Resolución 001 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público del 2 de enero de 2012. artículo 5 o, parágrafo 2o: "Podrán destinarse recursos de las Cajas Menores para los gastos de alimentación que sean indispensables con ocasión de reuniones de trabajo de las Direcciones Generales de los Ministerios y Gerencias, Presidencias o Direcciones de los Establecimientos Públicos Nacionales, siempre que el titular del despacho correspondiente deba asistir y autorice el gasto por escrito." Subordinal 2.0.4.5.12. Mantenimiento de Otros Bienes - Contratación de los servicios de mantenimiento del parque automotor (mano de obra).

NOTA : en el evento que se maneje contratos integrales entendidos éstos como el suministro de repuestos y mano de obra, el contrato debe financiarse con cargo a este rubro y al rubro de Repuestos y Herramientas Automóviles, en la

NOTA : en el evento que se maneje contratos integrales entendidos éstos como el suministro de repuestos y mano de obra, el contrato debe financiarse con cargo a este rubro y al rubro de Repuestos y Herramientas Automóviles, en la proporción que participe cada uno, dentro del valor total del contrato. - Expedición del certificado de gases, certificado del medio ambiente y certificación tecno mecánica. Los costos de conversión del sistema de combustible del parque automotor, previo concepto técnico de la autoridad competente en dicho tema. - Otros mantenimientos menores que no se encuentren contemplados dentro de Mantenimiento Parque Automotor y Mantenimiento Equipos de Oficina, tales como: recarga de extintores, pago de gastos de administración de los inmuebles de propiedad o en uso del ICBF.

Subordinal 2.0.4.6.7 Transporte Contratación de vehículos para el desplazamiento de los servidores públicos dentro del perímetro urbano, en casos estrictamente necesarios. Transporte colectivo de los servidores públicos vinculados al ICBF.Subordinal 2.0.4.7.6

Otros Gastos por Impresos y Publicaciones Este tema contempla el pago de: Fotocopias : Cubre el costo de las reproducciones o duplicados de los documentos que requiera el ICBF para el cumplimiento de su misión.

Publicaciones: Son los gastos que conlleva la publicación en prensa de avisos emplazatorios, edictos, publicación en directorios de circulación regional y nacional, entre otros.

Otros Gastos por Impresos y Publicaciones: gastos por empastes, edición de formas, escritos, autenticaciones, sellos.

ORDINAL 2.0.4.8

SERVICIOS PÚBLICOS: Erogaciones por concepto de servicios de acueducto, alcantarillado, gas natural, recolección de basuras, energía,

sellos.

ORDINAL 2.0.4.8

SERVICIOS PÚBLICOS: Erogaciones por concepto de servicios de acueducto, alcantarillado, gas natural, recolección de basuras, energía, telefonía pública conmutada, telefonía móvil celular, sistemas trocalizados, telefonía satelital, servicios al valor agregado y demás servicios públicos domiciliarios.

La ejecución de los recursos asignados a servicios públicos debe mantener control y seguimiento de los consumos en unidades de medida en cada caso.

NOTA : En el evento en que en el inmueble tomado en arriendo, los servicios sean compartidos, se le reconocerá al arrendador la partida correspondiente al ponderado del consumo mediante factura de cobro.

Subordinal 2.0.4.8.7 Otros Servicios Públicos: Pago de servicio de teléfono fijo de las diferentes dependencias donde el ICBF presta su servicio En desarrollo de las políticas de austeridad, se mantiene la prohibición de llamadas telefónicas de larga distancia con fines personales, en caso necesario el usuario deberá reembolsar su costo al ICBF (Decretos No. 126 de 1996, 1737 y 2209 de 1998, entre otras normas). ORDINAL 2.0.4.9. SEGUROS: Corresponde al costo previsto en los contratos o pólizas para amparar los bienes muebles e inmuebles de propiedad del ICBF. La administración deberá adoptar las medidas que estime necesarias para garantizar que en caso de siniestro se reconozca la indemnización pertinente. Este ítem incluye las pólizas que amparan los riesgos profesionales a

empleados de manejo, ordenadores y cuentadantes, cuyo valor debe ser proporcional a la responsabilidad de su manejo. La responsabilidad de la Aseguradora es indemnizar cualquier siniestro que se encuentre amparado bajo las coberturas de las pólizas contratadas, pagando, reparando o reponiendo el o los elementos afectados. Seguro Parque Automotor Gastos que tenga la Entidad por la contratación de la póliza de automóviles y por las inclusiones a que haya lugar, de los vehículos de propiedad del ICBF o por los que sea o llegare a ser legalmente responsable. Otros Seguros Pagos de prima que realice el ICBF por contratar otras pólizas que requiera para la adecuada protección de los bienes e intereses patrimoniales y por los cuales sea o llegare a ser legalmente responsables, además por las inclusiones a que haya lugar durante la vigencia de las pólizas.

