ICBF - Resolución 1111 de 2012
ICBF
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 1111 de 2012
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2012
RESOLUCIÓN 1111 DE 2012
(marzo 28) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF Por la cual se actualiza el Plan de Enajenación Onerosa del ICBF. El DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas por los artículos 62 y 66 de la Ley 75 de 1968, 39 de la Ley 7a de 1979, y 8 o de la Ley 708 de 2001, y el Decreto 4054 de 2011
CONSIDERANDO: Que los artículos 62 y 66 de la Ley 75 de 1968 y 39 de la Ley 7a de 1979 determinan que el ICBF es el heredero del quinto orden sucesoral y destinatario de los bienes que se declaren como vacantes o mostrencos. Los bienes inmuebles de propiedad del ICBF recibidos en desarrollo de estas normas, por no estar sometidos a la obligación de oferta de donación a favor de otras entidades públicas, deben enajenarse para ingresar a su patrimonio el producido de las respectivas ventas.
Que el artículo 33 [1] de la Ley 9a de 1989 dispuso que las Entidades Públicas que hayan adquirido bienes a cualquier título deberán aplicarlos a los fines para los cuales fueron adquiridos o en su defecto enajenarlos.
Que el Instituto debe promover la venta de los inmuebles que no necesita para su uso, cualquiera que haya sido el título o modo de adquisición, por lo que adoptó su Plan de Enajenación Onerosa mediante la Resolución No. 783 del 20 de abril de 2007, el cual se debe actualizar bimestralmente, conforme con lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto 4054 de 2011. Que de acuerdo con el inciso 2 o del artículo 21 del Decreto 4054 de 2011, la entidad identificará los activos inmobiliarios que no sean requeridos para el ejercicio de sus funciones, excluyendo aquellos que: (i) estén ubicados en zonas declaradas de alto riesgo no mitigable, identificadas en el Plan de Ordenamiento Territorial y en los instrumentos que lo desarrollen o complementen, o en aquellas que de acuerdo a estudios geotécnicos que en cualquier momento adopte la Administración Municipal, Distrital o el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, (ii) no sean aptos para la construcción y los que estén ubicados en zonas de cantera que hayan sufrido grave deterioro físico, (iii) tengan la naturaleza de bienes inmuebles fiscales con vocación para la construcción de vivienda de interés social urbana o rural, los cuales deben ser reportados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, o al Ministerio de Agricultura y desarrollo Rural, siempre que se cumpla con lo establecido en el artículo 1o del Decreto 3111 de 2004 y el artículo 1o del Decreto 724 de 2002, o (iv) los contemplados en el inciso primero del artículo 1 o de
la Ley 708 de 2001. Que el artículo 5 o de la Resolución interna No 2875 de 13 de julio de 2010 dispuso que los inmuebles no saneados se podrán incluir en el Plan de Enajenación Onerosa cuando se determine la existencia de un potencial comprador que los desee adquirir en el estado jurídico o administrativo en que se encuentren. Que durante la vigencia de la Resolución No. 530 de 10 de febrero de 2011 se vendieron los siguientes inmuebles, razón por la cual se retiran del Plan de Enajenación Onerosa:N° Regional Municipio Dirección Tipo de Inmueble Folio de Matricula 1 Antioquia Medellín Calle 54 N° 53-13 Apartamento 01N-5030580 2 Antioquia Medellín Calle 94 N° 49 A-15 Casa 01N-5036732 3 Bogotá, D.C. Bogotá, D.C. Carrera 39 B N° 2 B-58 Casa 50C-1413067 4 Norte de Santander San José de Cúcuta Finca El Tesorito y la Fortuna Finca 260-5825; 260-85634 5 Norte de Santander Cácota Finca Villa Teresa - Hato Viejo, Santa Matilde - Buitre Finca 272-19602; 272-14209; 272-19603; 272-14210 6 Antioquia Santo Domingo Carrera 10 N° 09-25 Casa 026-001753 7 Antioquia Medellín
Calle 51 N° 34-23 Casa 01N-178826 8 Antioquia Segovia Carrera 49 N° 51-10 Casa 027-8779 9 Antioquia Medellín Carrera 41 A N° 85 A-61 Casa 01N-96566 10 Norte de Santander Ocaña Carrera 5 N° 10-13/15 Casa 270-48891 11 Antioquia Don Matías Calle 25 N° 30-28, Predios 14.15.16. Casa 012-11626 012-11627 012-47437 Que durante la vigencia de la Resolución No. 530 de 10 de febrero de 2011 se cedieron los siguientes inmuebles, los cuales también se retiran del Plan de Enajenación Onerosa: N° Regional Municipio Dirección Tipo de Inmueble Folio de Matricula 1 Nariño Vereda Aldea de María Predio la Toma Lote 244-23949 2 Nariño El contadero Carrera 3 N° 9-49/80 Lote 244-21069 Que el Plan de Enajenación Onerosa del ICBF actualizado sin estos inmuebles será publicado en la página web: www.icbf.qov.co y en el Diario Oficial. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Actualizar el Plan de Enajenación Onerosa del ICBF, contenido en la Resolución No. 530 de 10 de febrero de 2011, el cual queda integrado por cuarenta y cinco (45) bienes inmuebles que se relacionan en anexo que hace parte de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia de este acto administrativo a Central de Inversiones CISA S.A., dentro de los
hace parte de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia de este acto administrativo a Central de Inversiones CISA S.A., dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su publicación. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución No 530 de 10 de febrero de 2011.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 28 MAR. 2012
DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE
Director General.
