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ICBF - Resolución 1414 de 2022

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 1414 de 2022
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2022

RESOLUCIÓN 1414 DE 2022

(febrero 21) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico 2022-2023 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia de la Fuente de Lleras LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el literal b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979, y CONSIDERANDO: Que el artículo 90 de la Constitución Política dispone que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean Imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades. Que el artículo 209 ibídem, determinó que la función administrativa está al servicio de los Intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, Imparcialidad y publicidad. Que la Ley 446 de 1998, en su artículo 75 , estableció que en: "Las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los Entes Descentralizados de estos mismos niveles, deberán integrar un Comité de Conciliación, conformado por los funcionarios de nivel directivo que se designen y cumplirán las funciones que le señalen". Que el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015 define al Comité de Defensa Judicial y Conciliación como: “(...) una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del

Que el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015 define al Comité de Defensa Judicial y Conciliación como: “(...) una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad”. Que los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del referido decreto establecen que, entre las funciones de los Comités de Defensa Judicial y Conciliación de las entidades públicas del orden nacional, departamental, y distrital están las de “Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico" y "Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad". Que mediante la Resolución 8853 de 17 de noviembre de 2021, se expidió el Reglamento Interno del Comité de Defensa Judicial y Conciliación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Que el Comité de Defensa Judicial y Conciliación, previo análisis de las acciones judiciales y extrajudiciales en las que la Entidad hace parte como demandado, así como de las condenas impuestas al Instituto, procedió a diseñar políticas en materia de defensa judicial y de prevención del daño antijurídico. Que en Sesión presencial No. 67 del 1° de diciembre de 2021, el Comité de Defensa Judicial y Conciliación del ICBF, de acuerdo con sus funciones, aprobó el documento denominado "POLITICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO

DEL ICBF 2022 - 2023", estructurado con fundamento en el análisis de las condenas judiciales impuestas contra el Instituto con mayor frecuencia, las de mayor cuantía y las que generaron un mayor Impacto en el cumplimiento de su misionalidad. Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, mediante Oficio del 11 de enero de 2022, radicado No. 20223000000531-DPE, aprobó la política de prevención del daño antijurídico del ICBF 2022 - 2023, presentada de acuerdo con la metodología estructurada por la mencionada Entidad. Que la Política de Prevención del Daño Antijurídico ha sido construida por el Comité de Defensa Judicial y Conciliación junto con las áreas del ICBF Involucradas, con el fin de prevenir los hechos u omisiones por los cuales el Instituto fue condenado pecuniariamente, con fundamento en varios títulos de imputación jurídica. Que en aras de unificar las recomendaciones y directrices impartidas por el Comité de Defensa Judicial y Conciliación a título de prevención del daño antijurídico y de defensa judicial, y con el fin de mitigar los hechos generadores del daño, se considera necesario implementar la Política de Prevención del Daño Antijurídico en el ICBF, habiendo sido aprobada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.Que de conformidad con la Circular Externa No. 5 de 27 de septiembre de 2019 emitida por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, fue adoptada para tales efectos, la metodología para la formulación de la Política de

Prevención del Daño Antijurídico, así:

1. Plan de Acción: 1.1. Reporte Actividad Litigiosa: Se generó con los datos registrados en el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI, el cual fue diligenciado por cada uno de los apoderados de las 33 Direcciones Regionales y la Sede de la Dirección General del ICBF, respecto de los procesos en los que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar intervino judicialmente como demandado, en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2021, teniendo en cuenta el tipo de proceso, la frecuencia y el valor de las pretensiones y lo condenas.

