ICBF - Resolución 1074 de 2013
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 1074 de 2013
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2013
RESOLUCIÓN 1074 DE 2013
(febrero 25) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF “Por la cual se suprime el esquema para el control de la gestión del ICBF, y se deroga una resolución". EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 987 de 2012 y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones. Que mediante Resolución No. 2977 de 2011, se incorporó al Sistema Integrado de Gestión el esquema para el control de gestión del ICBF, teniendo en cuenta las fuentes de información de los puntos de control de los procesos, los responsables de la consolidación, el análisis de la información, la toma de decisiones y el seguimiento a los controles. Que para dar cumplimiento a las Leyes 87 de 1993 y 872 de 2003 y a los Decretos Reglamentarios Nos. 4110 de 2004, “Por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública”, y 1599
de 2005, “Por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano”, expedidos por el Gobierno Nacional, el ICBF implemento un Sistema de Gestión de la Calidad orientado a mejorar la prestación de los servicios a la ciudadanía. Que mediante el Decreto No. 4155 de 2011 y de conformidad con lo establecido en el inciso 2o del artículo 170 de la Ley 1448 de 2011, se transformó el establecimiento público Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social) en Departamento Administrativo, el cual se denominará Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, como organismo principal de la administración pública del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación. Que mediante Decreto No. 4156 de 2011, se determinó la adscripción del ICBF al Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialDPS. Que el ICBF definió y aprobó en Consejo Directivo del 23 de febrero de 2012 mediante Acta No.83 el nuevo Mapa Estratégico Institucional, en el cual se estableció la siguiente meta: “Lograr una organización apreciada por los colombianos que aprende orientada a resultados”, para la cual se definió el proyecto estratégico: Sistema de Gestión Integral, del Conocimiento y la Innovación. Que para desarrollar el proyecto estratégico Sistema de Gestión Integral, del Conocimiento y la Innovación, el ICBF, ha definido la Estrategia Permanente de Innovación y Cambio Organizacional - EPICO, en la cual se viene implementando un Sistema Integrado de Gestión conformado por los siguientes ejes: (i) Calidad, bajo las normas NTCGP1000:2009 y
NTCIS09001:2008; (ii) Ambiental, bajo la norma NTCISO 14001: 2004; (iii) Seguridad de la Información, bajo la norma ISO/IEC 27001:2005 y, (iv) Seguridad y Salud Ocupacional bajo la norma OHSAS 18001: 2007; así como un componente de innovación y racionalización de procedimientos, con el fin de convertir al ICBF en una entidad moderna y eficiente apreciada por los Colombianos. Que mediante Decreto No. 987 de 2012, “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras" y se determinan las funciones de sus dependencias”, se estableció en su artículo 3 o como función de la Oficina de Control Interno, entre otras, la siguiente: “Fomentar en conjunto con la Oficina de Aseguramiento a la Calidad y con la Subdirección de Mejoramiento Organizacional, en todos los niveles y Dependencias del Instituto, la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo de los procesos y productos en el cumplimiento de la misión institucional”. Que el Decreto No. 987 de 2012, estableció en su artículo 20 como función de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional: “Proponer, implementar, mejorar y monitorear el Sistema Integrado de Gestión de acuerdo con las políticas del sector y el Direccionamiento Estratégico de la Entidad". Que mediante Resolución No. 3042 de 2012, “Por la cual se aprueba el Manual del Sistema Integrado de Gestiónversión 7.0 y se adoptan los Macroprocesos y Procesos del ICBF y se derogan unas resoluciones, se establecen los
Macroprocesos de Direccionamiento Estratégico y Mejoramiento Continuo, los cuales contienen: (i) los procedimientos de revisión por la Dirección del Sistema Integrado de Gestión, (ii) las Acciones Correctivas y Preventivas; que a su vez recogen las fuentes de información y las acciones de seguimiento y control definidas en la Resolución No. 2977 de Julio 8 de 2011. Que la Resolución No 3042 de 2012, estableció en su artículo 1 parágrafo 2, Las modificaciones al Manual serán aprobadas por el representante del Sistema Integrado de Gestión, previa revisión de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional de la Dirección de Planeación y Control de Gestión. Que mediante la solicitud de elaboración, modificación o anulación de documentos realizada el día 27 de Noviembre de 2012 por el Representante del Sistema Integrado de Gestión, se efectuó el cambio de versión del Manual del Sistema Integrado de Gestión a la versión 8.0, la cual a su vez, fue modificada y cambiada el 18 de enero de 2013 a la versión 9.0; mediante dicho manual se establece la Revisión por la Dirección General al Sistema Integrado de Gestión como el espacio para la evaluación de las oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en dicho Sistema. De igual manera, establece que la información para realizar dicho ejercicio es la que suministran los respectivos dueños de cada Macroproceso y proceso. Por otro lado, en el Procedimiento de Revisión por la Dirección del Sistema Integrado de Gestión, se definen entre otras, las siguientes entradas: Resultados de las auditorías internas al Sistema Integrado de
Gestión, retroalimentación del cliente, resultados de las quejas, peticiones y reclamos, así como de las encuestas de satisfacción aplicadas por el ICBF, conformidad del servicio y estado de las Acciones Correctivas y Preventivas. Que por lo anterior, se hace necesario suprimir el Esquema para el Control de la Gestión del ICBF, teniendo en cuenta que: (i) con la creación de la Estrategia Permanente de Innovación y Cambio Organizacional - EPICO se implementó el Sistema Integrado de Gestión en el cual se incluye un componente de innovación y racionalización de procedimientos, (ii) con la restructuración del ICBF, las actividades desplegadas en su momento por el Esquema para el Control de la Gestión del Instituto, serán desarrolladas de manera conjunta por las Oficinas de Control Interno, Aseguramiento a la Calidad y la Subdirección de Mejoramiento Organizacional y, (iii) con el Manual del Sistema Integrado de Gestión versión 9.0 aprobado conforme al artículo 1 o parágrafo 2o de la Resolución No. 3042 de 2012, se establecieron los Macroprocesos de Direccionamiento Estratégico y Mejoramiento Continuo. Que en mérito de lo anterior, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Suprimir el Esquema para el Control de Gestión del ICBF, del Sistema Integrado de Gestión, de acuerdo a lo ya expuesto. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución No. 2977 de 2011 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D C a los 25 FEB. 2013
DIEGO ANDRES MOLANO APONTE
Director General
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D C a los 25 FEB. 2013
DIEGO ANDRES MOLANO APONTE
Director General
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)