ICBF - Resolución 2530 - adjudica invitacion publica re cau 146988-22-2022
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 2530 - adjudica invitacion publica re cau 146988-22-2022
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2022
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección General RESOLUC IÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA ADJUDICACIÓN DEL PROCESO COMPETITIVO INVITACIÓN PÚBLICA No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN” LA SUBDIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades Legales y Estatutarias, y en especial por las conferidas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, la Resolución No. 4133 del 13 de julio de 2020, el Manual de Contratación de la Entidad, la Resolución No. 002 del 03 de enero de 2022 y la Resolución 1639 de 25 de febrero de 2022
CONSIDERANDO
1. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) es un establecimiento público descentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, creado por la Ley 75 de 1968, reorganizado conforme a lo dispuesto por la Ley 7ª de 1979 y su Decreto Reglamentario 2388 de 1979 y Decreto 1084 de 2015; sus estatutos fueron aprobados mediante Decreto 334 de 1980, modificado parcialmente por los Decretos 1484 de 1983 y 276 de 1988, reestructurado por los Decretos 4156 de 2011, Decreto 393 de 2012 y, su organización interna establecida mediante el Decreto 987 de 2012, Decreto 1927 de 2013 y Decreto 879
de 2020.
2. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) se rige en materia contractual por el Estatuto General de la Administración Pública, y conforme a esto, le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios.
3. Que la cobertura del servicio público de bienestar familiar se realiza a través del contrato de aporte, el cual es una modalidad de contratación prevista para la atención del servicio público de bienestar familiar, definida en el artículo 2.4.3.2.9 del Decreto 1084 de 2015. Así mismo, en relación con el contrato de aporte el artículo 2.4.3.2.7 de la norma referida, establece un factor objetivo de prevalencia en selección de contratistas de servicios de bienestar familiar, no obstante, su modalidad de contratación se hace de manera directa, de conformidad con lo previsto en el artículo 122 del Decreto Ley 2150 de 1995.
4. Que la contratación de aporte de manera directa está prohibida durante la vigencia de la Ley de garantías, en aplicación del artículo 33 Ley 966 de 2005, no obstante, el ICBF requiere suscribir contratos de aporte de manera transitoria y excepcional a través de procesos de selección de carácter competitivo, para efectos de satisfacer la demanda del servicio público de bienestar familiar de los servicios de la Dirección de
Infancia.
5. Que el título IV “4. RÉGIMEN ESPECIAL DE APORTE” del Manual de Contratación se reglamenta la contratación del servicio público de bienestar familiar.
6. Que a través de la Resolución 1639 de 25 de febrero de 2022 “Por medio de la cual se efectúan unas
delegaciones en materia contractual y se derogan la Resolución No. 1348 del 16 de febrero de 2022”, la Subdirección General reasumió la ordenación del gasto para adelantar los procesos de selección que se desarrollaran conforme las condiciones establecidas en las respectivas invitaciones públicas. 1 a n ig Sede de la Dirección General á Línea gratuita nacional ICBF P Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080
PBX: 473 7630
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras
Subdirección General RESOLUC IÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA ADJUDICACIÓN DEL PROCESO COMPETITIVO
INVITACIÓN PÚBLICA No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN”
7. Que en atención la prioridad para seleccionar los contratistas de la Modalidad Generaciones Étnicas Con Bienestar a cargo de la Dirección de Infancia, se requiere que mediante un proceso competitivo mediante el cual se seleccione a un contratista que ejecute la operación de la modalidad bajo los criterios de idoneidad establecidos en el presente documento, cuyo procedimiento se establecerá en la invitación publica expida para tal fin.
8. Que en la sesión virtual del comité de contratación No. 15 de fecha 9 de marzo de 2022, se autorizó a la Dirección de Contratación adelantar el proceso competitivo bajo el régimen especial de aporte, cuyo objeto consiste en “Prestar servicios para promover la protección integral y proyectos de vida de las niñas y los niños que pertenezcan o se autoreconozcan como parte de una comunidad étnica, a partir de su
empoderamiento como sujetos de derechos y del fortalecimiento de la corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el estado, propiciando la consolidación de entornos protectores para las niñas y los niños.” en el Departamento del Cauca, en el municipio de Guapi, Lopez de Micay, para 350 cupos.(Guapi. 200 cupos Comunidades negras, lopez de Micay 100 cupos eperara Siapidara y Lopez Micay 50 cupos comunidades negras)
9. Que el ICBF, el 23 marzo de 2022, a través del portal de contratación SECOP II, se publicaron los documentos y estudios previos y la invitación pública del proceso competitivo No. ICBF-RE-CAU-1469882022SEN.
10. Que durante los días del 23 al 28 de marzo de 2022, se otorgó el término para presentar observaciones a la invitación pública. Durante el periodo mencionado no se recibieron observaciones al proceso a través del portal de contratación SECOP II.
