ICBF - Resolución 1090 de 2015
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 1090 de 2015
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2015
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Índice RESOLUCIÓN 1090 DE 2015
(marzo 9) Diario Oficial No. 49.456 de 17 de marzo de 2015
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS DIRECCIÓN GENERAL <NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Por la cual se modifica el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”. Resumen de Notas de Vigencia LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 28 de la Ley 7ª de 1979 y 78 de la Ley 489 de 1998, y la Ley 1098 de 2006, y
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que el artículo 44 de la Constitución Política señala como derechos fundamentales de los niños, la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado, el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión, así como los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.
Que el Código de Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, establece en su artículo 11, parágrafo único, que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75/68 y Ley 7ª/79) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y para asegurar su restablecimiento. Que de conformidad con los numerales 2 y 6 del artículo 31 del decreto 987 de 2012, corresponde a la Dirección de Niñez y Adolescencia del ICBF definir los lineamientos que se deben seguir a nivel nacional y regional para llevar a cabo la detección de necesidades asociadas a la niñez y adolescencia en los programas del Instituto, dentro del marco de las normas vigentes y las políticas del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación y definir los lineamientos y políticas generales que deben ser tenidos en cuenta en la implementación de los programas y proyectos de niñez y adolescencia.
Que en cumplimiento de lo anteriormente expuesto, el ICBF mediante la resolución número 9222 del 5 de noviembre de 2013, aprobó el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”, con el cual se adelanta la selección de los operadores y se ejecuta el programa. Que con el propósito de garantizar un mayor grado de eficiencia y eficacia en la prestación de servicios a cargo del ICBF, para la vigencia 2015, se hace necesario modificar el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”, con el fin de: (i) Definir la atención para los niños, niñas y adolescentes identificados como víctimas del conflicto en cada una de sus modalidades de atención, así: Generaciones Tradicionales con Bienestar para población víctima, Generaciones Rurales con Bienestar para población víctima, Generaciones Étnicas con Bienestar para población víctima. (ii) Facilitar la articulación con otros programas y sectores para la atención integral de la niñez, la adolescencia y el fortalecimiento de la corresponsabilidad de las familias, aumentando los criterios de focalización de la población, específicamente con programas de Primera Infancia, del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y de Familia y Comunidades. (iii) Ajustar la metodología del Programa, pasando de la pedagogía experiencial a una propuesta metodológica más flexible, que responda a los intereses de los niños, niñas y adolescentes y que facilite el desarrollo de actividades más prácticas desde donde se aborden los conceptos formativos para la promoción de derechos y la
prevención de vulnerabilidades para la protección integral, evitando el desarrollo de cátedras magistrales que generan poco interés en los participantes. (iv) Incluir en el modelo operativo, una etapa de planeación en la cual en conjunto con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y las Regionales, se adelanten acciones de gestión interinstitucional con las diferentes autoridades locales con el fin de lograr acuerdos y compromisos que permitan encontrar alternativas y disponer de los sitios y lugares idóneos para la realización de los encuentros vivenciales. (v) Facilitar la vinculación de la comunidad al desarrollo del programa y flexibilizar los perfiles requeridos para su ejecución. (vi) Actualizar el componente alimentario, dadas las características socioeconómicas de las familias vinculadas al Programa de Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar”. (vii) Flexibilizar el modelo operativo de la prestación del servicio del programa con el fin de fortalecer el proceso de articulación y gestión interinstitucional, el cual podrá ser adaptado a estrategias acordadas con diferentes entidades públicas o privadas, siempre que se garantice el desarrollo de cada uno de los componentes del programa y condiciones de atención. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Adicionar los literales e), f), g), h), al numeral 2.1.2 “Criterios de focalización de la población”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así: 2.1.2. Criterios de focalización de la población
El programa tiene como población titular a los niños, niñas y adolescentes entre los 6 y menores de 18 años, que se encuentran en alguna de las siguientes condiciones, descritas sin orden de prioridad: a) Niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado. b) Niños, niñas y adolescentes pertenecientes a familias en situación de pobreza (identificados por los puntos de corte establecidos por el ICBF en la metodología Sisbén III) o pobreza extrema de la Red Unidos, y/o pertenecientes al Programa Más Familias en Acción. c) Niños, niñas y adolescentes que se encuentren en un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos-PARD, excepto aquellos niños, niñas y adolescentes que presentan las problemáticas concomitantes como discapacidad severa, violencia sexual, consumo de sustancias psicoactivas o que han sido desvinculados de algún grupo armado ilegal y se encuentran en las modalidades externado, intervención de apoyo y hogar sustituto. d) Niños, niñas y adolescentes que ya terminaron su Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD) y fueron reintegrados a sus familias. e) Niños y niñas mayores de 6 años que hayan participado en el año inmediatamente anterior en alguna de las modalidades de atención integral a la primera infancia, de la Dirección de Primera Infancia del ICBF. f) Niños, niñas y adolescentes que co-residen, o que hagan parte del núcleo familiar de adolescentes que estén cumpliendo su sanción en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. g) Niños, niñas y adolescentes cuyos padres o cuidadores hagan parte de los Programas de la Dirección de Familia y Comunidades del ICBF.