ORDINAL 2.0.4.10

. ARRENDAMIENTOS: Arrendamiento Bienes Muebles Gastos por el alquiler de muebles y enseres que se requieren para el uso y apoyo de las funciones institucionales. - Arrendamiento Maquinaria y Equipos Gastos por el alquiler de máquinas fotocopiadoras para cubrir las necesidades del ICBF, equipos de cómputo, plantas eléctricas, entre otros. - Otros ArrendamientosGastos por el alquiler de elementos y herramientas que requiera la entidad para el desarrollo y apoyo de las funciones institucionales, y que no estén involucrados dentro del arriendo de muebles o maquinaria y equipo.

Arrendamiento Bienes Inmuebles Gastos de rentar inmuebles para el desarrollo y apoyo de las funciones institucionales, este rubro incluye los costos de alquiler de los inmuebles para ubicar los archivos centrales de la Entidad, lo anterior teniendo en cuenta lo contemplado en la Guía de Gestión de Bienes del ICBF.

Garajes: Gastos por alquiler de locales destinados a guardar el parque automotor de propiedad del ICBF.

ARTÍCULO SEGUNDO. Ajustar la Ficha No. I-02 correspondiente al identificador presupuestal 123-300-1-1 de los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2012 en el ítem Clasificador del Gasto de la modalidad 2 Remodelación, Adecuación y Mantenimiento, en lo referente a Gastos Generales, e igualmente el ítem de Lineamiento Técnico en lo correspondiente a la misma modalidad, e Indicadores de Seguimiento y Evaluación, los cuales quedarán así: Proyecto 123-300-1 CONSTRUCCIÓN, REMODELACIÓN, MANTENIMIENTO, DOTACIÓN DE SEDES ADMINISTRATIVAS

REGIONALES, CENTROS ZONALES Y UNIDADES DE SERVICIO

Subproyecto 1 INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA FÍSICA

Modalidad 2 REMODELACIÓN, ADECUACIÓN Y MANTENIMIENTO

Clasificador del Gasto Gastos Generales - Pago de trámites, impuestos, planos y demás documentos inherentes a la consecución de licencias de construcción en el caso que se esté incluyendo dentro del presupuesto de obra.

  • Impresos y publicaciones: copias heliográficas, impresión de planos, adquisición planos catastrales, adquisición de publicaciones que incluyan listados de precios como Construdata y desarrollo de filmes fotográficos. - Mantenimiento de los inmuebles propios donde funcionan las Sedes Administrativas, Regionales, Centros Zonales, Unidades Locales y Unidades de Servicio, se hará así (i) arreglo de cubiertas y goteras; (ii) revisión de las instalaciones hidrosanitarias, eléctricas; (iii) zonas afectadas por humedades; (iv) adquisición de elementos de ferretería destinados a la preservación del inmueble; (v) pinturas; (vi) mantenimiento de ascensores, tanques, motobombas, limpieza de canales, plantas telefónicas. - Mantenimiento integral de prados y jardines, fumigación general del inmueble (tanto para bienes de propiedad del ICBF como para bienes tomados en arrendamiento). - Cableado estructurado (tanto para bienes de propiedad del ICBF como para bienes tomados en arrendamiento). - Se atenderá lo correspondiente a la instalación y adecuación de suministro de servicios públicos.

Lineamiento Técnico: Priorización de la inversión de los recursos por remodelaciones y adecuaciones y mantenimiento de los inmuebles propios, donde funcionan las Sedes Administrativas, Regionales, Centros Zonales, Unidades Locales y Unidades de Servicio, se hará así (i) arreglo de cubiertas y goteras; (ii) revisión de las instalaciones hidrosanitarias, eléctricas; (iii)

zonas afectadas por humedades; (iv) adquisición de elementos de ferretería destinados a la preservación del inmueble; (v) pinturas; (vi) mantenimiento de ascensores, tanques, motobombas, limpieza de canales, plantas telefónicas. Igualmente el mantenimiento integral de prados y jardines; fumigación general del inmueble; y cableado estructurado (tanto para bienes de propiedad del ICBF como para bienes tomados en arrendamiento) Se atenderá lo correspondiente a la instalación y adecuación de suministro de servicios públicos. Indicadores de Seguimiento y Evaluación: Pendientes de definir en el Tablero de Control 2012. ARTÍCULO TERCERO. Ajustar la ficha No. I-25 correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-1 de los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2012 en los ítems Clasificador delGasto del Subproyecto 2 Soporte a la Gestión del Proyecto especificando lo referente a Viáticos y Gastos de Viaje, e Indicadores de Seguimiento y Evaluación, los cuales quedarán de la siguiente manera: Proyecto 320-1504-1 APLICACIÓN DE LA PROMOCIÓN V FOMENTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CULTURA DE

LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA

Subproyecto 2 SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO Clasificador del Gasto: Viáticos y Gastos de Viaje: Pago de viáticos y gastos de viaje para servidores públicos y contratistas que deben

desplazarse a nivel nacional con el fin de realizar labores propias del proyecto. Indicadores de Seguimiento y Evaluación: Pendientes de definir en el Tablero de Control 2012. ARTÍCULO CUARTO. Ajustar la ficha No. I-27 correspondiente al identificador presupuestal 320-1504-2-1-3 de los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2012 en los ítems Objetivo, Población Objetivo, Acciones, Costo e Indicadores de Seguimiento y Evaluación, los cuales quedarán de la siguiente manera: Proyecto 320-1504-2 ASISTENCIA A LA NIÑEZ Y APOYO A LA FAMILIA PARA POSIBILITAR A LOS NIÑOS EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS - ATENCIÓN A LA POBLACIÓN DESPLAZADA (APD) A NIVEL NACIONAL Subproyecto 1 APOYO FORMATIVO A LA FAMILIA PARA SER GARANTE DE DERECHOS - DESPLAZADOS Modalidad 3 UNIDADES DE INTEGRACIÓN FAMILIAR Objetivo General: Brindar atención integral diferencial a familias victimas del desplazamiento con mujeres gestantes y madres lactantes y a niños y niñas menores de cuatro años y once meses de edad, con el fin de promover su desarrollo integral y propiciar el goce efectivo de sus derechos.

Objetivo Específico: - Atender a las madres gestantes y lactantes en concordancia con las acciones señaladas en el lineamiento del programa Familia, Mujer e Infancia. - Brindar atención a los niños y niñas menores de cuatro años y once meses de edad, de las familias víctimas del

desplazamiento forzado, en servicios de atención integral a primera infancia. - Realizar acciones tendientes a la vinculación de las familias beneficiarías de la modalidad con otros programas y estrategias tales como Familia con Bienestar y Red Unidos. - Desarrollar acciones de apoyo psicosocial para prevenir la violencia intrafamiliar y promover la convivencia pacífica. - Coordinar con entidades territoriales acciones que contribuyan a preservar la salud, la atención médica prioritaria y la nutrición adecuada. - Promover y desarrollar acciones para hacer partícipes a los niños, niñas y sus familias en las decisiones que les competen y les afectan. - Concertar con las instituciones del Sistema Nacional de Atención y Reparación de las Víctimas - SNARIV en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar -SNBF, acciones que garanticen la racionalización y optimización de recursos para el efectivo desarrollo de la modalidad. - Contribuir a la pervivencia física y cultural de las comunidades de grupos étnicos afectadas por el desplazamiento forzado.

Población Objetivo: - Mujeres gestantes y madres en periodo de lactancia. Esta población será priorizada con base en los siguientes criterios: (a) Mujeres adolescentes, (b) Mujeres cabeza de Hogar, (c) Familias que residan en el sector en donde opera la Unidad de Integración Familiar.- Niños y niñas menores de cuatro años y once meses de edad priorizados según los siguientes criterios: (a) Hijo(a) de madre gestante o lactante usuaria de la Unidad de Integración Familiar, (b) Familias que residan en el sector en donde opera la Unidad de Integración Familiar.

Focalización: - Del sector: Las Unidades de Integración Familiar se implementarán en sectores de asentamientos de población desplazada, o en donde se estén dando procesos de retorno.

opera la Unidad de Integración Familiar.

Focalización: - Del sector: Las Unidades de Integración Familiar se implementarán en sectores de asentamientos de población desplazada, o en donde se estén dando procesos de retorno. - De la población por atender: Serán beneficiarios de la modalidad los niños, niñas y adolescentes y su grupo familiar victimas del desplazamiento forzado (verificados en el Registro Único de Victimas, administrada por la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas o base de datos del Auto 251 del 2008) en el siguiente orden de prioridad: (i) Niños y niñas menores de cuatro años y once meses, adolescentes gestantes o en periodo de lactancia, y su grupo familiar, (ii) Mujeres gestantes o madres en periodo de lactancia y su grupo familiar.

Acciones: Componentes de atención integral: Nutrición, salud, educación y desarrollo, y protección.

Días de Atención: 7 Días a la semana.

