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ICBF - Resolución 1775 - asigna recursos reconocimiento 82 ex madres comunitarias subcuenta de subsistencia fondo solidaridad pensional-2021

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Título
ICBF - Resolución 1775 - asigna recursos reconocimiento 82 ex madres comunitarias subcuenta de subsistencia fondo solidaridad pensional-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTAR FAMILIAR Subdirección General RESOLUCIÓN No. 1775 del 12 de abril de 2021 Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021 LA SUBDIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En ejercicio de la delegación conferida por el numeral 1.5.1.1 del Manual de Contratación, el artículo 9 la Ley 489 de 1998 y en ejercicio del artículo 9 del Decreto 987 de 2012, CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley 100 de 1993, estableció un programa de auxilios en materia pensional destinado a ampliar la cobertura mediante el otorgamiento del subsidio a los grupos poblacionales que, por sus características y condiciones socioeconómicas, no tienen acceso a los sistemas de seguridad social. Que el artículo 2° de la Ley 797 de 2003, modificó el literal i) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993, creando la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, destinada a la protección de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema, mediante el otorgamiento de un subsidio económico que se entrega a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, hoy Colombia Mayor. Que mediante el Decreto 3771 de 2007, compilado en el libro 2, parte 2, Título 14, Capítulo 1 del

Decreto 1833 de 2016, “Por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones”, se reglamentó la administración y el funcionamiento del Fondo de Solidaridad Pensional destinado a ampliar la cobertura mediante un subsidio a las cotizaciones para pensiones, de los grupos de población que por sus características y condiciones socioeconómicas no tienen acceso a los sistemas de seguridad social, así como el otorgamiento de subsidios económicos para la protección de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema. Que de conformidad con el artículo 164 de la Ley 1450 de 2011, Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para Todos, 2010 -2014”, las personas que dejen de ser Madres Comunitarias y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión, ni sean beneficiarias del mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), tendrán acceso a un subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, el cual es complementado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF. Que esta norma conserva su vigencia, de conformidad con el artículo 336 de la Ley 1955 de 2019 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022. ‘Pacto por Colombia pacto por la equidad’”. Que el Capítulo II del Decreto 605 de 2013, compilado en los artículos 2.2.14.3.3 a 2.2.14.3.6 del Decreto 1833 de 2016, establece las condiciones para el acceso a los beneficios de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, de las personas que han dejado de ser madres y padres comunitarios a partir de la entrada en vigor de la Ley 1450 de 2011,

determinando los requisitos, criterios de priorización, valor del subsidio, y causales de pérdida del mismo. Que el parágrafo del artículo 2.2.14.3.4 del Decreto 1833 de 2016, dispone que los cupos que sean determinados en el proceso de selección para el acceso al Subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional que adelante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “serán asignados anualmente por el Comité Directivo del Fondo de Solidaridad www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia @ @icbfcolombiaoficial

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PBX: 4377630

,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTAR FAMILIAR Subdirección General RESOLUCIÓN No. 1775 del 12 de abril de 2021 Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021 Pensional y las bases de ponderación de cada uno de los criterios señalados, serán las que establezca el Ministerio del Trabajo”. Que, desde la Sede de la Dirección General del ICBF, se impartieron las instrucciones de recepción, revisión y verificación de documentos a través de los Centros Zonales de todo el territorio nacional, con el fin de corroborar que las postulantes efectivamente hayan formado parte

del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar Familiar en su condición de Madre o Padre Comunitario. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mediante comunicación 202116200000028061 del 24 de febrero de 2021, suscrita por la Subdirectora de Operación de la Atención a la Primera Infancia, envió a la Gerente Regional de Fiduagraria S.A., los documentos de las ex madres comunitarias con el propósito de que se realizará la validación de los requisitos para acceder a la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional de acuerdo con el artículo 2.2.14.3.3. del Decreto 1833 de 2016. Que por lo anterior, el Ministerio de Trabajo representado por Fiduagraria S.A., en virtud del contrato de Encargo Fiduciario 604 de 2018, del Convenio Interadministrativo 01015842018 y en atención a las disposiciones que consagra el Manual Operativo del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, hoy Colombia Mayor, realizó un proceso de ponderación a la solicitud realizada por las ex Madres Comunitarias, informando al ICBF mediante los oficios con radicados 201610443-EN-687 del 24 de marzo de 2021 y 201610443-EN-688 del 26 de marzo de 2021,el trámite de las ochenta y dos (82) ingresos de ex madres comunitarias que cumplen con los requisitos establecidos en el Decreto 1833 de 2016, para acceder al Subsidio de la Subcuenta del Fondo de Solidaridad Pensional a partir del 01 de marzo y 01 de abril de 2021 respectivamente, en virtud de las disponibilidad de cupos existentes para el ingreso al programa.

