ICBF - Resolución 216 de 2025
Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 216 de 2025
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN 0216 DE 2025
Fecha de Expedición: 24 de enero de 2025
Fecha de entrada en vigencia: 24 de enero de 2025
Estado de la vigencia: Vigente.
Fecha de publicación en Diario Oficial: N/A
Número del Diario Oficial: N/A
RESOLUCIÓN 0216 DE 2025
(24 de enero)
“Por la cual se aprueba el Programa Anual de Caja del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia De la Fuente de Lleras - para la vigencia fiscal del año 2025 financiados con recursos propios”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS
En uso de sus facultades legales y estatuarias, y en especial las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el artículo 28 de la Ley 7 de 1979, artículo 1 del Acuerdo No. 003 de enero 18 de 2008 del Consejo Directivo del ICBF y,
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Superior de Política Fiscal - CONFIS, en su sesión del 27 de diciembre de 2024, autorizó para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, una meta global de pagos para la vigencia fiscal 2025, con recursos propios por la suma de CUATRO BILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($4.420.088.460.587), para atender los compromisos y obligaciones que se deriven de la ejecución del presupuesto de la vigencia fiscal del 2025 y de las reservas presupuestales y cuentas por pagar constituidas con cargo al presupuesto de la vigencia 2024.
Que, respecto del Programa Anual Mensualizado de Caja, el artículo 2.8.1.7.2.1 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 20151 establece que:
“En caso de los Establecimientos Públicos con ingresos propios, corresponderá a las Juntas o Consejos Directivos aprobar el PAC y sus modificaciones, con base en las metas globales de pagos aprobados por el CONFIS, o por el Representante Legal en caso de no existir aquellas. Esta facultad se podrá delegar en el Representante Legal de cada entidad”.
Que, en Consejo Directivo, mediante el artículo 1 del Acuerdo No. 003 del 18 de enero de 2008, delegó en el Director(a) General la facultad para “aprobar y modificar el Programa Anual de Caja, con base en la meta global de pagos autorizada en cada vigencia por el CONFIS para el ICBF”.
Que, con fundamento en dicha delegación, se hace necesario aprobar el Programa Anual de Caja para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar el Programa Anual de Caja del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la vigencia comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025 con recursos propios, por la suma de CUATRO BILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($4.420.088.460.587), valor que corresponde a la meta global de pagos autorizada por el Consejo Superior de Política Fiscal - CONFIS para la mencionada vigencia, y con el fin de atender los compromisos y obligaciones de las reservas presupuestales y cuentas por pagar constituidas con cargo al presupuesto de la vigencia 2024 y los que se deriven de la ejecución del presupuesto de la vigencia fiscal 2025, los cuales se distribuyen de la siguiente manera:
Tabla numero 1
Distribución del pago de obligaciones financiadas con recursos propios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF.
[image]
Fuente: Dirección Financiera – Grupo de Tesorería Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF2025
ARTÍCULO 2o. A través de la Dirección Financiera, COMUNÍQUESE el contenido del presente acto administrativo, y por su intermedio, a las dependencias interesadas del ICBF.
ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.