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ICBF - Resolución 2497 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 1545-21 conformacion banco nal de oferentes ip - 02-20-2021

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Título
ICBF - Resolución 2497 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 1545-21 conformacion banco nal de oferentes ip - 02-20-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

(Cl)) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTASR ubdiredceGc einóenr al

FAMILIAR

RESOLUCIÓN No. 1 B MAY 2021 "POMRE DIDOEL AC UASLE R ESUERLEVCEU RDSEOR EPOSICCOINÓTNLR AA RESOLUNCoI1.Ó5N4D 5E2 5D EM ARZDOE2 02P1O,RM EDIDOEL AC UASLE C ONFOREMLBA A NCDOE OFERENPTAREA SLA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR A NIVEL NACIONAL REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA GENERACIONES SACÚDETE, CUYO OBJETIVO ES ACOMPAÑAR A ADOLESCENTES Y JÓVENES EN LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE VIDA SOSTENIBLES, A TRAVÉS DE PROCESOS DE FORMACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE HABILIDADES Y EL EJERCICIO DE LA C/UDADANÍA-IP-002-2020-ICBFSEN." LAS UBDIRECGTEONREARD AELIL NSTICTOULTOOM BIDAEBN IOE NESFTAAMRI LIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, Manual de Contratación vigente, demás normas concordantes. pertinentes y previas las siguientes l.C ONSIDERACIONES

1. Que el Manual deCo ntratación vigente, establece la delegación de funciones en materia contractual a la

Subdirectora General, para dirigir el procedimiento para la conformación de los Bancos Nacionales de Oferentes del ICBF para todo el territorio nacional.

2. Que conforme al numeral 4.2 del Manual del Contratación vigente, el 17 de diciembre de 2020, fue publicado el proyecto de Invitación Pública IP-002-202jun0tocoIn CsusB aFneSxoEs, Nen la plataforma SECOP 11 para que los interesados presentaran sus observaciones hasta el 24 de diciembre de 2020.

3. Que, dentro del término previsto en el cronograma, se recibieron observaciones al proyecto de la Invitación Publica IP-002-202de0 ca-ráIcteCr téBcnFicoS laEs rNes,pu estas fueron debidamente publicadas, así mismo fueron recibidas y atendidas observaciones e inquietudes extemporáneas y las mismas se publicaron en la plataforma SECOP 11 el dia 22 de enero de 2021.

4. Que mediante de la Resolución No. 0278 del 22 de enero de 2021, la Subdirectora General del ICBF ordenó la apertura de la invitación pública No. JP-002-2020-ICBFSEN que tiene como objeto: "CONFORMAR UN BANCO DE OFERENTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR A NIVEL NACIONAL REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA GENERACIONES SACÚDETE, CUYO OBJETIVO ES ACOMPAÑAR A ADOLESCENTES Y JÓVENES EN LA FORMULACIÓN EN LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE VIDA SOSTENIBLES, A TRAVÉS DE PROCESOS DE FORMACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE HABILIDADES Y EL EJERCICIO DE LA

CIUDADANÍA", este acto administrativo fue publicado el 22 de enero de 2021, conforme al cronograma del proceso, junto con la Invitación Pública Definitiva.

5. Que a través de la Resolución No. 0278 del 22 de enero de 2021, se convocó a las veedurías ciudadanas interesadas en desarrollar su actividad conforme al articulo 66 de la Ley 80, y así mismo se convocó a todos los organismos de control para que adelanten su función en el desarrollo del presente procedimiento.

6. Que dentro del término previsto en el cronograma del proceso, se recibieron observaciones de los oferentes al documento de la Invitación Pública Definitiva IP-002-2020-ICBFSEN hasta el 29 de enero de 2021.

7. Que el día 05 de febrero de 2021, se publicaron las respuestas a las observaciones presentadas a la Invitación Pública IP-002-202d0e c-arIácCterB juFrídSicoE, Ntéc,nic o y financiero, conforme al cronograma del proceso. 8.Q ue a través de la adenda No. 001 publicada el 05 de febrero de 2021, se modificó TITULO 11R.EQ UISITOS

DEC APACITDÉACDN INCUAM ER2A.L1 C.O1N.D ICIPOANREAASC REDILTAAE RX PERIENCIA,

1 www.lcbf.gov.co O ICBFColombia CI (!'ICBFColambla mi) fiICbfcolombraoli(;lal Sede de la Dirección General Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

'11> Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro es de todos

BIENESTAR

Subdirección de General

FAMILIAR

FORMATO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN Y MANIFESTACIÓN DE INTERÉS y el FORMATO No. 4

EXPERIENCIA DEL INTERESADO. 9.Q ue el día 10 de febrero de 2021 a las 16:00 horas a través de SECOP 11, se llevó a cabo el cierre del proceso de Invitación Pública No. IP-002-2020-ICBFSEN, en el cual, la plataforma de contratación pública constató la presentación de TRESCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO (354) manifestaciones de interés.