A continuación, se relaciona la información de las ex madres comunitarias que ingresan al programa a partir del 01 de marzo de 2021:

PRIMER SEGUNDO PRIMER SEGUNDO

No. REGIONAL IDENTIFICACION

APELLIDO APELLIDO NOMBRE NOMBRE

1 BOGOTA 20.342.273 IZQUIERDO DUARTE ROSAURA

2 BOGOTA 20.489.788 BEJARANO DE MALDONADO MARIA LUISA

3 BOGOTA 20.564.984 NARANJO DE LASSO MARIA HILMA

4 BOGOTA 20.952.310 ROA DE NOVOA BLANCA INES

5 ATLANTICO 22.412.591 PACHECO VILLA MIRYAM DEL CARMEN

6 ATLANTICO 22.688.822 ROA DE DE ALBA MARGARITA ANTONIA

7 BOLIVAR 22.991.854 BASTIDAS DE GONZALEZ ANA ELVIRA

8 ATLANTICO 23.047.071 DIAZ ALVAREZ VILMA SOFIA

9 BOLIVAR 23.083.716 ANILLO DE ANILLO RUBY MARINA

10 SUCRE 23.197.129 DOMINGUEZ DE JIMENEZ LENNIS MARIA

11 BOYACA 23.268.185 MUÑOZ DE ALDANA MARIA ELENA

12 BOYACA 23.488.878 RAMIREZ DURAN MARIA MERCEDES

13 BOYACA 23.544.092 COLMENARES TORRES SABINA

14 BOYACA 23.750.362 PLAZAS MORALES ROSALVINA

15 QUINDIO 24.475.164 LEON ARIAS MARIA DIANELLY

16 QUINDIO 24.480.699 CARVAJAL DE GIL FLOR DE MARIA

www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia @ @icbfcolombiaoficial

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,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos

BIENESTAR

FAMILIAR Subdirección General RESOLUCIÓN No. 1 775 del 12 de abril de 2021 Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021