h) Niños, niñas y adolescentes que han participado en el Programa “Generaciones con Bienestar” en vigencias anteriores y son menores de 18 años. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Modificar el numeral 2.3 “Operación del Programa”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así: 2.3 Operación del Programa El Programa se ha desarrollado a partir de una perspectiva de derechos humanos, que reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos , y como [1] personas que ejercen sus derechos de manera responsable. Este reconocimiento conlleva a la participación de los niños, niñas y adolescentes en el diseño, puesta en marcha y seguimiento del programa, de tal manera que sus intereses, iniciativas, procesos en marcha y sus sueños, se constituyan en la columna vertebral de la acción de cada grupo de trabajo. Teniendo en cuenta que la normativa y los principios referentes para la atención de la niñez y la adolescencia consagran que se incluya una perspectiva diferencial para la promoción y garantía de los derechos, se definen tres formas de atención diferencial en modalidad víctima y no víctima, bajo la premisa de que cada una mantiene la característica principal de desarrollar espacios para el aprovechamiento del tiempo libre mediante la posibilidad de múltiples expresiones vocacionales. Para ello se define la atención de Generaciones con Bienestar para los niños, niñas y adolescentes identificados como víctimas del conflicto en cada una de sus modalidades de atención. Las tres modalidades de atención diferencial son las siguientes: -- Generaciones Tradicionales con Bienestar
-- Generaciones Tradicionales con Bienestar para población víctima. -- Generaciones Rurales con Bienestar -- Generaciones Rurales con Bienestar para población víctima. -- Generaciones Étnicas con Bienestar -- Generaciones Étnicas con Bienestar para población víctima La modalidad de atención tradicional se implementa principalmente en áreas urbanas y cabeceras municipales. En esta modalidad se desarrollan espacios que facilitan múltiples expresiones de tipo vocacional como actividades culturales, deportivas, artísticas, participativas o tecnológicas, o cualquier otra expresión de tipo vocacional identificada. La modalidad de atención rural tiene la finalidad de reconocer las particularidades y necesidades específicas de los niños, niñas y adolescentes que habitan en el sector rural, para de esta manera dar continuidad a las acciones desarrolladas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) garantizando un enfoque diferencial por ubicación geográfica. Se implementa en áreas rurales o de dispersión geográfica. La identificación de los intereses vocacionales, debe reconocer las particularidades del territorio, pero privilegiando la vocación agrícola y el fortalecimiento de las capacidades del autoconsumo y la soberanía alimentaria. La modalidad de atención étnica asume el enfoque diferencial en el diseño y aplicación de la política pública para la prevención y protección integral a la niñez, tomando como punto de partida las características particulares de la población indígena, afrocolombiana, raizal y Rom, que los diferencian del resto de los nacionales. La identificación de los intereses vocacionales, en consecuencia, debe reconocer los usos y costumbres de las comunidades en donde se implementa la forma de atención, que
se ejecuta por medio de los encuentros vivenciales. Estos encuentros son los espacios en los cuales se abordan los contenidos de cada componente y se realizan las actividades planteadas en la propuesta metodológica presentada por el socio estratégico, de acuerdo a la vocación de cada grupo y a los riesgos identificados en el territorio. Con el fin de fortalecer el proceso de articulación y gestión interinstitucional, se propone que el modelo operativo de Generaciones con Bienestar podrá ser adaptado a estrategias acordadas con diferentes entidades públicas o privadas, siempre que se garantice el desarrollo de cada uno de los componentes del programa y condiciones de atención. Para