10. Que el 10 de febrero de 2021 a las 18:05 horas, las TRESCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO (354) manifestaciones de interés, fueron desencriptadas y se publicó la Lista de Ofertas que SECOP II registró. lo anterior, conforme aparece en la sección Lista de Ofertas del proceso en SECOP 11.

11. Que de acuerdo con la Lista de Ofertas que SECOP II registró, el interesado FUNDACIÓN HUELLITAS DEL MUNDO con NIT No. 901.156.149-7, presentó manifestación de interés dentro del término establecido en el cronograma, y quedó identificada bajo el No. 255.

12. Que mediante memorando la Subdirectora General designó el comité de verificación de los requisitos establecidos en la Invitación Pública para la Conformación del Banco Nacional de Oferentes No. IP-002-2020ICBFSEN, publicado mediante mensaje el 26 de febrero de 2021

13Q.u e el día 26 de febrero de 2021, se publicó el informe preliminar de verificación de la IP-002-2020-ICBFSEN

y los informes técnico, jurídico y financiero, con las especificaciones de cada componente.

14. Que conforme al Informe Preliminar de verificación de la IP-002-2020-ICBFSEN, el interesado obtuvo el

siguiente resultado: . .

FUNDACHIUÓRNL IDTEALS 901156149S -A 7N CHBEAZN GUERA CUMPLE NOC UMPLEN OC UMPLE

MUNDO UNAM ARIA

15. Que, en atención a la evaluación anterior, en los/el aspecto(s} Técnico y Financiero se indicó el incumplimiento

(NO CUMPLE) de los siguientes requisitos por parte del interesado: a) NO CUMPLE -Evaluación Técnica

EL OFERENTE

NO ANEXA

FORMI\T06.

POR LO TANTO,

NO SE PUEDE

VERIFICAR SEDE ADMINISTRATIVA y

CONTRATACIÓN FUNOACION PEA L MENOS 255 H\JE IJl¡Ll.T LT AS 90115 76 149NO NO. SI S! NARIÑO NARlfiO SI sr NO NO CUN MO P LE DIRU EN C( T1 O)

R

MUN.DO GENERAL D

TECNICOO DE

PROYECTOS, UN

(1)CONTADOR Y

UN (f) ASESOR

LEGA.L COMO

PARTE DE

TALENTO

HUMANO

2 www.lcbf.gov.co O ICBFColombia C] @ICBFColombla [§] @ir:b!eolomb1aof1C1al Sede de la Dirección General Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

(Clfi

InstiCtoultoom bidaeBn ioe neFsatmairl iar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTSAuRb dirección de General

FAMILIAR

b) NO CUMPLE-Evaluación Financiera 'DAEC EUROCOOLNO ES T/..L8EICDO IP-002-20,E0NELTI lClSUUFLIS OE tJ

REQUISIDTEO SC APACIDAD

Fl1'1ANCISEESR OAL,I ACLILTEAG AR

O SUBSANLAORSS IGUIENTES

DOCUMENTOS

1. DOCUMENfO CONTADOR

PÚBLIECNOV:I CAORP IDAE L A

CÉDULA

2l.l TEARE;AS LT ADDESO tT UACION

FINANCIIENROA.I CEANR Q UE

UNIDAt.llNEDT ARIPAR ESENTAN

LOS ESTADOFSI NANCIEROS

INDIC0A,6.RT ODSE lR EVISOR

FISCAL

FUNDACIÓN 3.L ITERBA:L ESTADDOE

255 HUEWTASOE90 L1 156149• NO NO ACTMOAOIENSD IDCAATRO DSE L

UJNDO 7 CUM'LE REVIFSIOSRC ,6.L

4U.T ERCAN:LO TAAL SO ESS TADOS

FINANCIESRUOSST ENTLAA R

VARJAECINOTNRE I!L A CTIYV O

PASIEXPUVCOA,R LA DIFERENCIA

QUES EE VIDEENNCE ILCA A PITAL

S.OCJAL

6.L ITEOR.CA ELR TIFIACL AOCSI ÓN

ESTADFOISN ANCIIENOR IOCSA:R

•ECHDAE ELABORADCEILÓ N

DOCUMENTO.

6,L ITEREA.L D ICTAD!.EEN' .

REVIFSIOSRC IANLD INCÚAMERR O

oeO OCUMENDTEOI DENlyl DAO

FECHDAE EIAB.ORACDIEÓLN

DOCUMEN"T O.

16. Que, en concordancia con lo establecido en el cronograma del proceso, a los interesados se les dio traslado del informe de verificación preliminar durante el periodo comprendido entre el 1 al 5 de marzo de 2021, con la finalidad de que presentaran sus observaciones y realizaran las subsanaciones y/o aclaraciones a que hubiere lugar.