Operación de la Modalidad para los Niños y Niñas de cero a cuatro años y once meses de edad (24 Niños / unidad de servicio): Los niños y niñas beneficiarios de la modalidad Unidades de Integración Familiar serán reubicados/ubicados en Hogares Comunitarios de Bienestar Agrupados, Múltiples o Jardines Sociales u Hogares Infantiles, más cercanos a los asentamientos, con el fin de cualificar su atención integral. Se suministrará a los Hogares el listado de niños y niñas con el propósito de garantizar sus cupos. Si en la zona donde vive el niño existe una infraestructura construida para la atención a la primera infancia, los niños

serán atendidos directamente en ésta. Si el niño vive en una zona de alto riesgo o retirado del hogar donde va a ser atendido, se debe garantizar el transporte de ida y de regreso. La modalidad contempla un complemento alimentario adicional (fines de semana) al suministrado por el Hogar Comunitario de Bienestar Agrupado. Múltiple o Jardín Social u Hogar Infantil. Operación de la Modalidad para Madres Gestantes y Lactantes (12 Madres / unidad de servicio): Serán atendidas en las Unidades de Integración Familiar por un profesional, por medio de las acciones contempladas en el programa Familia, Mujer e Infancia. Lo anterior con el objetivo de apoyar a las mujeres gestantes y madres lactantes en la cualificación de: - Relaciones intrafamiliares. - Fortalecimiento de vínculos afectivos y de redes familiares, sociales, comunitarias e institucionales. - Prácticas de socialización, o Derechos y deberes. - Resolución pacífica de conflictos. - Desarrollo evolutivo de los niños, niñas y adolescentes. Las Unidades de Integración Familiar se ubicarán en las instalaciones comunitarias presentes en los sectores de asentamientos (iglesia, instituciones educativas, salones comunales, etc.), para lo cual, el operador, conjuntamente con la Dirección Regional y Centro Zonal, adelantará las gestiones respectivas. De no ser posible la consecución, se autorizará un rubro para el arrendamiento de dichas instalaciones, previa justificación enviada por la Dirección Regional ICBF a la Subdirección de Familia. Cada Unidad de Integración Familiar contará con un profesional del área de psicología, trabajo social o pedagogía,

quien será el encargado de brindar apoyo y orientación a las familias. La modalidad contempla un complemento alimentario para las madres gestantes y lactantes.Operación de la Modalidad con la Familia: Realizar acciones tendientes a la vinculación de las familias beneficiarias de la modalidad con otros programas y estrategias tales como Vivienda con Bienestar y Red Unidos. Construir línea de base de la modalidad, por medio de la aplicación de los instrumentos desarrollados por la Subdirección de Familia para su seguimiento (Ficha de Caracterización Socio Familiar). Seguimiento a la red familiar (niños(as), madres gestantes y lactantes y otros miembros de la familia), por parte del profesional. Desarrollo de acciones oportunas por medio de la articulación, coordinación y concertación con las entidades que conforman el SNAIPD para garantizar los derechos de las familias.

Costo:

COMPONENTE

ITEM Costo por Unidad al Mes Costo por beneficiario Mes Costo por Unidad (11 meses) Costo por beneficiario (11 meses) Cuidado Arrendamiento de espacio donde opera la unidad $  371.315 $ 10.314 $ 4.084 . 465 $ 113.454 Dotación inicial $ 111.591 $   3.100 $ 1.227.501 $   34.100 Material de aseo $   22.163 $      616 $    243.793 $   6.776 Subtotal $  505.069 $ 14.030 $ 5.555.769 $  154.330 Educación Material Didáctico Duradero $    12.920 $      359 $   142.120 $ 3.949 Material de Consumo $    58.639 $   1.629 $ 645.029 $  17.919

Educación Material Didáctico Duradero $    12.920 $      359 $   142.120 $ 3.949 Material de Consumo $    58.639 $   1.629 $ 645.029 $  17.919 Componente de Desarrollo Cognitivo Psicólogo Trabajador Social o Pedagogo $ 2 .634.686 $ 70.405 $ 27.880.446 $  774.455 Subtotal Educación y TH $ 2.606.145 $   72.393 $  28.667.595 $   796.323 Componente Nutricional Complemento alimentario madres gestantes y en de lactancia $    587.488 $   48.957 $ 6.462.368 $    538.527 Complemento alimentario para los niños/niñas para los fines de semana $  266.084 $    11 087 $ 2.926.924 $   121 957 Subtotal S 853.572 $   60.044 $  9.389.292 $   660.484 Transporte Transporte de los niños de su hogar al HCB y de este a su HOGAR - -

  • - Transporte profesionales de apoyo

$   213.377 $    5.941 $ 2.352.647 $     65 351 Subtotal $  213.877 $   5.941 $   2.352.647 $     65.351

TOTALES

$   4.178.663 Costo beneficiario para Mujeres gestantes madres lactantes $141.321 $ 45.965.293 Costo beneficiario para Mujeres g

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