ANEXO RESOLUCIÓN NO.11 11.
INMUEBLES DISPONIBLES PARA VENTA DEL PLAN DE ENAJENACION ONEROSA ICBF.No.
Regional Municipio Dirección Tipo de inmueble No Matrícula Inmobiliaria Porcentaje de Propiedad Avalúo Comercial % ICBF Fecha Avalúo Uso de Suelos Área de Terreno (M2) Área de Construcción (M2) ¿El inmueble posee Gravámenes? Si /No Existen contratos que afecten el inmueble? Si/No ¿El inmueble tiene poseedores o tenedores ? Si/No 1 Antioquia Medellín
KR 81 No.
32 F11/15/17 Casa 001-349379 87,50% Pendiente Pendiente Comercial 248,43 279,00 No Si Si 2 Antioquia Medellín
KR 91 No
44-67, AP 201 Apartamento 001-563009 58% Pendiente Pendiente Residencial 95,20 No No Si 3 Antioquia la Ceja Fracción San Nicolás o Las cruces Lote 017-0024987 27,79% Pendiente Pendiente Rural 3.344,00 0,00 No No No 4 Antioquia Medellín KR 91 N° 44-67 apto 302 Apartamento 00100563012 39% Pendiente Pendiente Urbano 0,00 89,15 No No Si 5 Antioquia Medellín
CL 44 A N°
69-61/63 Casa 001-42816 45,213% Pendiente Pendiente Urbano 249,60 371,00 No No Si 6 Antioquia Bello Cl 55 N° 50-64 Parqueadero 01N-262085 8% Pendiente Pendiente Urbano 388,0 373,00 No No Si 7 Bogotá Bogotá
KR 72A N°
70-38 Lote con Construcción 50C-788527 100% Pendiente Pendiente Urbano 262,5 198,00 No No Si 8 Bogotá Bogotá KR 13 N° 59-24 Local 131 Local 50C-688400 100% Pendiente Pendiente Urbano 0,00 22,74 No No No 9 Bogotá
Bogotá KR 41 C No. 5B-49 Casa 50C-1243291 70,23% Pendiente Pendiente Residencial 147,00 185,68 No No Si 10 Bogotá Bogotá
KR 6 No.
14-60, OF 513 Oficina 50C-343547 50% Pendiente Pendiente Comercial 0,00 20,30 No No Si 11 Bogotá Bogotá KR 21 N° 22-28 Bodega 50C-136651 37,50% Pendiente Pendiente Residencial 140,25 92.10 No No Si 12 Bogotá Bogotá KR 7 N° 1A - 34 Sur Garaje 1 Garaje 50S40265745 86,15% Pendiente Pendiente Residencial 0,00 10.45 No No No 13 Bogotá Bogotá
KR 10 No. 22-57 (KR 12 No 2258)
Edificio 50C-867746 100% Pendiente Pendiente Urbano 186,10 855,70 No No Si 14 Bogotá Bogotá Lote 160 Cementerio Central Lote 50C-735014 50% Pendiente Pendiente Urbano 18,00 0,00 No No No 15 Bogotá Bogotá KR 55 N° 3-15 Casa 050C-81112 100%
Pendiente Pendiente Urbano 120,04 121,30 No Si No 16 Bogotá Bogotá KR 13 N° 59-24 Local 126 Local 50C-688395 100% Pendiente Pendiente Urbano 19,30 25,50 No No No 17 Bogotá Bogotá Cl 42 Sur N°8A-34 Este Lote en Construcción 50S40489539 100% Pendiente Pendiente Urbano 1.515,00 237,20 No No No 18 Boyacá Duitama
CL 3 No.
21-10 Casa 074-22124 100% Pendiente Pendiente Urbano 151,63 151,63 No No Si 19 Caldas La Dorada CL 23 N°237 Barrio Obrero Casa 106-1398 100% $ 29.650 000,00 31/10/2010 Urbano 143,00 90,00 No No Si 20 Caldas Risaralda Vereda la CancanaVereda Banderas Finca 103-9827 103-16343 50% Pendiente Pendiente Agropecuario -Rural134.640,00 186,00 Si No Si21 Chocó Bojayá KR 2
CONCL5Y6
Lote 1809813 100% Pendiente Pendiente Urbano 1.844,00 No No No 22 Chocó
Bojayá
KR 1 No.
