🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ICBF - Resolución 2178 - excluye un habilitado banco nacional de oferentes ip 001-20-2022

ICBF

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ICBF - Resolución 2178 - excluye un habilitado banco nacional de oferentes ip 001-20-2022
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2022

f)) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección General e s d e t o d o s FAMILIAR RESOLUCIÓN No. 2178 del 14 de Marzo de 2022 “POR LA CUAL SE EXCLUYE A “BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA” LA ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO HABILITADA EN EL BANCO NACIONAL DE OFERENTES DE NUTRICIÓN IP-0012020-ICBFSEN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN EN SUS MODALIDADES CENTROS DE RECUPERACIÓN NUTRICIONAL, 1.000 DÍAS PARA CAMBIAR EL MUNDO, Y EL SERVICIO DE UNIDADES DE BÚSQUEDA ACTIVA, CUYO OBJETIVO ES: CONTRIBUIR A LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DEL BAJO PESO PARA LA EDAD GESTACIONAL EN LAS MUJERES GESTANTES, LA DESNUTRICIÓN EN NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE CINCO (5) AÑOS, Y ESTABLECER UNA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL CUANDO ESTOS PRESENTEN DESNUTRICIÓN AGUDA A TRAVÉS DE ACCIONES EN ALIMENTACIÓN, NUTRICIÓN Y FORTALECIMIENTO FAMILIAR, EN ARTICULACIÓN CON LAS ENTIDADES DEL SNBF..”

LA SUBDIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, Decreto 1084 de 2015, el Manual de Contratación vigente y demás normas concordantes, pertinentes y previas las siguientes:

I. CONSIDERACIONES

1. Que el ICBF es un establecimiento público descentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, creado mediante la Ley 75 de 1968, reglamentada por el Decreto 2388 de 1979, adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social mediante Decreto 4156 de 2011, que tiene por objeto propender y fortalecer la integración y desarrollo armónico de la familia, proteger a los niños, niñas y adolescentes y garantizarles sus derechos.

2. Que el Manual de Contratación vigente, en su numeral 1.5.1.1, establece la delegación de funciones en materia contractual a la Subdirección General, para dirigir el procedimiento para la conformación de los Bancos Nacionales de Oferentes del ICBF en todo el territorio nacional.

3. Que conforme al numeral 4.11 del Manual del Contratación, el día 14 de agosto de 2020, fue publicado el proyecto de Invitación Pública IP-001-2020-ICBFSEN junto con sus anexos, en la plataforma SECOP II para que los interesados presentaran sus observaciones al mismo hasta el 21 de agosto de 2020.

4. Que a través de la Resolución No. 4792 del 03 de septiembre de 2020, la Subdirectora General del ICBF ordenó

la apertura de la invitación pública No. IP-001-2020-ICBFSEN que tuvo como objeto: “CONFORMAR UN BANCO DE OFERENTES A NIVEL NACIONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN EN SUS MODALIDADES CENTROS DE RECUPERACIÓN NUTRICIONAL. 1.000 DÍAS PARA CAMBIAR EL MUNDO, Y EL SERVICIO DE UNIDADES DE BÚSQUEDA ACTIVA, CUYO OBJETIVO ES: CONTRIBUIR A LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DEL BAJO PESO PARA LA EDAD GESTACIONAL EN LAS MUJERES GESTANTES, LA DESNUTRICIÓN EN NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE CINCO (5) AÑOS, Y ESTABLECER UNA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL CUANDO ESTOS PRESENTEN DESNUTRICIÓN AGUDA A TRAVÉS DE ACCIONES EN ALIMENTACIÓN, NUTRICIÓN Y FORTALECIMIENTO FAMILIAR, EN ARTICULACIÓN CON LAS ENTIDADES DEL SNBF”, este acto administrativo fue publicado el día 03 de septiembre de 2020, conforme al cronograma del proceso, junto con la Invitación Pública Definitiva en la plataforma de SECOP II; en el cual , se convocó a las veedurías ciudadanas interesadas en desarrollar su actividad conforme al artículo 66 de la Ley 80, y así mismo se convocó a todos los organismos de control para que adelanten su función

en el desarrollo del presente procedimiento.

5. Que el día 29 de octubre de 2020, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar expidió la Resolución No. 56622 de 2020, “POR MEDIO DE LA CUAL SE CONFORMA EL BANCO DE OFERENTES A NIVEL NACIONAL PARA 1 A través de la Resolución No. 5206 del 30 de septiembre de 2020, se adoptó el nuevo Manual de Contratación del ICBF, y se derogó la Resolución No. 1100 de 2015 y sus resoluciones modificatorias 2 Por medio de la resolución No. 5667 del 29 de octubre de 2020, se aclaró que el número de la resolución ““POR MEDIO DE LA CUAL SE CONFORMA EL BANCO DE OFERENTES A NIVEL NACIONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN EN SUS MODALIDADES CENTROS DE RECUPERACIÓN NUTRICIONAL. 1.000 DÍAS PARA CAMBIAR EL MUNDO, Y EL SERVICIO DE UNIDADES DE BÚSQUEDA ACTIVA, CUYO OBJETIVO ES: CONTRIBUIR A LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DEL BAJO PESO PARA LA EDAD GESTACIONAL EN LAS MUJERES GESTANTES, LA DESNUTRICIÓN EN NIÑOS Y NIÑAS