Lo anterior se realizó, en el marco de la clasificación media de litigiosidad en la que se encuentra el ICBF, de acuerdo con los estándares de la Agencia, proceso en el que fueron ajustadas las causas generales con las contenidas en el glosarlo de causas del sistema eKOGUI, vigentes para el año 2021. El resultado del ejercicio reposa en el documento anexo, que es parte integral de esta resolución. 1.2. Análisis de subcausas: Con la actividad litigiosa del Instituto, se realizó una priorización de las causas que acaecían con mayor frecuencia y/o valor reconocido, identificando las posibles causas primarias o sub causas, previstas de acuerdo con e! impacto generado para el Instituto, la evolución de la Política de Prevención del Daño Antijurídico al interior de la Entidad, el área relacionada con la condena, definiendo además si es prevenible o no la causa, y fijando

la prioridad que se le dará a la prevención del daño. El resultado del ejercicio obra en documento anexo que es parte integral de esta resolución. 1.3. Acción: Una vez definidas con las áreas misionales y de apoyo las causas generadoras del daño se determinaron cuáles se pueden prevenir, estableciéndose las medidas preventivas, -qué hacer-, cómo hacerlo -mecanismo-, el periodo en el cual se pueden implementar -cronograma-, el área encargada de diseñar la medida de prevenciónresponsable-, y la forma de dar a conocer la política diseñada -divulgación-. 1.4. Indicadores: Se formulan indicadores de gestión, que permiten medir la ejecución o implementación de los mecanismos; indicadores de resultado, que logran medir la ejecución o implementación de las medidas; e indicadores de impacto, que permiten identificar el cambio en la litigiosidad. Que el resultado del ejercicio del reporte de actividad litigiosa y el análisis de subcausas, reposa en el documento anexo, que es parte Integral de esta resolución. Que en atención a lo antes señalado, se hace necesario adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la vigencia 2022 - 2023. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), para la Vigencia 2022 - 2023, la cual se encuentra contenida en el documento denominado “POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO PARA LA VIGENCIA 2022 - 2023”, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. Con el propósito de asegurar su efectividad y conocimiento por parte de sus destinatarios, la

acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. Con el propósito de asegurar su efectividad y conocimiento por parte de sus destinatarios, la presente resolución y el documento denominado “POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE DAÑO ANTIJURÍDICO DEL ICBF PARA LA VIGENCIA 2022 - 2023”, serán publicados en la página web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). ARTÍCULO TERCERO. La presente Política de Prevención del Daño Antijurídico, será objeto evaluación y se ajustará periódicamente por parte del Comité de Defensa Judicial y Conciliación del ICBF. Para tal efecto, deberá establecer como mínimo: - Las medidas requeridas para la solución del problema. - El mecanismo a utilizar para su implementación. - El presupuesto necesario para llevar a cabo la estrategia con éxito. - El área responsable de la implementación de la estrategia. - Los roles que deberán desempeñar las áreas responsables de la implementación de la medida.- El plazo para ejecutar la estrategia y observar los resultados. ARTÍCULO CUARTO. Con el fin de disminuir las causas, falencias, omisiones o acciones generadoras del daño antijurídico, las áreas del Instituto atenderán las recomendaciones emitidas por el Comité de Defensa Judicial y Conciliación del ICBF. ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 21 FEB 2022

LINA MARÍA ARBELÁEZ ARBELÁEZ

Directora General POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) 2022 - 2023

INTRODUCCIÓN ................................................................................................................3

I. Metodología para la Formulación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico del ICBF 2022 - 2023: ...................................................................................4 1.1.Reporte actividad litigiosa...........................................................................................4 1.2. Análisis de sub causas ............................................................................................11 1.3. Acción..........................................................................................................................12 1.4. Indicadores ................................................................................................................18

II. Política para la prevención al incumplimiento de los protocolos de seguridad física y estructural al interior del hogar comunitario para la prevención del riesgo, falta de vigilancia y medidas físicas de seguridad para el cuidado de los niños y niñas en caso de emergencia e insuficiente vigilancia al interior de las instituciones de atención por parte de los cuidadores -Medio de control de Reparación Directa- ..........................................................................................................22 a.Identificación del problema a resolver........................................................................22

b. Listado de las causas generadoras de la problemática a resolver.......................23 c. Identificación de las causas primarias prevenibles.................................................23 d.Política de prevención...................................................................................................24 e. Política de eventual recuperación de económica....................................................25 III.Política para la prevención del imcumplimiento de las obligaciones laborales por parte de los operadores...................................................................................................26 a. Identificación del problema a resolver.......................................................................26 b. Hechos generadores....................................................................................................26 c. El contrato de aporte . Naturaleza y caractrísticas...................................................28 d. Inaplicabilidad del artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo por inexistencia de conexidad material entre el contrato de aporte y el artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo......................................................................................................28e. Precio determinado por la obra o el servicio prestado............................................29