PRIMER SEGUNDO PRIMER SEGUNDO

No. REGIONAL IDENTIFICACION

APELLIDO APELLIDO NOMBRE NOMBRE

17 QUINDIO 24.566.933 CONTENTO LOPEZ MARIA INES

18 QUINDIO 24.803.944 CASTRO DE VELASQUEZ MARIA MELIDA

19 CALDAS 25.073.759 BAÑOL ANDICA LIBIA

20 CAUCA 25.312.290 VARONA AUDELINA

21 CORDOBA 26.248.176 ESCOBAR DE DORIA ANA MARIA

22 CHOCO 26.254.709 RIVAS CORDOBA DIGNA VICTORIA

23 CHOCO 26.255.229 PINO MORENO JUANA FRANCISCA

24 CESAR 26.941.740 DIAZ PEREZ YOLANDA

25 NARIÑO 27.274.638 TOBAR MUÑOZ JAEL

26 NARIÑO 27.404.331 PRADO HERMENEGILDA

27 TOLIMA 28.993.909 BELLO DE PINILLA ALICIA

28 VALLE 31.243.237 ANDRADE VIDAL SONIA

29 ANTIOQUIA 32.488.594 QUIROS EMILSE DEL SOCORRO

30 ANTIOQUIA 32.495.217 BORJA DE QUINTERO LUZ MARINA

31 BOLIVAR 32.905.089 GARCIA DE DIAZ MARIA LUBELINA

32 MAGDALENA 33.100.299 ATENCIA VILLAMIZAR MARIA

33 BOLIVAR 33.153.263 ROBLES GONZALEZ MARITZA

34 BOLIVAR 33.155.434 GUARDO VEGA MARIA FRANCISCA

35 CAUCA 34.495.140 BUITRON DE LOPEZ BLANCA MILENA

36 CORDOBA 35.000.045 MARTINEZ MANJARRES MARGARITA ISABEL

37 HUILA 36.162.610 GARCIA COLLAZOS ANGELICA

38 MAGDALENA 36.521.170 CARO GONZALEZ DILIA ROSA

39 NORTE DE SANTANDER 37.210.021 SILVA PALENCIA JUANA MARIA

40 NORTE DE SANTANDER 37.811.919 DIAZ BARRAGAN MARGARITA

41 CESAR 42.486.329 ORTIZ DIAZ IMERA SOFIA

42 CESAR 42.487.152 PEINADO DE ALFARO ANA IDALIDES

43 SUCRE 64.545.540 PADILLA BELLO JUANA DE LOS REYES 44 VALLE 66.863.683 SANCHEZ MARTHA ISABEL De otra parte, se relaciona la información de las ex madres comunitarias que ingresan al programa a partir del 01 de abril de 2021:

PRIMER SEGUNDO PRIMER SEGUNDO

No REGIONAL IDENTIFICACION

APELLIDO APELLIDO NOMBRE NOMBRE

1 BOGOTA 20.618.965 RINCON GUZMAN NANCY

2 ANTIOQUIA 21.506.269 CARVAJAL CARVAJAL MORELIA DE JESUS

3 ANTIOQUIA 21.602.781 GALEANO DE GARCÍA MARÍA FANNY

4 ATLANTICO 22.621.421 YEPES DE AGRESOTT CARMEN ALICIA

5 BOYACA 23.349.353 HERNADEZ DE CORSO ANA ISABEL

6 BOYACA 23.488.640 CASTRO RINCON MARIA ADELAIDA

7 QUINDIO 24.601.720 OROZCO OROZCO LUZ AMPARO

www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia @ @icbfcolombiaoficial

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,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTAR FAMILIAR Subdirección General RESOLUCIÓN No. 1775 del 12 de abril de 2021 Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021