ello, como mínimo se debe cumplir con el número de horas de encuentros vivenciales programado por mes, respondiendo a un cronograma aprobado por el ICBF y donde las estrategias y actividades propuestas permitan evidenciar el abordaje de las problemáticas identificadas en el territorio y el logro de los objetivos del programa. Metodología Recuperando las observaciones y propuestas de las regionales del ICBF y a partir de los resultados de las visitas de seguimiento, monitoreo y control, se propone el paso de la pedagogía experiencial a la presentación de una propuesta metodológica más flexible, que responda a los intereses de los niños, niñas y adolescentes y que facilite el desarrollo de actividades más prácticas, donde se aborden los conceptos formativos para la promoción de derechos y la prevención de vulnerabilidades, evitando el desarrollo de cátedras magistrales que generan poco interés en los participantes. Esta propuesta metodológica debe cumplir con las siguientes condiciones: -- La expresión de tipo vocacional seleccionada por el socio estratégico como escenarios para el desarrollo de actividades culturales, deportivas, artísticas, participativas,
tecnológicas o cualquier otra expresión vocacional identificada, con el fin de fortalecer los procesos de empoderamiento y desarrollo de competencias ciudadanas, considerando las condiciones socioculturales, étnicas, de género, de procedencia geográfica y del ciclo vital (desarrollo cognitivo y emocional) y discapacidad de los y las participantes y sus familias. -- Los contenidos de cada componente con tiempos establecidos. -- El desarrollo de cada encuentro vivencial con las actividades planteadas de acuerdo a la vocación de cada grupo, a los riesgos identificados y las problemáticas que afectan el territorio y a los niños, niñas y adolescentes con el fin de fortalecer la prevención frente a estas amenazas y vulneraciones. La propuesta metodológica, debe ser construida a partir de la identificación de las problemáticas que afectan a la niñez en el territorio y sus intereses, de manera que se haga énfasis en el aprovechamiento del tiempo libre y el desarrollo de actividades de tipo vocacional. Estas actividades surgen de la participación e interacción de los propios niños, niñas y adolescentes, orientándose al objetivo de promoción de derechos y prevención de vulnerabilidades, a partir del desarrollo de espacios de formación, de habilidades y competencias para su proyecto de vida, a través de múltiples expresiones de tipo vocacional, como por ejemplo escenarios culturales, deportivos, artísticos, participativos, o tecnológicos entre otros. Se propende por una metodología flexible de acuerdo a los intereses de los niños, niñas y adolescentes, que favorezca el desarrollo de actividades prácticas desde donde se
aborden los conceptos formativos para la promoción de derechos y la prevención de vulnerabilidades. El programa se desarrolla mediante la implementación de los siguientes tres componentes: (…) Ir al inicio ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Eliminar el Anexo No. 1. “Pedagogía vivencial” del Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la protección integral de niños, niñas y adolescentes “Generaciones con Bienestar”. Ir al inicio ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Adicionar al módulo 4, del numeral 2.3.1. “Componente 1: Formación y Participación” del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, con el texto que se describe a continuación: “…Sobre el ejercicio de Participación, se incluye la estrategia que busca la participación significativa, apuntando a la meta de la creación de las mesas municipales y departamentales de participación de los niños, niñas y adolescentes en cada uno de estos entes territoriales, el fomento de la participación y el ejercicio del control social en el desarrollo del mismo programa “Generaciones con Bienestar”. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entiende el derecho a la participación como la oportunidad que tienen los ciudadanos de influir en la construcción y transformación del bienestar individual y colectivo. La garantía de este derecho permite, de manera individual y colectiva, a niños, niñas y adolescentes sentirse parte de una sociedad que los respeta, escucha y se interesa por ellos, entendiendo su obligación de manera corresponsable por su bienestar y protección, y de manera colectiva, el Estado al comprometerse con políticas públicas