contrato de aporte y el artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo......................................................................................................28e. Precio determinado por la obra o el servicio prestado............................................29 f. Política de prevención...................................................................................................29 INTRODUCCIÓN El objetivo de este documento es establecer la política y las directrices correspondientes a la prevención del daño antijurídico del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), para los años 2022 y 2023, con el fin de que sean acatadas por todas las áreas de la Entidad; así mismo, definir las estrategias de defensa jurídica para disminuir las condenas impuestas por los estrados judiciales al ICBF. En este sentido, y teniendo en cuenta que el artículo 90 de la Constitución Política dispone que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades; se hace necesario adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico para los dos años siguientes a su aprobación. El artículo 209 de la Constitución determinó que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. A su turno, la Ley 446 de 1998 estableció en su artículo 75 que “(...) /as entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los Entes Descentralizados de estos mismos niveles, deberán integrar un Comité de Conciliación, conformado por los funcionarios de nivel directivo que se designen y cumplirán las funciones que le señalen". El artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015, define al Comité de Defensa Judicial y Conciliación como “(...) una

directivo que se designen y cumplirán las funciones que le señalen". El artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015, define al Comité de Defensa Judicial y Conciliación como “(...) una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad”. El artículo 2.2.4.3.1.2.5 en sus numerales 1 y 2 del referido decreto establece que, entre las funciones de los Comités de Defensa Judicial y Conciliación de las entidades públicas del orden nacional, departamental y distrital; están las de “Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico" y “Diseñarlas políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad”. Mediante la Resolución 8853 de 17 de noviembre de 2021, se expidió el Reglamento Interno del Comité de Defensa Judicial y Conciliación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. El Comité de Defensa Judicial y Conciliación, teniendo en cuenta las acciones judiciales y en las que el ICBF hace parte como demandado, así como de las condenas impuestas a la Entidad que han sido estudiadas y puestas a consideración de dicha instancia administrativa, ha implementado políticas en materia de defensa judicial y de prevención del daño antijurídico. En sesión presencial N. 67 de 1 de diciembre de 2021, el Comité de Defensa Judicial y Conciliación del ICBF, de

acuerdo con sus funciones, aprobó el documento denominado “POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO DEL ICBF 2022-2023”, presentado por la Oficina Asesora Jurídica. Las recomendaciones emitidas por el Comité de Defensa Judicial y Conciliación a título de prevención del daño antijurídico han sido puestas en conocimiento de las diferentes áreas y dependencias del ICBF, en aras de evitar la ocurrencia de sus hechos generadores De conformidad con la Circular Externa No. 5 de 27 de septiembre de 2019, emitida por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), se adoptó y se aplicó la metodología para la formulación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, mediante oficio del 11 de enero de 2022 - Página 3 de 31 radicado No. 20223000000531-DPE, aprobó la política de prevención del daño antijurídico del ICBF 2022 - 2023, presentada de acuerdo con la metodología estructurada por la mencionada entidad. Bajo el plexo normativo citado y tras los trámites administrativos al interior del Instituto y ante la agencia mencionada, se presenta, en primer lugar, la metodología para la formulación y, en segundo lugar, la Política de Prevención del Daño Antijurídico 2022 - 2023 del ICBF.

I. Metodología para la formulación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico del ICBF 2022 - 2023.

1. Plan de Acción: 1.1. Reporte actividad litigiosa: Tiene como estribo los datos registrados en el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado eKOGUI, el cual fue nutrido por cada uno de los apoderados de las 33 DireccionesRegionales y la Dirección General del ICBF, respecto de los procesos donde el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar intervino como demandado, en el período comprendido entre el 1.° de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2021, teniendo en cuenta el tipo de proceso, la frecuencia y el valor de las pretensiones y/o condenas.

