ICBF - Resolución 2169 de 2010
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 2169 de 2010
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2010
RESOLUCIÓN 2169 DE 2010
(mayo 27) Diario Oficial No. 47.729 de 3 de junio de 2010 INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS <NOTA DE VIGENCIA: Resolución 177 de 2010 derogada por el artículo 23 de la Resolución 292 de 2011> Por la cual se adiciona la Resolución número 177 de 20 de enero de 2010. Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Resolución 177 de 2010 derogada por el artículo 23 de la Resolución 292 de 26 de enero de 2011, 'Por la cual se delega una facultad y se dictan normas internas para la constitución, manejo y funcionamiento de las Cajas Menores de las Direcciones Regionales y la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar FamiliarCecilia de la Fuente de Lleras para la vigencia del 2011' LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en uso de sus facultades legales y estatutarias y, CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución número 001 de 4 de enero de 2010, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto Público Nacional-, se reglamentó la constitución y funcionamiento de las Cajas Menores para la presente vigencia. Que en desarrollo de la citada Resolución, el ICBF expidió la Resolución número 177 de 20 de enero de 2010, mediante
la cual delegó una facultad y dictó las normas internas para la constitución, manejo y funcionamiento de las Cajas Menores de la Sede Nacional y Regionales para la vigencia 2010. Que se hace necesario aprobar las cuantías de unas cajas menores que no fueron relacionadas en la Resolución número 177 de 20 de enero de 2010 y autorizar a la Regional Bogotá para constituirlas. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución 177 de 2010 derogada por el artículo 23 de la Resolución 292 de 2011> Adicionar al artículo 5 o de la Resolución número 177 de 20 de enero de 2010 las siguientes cuantías aprobadas para la constitución de las respectivas Cajas Menores:No Regional Área Responsable Tope Máximo de Constitución 1 Bogotá C.Z. Ciudad Bolívar 2.000.000 2 Bogotá C.Z. Tunjuelito 2.000.000 3 Bogotá C.Z. Usme 2.000.000 4 Bogotá C.Z. San Cristóbal 2.000.000 5 Bogotá C.Z. Kennedy 2.000.000 6 Bogotá C.Z. Mártires 2.000.000 7 Bogotá C.Z. Bosa 2.000.000 8 Bogotá C.Z. Rafael Uribe 2.000.000 9 Bogotá C.Z. Santafé 2.000.000 10 Bogotá C.Z. Fontibón 2.000.000
11 Bogotá C.Z. Barrios Unidos 2.000.000 12 Bogotá C.Z. Engativá 2.000.000 13 Bogotá C.Z. Suba 2.000.000 14 Bogotá C.Z. Usaquén 2.000.000 15 Bogotá C.Z. Revivir 2.000.000 16 Bogotá C.Z. Puente Aranda 2.000.000 TOTAL 32.000.000 ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Resolución 177 de 2010 derogada por el artículo 23 de la Resolución 292 de 2011> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo 5 o de la Resolución número 177 del 20 de enero de 2010. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá D. C., a 27 de mayo de 2010. La Directora General,
ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)