17. Que, dentro del término de traslado de la evaluación preliminar y plazo para subsanar, el interesado el dia 2 de marzo de 2021, mediante mensajes No CO1.MSG.2367858 y CO1.MSG.2367721 de SECOP 11, aportó los documentos con los que pretendía cumplir las exigencias de la IP-002-2020-ICBFSEN.

18. Que el día 18 de marzo de 2021, en atención al alto volumen de las subsanaciones presentadas, se hizo necesario ampliar el término de publicación de informe de evaluación definitiva, para garantizar una correcta validación de la información, y en aras de garantizar el principio de economía. pluralidad de oferentes y el debido proceso, se consideró necesario modificar el cronograma del proceso mediante la adenda No. 002, documento publicado en la plataforma de SECOP 11.

19. Que el día 25 de marzo de 2021, se efectuó la publicación del ANEXO 1 • OFERENTES HABILITADOS INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN, ANEXO 2 - OFERENTES NO HABILITADOS INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN, ANEXO 3 • INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN JURÍDICA,

ANEXO 4 • INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN TÉCNICA y ANEXO 5 • INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN FINANCIERA, documentos expedidos por el comité verificador de la IP-002-2020-ICBFSEN 3 www.icbf.gov.co 0 I CBFColombla CJ @ICSFColombie mi] @1cbfC()lomb1aoflc1a1 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

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(ffi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar CeciDleli aFa u endteLe l eras BIENESTAR Subdirección de General

FAMILIAR

20. Que en el informe de verificación definitivo el interesado, resultó NO HABILITADO para conformar el Banco Nacional de Oferentes. de conformidad con la siguiente evaluación:

. . ' t . ",., • • FUNDACJÓN SANCHEZ HUELLITAS DEL 9011561B4AN9G-UE7RA UNA CUMPLE RECHAZADO RECHAZADO RECHAZADO RECHAZADO

MUNDO MARJA

21. Que, de conformidad con la evaluación definitiva, en los aspectos técnico y financiero se indicó que la manifestación de interés RECHAZADA con los siguientes requisitos:

a) RECHAZADA-Evaluación Técnica

NO CUMPLE

DENTRO DE LAS

CERTIFICACIONES

PRESENTADAS

NOSE

EVIDENCIAN EL

LITERALC

Subscaoennló

FUNDACIÓN formato No 6 255 HUE D!. eU lT AS 90115 7614 9• SI SI SI SI NAR(f¡O NARIÑO SI SI NO 33 NO RECHAZADO (0r 2/em 03it 1di 2o 02 e 1l

)

02 e 1l ) MUNDO: 11:201•• •vldonci• elc umplimie:nto del requisito de sede adminíslratb1a adamas el cu:mnipedlnello requlsfto de contar con talenlo humano Jlara la oparoclón (Form•6lc) . b) RECHAZADA-Evaluación Financiera .. . ' ''De.acuerdo con la IP-002-2020ICBFSEN en el capítulo IJI

CAUSALES DE RECHAZO Y

EXCWSlÓN DEL BANCO

NACIONAL DE OFERENTES numernl1. CAUSALES DE FUNDACIÓN 901150149· RECHAZO rrteral a) Cuando el HUELUTAS Del 7 NO RECIIAZADO interesado no cumpla con los MUNDO requisitos m1rnmos de trabílitación previstos en el presente documento y en el Estudio Previo de la confonnación del Banco Nacional de Oferentes. 4 www.lcbf.gov.co O ICBFCob1al om [!ID CJ @ICBFColomb!a C!)u;hlcolomb1aofic1al Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

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IntsitCuotloo mbdieBa inneoe stFaarm iliar fi\)) Cecilia De la Fuente de Lleras BIEANREST SubdirdeecG ceinóenr al FAMILIAR El oferente incurrió en esta causal teniendo en cuenta que no aporto la totalidad de los documentos solicitados en subsanación tal corno se solicitó

en el informe preliminar, así:

1. LITERAL A: E.STAOO DE

SITUACIÓN FINANCIERA:

INDICAR DATOS DEL

REVISOR FISCAL.

2. LITERAL 8: ESTADO DE

ACTIVIDADES: INDICAR

DATOS DEL REVISOR FISCAL.

Subsanación de acuerdo con documentos allegados el dia 02/03/2021 12:20:10 PM y 3.45:18 PM

22. Que el día 25 de marzo de 2021, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar expidió la Resolución No. 1545 de 2021, "POR MEDIO DE LA CUAL SE CONFORMA EL BANCO DE OFERENTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR A NIVEL NACIONAL REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA GENERACIONES SACÚDETE, CUYO OBJETIVO ES ACOMPAÑAR A ADOLESCENTES YJ ÓVENES EN LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE VIDA SOSTENIBLES, A TRAVÉS DE PROCESOS DE FORMACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE

HABILIDADES Y EL EJERCICIO DE LA CIUDADANÍA:. fP -002-2020-ICBFSEN.

23. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7 4 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra la Resolución No. 1545 de 2021 expedida por el ICBF, procede solo el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del acto administrativo en el SECOP 11.

24. Que el día 31 de marzo de 2021, mediante mensaje CO1.MSG.2445772 remitido por SECOP, el interesado

No. 255, presentó ante el ICBF recurso de reposición contra la Resolución No. 1545 de 2021. 11R.E QSUIITDOEPS R OCEDIBILIDAD 1.De conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los recursos proceden contra los siguientes actos administrativos, ante los siguientes funcionarios y dentro de los siguientes términos: "Art7í4Rc.eu cluocr osno/otss ar ctaos adminviosPsto.rrr ea gtglieana elcr,o nlots arctaos definitivos procedloes sriágnu ireenctuerss os: 1E.ld er eposaincqtiueói enex,np ilddaei có ipsairqóaunl ea a c lmaordei,fi aqduieco,ir oenveo que.

2. Edle a pelapcaiarónaent il,en mesduipaetarodi moirn ios ftnurcaitcoionevnamlo lis m o propósito.

Noh abarpáe ldaecli adósen c isdielo oMnsie nsi sDtirroescd.teD o erpeasr tAadmmeinntios trativo, supnetreindyer neetpseresn tlaengtadelelse a essn tiddaedsecse ntnrdiae ll oidszei arcdtaousr es organsiuspmeordsi elo oórsre gsa cnoonss titauuctióonnoamloess. Tamopcsoe raápne laabqlueedsle lcaiss piroonfeepsro ilrdo rases ep srentlaengtayejl see fse s

superdielo aersne tsi ydo ardgeasn diesnlmi ovtsee lrr itorial. 3E.ld eq uecjuaa,ns dero e cheadlce ae p elación. Elr ecudreqs ujoeae sfc aultyap toidivrnoápt oenredricsrteea maennettsleeu pedrefilnuo cri ioon ar qudei cldtaeó cimseidóinea,sn ctareqli u tdeoe baecroám pacñoapdriefsa pae r oviqduehena cyiaa negaerdleo c urso. Dee srteec user psood hraác uesrdo e ndterl oocs i n(c5do)í saisg uiale ann otteisfi dcela ac ión decisión. Reciebelis dcore silut poe,or ridoeirn namreád ialtraae mmeidnseteilpexó e nd iyed netceil,dqo iu reá sea decla so. (. ..) 5 www.icbf.gov.co O ICBFColombla fi @ICBCFolcmlxa @¡) @ cbfcolomb1aioc1ra1 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

"fi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De !a Fuente de Lleras El futuro es de todos

BIENESTAR: Subdirección de General FAMILIAR Attíc7u.6 Olpoo rtuyn pirdeasde . nLots arceicóunrdsero esp osy1 acp1eolna dceibóenr án

interppooenrse crersnile tad oi i glendceni oat ifpiecrascooid nóeannl dt,erl ood si (e1z)d 0ías siguia eelnolt a ael,sna o tifipcoaarvc ,ii osóa l onv encidmeitleé nrtmdoiep n uob li. sceagceúilnó n ca. sLoos recucrosno/otss ar cat porse spuondtironástn e rpeoncn uearltsqieue ismeaprloe v,neo l eveennqt uose eh ayaac udaindetjoleu . ez Lorse cuser psroess eanntetafleru ánnc iqoundeai rclitdaoóe cissaillóo vdnoi,u s epsptaoer dlae queyjs aqí,u ifeunec roem pentoeq nuitseri eecriepb oidrprlráones s eanntetaplerr soec urador regiooa nnatelelp ersomnuenrai, oclp iaprqauo er dreencei ybt irralmo,i set i amrploolanss ga sanccioornorenesds ip. esanie t lehlsuob ileurgaer . Elr ecudreas poe lpaocdiirónánt erpdeoirncetrasmoeec notmseou, db isaidrediloer eposyi ción cuapnrdooc seedorabá l igpaatarocarc ieaold j aeu rr is. dicción Lorse cudrers eopso sydi eqc uieónjnosa e roábnl ig. atorios (. ) .. Artíc77u. Rleoq uiPsoriret ggolesan. le orrsae lc usreisn otse rppooenrsdi ctrqroáun neor equdiee re

presenptearcssioqíónu nail lepo nr esheasn itrdaeo c oneonlc aai cdtou aIcgiuóanlp.mo ednrtáen, presepnotmrae rdseielo esc trónicos. Lorse cudresboersre áuannd ierm,lá osssi, g uireeqnutiessi tos:

