ICBF - resolucion 1313 de 2015 por la cual modifica resolucion 1100 del 10 de marzo de 2015
ICBF
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICBF - resolucion 1313 de 2015 por la cual modifica resolucion 1100 del 10 de marzo de 2015
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2015
T Ñ Y República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar TODOS POR UN Cecilia de la Fuente de Lleras NUEVO PAIS BFIAEMNIELSITAARR Direcci.ó. n General gy PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN RESOLUCIÓN No. 1313 11 9 MAR. 2015 Por la cual se modifica la Resolución No. 1100 del 10 de marzo de 2015 LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, Ley 7? de 1979, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 489 de 1998, Ley 1474 de 2011 y artículo 160 del Decreto 1510 de 2013 y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política ordena que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y que se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones. Que la actividad contractual del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debe regirse por lo establecido Ley 7 de 1979, los artículos 123 y siguientes del Decreto 2388 de 1979, la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, el Decreto 1510 de 2013 y demás disposiciones que regulan el Régimen General de Contratación Pública y el Régimen Especial de Aporte.
Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 160 del Decreto 1510 de 2013 “todas las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente”, por lo que el ICBF mediante Resolución No. 3146 de 2014 adoptó su Manual de Contratación. Que mediante Resolución No. 1100 del 10 de marzo de 2015 la Directora General del ICBF adoptó el Manual de Contratación de la Entidad. Que se hace necesario modificar lo dispuesto en el numeral 4.3 Régimen de TransiciónRégimen de Aporte de dicho Manual, a efectos de establecer con claridad el procedimiento a seguir para la contratación del servicio público de bienestar familiar en tanto se conforma el Banco Nacional de Oferentes. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el numeral 4.3 RÉGIMEN DE TRANSICIÓN en lo que refiere al me égimen de Aporte, así: “Régimen de Aporte Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos cambiando el mundo Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 sonanas alado mumco mm 7 ¿y República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar TODOS POR UN e Lleras _NUEVO PAÍS
FBIAEMNIELSITAARR Di. reccióen General PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN 19 MAR. 2015
RESOLUCIÓN No. 1313
Por la cual se modifica la Resolución No. 1100 del 10 de marzo de 2015
En caso de requerirse la contratación de la prestación del servicio público de bienestar familiar, antes de la conformación del Banco Nacional de Oferentes, se procederá a contratar directamente con una entidad que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en los lineamientos técnicos e instructivos vigentes para cada tipo y modalidad de servicio o los previstos en la última Convocatoria Pública adelantada en la vigencia 2014, según corresponda, siempre y cuando se justifique la necesidad y ésta sea aprobada por el Subdirector (a) General. Así las cosas, el Director (a) Regional remitirá un documento en el que se señale: (i) la modalidad a contratar, (ii) el operador del servicio, junto con el análisis de idoneidaa, (iii) el valor del contrato, (iv) los cupos a atender, (v) el municipio de ejecución y (vi) el plazo. Dicha información deberá ser allegada a la Dirección Misional competente, quien se pronunciará sobre la viabilidad técnica, de ser ésta favorable, se remitirá a la Subdirección General, quien establecerá la procedencia de la contratación. ” ARTÍCULO SEGUNDO. Las demás disposiciones de la Resolución No. 1100 del 10 de marzo de 2015 que no fueron modificadas por el presente acto administrativo continúan vigentes.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 19 MAR. 2015 Cohllabalelna ÁCRISTINA PLAZAS MMilI CHELSEN Q Directora General Aprobó: Sandra Liliana Roya Blanco - Secretaria General / Luz Karime Fernández Castillo — Jefe Oficina Asesora Jurídica p Elaboró: Paula Johanna Ruiz Quintana — Asesora — Secretaria General
Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos cambiando el mundo Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 ranonos md amo