ICBF - Resolución 2000 de 2015
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 2000 de 2015
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2015
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Índice RESOLUCIÓN 2000 DE 2015
(abril 23) Diario Oficial No. 49.502 de 5 de mayo de 2015
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,
CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS DIRECCIÓN GENERAL <NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 4586 de 2018> Por la cual se aprueba La Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF. Resumen de Notas de Vigencia LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en uso de sus facultades legales y estatutarias establecidas en el literal a) del artículo 28 del Decreto número 334
de 1980, en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y demás normas concordantes y complementarias, y CONSIDERANDO: Que el artículo 44 de la Constitución Política señala como derechos fundamentales de los niños, la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado, el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión, así como los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto número 2388 de 1979, reglamentario de la Ley 7ª de 1979, las actividades que realicen las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, con el fin de prestar el servicio público de Bienestar Familiar, deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y a los reglamentos dictados por el ICBF. Que el Código de Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, establece en su artículo 11, parágrafo único, que el instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75 de 1968 y Ley 7ª de 1979) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y para asegurar su restablecimiento. Que de acuerdo con el numeral 8 del artículo 37 del Decreto número 987 de 2012, la Dirección de Nutrición debe definir los Lineamientos y Estándares técnicos de ejecución de los programas y proyectos de nutrición, que
deberán aplicarse de acuerdo con el tipo de atención de su competencia, para cada una de las Direcciones de Primera Infancia, Niñez, Adolescencia, Familia y Comunidades y Protección. Que mediante la Resolución número 2000 de 2014, el Director General del ICBF ordenó la aplicación del enfoque diferencial en todos sus Programas Misionales y estableció que el Instituto en su misión reconoce la diversidad en la atención de su población beneficiaria, en su contexto etario, social, familiar, cultural, de género y por la situación de vulnerabilidad en la que se encuentren y que demanden protección especial. Que en la actualidad se requiere la adopción de la Guía Técnica del componente de alimentación y nutrición, con el fin de orientar el proceso de atención en alimentación y nutrición para los niños, niñas menores de 5 años, adolescentes, mujeres gestantes y madres lactantes de las modalidades del ICBF. Que las modalidades de atención del ICBF se encuentran reglamentadas a través de Lineamientos y Manuales Operativos, a los cuales se entenderá incorporada la presente Guía Técnica para lo pertinente. Que por lo anterior, resulta necesario aprobar la Guía Técnica del componente de alimentación y nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF, con el propósito de que sea incorporada a los lineamientos y manuales de los proyectos. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 4586 de 2018> Aprobar la Guía Técnica del componente de alimentación y nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva.
Ir al inicio ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 4586 de 2018> La Guía Técnica del componente de alimentación y nutrición se entenderá incorporada a los lineamientos y manuales para los programas y proyectos misionales del ICBF en lo pertinente. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 4586 de 2018> El documento aprobado mediante la presente resolución, es de obligatorio cumplimiento por las áreas, servidores públicos, colaboradores y entidades contratistas que prestan, asesoran y orientan el Servicio Público de Bienestar Familiar. Ir al inicio ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 4586 de 2018> La Guía Técnica del componente de alimentación y nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF, que se aprueba con la presente Resolución, será publicada en la página web del ICBF, a través de la siguiente ruta: Normatividad y Contratación – Trasparencia – Lineamientos. Ir al inicio ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2015. La Directora General,
CRISTINA PLAZAS MICHELSEN.
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