1. Inptoenredresndete prllo a lzeogp aoelril, n terose u rseaepdsroe nota apnotdeed reabdiod amente constituido.

2. Sustecnotenax rpsrece osnicódrneloe s mtoat idveio nsc onformidad.

3S.o liyac piotlraatrpsa r ru eqbusaeeps r etheancvdeaerl er. 4I.n deinlco amrb ylr ade ei rccdieórlne cu,r arsceíon mtloead i crceieólne ctsrdió ensiseceaar noitfaidpcoo ers mteed io. Si Sóllooas b ogeandee jorsc piocdisroeá arnp oderearlde ocsu,ro rbecrnoat maeog eonftiseco i,o debaecrráe ldaci atlaidrde aa bdo geanede jor ciypc rieols,tac a aru cqiusóee nl see ñpaalrea garanqtuliepaz e arrsp ooqnrua io ebnrr aait ciasfruaá c tudaecnidtóetrnléo r mdiedn o(os)2m eses, Si noh aryai tciafsce hióaenrf áe cltcaia vuacys i eaó rnc heielvx apreátd ei.e n

la Parealt r ádmeirlte ec uerrlse oc urnroee snettnáe o blígdaepc aíglóaansr u mqau eela cto reculreerx iiCdjootan o. d poo,dp raágl aqoru r ee codneob.c"ee r

2. La Resolución No. 1545 de 2021, publicada el 25 de marzo de 2021 en la plataforma del SECOP 11 dentro de la Invitación Pública No. IP-002-2020-ICBFSEN, en atención a lo señalado en el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007 estableció que: "Dceo nforcmolinodd s iapdu eesnlt aLo e 5y2 d7e 1 9, 9l9asu standce/ais ación actuaclaie xopneedsdi,elc oiasóc nta odsm inisltodrsoa ctuimv, econostn,ot ysre angt eonse lroacastol s derivdaeld aao cst ipvriedcaodn ytc roancttrpuaoacdltr tuáeannJl eu,rgp aomrre dieolse ctPróanreialc os. trámnioittfaeic,ci yóp nu blidceat cailaóecnst poosd,ru átanir lssiezo pomretdeisyo, as p licaciones elect, rpoór lon ciuacl quaienses" manifestaron interés y no resultaron incluidos en el listado que conformó el Banco Nacional de Oferentes No. IP-002-2020-ICBFSEN, para todos los efectos. se entienden notificados de la decisión a partir de su publicación. 3, Que conforme con las normas previamente citadas, se verificó que el día 31 de marzo de 2021, mediante

mensaje CO1.MSG.2445772 el interesado No. 255, a través de su representante legal señora Lina Maria Sánchez Banguera, identificado(a) con cédula de ciudadanía No 1.088.353.638, presentó recurso de reposición en contra de la Resolución No. 1545 de 2021.

4. En consecuencia, se observa que el recurso de reposición interpuesto cumple con los requisitos de ley y por lo tanto a continuación se procede revisar los argumentos expuestos por el recurrente.

111. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Y ANÁLISIS DEL ICBF

A. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Mediante mensaje de datos No. CO1.MSG.2445772 de SECOP 11 el día 31 de marzo de 2021, el recurrente manifestó

lo siguiente: '. (.). 6 www.lcbf.gov.co 0 CJ JCBFColombia @lCBFColombta fi @tebfcclomb1aotlc111f Sf,de de la Dirección General Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

(Clfi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección de General BIENESTAR FAMILIAR Enc umplfamlo ie detenrt.om inadporo elICBf ,te 'líendoe nc uenqtau someos unenatida d qufiee mprehe fl'l()!; trabaadojen beneficdeio fi niños,a dolescentyesa horaj óvendee s Colombta como ob·01o·peraador delI rn;nt:uto Colombiandeol Bi enfirF amiliRaetg ional

Nariñaol,c onoc er del aC onvocatoria paraBanc o Nacioden Oalf e1cJ1progtesr ama Generaci2ones.Sac 0úd ete,n v.;po :;tulamos, yc umplcionml osos r equiJ!:ito!iU RJDIy COS TECNICeOnprS i,m etérr m.iN nfioq uedópe ndeinte porc umplmiedri antel posiabi lidad de !;Ubsanaari;pec" dls;. impdlese tle quFiI5itoNA CIERO. Acto segmdo, dentro del ost énmopoaort aae lf ectsou,b sanalmooosyeiros de!io1tpoo,s el ICBexplFi edoasc omoo bsewaclOl'lfi afi af undación end icrhequod toa,lc u fuael enviadrae p-i-tdoe dnelob sot érimnofi:;n-em ;ba 1g oe,n e aln elxd oe l aRe:;ol urnin 1545 de2l5de marzode 202n1oa pa,eoón uestrFaU NOACIHOUNLE LITDAESL M UNDO, dentdrelol istaded Oo FERENHTAEBSI LITADDEOLIS N FRODMEEF INITDIEV O VERIFIICÓANCNo. !:a berno5por qué? LasotY.; ervacionpae:;r as ubs:aenlra eqru ísi:t.o financyiú eniroc paora n<Y..ol:ro!;, fuerolna s gguientes: l.Doc umento Contador Públiceon,vi laacrde ulFat:eJ nev iena ldaasu ..abnración.

