ICBF - Resolución 1779 de 2012
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 1779 de 2012
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2012
RESOLUCIÓN 1779 DE 2012
(mayo 10) Diario Oficial No. 48.451 de 4 de junio de 2012
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS DIRECCIÓN GENERAL Por la cual se deroga la Resolución número 1418 de abril 22 de 2009, por la cual se creó el Comité de Proyectos de Inversión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras. EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 117 de 2010, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones. Que mediante Resolución número 1418 del 22 de abril de 2009, se creó el Comité de Proyectos de Inversión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF), con el objeto de analizar la situación presupuestal de los proyectos de inversión, estudiar las solicitudes de modificación o ajuste a las metas sociales y financieras de los distintos programas o modalidades de atención del ICBF y decidir sobre su conveniencia. Que de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 36 del Decreto 117 de 21 de enero de 2010, la Dirección
financieras de los distintos programas o modalidades de atención del ICBF y decidir sobre su conveniencia. Que de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 36 del Decreto 117 de 21 de enero de 2010, la Dirección General está facultada para crear Comités permanentes o transitorios especiales para el estudio, análisis y asesoría en temas de interés del ICBF. Que la Resolución número 2834 del 29 de junio de 2011, “Por medio de la cual se establecen las directrices y responsabilidades para la elaboración y ejecución del Plan de Compras del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras”, define en el parágrafo 1o del artículo 7 o el Gerente de Recurso como responsable de establecer la priorización de necesidades y asignar los recursos proyectados, de acuerdo con las directrices de los Dueños de Proceso. Dichas responsabilidades están orientadas a coordinar la planeación, organización, y control de los recursos humanos, físicos y financieros para el cumplimiento de los procesos misionales, estratégicos, de apoyo y evaluación para el ICBF, con el fin de garantizar una óptima programación y adecuada distribución de los recursos durante la vigencia. Que mediante Resolución número 433 del 2009, se creó el Comité Financiero y de Ejecución Presupuestal del ICBF, con el objeto de realizar seguimiento y análisis de las diferentes fuentes de ingresos y de la ejecución financiera del presupuesto del ICBF. Además, entre sus funciones, de acuerdo con lo señalado en los numerales 4 y 6 del artículo 5 o,
se encuentran la de analizar los resultados del seguimiento financiero de las diferentes instancias del ICBF y hacer recomendaciones de ser pertinente, y analizar la consistencia de los informes de ejecución presupuestal y evaluación financiera, frente a las metas sociales y financieras programadas. Que para desarrollar el Proyecto Estratégico Sistema de Gestión Integral, del Conocimiento y la Innovación, definido en el Mapa Estratégico de la Entidad, el ICBF ha definido la Estrategia Permanente de Innovación y Cambio Organizacional (EPICO), la cual tiene un componente de innovación y racionalización de procedimientos, con el fin de convertir al ICBF en una entidad moderna y eficiente apreciada por los colombianos. Que el 21 de marzo de 2012 se llevó a cabo la Novena sesión del Comité de Proyectos de Inversión de 2012, en la cual se analizó la pertinencia y orientación de este, y sus miembros recomendaron derogar el acto administrativo por el cual se creó el Comité de Proyectos de Inversión y fortalecer el seguimiento financiero en el Comité Financiero y de Ejecución Presupuestal, y en los equipos de los proyectos para la asignación de los recursos. Que la Dirección de Planeación y Control de Gestión, en conjunto con la Dirección Financiera y las Dependencias Misionales, realizó un procedimiento con actividades tendientes a mejorar la capacidad, disponer oportunamente de los recursos necesarios para la operación de los proyectos, programas y servicios de la entidad, mediante las modificaciones presupuestales internas.De igual manera, el procedimiento asigna instancias de seguimiento y control a las diferentes áreas y la inclusión de la
Subdirección de Programación en la revisión de los traslados presupuestales frente a la modificación de las metas sociales y financieras. Que el seguimiento financiero que se hace en el Comité Financiero y de Ejecución Presupuestal se ha fortalecido con el análisis de ejecución y asignación de los recursos de inversión por parte de cada Gerente de Recurso. Que en mérito de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Derogar la Resolución número 1418 del 22 de abril de 2009, por la cual se creó el Comité de Proyectos de Inversión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 10 de mayo de 2012. El Director General,
DIEGO ANDRÉS MOLANO APONTE.
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)