ICBF - Resolución 11730 de 2019
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 11730 de 2019
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2019
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Índice RESOLUCIÓN 11730 DE 2019
(diciembre 17) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF Por medio de la cual se autoriza el pago de la tarifa de control fiscal al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF para la vigencia 2019 LA DIRECTORA; GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIARCECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS - ICBFEn uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y en el Decreto 987 de 2012, y CONSIDERANDO. (1) Que el artículo 4o de la Ley 106 de 1993 , otorgó a la Contraloría General de la República la facultad de cobrar
una tarifa de control fiscal a los organismos y entidades fiscalizadas, la cual es fijada individualmente para cada organismo o entidad vigilaba. Que mediante el Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y defiben los gastos", se aprobó a favor del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, en el Rubro Presupuestal A-08-04-01 por concepto de CUOTA DE FISCALIZACION Y AUDITAJE, la suma de NUEVE MIL DOSCIENTOS; CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL PESOS ($9.255.715.000.oo) moneda corriente. Que mediante la Resolución No. 14857 del 29 de diciembre de 2018, la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Famlliar ICBF, distribuyó el presupuesto de gastos asignado a la de la Dirección General para la vigencia fiscal del año 2019 e incluyó recursos para el pago de la Cúota de fiscalización y Auditaje a la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA, por valor de NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL PESOS ($9.255.715.000.oo) moneda corriente. Que el artículo 137 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de desarrollo 2018-2022. Pacto por Colombia, Pacto por la equidad”, señala que la liquidación y recaudo de la Tarifa de control Fiscal a la que se refiere el artículo 4o de la Ley 106 de 1993, será de competencia del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público a partir de la presente vigencia fiscal. Que por Resolución No. 0038 del 5 de diciembre de 2019, la Directora General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, fijó la tarifa de Control Fiscal a favor de la Contraloría General de la República para la vigencia fiscal 2019, para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), en la suma de NUEVE MIL CIENTO DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVEÑTA Y CINCO MIL PESOS ($9.116.695.000.oo) moneda corriente. Que en la Resolución citada, se establece el procedimiento para llevar a cabo el pago de la tarifa de control fiscal, siguiendo los parámetros fijados en la Circular Externa No. 050 del 8 de septiembre de 2016, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. De la misma manera, la Resolución mencionada, determina que las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, realizarán el pago a tráves de una operación compensada. Que la Circular Externa No. 050 del 8 de septiembre de 2016, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, determinó que para efectuar el pago se debe generar un documento de recaudo por clasificar por la transacción: ING/Compensación/Compensación Deducciones/Creación Compensa. Deduc., definiendo como entidad destino la Contraloria General 26-01-01 y registrando como valor a compensar el saldo total de la deducción que correspona al “valor de la cuota de auditaje”. Que el Grupo Financiero de la dirección General expidió el certificado de disponibilidad presupuestal N 227919
SMO del 10 Diciembre 2019, por valor de NUEVE MIL CIENTO DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL PESOS ($9.116.695.000.oo) moneda corriente. Que por lo anterior, se hace necesario ordenar a la Coordinadora del Grupo Financiero Sede de la Dirección General a pagar a favor de la Contraloría General de la República, la suma NUEVE MIL CIENTODIECISEIS MILLONES SÉISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MlL PESOS ($9.116.695.000.oo) Moneda Corriente, por concepto de tarifa de control fiscal, dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución No. 0038 del 5 de diciembre de 2019, emitida por la Directora General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar a la Coordinadora del Grupo Financiero Sede de la Dirección General, pagar a favor de la Contraloría General de la República, por concepto de tarifa de control fiscal, la suma de NUEVE MIL CIENTO DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL PESOS ($9.116.695.000.oo) moneda corriente, a través de una operación compensada siguiendo los parámetros fijados por la Administración del Sistema de Integrado de Información FinancieraSIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en la Circular Externa No. 050 del 8 de septiembre de 2016 y en la Resolución No. 0038 del 5 de diciembre de
2019, mediante la cual se fijó la Cuota de Auditaje para el ICBF en la vigencia fiscal 2019. ARTÍCULO SEGUNDO. El pago al que se refiere el ARTÍCULO PRIMERO de la Resolución No. 0038 del 5 de diciembre de 2019, sera con cargo al rubro Presupuestal: Cuenta 08 - Gastos por Tributos, Multas, Sanciones e Interes de mora subcuenta 04 - Contribuciones, Objeto del Gasto 01 CUOTA DE FISCALIZACIÓN Y AUDITAJE, de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 227919 del 10 de Diciembre de 2019. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolucíon rige á partir de la fecha de su expedición
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C.
JULIANA PUNGILUPPI
Directora General
NOTAS AL FINAL:
1. Por la cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se determina la organización y funcionamiento de la Auditoría Externa, se
organiza el Fondo de Bienestar Social, se determina el Sistema de Personal, se desarrolla la Carrera Administrativa Especial y se dictan otras disposiciones Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.
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