1 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75

01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección General e s d e t o d o s FAMILIAR 2178 del 14 de Marzo de 2022 LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN EN SUS MODALIDADES CENTROS DE RECUPERACIÓN NUTRICIONAL. 1.000 DÍAS PARA CAMBIAR EL MUNDO, Y EL SERVICIO DE UNIDADES DE BÚSQUEDA ACTIVA, CUYO OBJETIVO ES: CONTRIBUIR A LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DEL BAJO PESO PARA LA EDAD GESTACIONAL EN LAS MUJERES GESTANTES, LA DESNUTRICIÓN EN NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE CINCO (5) AÑOS, Y ESTABLECER UNA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL CUANDO ESTOS PRESENTEN DESNUTRICIÓN AGUDA A TRAVÉS DE ACCIONES EN ALIMENTACIÓN, NUTRICIÓN Y FORTALECIMIENTO FAMILIAR, EN ARTICULACIÓN CON LAS ENTIDADES

DEL SNBF – IP-001-2020-ICBFSEN”.

6. Que el día 9 de diciembre de 2020, conforme la constancia de ejecutoria del Banco Nacional de Oferentes publicada en SECOP II, quedó en firme el Banco de Oferentes a nivel nacional para la prestación del servicio público de bienestar familiar requerido para la implementación de la Estrategia de Atención y Prevención de la Desnutrición

en sus modalidades Centros de Recuperación Nutricional, 1.000 días para cambiar el mundo, y el servicio de Unidades de Búsqueda Activa.

7. Que dentro de las entidades que resultaron habilitadas a través del acto administrativo citado anteriormente, para operar las modalidades y servicio de la Dirección de Nutrición, en el Banco Nacional de Oferentes IP-001-2020ICBFSEN, se encuentra la entidad BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA,

NIT. 900.691.573-7.

8. Que mediante Auto de Cargos No 0012 del 17 de febrero de 2021, la Dirección General del ICBF formuló cargos a la entidad BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA, NIT. 900.691.573-7., por presuntamente transgredir los artículos 7, 11, 17 y 27 de la Ley 1098 de 2006 e incurrir presumiblemente en las faltas 12, 13 y 16 del articulo 58 de la Resolución 3899 de 2010.

9. Que mediante Resolución No. 3364 del 17 de junio de 2021, se resuelve el proceso administrativo sancionatorio seguido en contra de BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA, NIT. 900.691.573-7, y se resuelve “DECLARAR probados los cargos primero, segundo y tercero del Auto de cargos No. 0012 del 17 de febrero de 2021 y, como consecuencia, SANCIONAR a dicha ESAL con la SUSPENSIÓN DE LA PERSONERÍA JURÍDICA otorgada mediante Resolución No 4433 del 17 de diciembre de 2017, expedida por

la Regional ICBF Guajira, POR EL TÉRMINO DE SIETE (7) MESES, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la resolución señalada inicialmente.

10. Que el contenido de la Resolución No. 3364 del 17 de junio de 2021, fue notificado por medios electrónicos a la representante legal de BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA, el día 17 de junio de 2021.

11. Que mediante radicado No. 202112220000082372 del 01 de julio del 2021, la representante legal de la entidad BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA NIT. 900.691.573-7, interpuso recurso de reposición en contra de la Resolución No. 3364 del 17 de junio de 2021.

12. Que mediante Resolución No. 9993 del 23 de diciembre de 2021 “Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución No. 3364 del 17 de junio de 2021, mediante la cual se resolvió el proceso administrativo sancionatorio contra la entidad BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA identificada con NIT 900.691.573-7”, la Dirección General CONFIRMA en su integridad la Resolución No. 3364 del 17 de junio de 2021 y, la SANCIÓN a la entidad BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA de la suspensión de la personeria jurídica otorgada mediante Resolución No. 4433 del 17 de diciembre de 2017, expedida por la Regional ICBF Guajira, POR EL TÉRMINO DE

SIETE (7) MESES.

13. Que el contenido de la Resolución No. 9993 del 23 de diciembre de 2021, fue notificado por medios electrónicos a la representante legal de BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDRENS FOUNDATION COLOMBIA, el día 28 de diciembre de 2021

14. Que el 29 de diciembre de 2021, de conformidad con el articulo 87 numeral 2 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), se expidió constancia de ejecutoria del acto administrativo citado.