Lo anterior se realizó, en el marco de la clasificación litigiosa en la que se encuentra el ICBF, de acuerdo con los estándares de la ANDJE, razón por la que las causas generales se ajustaron con las contenidas en el glosario de causas de eKOGUI, vigentes para el año 2021. El cuadro que se expone a continuación refleja los resultados a nivel nacional referente al tipo de insumo (conciliación, demanda o condena), tipo de acción (medio de control), la causa general (hechos que dieron origen), la frecuencia en el periodo trabajado y el valor reconocido. Nombre de la Entidad

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF

Período Analizado Desde 01 de octubre de 2019 Hasta 30 de septiembre de 2021 Tipo de Insumo Tipo de acción Causa General Frecuencia Valor

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTBALECIMIENTO DEL

DERECHO

INCUMPLIMIENTO EN EL

PAGO DE SALARIO

5 $272.211.901

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

4 $1.585.323.707

DEMANDA

ORDINARIO LABORAL

107 $5.695.425.697

DEMANDA

EJECUTIVO CONEXO

3 $403.273.594

DEMANDA

EJECUTIVO LABORAL

1 $12.001.736

DEMANDA

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

IMCUMPLIMIENTO EN EL

PAGO DE PRESTACIONES

SOCIALES

8 $1.723.846.769

DEMANDA

ORDINARIO LABORAL

50 $5.467.942.215

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

LESIÓN A ALUMNO EN

ESTABLECIMIENTO

EDUCATIVO

48 $27,970.871.256

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

CONFIGURACIÓN DE

CONTRATO REALIDAD

37 $4.411.354.293 Periodo Analizado Desde 01 de octubre de 2019 Hasta 30 de septiembre de 2021 Tipo de Insumo Tipo de acción Causa General Frecuencia Valor

DEMANDA

REPARAC'ÓN DIRECTA

1 $0

DEMANDA

ORDINARIO LABORAL

3 207.185.726

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

MUERTE DE ALUMNO EN

ESTABLECIMIENTO

EDUCATIVO

27 $19.509.481.977

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

DECLARA LA

INSUBSISTENCIA DE

19

$672.669.078DERECHO

FUNCIONARIO EN

PROVISIONALIDAD

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

ACCESO CARNAL O ACTO

SEXUAL VIOLENTO

13 $9.239.727.374

DEMANDA

CUMPLIMIENTO DE NORMAS CON

FUERZA MATERIAL DE LEYO DE

ACTOS ADMINISTRATIVOS

ILEGALIDAD DE ACTO.

ADMINISTRATIVO

DURANTE EL CONCURSO

DE MÉRITOS PARA

PROVEER CARGOS

PÚBLICOS

3 $0

DEMANDA

NULIDAD ELECTORAL

1 $0

DEMANDA

NULIDAD SIMPLE

1 $0

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

6 $396.980.354

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

NULIDAD DE ACTO

ADMINISTRATIVO

10 $710.114.727

DEMANLA

LIQUIDACIÓNPATRIMONIAL

VOCACIÓN HEREDITARIA

DE BIENES

1 $ 0

DEMANDA

LIQUIDACIÓN-SUCESIÓN

4 $ 150.599.018

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

2 $294.307.325

DEMANDA

ORDINARIO LABORAL

1 $302.316.524

DEMANDA

VERBAL - DECLARACIÓN

DE BIENES VACANTES O

MOSTRENCOS

1 $ 70.397.947

DEMANDA

DECLARATIVO ESPECIALDIVISORIO

PRESCRIPCIÓN

ADQUISITIVA DE

DOMINIO

2 $618.810.914

DEMANDA

VERBAL

1 $317.954.148

DEMANDA

VERBAL-DECLARACIÓN

DE BIENES VACANTES O

MOSTRENCOS

2 $69.700.567

DEMANDA

VERBAL-POSESORIO

2 $ 6.236.767 Periodo Analizado Desde 01 de octubre de 2019 Hasta 30 de septiembre de 2021 Tipo de Insumo Tipo de acción Causa General Frecuencia Valor