PRIMER SEGUNDO PRIMER SEGUNDO

No REGIONAL IDENTIFICACION

APELLIDO APELLIDO NOMBRE NOMBRE

8 CAUCA 25.633.487 PAREDES CARVAJAL ANA DELFA

9 CUNDINAMARCA 26.534.077 PERDOMO POLANIA LUCILA

10 CESAR 26.765.109 PARRA DE RUA LUZ AMANDA

11 NARIÑO 27.302.054 GOMEZ ANDRADE LUZ OLIVA

12 NARIÑO 27.307.530 TAPIA ALVAREZ MARIA GRACIELA

13 SANTANDER 27.982.594 MATEUS QUIROGA VIRGINIA

14 SANTANDER 28.258.322 GUARIN DE SUAREZ CARMEN CECILIA

15 SANTANDER 28.258.350 ALMEIDA CALDERON ANA DEL CARMEN

16 SANTANDER 28.262.140 CRISTANCHO DE LOZANO MARIA DE JESUS

17 VALLE 29.326.237 RESTREPO CUERVO LUDIBIA

18 ARAUCA 30.019.980 BALTA LANDAETA ANA VERONICA

19 SANTANDER 30.046.919 LOPEZ GERENA ANGELINA

20 SANTANDER 30.203.306 HERNANDEZ GONZALEZ ANA BIVIANA

21 VALLE 31.071.068 BUITRAGO DE GONZALEZ MARIA ISAURA

22 VALLE 31.830.893 TRUJILLO CLAROS CARMEN ELISA

23 CUNDINAMARCA 32.001.359 BAUTISTA DE MORALES BLANCA FLOR

24 ANTIOQUIA 32.016.048 LOPEZ MONTOYA JOSEFINA

25 NARIÑO 36.825.208 ANDRADE DE OVANDO MARIA AMPARO

26 NORTE DE SANTANDER 37.250.477 RIVERA FLOREZ BEATRIZ

27 SANTANDER 37.835.527 PALACIO PEREZ TERESA

28 SANTANDER 37.838.644 CACERES GUEVARA DORIS

29 ANTIOQUIA 37.916.119 GAMARRA DE CRUZ EMILIA

30 ANTIOQUIA 39.267.444 PEREZ DE CALIZ DORIS MARIA

31 BOGOTA 39.632.611 CUELLAR GLORIA LUCILA

32 ANTIOQUIA 43.048.143 RENDÒN ARCILA ARNOVIA DE JESUS

33 SANTANDER 63.273.439 MONTAÑO DE INFANTE ELIDA

34 BOGOTA 65.460.010 CORTES LEAL LUZ DARY

35 CUNDINAMARCA 20.457.399 MARROQUIN DE CONTRERAS MARIA BERTILDA

36 SUCRE 22.898.510 BARONE DE OSORIO MERCEDES

37 SUCRE 34.895.065 OTERO DE REGINO ROSALBA ELENA 38 NORTE DE SANTANDER 37.234.618 MONOGA MARIA ALBERTINA Que el artículo 2.2.14.3.5 del Decreto 1833 de 2016, establece el valor del subsidio en razón a la edad y tiempo de servicio de las ex madres comunitarias así: Tiempo de permanencia en el programa Valor del Subsidio Hogares Comunitarios de Bienestar Familiar Mas de 10 años y hasta 15 años $ 220.000 Mas de 15 años y hasta 20 años $ 260.000 mas de 20 años $ 280.000 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia @ @icbfcolombiaoficial

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,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTAR FAMILIAR Subdirección General 1775 del 12 de abril de 2021

RESOLUCIÓN No.

Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021 Que el valor a complementar por parte del ICBF a los subsidios antes descritos variará de acuerdo con el monto del subsidio asignado a la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, el cual de conformidad con la Resolución 5245 de 2019 del Ministerio de Trabajo, será

de OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($80.000), así:

VALOR SUBSIDIO MENSUAL COFINANCIADO

VALOR APORTE FONDO DE $ 220.000 $ 260.000 $ 280.000

SOLIDARIDAD

PENSIONAL VALOR APORTE ICBF DE ACUERDO CON RANGOS DEL SUBSIDIO $ 80.000 $ 140.000 $ 180.000 $ 200.000

Que la Resolución 1370 de 2013, por la cual se actualiza el Manual Operativo del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, hoy Colombia Mayor, establece las funciones, competencia y procedimientos que el ICBF debe adelantar en desarrollo del ingreso y retiro a la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional de las personas que dejaron de ser Madres y Padres Comunitarios a partir de la entrada en vigor de la Ley 1450 de 2011.

Que el numeral 1.5.1.1 del Manual de Contratación vigente, delega en la Subdirectora General, entre otras la “La facultad de dirigir y celebrar los contratos y/o convenios sin cuantía, cuyo objeto se relacione con los asuntos de su competencia y de las dependencias misionales y de la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar familiar y sus subdirecciones, o quien haga sus veces”. Que la mencionada delegación incluye todas las facultades para expedir los actos administrativos necesarios para la ejecución de las etapas precontractual, contractual, poscontractual, de conformidad con la ley y el Manual de Contratación de la Entidad. Que el ICBF, representado por la Subdirectora General y el Ministerio del Trabajo, representado por la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - FIDUAGRARIA S.A., suscribieron el Convenio Interadministrativo 01015842018 de 2018, con el objeto de “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, humanos y financieros para ejecutar el procedimiento operativo en la transferencia de los recursos que realiza el ICBF de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 605 de 2013 en relación con el acceso al subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional de las personas que dejen de ser madres y padres comunitarios, en las condiciones del citado Decreto”. Que el Convenio Interadministrativo 01015842018 de 2018, dispuso en la cláusula 2.3.2 “OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ICBF: 1. Transferir los recursos a la cuenta corriente establecida por FIDUAGRARIA S.A, para la destinación de los subsidios para las personas

beneficiarias de la Subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, una vez se cuente con la relación de pagos que será remitida por el administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad, máximo el último día hábil del mes anterior al pago. Lo anterior de acuerdo con la programación que tal fin remita el ADMINISTRADOR FIDUCIARIO previa disponibilidad del PAC.