15. Que el numeral VI del numeral 2 del CAPÍTULO III CAUSALES DE EXCLUSIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES de la IP-001-2020-ICBFSEN, establece como una de las causales “VI. La suspensión o cancelación de la personería jurídica por parte de la autoridad competente”.

MENORES DE CINCO (5) AÑOS, Y ESTABLECER UNA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL CUANDO ESTOS PRESENTEN DESNUTRICIÓN AGUDA A TRAVÉS DE ACCIONES EN ALIMENTACIÓN, NUTRICIÓN Y FORTALECIMIENTO FAMILIAR, EN ARTICULACIÓN CON LAS ENTIDADES DEL SNBF – IP-001-2020ICBFSEN”, es la número 5662 de 29 de octubre de 2020. 2 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

f)) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección General e s d e t o d o s FAMILIAR 2178 del 14 de Marzo de 2022

16. Que, por lo anterior, la entidad BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA NIT. 900.691.573-7 habilitada en el Banco Nacional de Oferentes del ICBF IP-001-2020-ICBFSEN, se configura la causal de EXCLUSIÓN del citado Banco.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: EXCLUIR a la entidad BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA NIT. 900.691.573-7, del Banco Nacional de Oferentes de Nutrición IP-001-2020-ICBFSEN, que tiene como objeto CONFORMAR UN BANCO DE OFERENTES A NIVEL NACIONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN EN SUS MODALIDADES CENTROS DE RECUPERACIÓN NUTRICIONAL. 1.000 DÍAS PARA CAMBIAR EL MUNDO, Y EL SERVICIO DE UNIDADES DE BÚSQUEDA ACTIVA, CUYO OBJETIVO ES: CONTRIBUIR A LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DEL BAJO PESO PARA LA EDAD GESTACIONAL EN LAS MUJERES GESTANTES, LA DESNUTRICIÓN EN NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE CINCO (5) AÑOS, Y ESTABLECER UNA RUTA

DE ATENCIÓN INTEGRAL CUANDO ESTOS PRESENTEN DESNUTRICIÓN AGUDA A TRAVÉS DE ACCIONES EN ALIMENTACIÓN, NUTRICIÓN Y FORTALECIMIENTO FAMILIAR, EN ARTICULACIÓN CON LAS ENTIDADES DEL SNBF”, conformado mediante la Resolución No. 56623 de 2020, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el presente acto administrativo al Representante Legal de BAYLOR COLLEGE OF MEDICINE CHILDREN’S FOUNDATION COLOMBIA NIT. 900.691.573-7, a la dirección de correo electrónico

directoraejecutiva@baylorcolombia.org, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 y subsiguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución procede RECURSO DE REPOSICIÓN ante la Subdirección General del ICBF dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, de conformidad con lo previsto en los articulos 74, 76 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a todas las Direcciones Regionales del ICBF y a la Dirección de Nutrición, una vez ejecutoriada para los fines pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo en la plataforma de SECOP II.

ARTÍCULO SEXTO: la presente Resolución rige a partir de su ejecutoria.

NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 14 de Marzo de 2022

LILIANA PULIDO VILLAMIL

Subdirectora General ROL NOMBRE CARGO FIRMA l~I Control de Legalidad Andrés Cárdenas Izquierdo Abogado - Subdirección General Revisó y Aprobó Zulma Yanira Fonseca Directora de Nutrición 2.,1úá fn:eroC Aprobó Helen Ortiz Carvajal Directora de Contratación _j), _,.u. Revisó Lizth Viviana Garcia Pinzón Contratista Dirección de Contratación ~ Revisó Andrea Carolina Collantes Contratista Dirección de Contratación cr_, Elaboró Adriana Marcela Rivera Contratista Dirección de Contratación 00 3 Por medio de la resolución No. 5667 del 29 de octubre de 2020, se aclaró que el número de la resolución ““POR MEDIO DE LA CUAL SE CONFORMA EL BANCO DE OFERENTES A NIVEL NACIONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN EN SUS MODALIDADES CENTROS DE RECUPERACIÓN NUTRICIONAL. 1.000 DÍAS PARA CAMBIAR EL MUNDO, Y EL SERVICIO DE UNIDADES DE BÚSQUEDA ACTIVA, CUYO OBJETIVO ES: CONTRIBUIR A LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DEL BAJO PESO PARA LA EDAD GESTACIONAL EN LAS MUJERES GESTANTES, LA DESNUTRICIÓN EN NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE CINCO (5) AÑOS, Y ESTABLECER UNA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL CUANDO ESTOS PRESENTEN DESNUTRICIÓN AGUDA A TRAVÉS

DE ACCIONES EN ALIMENTACIÓN, NUTRICIÓN Y FORTALECIMIENTO FAMILIAR, EN ARTICULACIÓN CON LAS ENTIDADES DEL SNBF – IP-001-2020ICBFSEN”, es la número 5662 de 29 de octubre de 2020. 3 www.icbf.gov.co CJ 0 ICBFColombia @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

Consultar sobre este documento ...