2,E.-:.ta do de !.ÍtUaciónFll'\ anciIenrdaie.cnq a urue n idadm onetaPrf..eie"nata mos toeostadoo finanaaooin,d icadartiY.; deRlevi !iOrF r.;caSle:.: u bsanó,e nfi yse envim>n loo datos. 3.Esta-dosd eac bvaiddeisfl,d idcaatosde, l R evi:.oFii sScea5 luA:b--n ó. 4.n-otaalo se!. dO'..fin ancieSruO!;:;:te nltaavr a riaecnibaónec ti1y10Sfi :;ivoe,x plicrla a d,fereqoculseae evrd enc.iena e lc apiooc:iatall :Se subr..anó. 5.c.ert:iflca-ción de loo efidoo finanderfiI;nd icfarec hdae e laboracdeildó ocnu menStoe: Sl.lbsaoó. 6.D-ictamdeeRnle víF!'.OJSCra lIndica.r númrfie deDoc umentosdef' identidadyf echdae elaboracióndel documento: SeS u..!Yanó, Enr azóna lo anterdiore,b iondi crqa usei a lguobsnerav aciqónu huebi erpodai do firgir conpoc;ter i01idad an ue:;benov ídeo !a r,..uab'rlacciitadónas ,enos -.:alchídael amsanos , y en e'eci;toe riin3justo ,no viabqulee fi dijerqauneno cull'pclonfef m roec¡us1 51to financpiaerrceoar h abilitacdomoo oefreenntee lp ioga mae nc omentano.

Tocio lo que fi dl.,ereonno bse rvcaineo;p arsau.. brannaords,i maol sata redaeha cerlo, no entendpoermooq u::;ee no se xdudyelól fitaddoeh a b,ítaldos comooef r ente$. Di! acuecrondo fi anteiiolesa grumentacfáctiiooe:;c asy ju ridicraolsi,cia to l a:; eñora Subdirectorad,em anerrec;pae fi, DISPONERy O RDENARa q uicenor responyde an, favor de laF UNOAGOHNUE LLITDAESLM UNDOl,!:o iJgi-ente: 1.M-ODIFICAdR A NEX1OOFERENHTAEBSI LITAIDNOFSO RDMEEF INmvo DEV ERIICFACTNOd ela Resolució1n4 4d5e 2l5 de marzdoe2 02e1,ne ls entido dei nclaul irafU NDACIOHNU ELUTDAESLM UNDO comeon tidahadb ítlaida. COMPETECNIA Es Ufi comeptentSeñorea, Subdeirctoporar,l an artulaezad eal!al ntyo po rt enet juri!Aliceció,eln l ugadro ndocumeeron losh echos. JURAMENTO Bajo lag rne dadedl j uramenmtoa,ni ife;;tQou en oh ei nstauradoo tra recursoc on fu meneton l o;h echo!; yd erechos,m a ·ade estaa cción. (. . ..), 7 www.iebf.gov.co 0 ICBFColombla CJ @ICBFCOlombta ma fi1cbfcolombtaofrc1al Seddee l aD irecGceinóenr al

Lingeraa tnuaictiaoI nCaBlF Avenciadrar 6e8rN ao .6-47c5 018 009018 080 PBX4:3 776 30 ,fi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Eflu turo BIEENSTARS ubdirección de General es de todos FAMILIAR B.A NÁLIDSEILIS C BF Para resolver la solicitud del recurrente en el caso concreto, se procede a analizar los documentos de la manifestación de interés y los allegados en la subsanación. Con respecto a los argumentos del recurso, relacionados con la evaluación financiera, la Entidad procede a realizar las siguientes precisiones: Es importante recordar que el ICBF cuenta con un régimen especial, establecido en la Ley 7ª de 1979 artículo 21 numeral 9; Decreto 1084 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación'', artículos 2.4.3.2.2., 2.4.3.2.5., 2.4.3.2.7. y 2.4.3.2.8., Decreto 2150 de 1995, articulo 122; y Decreto 1529 de 1996, conocido como "Régimen Especial de Aporte", de manera que los contratos que celebre el lCBF para la operación de sus programas misionales se rigen por las normas sobre CONTRATO DE APORTE. La conformación del Banco Nacional de Oferentes No. IP-002-2020-ICBFSEN, se realizó a través de la INVITACIÓN PÚBLICA de conformidad con lo establecido en el Manual de contratación vigente del ICBF y den la cual, el Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar invita a los interesados a acreditar los reqiusijtuorsoí sdt,i éccnsi, co admitnriastyi fvionsea rnoccosni e l fin de habilitar las ESALES que pueden prestar el servicio público de bienestar familiar a nivel nacional requerido para la implementación del programa generaciones SACÚDETE. Que el dia 26 de febrero de 2021, el ICBF publicó el informe preliminar de verificación de la IP-002-2020-ICBFSEN y los informes técnico, jurídico y financiero, en el cual el comité evaluador, señaló de manera clara y expresa el motivo del incumplimiento, y en consecuencia relacionó los documentos que debían ser objeto de subsanación por parte de la Fundación, respecto de los componetnétcenysi f cionsea rnocsi. Conforme lo anterior, no es acertada la afirmación del recurrente frente a que la fundación cumplió " ... colno s requisitos JURÍDICOS y TÉCNICOS, en primer término. Nos quedó pendiente por cumplir mediante la posibilidad de subsanar aspectos simples del requisito FINACIERO .. ," toda vez que como se demostró con anterioridad, el Comité verificador elevó requerimientos de orden técnico y financiero, tal como se evidencia en los literales a y b del considerando número 15 de esta Resolución. Dentro del término de traslado de la evaluación preliminar y plazo para subsanar, la Representante Legal de la FUNDACIÓN HUELLITAS DEL MUNDO, mediante mensajes No CO1.MSG.2367858 y CO1.MSG.2367721 de fecha 2 de marzo de 2021, aportó documentación con el fin de atender los requerimientos de ordteénc nyif cioni aenrcos