2. Realizar los trámites presupuestales necesarios para que se transfieran al administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional, los recursos requeridos para atender el pago de los valores de los subsidios que complementa el ICBF de las personas beneficiarias que accedan a la Subcuenta de Subsistencia”.

www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia @ @icbfcolombiaoficial

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,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos

BIENESTAR

FAMILIAR Subdirección General RESOLUCIÓN No. 1 775 del 12 de abril de 2021 Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021 Que por lo anterior, resulta necesario asignar la suma DIECISÉIS MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS M/CTE ($16.120.000) para el pago de un (1) mes de la vigencia 2021, con destino a

ochenta y dos (82) ex Madres Comunitarias relacionadas en la presente Resolución, las cuales accederán al beneficio del que trata el Capítulo II del Decreto 605 de 2013, compilado en el artículo 2.2.14.3.5 del Decreto 1833 de 2016, frente al valor del subsidio otorgado a la misma, de acuerdo a su tiempo de trabajo como madres comunitarias. Que dicha apropiación se encuentra clasificada en el Rubro C-4102-1500-18-0-4102003-165 Adquisición de bienes y Servicios, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal -CDP9121 del 13 de enero de 2021, por lo que es procedente realizar la asignación de estos. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Ingresar al Programa del Subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, a ochenta y dos (82) ex madres comunitarias que cumplieron con los requisitos establecidos en el numeral 2.2.14.3.3. del Decreto 1833 de 2016, identificadas así:

PRIMER SEGUNDO PRIMER SEGUNDO

No. REGIONAL IDENTIFICACION

APELLIDO APELLIDO NOMBRE NOMBRE

1 BOGOTA 20.342.273 IZQUIERDO DUARTE ROSAURA

DE

2 BOGOTA 20.489.788 BEJARANO MARIA LUISA

MALDONADO

3 BOGOTA 20.564.984 NARANJO DE LASSO MARIA HILMA

4 BOGOTA 20.952.310 ROA DE NOVOA BLANCA INES

5 ATLANTICO 22.412.591 PACHECO VILLA MIRYAM DEL CARMEN

6 ATLANTICO 22.688.822 ROA DE DE ALBA MARGARITA ANTONIA

7 BOLIVAR 22.991.854 BASTIDAS DE GONZALEZ ANA ELVIRA

8 ATLANTICO 23.047.071 DIAZ ALVAREZ VILMA SOFIA

9 BOLIVAR 23.083.716 ANILLO DE ANILLO RUBY MARINA

10 SUCRE 23.197.129 DOMINGUEZ DE JIMENEZ LENNIS MARIA

11 BOYACA 23.268.185 MUÑOZ DE ALDANA MARIA ELENA

12 BOYACA 23.488.878 RAMIREZ DURAN MARIA MERCEDES

13 BOYACA 23.544.092 COLMENARES TORRES SABINA

14 BOYACA 23.750.362 PLAZAS MORALES ROSALVINA

15 QUINDIO 24.475.164 LEON ARIAS MARIA DIANELLY

16 QUINDIO 24.480.699 CARVAJAL DE GIL FLOR DE MARIA

17 QUINDIO 24.566.933 CONTENTO LOPEZ MARIA INES

DE

18 QUINDIO 24.803.944 CASTRO MARIA MELIDA

VELASQUEZ

19 CALDAS 25.073.759 BAÑOL ANDICA LIBIA

20 CAUCA 25.312.290 VARONA AUDELINA

21 CORDOBA 26.248.176 ESCOBAR DE DORIA ANA MARIA

22 CHOCO 26.254.709 RIVAS CORDOBA DIGNA VICTORIA

23 CHOCO 26.255.229 PINO MORENO JUANA FRANCISCA

24 CESAR 26.941.740 DIAZ PEREZ YOLANDA

www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia @ @icbfcolombiaoficial