territoriales que incorporan en todo su ciclo la participación significativa. De este modo, el Estado debe de manera continua revisar, evaluar y ajustar los mecanismos e instrumentos que promuevan y garanticen la participación de todos los ciudadanos, particularmente la de niños, niñas y adolescentes. En este sentido y teniendo en cuenta que la promoción y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es un imperativo de todos en el marco de la corresponsabilidad, el Programa Generaciones con Bienestar en articulación y apoyo con otros agentes del SNBF debe generar espacios donde el derecho a la participación permita que todos los actores sociales sean tenidos en cuenta en diferentes escenarios e instancias colectivas locales para fomentar, sugerir, visibilizar, cualificar y evaluar el Programa “Generaciones con Bienestar”. La Constitución Política y las leyes 850 de 2003 y 1098 de 2006 consagran el control social como una forma de participar en la construcción de la sociedad, ejerciendo el derecho a decidir lo que es conveniente o inconveniente para la comunidad. Para garantizar estas acciones, se implementará el control social en el Programa “Generaciones con Bienestar”, entendiendo el control social como: “Un derecho y un deber que tiene todo ciudadano para participar individual o colectivamente en la prevención, racionalización, evaluación y control de la gestión pública a partir del diálogo y la adecuada información, de tal manera que le permita discutir, proponer e incidir en la prestación de los servicios públicos suministrados por el Estado y los particulares, garantizando la gestión al servicio de la comunidad y la vigilancia de los recursos del Estado” (cartilla Rendición de cuentas: por una cultura y consolidación del proceso de rendición de cuentas en el ICBF, 2013).
Para la ejecución de estos ejercicios se promoverá la participación de los niños, niñas y adolescentes en los espacios definidos por la ley y de acuerdo a las orientaciones y lineamientos dados ICBF, tales como las mesas públicas para la promoción del control social, Mesas de Infancia, Adolescencia y Familia u otros espacios que faciliten el diálogo con los niños, niñas y adolescentes y la ciudadanía en general. Los ejercicios participativos de control social se realizarán con miembros de la comunidad definidos previamente en el marco del escenario existente en cada municipio y departamento, para lo cual el ICBF como ente coordinador y articulador del SNBF solicitará un espacio en la agenda de la sesión programada para incluir el tema al menos dos veces durante la vigencia del programa. Estos ejercicios deberán ser programados y desarrollados a través de acciones articuladas y esfuerzos conjuntos entre los referentes regionales de niñez y adolescencia, del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, y el operador que ejecuta el programa en el territorio. El ICBF y la entidad contratista, son corresponsables de la sensibilización, promoción, organización y capacitación de los usuarios en el programa y en la conformación de comités de control y vigilancia, y formarlos acerca de los objetivos, componentes y operacionalización del programa, con el fin de brindar elementos fundamentados para ejercer el control y la vigilancia. Los comités de control y vigilancia son organismos creados como mecanismo para ejercer el control social a los programas del ICBF y ejercerán específicamente la vigilancia de: -- La cobertura efectiva de los beneficiarios y su focalización. -- La calidad del servicio. -- La garantía de derechos de los niños y las niñas. -- Las condiciones definidas para la prestación del servicio.
