ICBF - Resolución 1093 de 2011
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 1093 de 2011
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2011
RESOLUCIÓN 1093 DE 2011
(marzo 31) Diario Oficial No. 48.034 de 6 de abril de 2011 INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS Por la cual se asigna una Defensoría de Familia Especializada Piloto a la Subdirección de Adopciones de la Dirección General del ICBF. LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas en el Decreto 117 de 2010 y los artículos 78 de la Ley 489 de 1998 y 73 de la Ley 1098 de 2006, y CONSIDERANDO: Que los artículos 44 y 228 de la Constitución Política, establecen cuáles son los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, y la prevalencia del derecho sustancial. Que el Código de la Infancia y la Adolescencia –Ley 1098 de 2006– no solo consagra y regula la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, sino que radica en cabeza del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente rector, coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y autoridad central en materia de adopción, la facultad para diseñar y adoptar Lineamientos Técnicos que como Autoridad debe desarrollar para garantizar los derechos de la población anotada. Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir
con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas a cargo de la Dirección del Instituto, este podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo y que, en el acto de creación determinará las tareas que deberán cumplir, así como las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento. Que el artículo 37 del Decreto 117 de 2010, por el cual se aprueba la estructura del Instituto y se determinan las funciones de sus dependencias; dispone que el Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras, podrá crear, organizar y conformar, con carácter permanente o transitorio, mediante resolución interna, los grupos funcionales que se requieran para optimizar el funcionamiento del Instituto. Que el artículo 28 del Decreto 117 de 2010, establece que la Subdirección de Adopciones, deberá adelantar las acciones tendientes a la búsqueda de alternativas para los niños, niñas y adolescentes con declaración de adoptabilidad, a quienes por su condición especial no sea posible restituir su derecho a pertenecer a una familia a través de la adopción. Que el Lineamiento Técnico Administrativo del Programa de Adopciones aprobado mediante Resolución número 3748 del 6 de septiembre de 2010, establece que son características o condiciones especiales de los niños, niñas y adolescentes: (i) tener tres (3) o más hermanos; (ii) tener dos (2) hermanos, uno de ellos con más de 8 años; (iii) tener más de 8 años sin discapacidad ni enfermedad; (iv) tener discapacidad física o mental; (v) tener enfermedad
permanente (VIH, Cardiológicas, Renales, entre otras). Que se hace necesario asignar una Defensoría Especializada Piloto, a la Subdirección de Adopciones de la Dirección General, para que en cumplimiento de las funciones previstas en la ley, y conforme a los lineamientos técnicos administrativos de los programas, adelante las acciones necesarias para garantizar a los niños, niñas y adolescentes del ICBF Regional Bogotá con declaración de adoptabilidad de características y condiciones especiales el derecho fundamental a pertenecer a una familia. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. OBJETO. Asignar una Defensoría de Familia Especializada Piloto a la Subdirección de Adopciones de la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a efecto de que dentro del concepto de la protección integral, adelante las acciones necesarias en orden a garantizar el derecho fundamental a pertenecer a una familia a los niños, niñas y adolescentes con declaración de adoptabilidad y condiciones especiales, a través del programa“Búsqueda de referente afectivo”. ARTÍCULO 2o. COMPETENCIA. La Defensoría de Familia Especializada Piloto de la Subdirección de Adopciones, tendrá competencia para conocer de los asuntos relacionados con el restablecimiento de derecho de los niños, niñas y adolescentes con declaración de adoptabilidad y de las condiciones indicadas especiales del ICBF Regional Bogotá a través del programa “Búsqueda de referente afectivo”. ARTÍCULO 3o. FUNCIONES. La Defensoría de Familia Especializada Piloto, cumplirá en favor de los niños, niñas y
adolescentes con declaración de adoptabilidad y condiciones especiales las funciones previstas en la ley, en la presente resolución, en los lineamientos técnico-administrativos y en el instructivo que hace parte integral de esta resolución en dos (2) folios. ARTÍCULO 4o. INTEGRACIÓN. La Defensoría de Familia Especializada Piloto asignada en la Subdirección de Adopciones de la Dirección General, estará integrada conforme lo señala la Ley 1098 de 2006. ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C, a 31 de marzo de 2011. La Directora General,
ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)