Página 6 de 10 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTAR FAMILIAR Subdirección General RESOLUCIÓN No. 1775 del 12 de abril de 2021 Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021

PRIMER SEGUNDO PRIMER SEGUNDO

No. REGIONAL IDENTIFICACION

APELLIDO APELLIDO NOMBRE NOMBRE

25 NARIÑO 27.274.638 TOBAR MUÑOZ JAEL

26 NARIÑO 27.404.331 PRADO HERMENEGILDA

27 TOLIMA 28.993.909 BELLO DE PINILLA ALICIA

28 VALLE 31.243.237 ANDRADE VIDAL SONIA

DEL

29 ANTIOQUIA 32.488.594 QUIROS EMILSE

SOCORRO

30 ANTIOQUIA 32.495.217 BORJA DE QUINTERO LUZ MARINA

31 BOLIVAR 32.905.089 GARCIA DE DIAZ MARIA LUBELINA

32 MAGDALENA 33.100.299 ATENCIA VILLAMIZAR MARIA

33 BOLIVAR 33.153.263 ROBLES GONZALEZ MARITZA

34 BOLIVAR 33.155.434 GUARDO VEGA MARIA FRANCISCA

35 CAUCA 34.495.140 BUITRON DE LOPEZ BLANCA MILENA

36 CORDOBA 35.000.045 MARTINEZ MANJARRES MARGARITA ISABEL

37 HUILA 36.162.610 GARCIA COLLAZOS ANGELICA

38 MAGDALENA 36.521.170 CARO GONZALEZ DILIA ROSA

NORTE DE

39 37.210.021 SILVA PALENCIA JUANA MARIA

SANTANDER

NORTE DE

40 37.811.919 DIAZ BARRAGAN MARGARITA

SANTANDER

41 CESAR 42.486.329 ORTIZ DIAZ IMERA SOFIA

42 CESAR 42.487.152 PEINADO DE ALFARO ANA IDALIDES

DE LOS

43 SUCRE 64.545.540 PADILLA BELLO JUANA

REYES

44 VALLE 66.863.683 SANCHEZ MARTHA ISABEL

45 BOGOTA 20.618.965 RINCON GUZMAN NANCY

46 ANTIOQUIA 21.506.269 CARVAJAL CARVAJAL MORELIA DE JESUS

47 ANTIOQUIA 21.602.781 GALEANO DE GARCÍA MARÍA FANNY

48 ATLANTICO 22.621.421 YEPES DE AGRESOTT CARMEN ALICIA

49 BOYACA 23.349.353 HERNADEZ DE CORSO ANA ISABEL

50 BOYACA 23.488.640 CASTRO RINCON MARIA ADELAIDA

51 QUINDIO 24.601.720 OROZCO OROZCO LUZ AMPARO

52 CAUCA 25.633.487 PAREDES CARVAJAL ANA DELFA

53 CUNDINAMARCA 26.534.077 PERDOMO POLANIA LUCILA

54 CESAR 26.765.109 PARRA DE RUA LUZ AMANDA

55 NARIÑO 27.302.054 GOMEZ ANDRADE LUZ OLIVA

56 NARIÑO 27.307.530 TAPIA ALVAREZ MARIA GRACIELA

57 SANTANDER 27.982.594 MATEUS QUIROGA VIRGINIA

58 SANTANDER 28.258.322 GUARIN DE SUAREZ CARMEN CECILIA

59 SANTANDER 28.258.350 ALMEIDA CALDERON ANA DEL CARMEN

60 SANTANDER 28.262.140 CRISTANCHO DE LOZANO MARIA DE JESUS

61 VALLE 29.326.237 RESTREPO CUERVO LUDIBIA

62 ARAUCA 30.019.980 BALTA LANDAETA ANA VERONICA

63 SANTANDER 30.046.919 LOPEZ GERENA ANGELINA

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Página 7 de 10 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 4377630

,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTAR FAMILIAR Subdirección General RESOLUCIÓN No. 1775 del 12 de abril de 2021 Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de

Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021

PRIMER SEGUNDO PRIMER SEGUNDO

No. REGIONAL IDENTIFICACION

APELLIDO APELLIDO NOMBRE NOMBRE

64 SANTANDER 30.203.306 HERNANDEZ GONZALEZ ANA BIVIANA

65 VALLE 31.071.068 BUITRAGO DE GONZALEZ MARIA ISAURA

66 VALLE 31.830.893 TRUJILLO CLAROS CARMEN ELISA

67 CUNDINAMARCA 32.001.359 BAUTISTA DE MORALES BLANCA FLOR

68 ANTIOQUIA 32.016.048 LOPEZ MONTOYA JOSEFINA

69 NARIÑO 36.825.208 ANDRADE DE OVANDO MARIA AMPARO

NORTE DE

70 37.250.477 RIVERA FLOREZ BEATRIZ

SANTANDER

71 SANTANDER 37.835.527 PALACIO PEREZ TERESA

72 SANTANDER 37.838.644 CACERES GUEVARA DORIS

73 ANTIOQUIA 37.916.119 GAMARRA DE CRUZ EMILIA

74 ANTIOQUIA 39.267.444 PEREZ DE CALIZ DORIS MARIA

75 BOGOTA 39.632.611 CUELLAR GLORIA LUCILA

76 ANTIOQUIA 43.048.143 RENDÒN ARCILA ARNOVIA DE JESUS

77 SANTANDER 63.273.439 MONTAÑO DE INFANTE ELIDA

78 BOGOTA 65.460.010 CORTES LEAL LUZ DARY

DE

79 CUNDINAMARCA 20.457.399 MARROQUIN MARIA BERTILDA

CONTRERAS

80 SUCRE 22.898.510 BARONE DE OSORIO MERCEDES

81 SUCRE 34.895.065 OTERO DE REGINO ROSALBA ELENA

NORTE DE

82 37.234.618 MONOGA MARIA ALBERTINA SANTANDER ARTÍCULO SEGUNDO Asignar recursos por un valor de DIECISÉIS MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS M/CTE ($16.120.000), que corresponden al Rubro C-4102-1500-18-04102003-165 Adquisición de bienes y Servicios, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal -9121 del 13 de enero de 2021, con el fin de hacer efectivo el subsidio del que trata el libro 2, parte 2, Titulo 14, Capitulo 1 del Decreto 1833 de 2016, para ochenta y dos (82) ex madres comunitarias identificadas en el artículo primero de la presente Resolución, para la cofinanciación de un (1) mes de la vigencia 2021, de acuerdo al detalle de la siguiente matriz:

NUMERO DE

DEPARTAMENTO MUNICIPIO RANGO APORTE DEL ICBF BENEFICIARIAS CAMPAMENTO $ 280.000 1 $ 200.000

CAUCASIA $ 280.000 1 $ 200.000

COPACABANA $ 260.000 1 $ 180.000

FRONTINO $ 280.000 1 $ 200.000

ANTIOQUIA ITAGUI $ 220.000 1 $ 140.000

MEDELLÍN $ 260.000 1 $ 180.000

SANTAFE DE ANTIOQUIA $ 280.000 1 $ 200.000

YONDO $ 280.000 1 $ 200.000

ARAUCA CRAVO NORTE $ 280.000 1 $ 200.000

BARRANQUILLA $ 280.000 1 $ 200.000

ATLANTICO MALAMBO $ 280.000 2 $ 400.000

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,~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTAR FAMILIAR Subdirección General 1775 del 12 de abril de 2021

RESOLUCIÓN No.

Por medio de la cual se realiza el ingreso y asignación de recursos para el reconocimiento de ochenta y dos ex Madres Comunitarias para el acceso al Subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021