11. Que de acuerdo con la información contenida en el registro del cierre del proceso competitivo No. ICBFRE-CAU-146988-2022SEN, realizado el día 1 de abril de 2022 a las 8:30 a.m., se tiene que se recibieron propuestas por parte de los siguientes proponentes, así:
PROPONENTES
%
PROPUESTA
PARTICIPACIÓN
NOMBRE DEL PROPONENTE INTEGRANTES
1 PRESENCIA COLOMBO SUIZA N/A 100%
FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO,
DESARROLLO Y POTENCIALIZACIÓNDE
2 PROYECTOS INNOVADORES DEL PACIFICO N/A 100%
COLOMBIANO - FUNDACIÓN CHONTO
CIMARRÓN
2 a n ig Sede de la Dirección General á Línea gratuita nacional ICBF P Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080
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Subdirección General RESOLUC IÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA ADJUDICACIÓN DEL PROCESO COMPETITIVO
INVITACIÓN PÚBLICA No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN”
12. Que conforme a lo previsto en el artículo 2.2.1.1.2.2.3. del Decreto 1082 de 2015, el Ordenador del Gasto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, mediante memorando publicado el 1 de abril de 2022, conformó el comité evaluador para el proceso competitivo No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN, el cual fue publicado en el portal SECOP II.
13. Que el día 6 de abril de 2022, se publicó el informe de evaluación preliminar en la plataforma del SECOP
II, con el siguiente resultado:
NOMBRE DEL EVALUACIÓN EVALUACIÓN EVALUACIÓN EVALUACIÓN
PROPONENTE TÉCNICA FINANCIERA JURÍDICA FINAL
PRESENCIA COLOMBO
CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE
SUIZA
FUNDACIÓN PARA EL
FOMENTO,
DESARROLLO Y
POTENCIALIZACIÓN DE
PROYECTOS CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE
INNOVADORES DEL
PACIFICO COLOMBIANO
- FUNDACIÓN CHONTO
CIMARRÓN
14. Que los resultados de la evaluación preliminar permanecieron a disposición de los proponentes
para la presentación de observaciones a los mismos y subsanación de los documentos pertinentes del 7 al 8 de abril de 2022.
15. Que el día 7 de abril de 2022, a través de mensaje publicado en la plataforma del Sistema Electrónico para la Contratación Estatal SECOP II y estando dentro del término otorgado como traslado de la evaluación, el proponente FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO, DESARROLLO Y POTENCIALIZACIÓNDE PROYECTOS INNOVADORES DEL PACIFICO COLOMBIANO - FUNDACIÓN CHONTO CIMARRÓN allego los documentos de subsanación solicitados en los Informes de verificación preliminar de carácter técnicos y jurídicos,
16. Que el proponente FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO, DESARROLLO Y POTENCIALIZACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES DEL PACIFICO COLOMBIANO - FUNDACIÓN CHONTO CIMARRÓN, no cumplió con todos los requisitos mínimos habilitantes, toda vez que al verificar los documentos de subsanación de los requisitos jurídicos no se acompañó la Certificación de Cumplimiento de Pagos de aportes de Seguridad Social y Parafiscales de los documentos de la Revisora Fiscal, tal y como se indican en la Invitación Pública, subnumeral 3 del numeral 3.1.2. REQUISITOS DE VERIFICACIÓN PARA LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO “(…) Cuando la certificación sea expedida por Revisor Fiscal se 3 a n ig Sede de la Dirección General á Línea gratuita nacional ICBF P
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección General RESOLUC IÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA ADJUDICACIÓN DEL PROCESO COMPETITIVO INVITACIÓN PÚBLICA No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN” deberá adjuntar a la manifestación de interés la respectiva cédula de ciudadanía, tarjeta profesional y certificado de antecedentes de la Junta Central de Contadores vigente”
17. Que el día 13 de abril de 2022, conforme al cronograma del proceso se procedió a publicar en el Sistema Electrónico para la Contratación Estatal SECOP II, el informe final de evaluación con la asignación de los respectivos criterios de ponderación, el cual corresponde al siguiente resultado:
PRESENCIA COLOMBO SUIZA
EVALUACIÓN EVALUACIÓN EVALUACIÓN CAPACIDAD EVALUACIÓN
PUNTAJE
TÉCNICA FINANCIERA JURÍDICA OPERATIVA FINAL
CUMPLE CUMPLE CUMPLE 15 4.520 SMMLV, CUMPLE
FOMENTO, DESARROLLO Y POTENCIALIZACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES DEL PACIFICO
COLOMBIANO - FUNDACIÓN CHONTO CIMARRÓN
EVALUACIÓN EVALUACIÓN EVALUACIÓN CAPACIDAD EVALUACIÓN
PUNTAJE TÉCNICA FINANCIERA JURÍDICA OPERATIVA FINAL No aplica toda vez que no cumple los CUMPLE CUMPLE NO CUMPLE 15 NO CUMPLE requisitos mínimos habilitantes
18. Que al oferente PRESENCIA COLOMBO SUIZA se le otorgan 15 puntos, teniendo en cuenta que no
registra sanciones de la Oficina de Aseguramiento a la Calidad y procesos sancionatorios contractuales ejecutoriados, no se le otorgan puntos en criterio territorial, teniendo en cuenta que no anexa certificación.