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

VIOLACIÓN AL DEBIDO

PROCESO

ADMINISTRATIVO

3

$ 534.994.450DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

2 $93.404.233

DEMANDA

VERBAL

1 $79.516.260

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

NO RECONOCIMIENTO

DE PRIMA TÉCNICA

6 $ 554.493.066

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

INDEBIDA LIQUIDACIÓN

DE PRESTACIONES

SOCIALES

5 $690.270.907

DEMANDA

CUMPLIMIENTO DE NORMAS CON

FUERZA MATERIAL DE LEY O DE

ACTOS ADMINISTRATIVOS

INCUMPLIMIENTO DE

NORMA JURÍDICA

4 $0

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

1 $ 562.302.464

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

DAÑOS DERIVADOS DE

ACTO ADMINISTRATIVO lícito

1 $90.232.919

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

3 $ 1.540.982.309

DEMANDA

NULIDAD SIMPLE

INCONSTITUCIONALIDAD

DEL ACTO

ADMINISTRATIVO

2 $0

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

1 $ 90.852.600

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

1 $518.336.905

DEMANDA

DECLARATIVO ESPECIALDIVISORIO

DIVISIÓN DE LA COSA

COMUN POR PARTE DE

COMUNEROS 0

COPROPIETARIOS

3 $ 3.873.006.936

DEMANDA

VERBAL

1 $ 148.106.753

DEMANDA

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS

E INTERESES COLECTIVOS

VIOLACIÓN 0 AMENAZA

AL GOCE DE UN

AMBIENTE SANO

3 $0

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

MUERTE POR FALTA DE

ADOPCIÓN DE MEDIDAS

DE PROTECCIÓN Y

SEGURIDAD

3 $12.413.481.615 Periodo Analizado Desde 01 de octubre de 2019 Hasta 30 de septiembre de 2021 Tipo de Insumo Tipo de acción Causa General Frecuencia Valor

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

RECHAZA SOLICITUD

DEVOLUCIÓN POR PAGO

DE LO NO DEBIDO

3

$9.704.299.599DEMANDA

EJECUTIVO

INCUMPLIMIENTO DEL

CONTRATO POR

EJECUCIÓN PARCIAL DE

PRESTACIONES

1 $ 27.184.155

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

2 $225 524.439

DEMANDA

EJECUTIVO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

DECLARA LA

INSUBSISTENCIA DE

FUNCIONARIO DE LIBRE

NOMBRAMIENTO Y

REMOCIÓN

$ 1.689.121.284

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

1 $ 90.852.600

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

DECLARA LA

TERMINACIÓN

UNILATERAL DEL

CONTRATO

2 $161.613.839

DEMANDA

ORDINARIO LABORAL

DESCONOCIMIENTO DE

TRASLADO DE RÉGIMEN

PENSIONAL

2 $ 34.759.587

DEMANDA CONTROVERSIASCONTRACTUALES

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

IMPONE SANCIONES

DERIVADAS DE LA

FACULTAD DE

INSPECCIÓN,

VIGILANCIA Y CONTROL

1 $270.943.648

DEMANDA

NULIDAD SIMPLE

1 $65.054.087

DEMANDA

REPARACIÓN DE LOS PERJUICIOS

CAUSADOS A UN GRUPO

DEFECTUOSO

FUNCIONAMIENTO DE LA

ADMINISTRACIÓN DE

JUSTICIA

1 $0

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

1 $ 1.507.950.539

DEMANDA CONTROVERSIASCONTRACTUALES

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

DECLARA EL

INCUMPLIMIENTO DEL

CONTRATO

1 $ 128.337.817

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

1 $322.014.987

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

MUERTE POR

INCUMPLIMIENTO DEL

DEBER DE SEGURIDAD

EN LA ATENCIÓN

HOSPITALARIA

2

$3.160.209.443DEMANDA

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS

E INTERESES COLECTIVOS

VIOLACIÓN 0 AMENAZA

AL GOCE DEL ESPACIO

PÚBLICO Y A LA

UTILIZACIÓN Y DEFENSA

DE BIENES DE USO

PÚBLICO

2 $0 Periodo Analizado Desde 01 de octubre de 2019 Hasta 30 de septiembre de 2021 Tipo de Insumo Tipo de acción Causa General Frecuencia Valor