elevados por el comité evaluador, tal y como consta en siguiente detalle: Detalles de mensaje Roferenclai nterna: t, O.. f-l.ELLfASf DEL fiU"DO U-&uarto: t..NA.M AR1A SANCrEZ BN-Gll:RA fe.:tta2:' 03/202112 .2100P M Rolereodc:o-ltma o nsa}eC 01MSG .2367858 li¡,.tof m.nn ai.,!e Gcnernl

SU!l$ANACIOH Tl'..CNICAY F-RA

A&unct FoUNOACION H.a.l.íTAS DE!MUt-00. ,

(',E!'ERI\CDrES SACU)El E

IN"O RMACION Il'W ICtRA H..tLLIATS 0B .

AnexosM \..NX) pdf 13B NJ Socu dei•of :crrr6.S aetdoe :urnn:1ts;1Jfipdtfv a

Buenocsa rd0o0sm: mem atenytar et.0e-1uosa tiO e.nvul s-u:>saOOClOfl. dec apaadtc-acn:::f!Cll con eíl orrTUto6 y ISr.Of m:te:on f-nanoernQ utct1un o&R fentaasc ualqui1m0.;r-uiet\Jdpor w awiocn leQ OOdarrns agi-fifi Fund.loon rl.tcl00i1tMu andos

Lfi P,.1ARIA SANCl-EZ

8 www.lcbf.gov.co O CJ ICBFColombia @ICBFColombia fi @tcbtcolombta0fic1al Seddee l aD irecGceinóenr al Língeraa tnuaictiao InCaBlF

Avenicdaarr 6e8rN ao .6-47c5 018 00901 8 080 PBX4:3 77 630 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar fi\fi Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección de General BIEESTNAR FAMILIAR Así las cosas, es claro que fundación tenía pleno conocimiento de los requerimientos de orden técnico y financiero que fueron elevados por parte del comité verificador. En lo que respecta a la subsanación de orden técnico, en la evaluación preliminar se indicó al proponente que debía subsanar el "FORMATO No 6", adicionalmente se precisó que ninguna de las certificaciones de experiencia aportadas cumplía con el literal "C" así: . . Í\ NÜME.RO NlT. NOMBORfEE RE. I ITEN OMBCRONET RATANTE NUMERO FECHA fECHA ¡-. UTfi· E:RAJ. LITERAL:IÁ mRAL fi

PROf>UES.Tli' CONTRATO INIOO •

IUNDA::ION HUEU.!T.t,S OEl FUUOA.t OU riUTAr(. 011 'f VIDA 'l

2S5 901156 M14 U9 l lOO l SRfi YCM,I •IOS 02·02 018 :011-01·?0 l.tll8·U·30 SI NO 1 fUNDACION HUElllTAS DEL .r1;mUTo COl.OMS "º"DE ¡55 90115 M5 U1 U4 DO9 S,ENESTAR fAM LI 4R CECILIA DE LA ;l,l,NJ20 2020.CS·Ol 2fi:2-,12-13,01 SI NO