19. Que al oferente FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO, DESARROLLO Y POTENCIALIZACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES DEL PACIFICO COLOMBIANO - FUNDACIÓN CHONTO CIMARRÓN no se le otorgan puntos en criterio territorial, teniendo en cuenta que las certificaciones que cumple con los requisitos técnicos establecidos en la IP ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN, no tienen experiencia específica en el departamento, municipio ni en la comunidad, se le otorgan 15 puntos, teniendo en cuenta que no registra sanciones de la Oficina de Aseguramiento a la Calidad y procesos sancionatorios contractuales ejecutoriados. 4 a n ig Sede de la Dirección General á Línea gratuita nacional ICBF P
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INVITACIÓN PÚBLICA No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN”
20. Que pese a que existió empate en la ponderación Sancionatorios, no fue necesario aplicar los criterios de desempate estipulados en el numeral 2.2. de la Invitación Pública No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN,
toda vez que el oferente FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO, DESARROLLO Y POTENCIALIZACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES DEL PACIFICO COLOMBIANO - FUNDACIÓN CHONTO CIMARRÓN, no dio cumplimiento a todos los requisitos de selección, en particular a la habilitación Juridica. Que atendiendo las disposiciones del proceso y efectuada la valoración de todos los criterios señalados en el pliego de condiciones, así como el resultado de las evaluaciones realizadas, verificada la legalidad del proceso y las causales de rechazo, validado el desarrollo de la misma y con miras a dar aplicación a los principios que rigen los procedimientos de escogencia de los contratistas de las entidades estatales, especialmente el de selección objetiva, el comité evaluador a través del informe definitivo señaló para el proceso competitivo No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN a PRESENCIA COLOMBO SUIZA con NIT 890.984.938-4, representada legalmente por CARLOS ALBERTO DE SAN FRANCISCO BAENA CORREA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.575.168 expedia el 25 de noviembre de 1977 en Medellín – Antioquia, en los términos señalados en el informe final de evaluación, por un monto de CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE ($133.534.450), como aporte del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR para la atención de los beneficiarios.
Que, en mérito de lo expuesto, la Subdirectora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” – ICBF.
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar el del proceso competitivo No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN, cuyo objeto consiste en “Prestar servicios para promover la protección integral y proyectos de vida de las niñas y los niños que pertenezcan o se autoreconozcan como parte de una comunidad étnica, a partir de su empoderamiento como sujetos de derechos y del fortalecimiento de la corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el estado, propiciando la consolidación de entornos protectores para las niñas y los niños.” de la Modalidad de Generaciones Étnicas con Bienestar al proponente PRESENCIA COLOMBO SUIZA con NIT 890.984.938-4, representada legalmente por CARLOS ALBERTO DE SAN FRANCISCO BAENA CORREA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.575.168 expedia el 25 de noviembre de 1977 en Medellín – Antioquia, en el, Departamento del Cauca, en el municipio de Guapi, Lopez de Micay, para 350 cupos.(Guapi. 200 cupos Comunidades negras, lopez de Micay 100 cupos Eperara Siapidara y Lopez Micay 50 cupos comunidades negras), por la suma de CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE ($133.534.450), como aporte del INSTITUTO COLOMBIANO
DE BIENESTAR FAMILIAR para la atención de los beneficiarios.
PARÁGRAFO: Los recursos a comprometer por concepto de aportes del ICBF se encuentran respaldados por la disponibilidad presupuestal que se relaciona a continuación: 5 a n ig Sede de la Dirección General á Línea gratuita nacional ICBF P
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RESOLUC IÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA ADJUDICACIÓN DEL PROCESO COMPETITIVO
INVITACIÓN PÚBLICA No. ICBF-RE-CAU-146988-2022SEN” Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080
PBX: 473 7630 6 anigáP
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección General Posición Catálogo de No. CDP Fecha de CDP Fuente Valor Gastos
CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES
C-4102-1500-20-0QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL 18922 22/02/2022 Propios
4102045-02 CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE
($133.534.450
ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese al proponente adjudicatario el contenido de la presente Resolución en los términos establecidos en el artículo 66 y 67 de la Ley 1437 de 2011 y comuníquese a los demás proponentes a través del SECOP con la publicación de la presente Resolución en el portal de contratación
www.colombiacompra.gov.co.
ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 77 de la Ley 80 de 1993
ARTICULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de su expedición, ordenándose la publicación de la misma en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II.
Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del mes de abril de 2022
NOTIFIQUESÉ, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
LILIANA PULIDO VILLAMIL
Subdirectora General
ROL NOMBRE CARGO FIRMA
Reviso Subdirección Andrés Cárdenas Izquierdo Asesor de la Subdirección General General Aprobó Helen Ortiz Carvajal Directora de Contratación Contratista de la Dirección de Revisó Karen Johana Ayala Contratación Adriana Elizabeth Meza Contratista de la Dirección de Proyectó Santander Contratación