3-53 Casa 1801772 100% Pendiente Pendiente Urbano 231,20 118,00 No No No 23 Chocó Cantón del San Pablo
KR 5 CON
CL 4 Casa 1849858 100% Pendiente Pendiente Urbano 264,29 178,54 No No No 24 Chocó Bahía Solano CL 5 No. 4114 Lote 1860000572 100% Pendiente Pendiente Urbano 265,00 265,00 No No No 25 Córdoba Sahagún
KR 5 No.
7-46. Sabaneta Lote 148-47553 100% Pendiente Pendiente Urbano 1.332,85 76,37 No No No 26 Cundinamarca Villeta Vereda Cune Finca 15.613.035 25,24% $ 53.643.455,40 20/05/2011 Rural 24.382,00 0,00 No No No 27 Huila Neiva KR 11 N° 2-12/14 Casa 200-132841 100% Pendiente Pendiente Urbano 91,00 82,13 No No Si 28 Huila Garzón CL 8 N° 545 Casa 202-0003699 100% Pendiente Pendiente Urbano 2 105,23 849,52 No No Si 29
Meta Cubarral Predio la GaitanaVereda San Miguel Lote 232-1607 5,3358% Pendiente Pendiente Rural 920.000,00 0,00 No No No 30 Meta Villavicencio KR 25 N° 34-09/11 Barrio San Isidro Casa 230-47742 100% Pendiente Pendiente Urbano 123,36 62.50 No No Si 31 Meta Villavicencio KR 30 N° 40-97 Barrio Centro Casa 230-24110 100% S 56.988.000,00 13/12/2011 Urbano 110,50 78.50 No No Si 32 Nariño Ipiales CL1 N° 81 Calle Comercio Casa 244-34933 100% Pendiente Pendiente Urbano 131,00 222,50 No No Si 33 Nariño la Cofradía Predio la Cofradía de Piaun Casa Lote 244-34934 100% Pendiente Pendiente Rural 92 511,00 0,00 No No SI 34 Tolima Líbano Cl 2 N° 1360/78 Barrio Santa Rosa Casa 411-0007574 100% Pendiente Pendiente Urbano 347,98 93,03 No No Si 35 Tolima Cajamarca KR 3 N° 13-11/13 Casa
354-5075 100% Pendiente Pendiente Urbano 196,0 69,60 No No No 36 Tolima Ibagué Lote N° 1 Cl 44 entre KR 6 y KR 5 Lote 350-131144 100% Pendiente Pendiente Urbano 1.191,1 0,00 No No No 37 Tolima Ibagué
KR 5 N° 17-26 (Cl 17 N» 478)
Bodega 350-47179: 35047219 0,217% Pendiente Pendiente Urbano 653,0 1.193,00 No No Si 38 Tolima Mariquita Vereda Gualí Finca 362-0014313 1,20% Pendiente Pendiente Rural 41.355,00 0,00 No No No 39 Valle Corregimiento Borrero Kilómetro 30 Dagua Finca 370-38053 100% Pendiente Pendiente Rural 1 440,00 285,00 No No Si 40 Valle Cali
KR4B N°
42-34 Casa 370-181041 100% S 93.058.970,00 16/03/2011 Urbano 223,39 145,00 No No Si 41 Valle Cali KR 23 N° 32-103 Casa 378-29484 100% S 26.185 387,00 22/03/2011 Urbano 60,35 52,00
No No Si 42 Valle Palmira KR 35 N° 31-74 Bodega 378-624 8,9988% S 68.611.991,00 22/03/2011 Urbano 2 377.50 2.377,50 No No Sí43 Valle Candelaria
KR 3B N°
4-87, Lote N° 16 Mzna 29, Lote 378-113771 22,19% $ 1.489.291,00 18/03/2011 Urbano 148,40 0,00 No No Sí 44 Valle Candelaria
KR 3A N°
4-68, Lote N° 2 Mzna 29, Lote 378-113757 80,31% 5 3.815.813,00 18/03/2011 Urbano 105.00 0,00 No No No 45 Valle Buenaventura
DG 3 No.
3A-72 Casa Lote 372-01414 100% Pendiente Pendiente Urbano 122,00 137,89 No Si Si
1. ARTÍCULO 33 . Todas las entidades públicas que hayan adquirido inmuebles a cualquier título o que los adquieran en lo sucesivo, también a cualquier título, deberán aplicarlos a los fines para los cuales fueron adquiridos. En el acto de adquisición se incluirá en forma expresa el fin para el cual fueron adquiridos los inmuebles. Las entidades públicas dispondrán de un término máximo de cinco (5) años contados desde la fecha de publicación de esta ley o a partir de la
fecha de la adquisición del bien, según el caso, para cumplir con esta obligación. Si así no lo hicieren, deberán enajenarlos a más tardar a la fecha de vencimiento del término anterior.
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)