FUENTE DE lURAS REG'.ONAl IIARtiio

NSllTUTOCOlOMe A.IIO CE IUNDACION HUELUTAS DEL 255 901155 f,1 'U4 tl:x>9 !'ENESTAR fAM:LrAR CEC!LlA DE LA :143·2020 2020-oe2:--0J?:>1•l HI "º 51 llO FUENTE OE Ulfi'-5 REG OIIAL IIAR'Ño FUlln-tJON HUEUli".S DEL FUNDA.e ó:rnUTR eO N y VIOH 255 901155 fi1 ·u4 11009 l!BROSYt A>.I 110S 018-2020 202G-03N-IO-2J:l-3 , SI NO NO FUfl04tlOU HUfUt;AS OEL COUSEIO co,.1u111A.R,O FRODE'ENSA 255 9ül156 fi1 ·u4 1100g on RIO,APAJE 02250 de 2020 1J20-0Wl2•0O-l1 1·531il 110 NO fUr,OACiOfl PIJIA El DESARROUO DE FUUOAC/ON HUEUITA5 DEL 255 90llS6149 f1U-,tl00 LA CUHJ:A DEL PA.t1FJC.0 tOL0',1B•AUO OllG'S-1019 2019-0Zll2l9-0-I1J-l il Sl NO IIO jfU'IOECUPACl FUIIOfiC 014 P•R:. EL DESfiRROUO DE Iur10At1011 HUElllr>S DEL 255 90115 M5 U1 I4 I9 OO U. CUEr1u CE! PACIFICO COLOM8 AJIO oo.,.<-2018 2018-0121,-60-·l1lO l 51 NO NO

-IUNOECUP.C

-IUNOECUP.C FUN:lAC>OII HUEU,- :,s DEL COrlSEJO COMUU -,q o fROOEfrnSA 255 9011561') MU:JOO DEL RTO -,:_;,-¡¡ OlZd5e1l 320. 2020-0620-2001-1·2 ,v SI NO NO Así las cosas, y al revisar la subsanación recibida. se evidencia que el proponente No 255, aporta en debida forma el FORMATO No 6, no obstante, no allega nuevas certificaciones de experiencia, motivo por el cual la evaluación definitiva, no surte ningún cambio en lo que respecta al cumplimiento del literal C, toda vez que con las certificaciones aportadas inicialmente, si bien se evidencia actividades de las descritas en los literales A) Y 8), el proponente no logró acreditar que las mismas estén relacionadas con las temáticas descritas en el en el literal C del numeral 2.1 de la IP002-20202-ICBFSEN, esto es: o o ". C.).P roagmrasp royedcitrioidsgo asn mosn,m asa,d olesce¡natveesqn uesee ns u imepmlentauctiiólnai ccteinv ipdaaredalef rtsoa lectiomd iehe anbí/ída4d.el0sa csu alsees enmarecna8n: o 1D)e sardrepo rlolog rdaemta arnss formascoicdóiinagr lii daon si ñnaisñ,ao dso lescjeónvteense s. o 2)M egtae ndepnacrinaai sñn aisñ,ao dso,l escjeónvteense s.

3)P royedceit nonso vdaicirigóiandno isñ naisñ,ao dso,l esocj eónvteense s. o 4)P.r oeyctdoees m prendidmiirieidngoatas od olescjeónvtee.ns".e .s Lo anterior quedó reflejado en las observaciones del informe definitivo de verificación técnicaConsolidado de certificaciones, asi:

O'AJ.UACt6H O(A tfl!CTCtTCIIICOtDJ M.Bl.ff A.NT•[CI CI IITlfIlC AC10N[

ravrrA.Ck\N MUCA lt-élt•l:IH•IC8f'SO, - - ... - PNf fOJ 1P\M tJ[ 5ER fi lf f ...,.' .... ....... Nl .,f. .. n [11[E FH OO 1,Ul t,,O A.llAL:IW 1 CM ,j DJICINa)O O H.lt'W.UJR LF >E UTt .S AInt •N 1 tE:LIJIG W• t.......,.,.,,.N1 Y G" l.ETtTVTOMQAE CAM' AS fO l.T,0$ ACO..C,. E ll au«J Af llC El fi TO[ O(fJ O .......,. a.cu-, UN ERA. ST Y 'fCAA YA• l , .,.C .A fiN O :,,:a.,.NNU ,. TtM O t •An 1 I -r.Cu .:'.,,... . --F F[ u·lD ·'" , Na .m." N• :r O •" u • SInr ·i' 110 IIO'{f.. l (XM Pf.G n s.i ,E[ JS •U - -- --UAC GKJ•M A'..- ca.R0M'U EES lAllO • fifi Cirfittfitm 'fi tn l[ lnLlciffl .it teoi t<- t fifitU. f '}UOB J¡I )DI lYA. "f ...fiC JG ....•I .O N[ i'td+ l!'-1Pf.C.S rt'IIHICftIJ $1N' I.. .

" "' ' ,._. IIIW1 4 ll f en : fifi.r:U ,....c.t.cJ::flH..Cl. a,UT fi HA .OWAII '- 1t DE O'XLC "'8" lEELtit t lRlSl ctM STITUT fi, II FF YD DO CAM:IA Jl"1CQ. OEAl-4JAAA T 4. a.uCl,. tl'. CR .OSl fUNCJ MWJCCCIJA FWll l ,O[ C __.. lRAS )'-.P , A 11»,.J( Y , r:19: &:'1.., •2Q20,,. fi fi 1-- ,.,..., ?!'.:1,-""' ,.,._ V"

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