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ICBF - Resolución 13246 de 2016

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 13246 de 2016
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2016

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

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Índice RESOLUCIÓN 13246 DE 2016

(diciembre 16) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Por la cual se establece la Política Editorial y de Actualización de Contenidos Web del ICBF LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias señaladas en el artículo 28 de la Ley 7 de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 1078 de 2015, y CONSIDERANDO Que el acceso a la información es un derecho de rango constitucional y una herramienta para elevar los niveles de transparencia en la gestión pública y la lucha contra la corrupción, la Estrategia de Gobierno en Línea

contempla un componente de acceso a la información, el cual exige la definición de políticas institucionales claras para la provisión de información a través de medios electrónicos. Que el Gobierno Nacional implemento desde el año 2000 la Estrategia Gobierno en Línea (GEL) a través de la Directiva Presidencial 02 de dicho año, orientada a la construcción de un Estado más eficiente, más transparente y participativo, que preste mejores servicios a los ciudadanos y a las empresas, a través del aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, la cual fue impulsada con la expedición del Decreto 1151 de 2008 por la cual se establecieron unos lineamientos generales y posteriormente con el Decreto 2693 de 2012. Que con el fin de fortalecer la calidad y garantizar el acceso a la información, trámites y servicios del Estado a través de medios electrónicos, se expidió el Decreto 2573 de 2014 que fue posteriormente unificado en el Decreto 1078 de 2015, que define el Manual de Gobierno en Línea como uno de los instrumentos que define las acciones para facilitar a las entidades la implementación de esta Estrategia. Que el Manual para la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea provisto por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, establece un modelo basado en esfuerzos que permitan, no solo aumentar el número y uso de servicios en línea, sino también mejorar la calidad y el acceso a los mismos, así como el acceso a mayor información y datos, y que permita el involucramiento de forma directa de los demás actores de la sociedad en su construcción. Todo lo anterior a través del uso eficiente de las TIC para el

cumplimiento de los objetivos del Gobierno Nacional. Que dentro de las acciones de cumplimiento e implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea, el ICBF formuló la Política Editorial y de actualización de contenidos web, donde se definen, los criterios bajo los cuales serán publicados los contenidos e información en el sitio web www.icbf.qov.co, relacionados con usabilidad y accesibilidad, de modo que la ciudadanía pueda consultar y acceder fácilmente a la información alojada en la web. Que la Política Editorial fue puesta a consideración del Comité de Desarrollo Administrativo del ICBF como instancia encargada de la implementación de la Estrategia GEL, quienes en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2016, aprobaron su contenido como consta en el acta correspondiente. Que el Manual de Gobierno en Línea versión 3.1, instrumento de obligatorio cumplimiento para las Entidades Públicas, establece en su segundo componente referente a la información en línea, que la Política Editorial debe ser aprobada por el Director de la Entidad, siendo necesario entonces proceder adoptar la misma. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR y ADOPTAR la Política Editorial y de Actualización de Contenidos Web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la cual hace parte integral del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. ORDENAR a la Oficina Asesora de Comunicaciones que a través de los medios que considere idóneos, socialice la presente política con los colaboradores del ICBF; así como efectúe su publicación en la página web www.icbf.gov.co. ARTÍCULO TERCERO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D.C. CRISTINA PLAZAS MICHELSEN Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.

ISBN : 978-958-98873-3-2

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