Una vez sean conformados dichos comités, serán sus delegados quienes asistan, participen, presenten las recomendaciones y sugerencias y realicen seguimiento y evaluación para la cualificación del programa en los escenarios enunciados para tal fin. Ir al inicio ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Adicionar el numeral 2.4 “Modelo Operativo de la Prestación del Servicio”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así: 2.4. Modelo Operativo de la Prestación del Servicio: El promotor de derechos tendrá a cargo 100 niños, niñas y adolescentes, conformados en grupos de 25 participantes en la zona urbana, veredas y/o corregimientos. Las acciones de planeación, ejecución y evaluación de los encuentros vivenciales serán lideradas por el promotor de derechos, bajo la supervisión y aprobación del coordinador metodológico. Etapa de planeación. Con el fin de fortalecer el reconocimiento y presencia del programa en los territorios que opera, y facilitar el acompañamiento de los entes territoriales para el desarrollo de estrategias articuladas y la asignación de lugares en donde se desarrollen las actividades programadas en los encuentros vivenciales, se define una etapa de planeación en donde se articule con las regionales ICBF, entes territoriales y demás instituciones relacionadas en el desarrollo del programa y la protección integral de la niñez y la adolescencia, la focalización, ubicación de espacios para los encuentros vivenciales, articulación de oferta institucional, firma de
convenios, etc. Durante el desarrollo de esta etapa la Dirección de Niñez y Adolescencia y las Direcciones Regionales del ICBF, en apoyo con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, adelantarán acciones de gestión interinstitucional con las diferentes autoridades locales con el fin de lograr acuerdos y compromisos que permitan identificar estrategias de gestión articuladas y disponer de los sitios y lugares idóneos para la realización de los encuentros vivenciales. Se aplicarán en esta etapa los criterios de focalización territorial por parte de la Dirección de niñez y adolescencia, lo que implica la distribución presupuestal de acuerdo con población y recursos para la ejecución. La respectiva Dirección Regional realizará el ejercicio de identificar su población titular de niños, niñas y adolescentes participantes de acuerdo con los criterios de priorización, las bases de datos suministradas y la realidad del territorio, las necesidades y la existencia de fenómenos que ponen en riesgo los derechos fundamentales de la niñez y la adolescencia descritas en el presente documento, con el fin de garantizar una correcta focalización. Se sugiere realizar un mapa territorial identificando oportunidades y oferta de atención para la niñez y la adolescencia, que facilite identificar las oportunidades y la oferta de servicios, dando respuesta a las problemáticas identificadas. Para el cierre de esta etapa se debe realizar un comité con el supervisor del contrato, el equipo de apoyo y el socio estratégico, con el objetivo de socializar y hacer la entrega formal de los posibles lugares para la realización de los encuentros vivenciales y de la población titular, de manera que sea factible iniciar el proceso de vinculación. Ir al inicio ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Modificar el cuadro número 6, del numeral 2.5 “Recursos Requeridos para la
Operación del Programa” del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así: Cargo Estudios realizados Tiempo de Experiencia requerida Actividades experiencia COORDINADOR Profesional en Ciencias Sociales1 año Experiencia general en1. Brindar línea técnica para el desarrollo de los módulos a los METODOLÓGICOy/o Humanas Programas sociales, opromotores de derechos. 2. Coordinar la implementación de los experiencia específica enmódulos del programa, según los lineamientos técnicoprocesos de capacitación y/oadministrativos e instrucciones impartidas por la coordinación educación para niños, niñas ygeneral del Programa en el ICBF. 3. Liderar, supervisar, hacer adolescentes o formación deseguimiento y evaluación al proceso de formación impartida a los formadores. participantes 4. Participar en la elaboración de informes y entrega de productos requeridos de acuerdo a las obligaciones Capacidades y conocimientos encontractuales. 5. Apoyar la creación, dinamización y promoción de lúdica y/o, arte y/o deporte y/oredes virtuales y físicas. 6. Contar con disponibilidad de recreación. permanencia en las zonas priorizadas para la ejecución del programa. 7. Contar con disponibilidad de viajar a las diferentes zonas donde se ejecuta el Programa. 8. Atender las necesidades y eventualidades reportadas por los promotores de derechos de manera oportuna. 9. Generar los reportes que permitan observar la dinámica de las actividades y tomar las medidas de mejoramiento para el cumplimiento del objetivo del Programa. 10. Coordinar, supervisar y activar las rutas de gestión interinstitucional y social