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

DESCONOCIMIENTO DEL

AMPARO POR RETÉN

SOCIAL POR CONDICIÓN

DE PREPENSIONADO

DURANTE LOS

PROCESOS DE

REESTRUCTURACIÓN Y

LIQUIDACIÓN DE

ENTIDADES PÚBLICAS

2 $32.218.786

DEMANDA

ORDINARIO LABORAL

DESPIDO SIN JUSTA

CAUSA DE TRABAJADOR

VINCULADO A ENTIDAD

PÚBLICA DE RÉGIMEN DE

DERECHO PRIVADO

2 $96.131.497

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

IMPONE SANCIÓN

DISCIPLINARIA

2 $220.220.923

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

INCUMPLIMIENTO EN EL

PAGO DE PRIMA TÉCNICA

2 $492.837.057

DEMANDA

ORDINARIO LABORAL

INCUMPLIMIENTO EN EL

PAGO DE APORTES AL

SISTEMA DE SEGURIDAD

SOCIAL INTEGRAL

2 $36.341.040

DEMANDA

CUMPLIMIENTO DE NORMAS CON

FUERZA MATERIAL DE LEY 0 DE

ACTOS ADMINISTRATIVOS

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

CONVOCA A CONCURSO

PÚBLICO DE MÉRITOS

PARA PROVEER CARGOS

PÚBLICOS

1 $0

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

DESMEJORA EN LAS

CONDICIONES

LABORALES

1

$23.017.318DEMANDA

CONTROVERSIAS

CONTRACTUALES

ENAJENACIÓN DE

ACCIONES SIN EL

CUMPLIMIENTO DE LOS

REQUISITOS LEGALES

1 $ 823.749.526

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

COBRO INDEBIDO DE

OBLIGACIÓN

1 $72.086.514

DEMANDA

EJECUTIVO

INCUMPLIMIENTO DE

SENTENCIA JUDICIAL

1

$ 974.196

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

INCUMPLIMIENTO DEL

DEBER DE PROTECCION

A LA HONRA Y BUEN

NOMBRE

1 $ 2.828.402.661 Tipo de Insumo Tipo de acción Causa General Frecuencia Valor

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

INCUMPLIMIENTO DEL

DEBER DE PROTECCIÓN

Y SEGURIDAD POR

PARTE

DEL ESTADO

2 $2.005.407.626

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

IMPONE SANCIÓN POR

VIOLACIÓN DE NORMAS

DE DERECHO LABORAL

INDIVIDUAL

1 $33.959.640

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

DESEQUILIBRIO

ECONÓMICO DEL

CONTRATO POR ACTOS 0

HECHOS DE LA ENTIDAD

CONTRATANTE

$ 138.834.798

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

ADJUDICA UN CONTRATO

1 $ 16.387.977

DEMANDA

VERBAL

INCUMPLIMIENTO DE

LAS OBLIGACIONES

CONSIGNADAS EN EL

ACTA DE LIQUIDACIÓN

DEL CONTRATO

1 $3.510.165.221

DEMANDA

CUMPUMIENTO DE NORMAS CON

FUERZA MATERIA DE LEYO DE

ACTOS ADMINISTRATIVOS

ACOSO LABORAL

1 $0

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

LIBRA MANDAMIENTO DE

PAGO 1

$ 196.605.295DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

IMPONE SANCIÓN POR

VIOLACIÓN DE NORMAS

SOBRE CONTRATO DE

APRENDIZAJE

1 $ 134.852.957

DEMANDAD

NUUDADY

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

NO RECONOCIMIENTO

DE INDEMNIZACIÓN POR

DESPIDO SIN JUSTA

CAUSA 1 $3.902.679

DEMANDA

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS

E INTERESES COLECTIVOS

DAÑO 0 AMENAZA

AMBIENTAL POR TALA

MASIVA DE ARBOLES

1 $0

DEMANDA

NUUDADY

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

NO RECONOCIMIENTO

DE REAJUSTE 0

NIVELACIÓN SALARIAL

1 $ 19.577.839 Tipo de Insumo Tipo de acción Causa General Frecuencia Valor

DEMANDA

CONTROVERSIAS

CONTRACTUALES

INCUMPLIMIENTO EN EL

PAGO DE UNA

OBLIGACIÓN CON

GARANTIA REAL

1 $211.213,838

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

OMISIÓN DE LAS

NORMAS DE SALUD

OCUPACIONAL

1 $ 772.775.352

DEMANDA