NUMERO DE

DEPARTAMENTO MUNICIPIO RANGO APORTE DEL ICBF BENEFICIARIAS SOLEDAD $ 280.000 1 $ 200.000

BOGOTA BOGOTA $ 280.000 7 $ 1.400.000

CARTAGENA $ 280.000 1 $ 200.000

MAGANGUE $ 280.000 1 $ 200.000

BOLIVAR MARIA LA BAJA $ 280.000 1 $ 200.000

MOMPOS $ 280.000 1 $ 200.000

SAN JACINTO $ 280.000 1 $ 200.000

BOAVITA $ 280.000 1 $ 200.000

CHIQUINQUIRA $ 280.000 2 $ 400.000

BOYACA DUITAMA $ 280.000 1 $ 200.000

MIRAFLORES $ 280.000 1 $ 200.000

VENTAQUEMADA $ 280.000 1 $ 200.000

CALDAS RIOSUCIO $ 220.000 1 $ 140.000

BOLIVAR $ 280.000 2 $ 400.000

CAUCA POPAYAN $ 280.000 1 $ 200.000

GAMARRA $ 280.000 1 $ 200.000

CESAR $ 260.000 1 $ 180.000

VALLEDUPAR $ 280.000 2 $ 400.000

CHOCO QUIBDÓ $ 280.000 2 $ 400.000

MONTERIA $ 280.000 1 $ 200.000

CORDOBA VALENCIA $ 280.000 1 $ 200.000

AGUA DE DIOS $ 280.000 1 $ 200.000

CUNDINAMARCA CUCUNUBA $ 280.000 1 $ 200.000

FACATATIVA $ 280.000 1 $ 200.000

HUILA NEIVA $ 280.000 1 $ 200.000

El BANCO $ 280.000 1 $ 200.000

MAGDALENA SANTA MARTA $ 280.000 1 $ 200.000

BUESACO $ 280.000 1 $ 200.000

LA CRUZ $ 280.000 1 $ 200.000

NARIÑO LA LLANADA $ 280.000 1 $ 200.000

LINARES $ 280.000 1 $ 200.000

ROBERTO PAYAN $ 280.000 1 $ 200.000 $ 260.000 1 $ 180.000

NORTE DE SANTANDER CUCUTA

$ 280.000 3 $ 600.000

ARMENIA $ 280.000 3 $ 600.000

QUINDIO BARCELONA $ 280.000 1 $ 200.000

MONTENEGRO $ 260.000 1 $ 180.000

BARBOSA $ 280.000 3 $ 600.000

SANTANDER GIRON $ 280.000 1 $ 200.000

MOLAGAVITA $ 280.000 2 $ 400.000

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NUMERO DE

DEPARTAMENTO MUNICIPIO RANGO APORTE DEL ICBF BENEFICIARIAS OCAMONTE $ 280.000 1 $ 200.000 $ 260.000 1 $ 180.000

PIEDECUESTA $ 280.000 1 $ 200.000

CHALAN $ 280.000 1 $ 200.000

SAN MARCOS $ 280.000 1 $ 200.000

SUCRE SINCELEJO $ 280.000 1 $ 200.000

SUCRE $ 280.000 1 $ 200.000

TOLIMA VILLARRICA $ 280.000 1 $ 200.000

BUGA $ 260.000 1 $ 180.000

CAICEDONIA $ 280.000 1 $ 200.000

VALLE $ 260.000 1 $ 180.000

CALI $ 280.000 1 $ 200.000

YUMBO $ 280.000 1 $ 200.000

Total general 82 $ 16.120.000 ARTÍCULO TERCERO. Las beneficiarias perderán el derecho al subsidio cuando dejen de cumplir los requisitos establecidos en la normativa o se encuentren incursas en alguna de las causales de pérdida del subsidio, conforme lo previsto en el Decreto 605 de 2013, compilado en el Decreto 1833 de 2016. ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 12 de abril de 2021 Dada en Bogotá, D.C. a los LILIANA PULIDO VILLAMIL Subdirectora General Aprobó: Claudia Alejandra Gálvez Ramírez ___ Directora de Primera Infancia / Edgar Leonardo Bojacá Castro ____ Jefe Oficina Asesora Jurídica.

Revisó: Alejandro Trujillo ___; Juan Felipe Valencia___ Dirección de Primera Infancia ___; Daniel Eduardo Lozano BocanegraDaniela Alejandra Rodríguez Ocampo ___ Oficina Asesora Jurídica___ Carolina del Pilar Torres Montaña ___ Asesor (a) Subdirección General

Elaboró: Johana Molano___ Dirección de Primera Infancia.

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Página 10 de 10 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 4377630

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