para la garantía y el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes. 11. Asistir a todas las instancias convocadas por el ICBF. 12. Supervisar y garantizar que los promotores de derechos y los niños, niñas y adolescentes cuenten con todos los recursos establecidos en el lineamiento para la adecuada implementación de los encuentros vivenciales (chalecos, materiales, refrigerios, transporte, plan de comunicaciones, internet, etc.). PROMOTOR DEProfesional universitario 3 meses Experiencia como educadores,1. Desarrollar los encuentros vivenciales. 2. Realizar la búsqueda DERECHOS formadores y/o agentesactiva de los potenciales participantes del programa. 3. Registrar la educativos, o experiencia eninformación de los participantes en cada uno de los formatos actividades culturales, lúdicas,establecidos en los lineamientos técnico-administrativos, y deportivas, musicales y/oactualizar permanente esta información. 4. Contar con aquellas relacionadas condisponibilidad de permanencia en la zona donde opera el programas sociales,programa. 5. Gestionar, articular y activar la oferta principalmente la experienciainterinstitucional del territorio, para la garantía de los derechos de debe estar relacionada con niños,los niños, niñas y adolescentes. 6. Diligenciar los diferentes niñas y adolescentes. anexos establecidos en el Programa. 7. Activar las rutas de gestión interinstitucional y social para la garantía y el restablecimiento de La experiencia debe estarderechos de los niños, niñas y adolescentes. 8. Dinamizar las redes enfocada a un área o áreas que lefísicas y virtuales. 9. Asistir a todas las instancias convocadas por
permita al promotor de derechoel ICBF. 10. Hacer la entrega de refrigerios a cada uno de los fomentar en los encuentrosparticipantes de la modalidad en cada uno de los encuentros vocaciones para cada grupo. vivenciales. 11. Realizar la visita de seguimiento a los hogares de los niños, niñas y adolescentes que dejen de asistir a más de 4 encuentros vivenciales, antes de egresarlos del programa. Educación no formal enfocada en recreación, deporte,1 año música, danza, teatro, etc. Estudiantes de las áreas sociales, con mínimo 61 año semestres aprobados. Técnico de las áreas sociales y humanas. 1 año y medio Técnico de las áreas artísticas y gestión cultural Tecnólogo de las áreas sociales y humanas. 1 año Tecnólogo de las áreas artísticas y gestión cultural. Tecnólogo y técnico en cualquier área. 2 años Estudiante de Tecnología 2 años Bachiller normalista 3 años Bachiller 3 años Experiencia en trabajo con comunidades. Preferiblemente beneficiario de modalidades de atención de la Dirección de Familia y Comunidades del Bienestar Familiar. Principalmente la experiencia debe estar relacionada con niños, niñas y adolescentes. La experiencia debe estar enfocada a un área o áreas que le permita al promotor de derecho fomentar en los encuentros vocaciones para cada grupo. Ir al inicio ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Modificar el Capítulo 3 “Componente alimentario del programa” del
Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:
3. Componente alimentario del programa 3.1. Componente de alimentación y nutrición 3.1.1 Dadas las características socioeconómicas de las familias vinculadas al Programa Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar”, los niños, niñas y adolescentes deben recibir un (1) refrigerio en cada uno de los encuentros vivenciales a los que asistan, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos en la propuesta de refrigerio entregada por el operador al ICBF-Regional. Esta propuesta se debe realizar basándose en la minuta patrón establecida por la Dirección de Nutrición del ICBF y las siguientes condiciones: 3.2 Complementación alimentaria Servicio de alimentos. El lugar de producción de alimentos deberá dar cumplimiento a los requisitos mínimos de infraestructura (áreas, instalaciones sanitarias), equipo y menaje, recurso humano, transporte de alimentos, plan de saneamiento y conceptos sanitarios, definidos en la “Línea Técnica del Componente
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