EJECUTIVO CONEXO

INCUMPLIMIENTO EN

PAGO DE OBLIGACIÓN

CONTENIDA EN TÍTULO

VALOR 1 $ 65.124.938

DEMANDA

DECLARATIVO ESPECIALDIVISORIO

SOLICITUD DE LA

DIVISIÓN MATERIAL DE

BIEN INMUEBLE

1 $0

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

DECLARA LA

OCURRENCIA DEL

SINIESTRO Y ORDENA

HACER EFECTIVA LA

PÓLIZA

1 $59.193.596

DEMANDA

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS

E INTERESES COLECTIVOS

VIOLACIÓN O AMENAZA

A LA MORALIDAD

ADMINISTRATIVA

1 $0

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

DAÑOS A BIENES EN

OPERACIÓN

ADMINISTRATIVA

1 $ 324.327.386

DEMANDA

REPARACIÓN DE LOS PERJUICIOS

CAUSADOS A UN GRUPO

DAÑOS CAUSADOS POR

MEDIDA DE EXTINCIÓN

DE DOMINIO

1 $

10.179.161.552DEMANDA

REPARACIÓN DE LOS PERJUICIOS

CAUSADOS A UN GRUPO

DAÑOS CAUSADOS A

BIENES EN

PROCEDIMIENTO DE

POLICIA

1 $60.917.601.530

DEMANDA

REPARACIÓN DIRECTA

MUERTE DE CIVIL EN

PROCEDIMIENTO DE

POLICIA

1 $306.625.121

DEMANDA

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO

ADMINISTRATIVO QUE

REVOCA EL

NOMBRAMIENTO DE

FUNCIONARIO PÚBLICO

1 $22.449.611

Fuente: Reporte eKOGUI. "Las causas generales se ajustaron, con las contenidas en el glosario de causas del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado Ekogui, vigentes para el año 2021. 1.2. Análisis de sub causas: Con la actividad litigiosa del Instituto, se realizó una priorización de las causas que acaecían con mayor frecuencia y/o valor reconocido, identificando las posibles causas primarias o sub causas, previstas de acuerdo con el impacto para el Instituto y según la evolución de la Política de Prevención del Daño Antijurídico del ICBF, el área generadora o a cargo, definiendo además si es prevenible o no la causa y la prioridad que se le dará a la prevención del daño.

Nombre de la Entidad INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF Causa general pnonzada Hechos Causas primarias o sub-causas Frecuencia Valor Área generadora de la conducta ¿Prevenible? Prioridad

MUERTE DE

ALUMNO EN

ESTABLECIMIENTO

EDUCATIVO Fallecimientos ocurridos en Hogares de Bienestar Familiar. Lesiones ocasionadas en Hogares Comunitarios de Bienestar Familiar, Hogares infantiles, Centros de Desarrollo Infantil. Ausencia de procesos, estrategias o acciones preventivas en

las unidades de Atención. 27 Fallecimientos 48 Lesiones Dirección de Primera Infancia Fallecimientos ocurridos en Hogar Sustituto y en Instituciones del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. Lesiones

$19.509.481.977 $27.970.871.256 Dirección de Primera Infancia. Dirección de ProtecciónSubdirección de Restablecimiento de DerechosSubdirección de Responsabilidad Penal Sí ALTAocasionadas en Instituciones del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, Instituciones de Protección para niños, niñas y adolescentes con discapacidad, Instituciones de Protección.

ACCESO CARNAL O

ACTO SEXUAL VIOLENTO Hechos de violencia sexual ocurridos en Hogar Sustituto e Instituciones del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. Insuficiente control y vigilancia en el cumplimiento de las directrices del ICBF al interior de las unidades de servicio. 13 $9.239.727.374 Dirección de PratecciónSubdirección de Restablecimiento de DerechosS

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