ICBF - Resolución 2542 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 1739-21 actualizacion banco nal de oferentes ip - 02-19-2021
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 2542 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 1739-21 actualizacion banco nal de oferentes ip - 02-19-2021
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2021
f, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 2542 del 19 de mayo de 2021 RESOLUCIÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN No. 1739 DE 09 DE ABRIL DE 2021, POR MEDIO DE LA CUAL SE REALIZA LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES MI FAMILIA IP 002-2019, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MODALIDADES DE ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO, DE LA DIRECCIÓN DE FAMILIAS Y COMUNIDADES, ESPECIALMENTE LA MODALIDAD MI FAMILIA CUYO OBJETIVO ES: FORTALECER A LAS FAMILIAS PARA PROMOVER LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y CONTRIBUIR A LA PREVENCIÓN DE VIOLENCIA, NEGLIGENCIA O ABUSOS EN SU CONTRA”– ICBFACTUALIZACION(IP-002-2019)-2021SEN.” LA SUBDIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, Manual de Contratación vigente, demás normas concordantes, pertinentes y
previas las siguientes
I. CONSIDERACIONES
1. Que el Manual de Contratación vigente, establece la delegación de funciones en materia contractual a la Subdirectora General, para dirigir el procedimiento para la conformación de los Bancos Nacionales de Oferentes del ICBF para todo el territorio nacional.
2. Que mediante la Resolución No. 810 del 15 de febrero de 2021, se ordenó la actualización del Banco Nacional de Oferentes de Familias y Comunidades, a través de la invitación ICBF-ACTUALIZACION(IP-002-2019)-2021SEN que tiene como objeto: “ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES MI FAMILIA IP 002-2019, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MODALIDADES DE ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO, DE LA DIRECCIÓN DE FAMILIAS Y COMUNIDADES, ESPECIALMENTE LA MODALIDAD MI FAMILIA CUYO OBJETIVO ES: FORTALECER A LAS FAMILIAS PARA PROMOVER LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y CONTRIBUIR A LA PREVENCIÓN DE VIOLENCIA, NEGLIGENCIA O ABUSOS EN SU CONTRA”. Este acto administrativo fue publicado el 15 de febrero de 2021, conforme al cronograma del proceso, junto con la Invitación Pública definitiva.
3. Que a través de la Resolución No. 810 del 15 de febrero de 2021, se convocó a las veedurías ciudadanas
interesadas en desarrollar su actividad conforme al artículo 66 de la Ley 80, y así mismo se convocó a todos los organismos de control para que adelanten su función en el desarrollo del presente procedimiento.
4. Que dentro del término previsto en el cronograma del proceso, se recibieron observaciones de los oferentes al documento de la Invitación Pública Definitiva ICBF-ACTUALIZACION(IP-002-2019)-2021SEN hasta el día 18 de febrero de 2021.
5. Que el día 22 de febrero de 2021, se publicaron las respuestas a las observaciones presentadas a la Invitación Publica ICBF-ACTUALIZACION(IP-002-2019)-2021SEN, de carácter jurídico, técnico y financiero, conforme al cronograma del proceso.
6. Que el día 22 de febrero de 2021, mediante adenda No. 1, se modificó: EL TÍTULO II. ASPECTOS TÉCNICOS,
NUMERAL 2VALORES TÉCNICOS AGREGADOS DEL SERVICIO, eliminado la nota No 1, Y AJUSTAR EL FORMATO 5VALORES TÉCNICOS AGREGADOS DEL SERVICIO; EL TÍTULO III. ASPECTOS FINANCIEROS; y EL CAPÍTULO VI. ACTUALIZACIÒN DE INFORMACIÒN DE 204 HABILITADOS EN BANCO NACIONAL DE
OFERENTES, NUMERAL 1CONDICIÓN FINANCIERA.
7. Que el día 25 de febrero de 2021, conforme al análisis realizado sobre las observaciones presentadas por los oferentes, y teniendo en cuenta que las mismas se efectuaron sobre aspectos sustanciales de las condiciones del
proceso, se consideró necesario expedir la Adenda No. 002, con el fin de modificar el cronograma del proceso; documento publicado en la plataforma de SECOP II. 1 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@]@ icbfcolombiaoficial
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8. Que el día 3 de marzo de 2021 a las 15:00 horas a través de la plataforma de SECOP II, se llevó a cabo el cierre del proceso de Invitación Pública No. ICBF-ACTUALIZACION(IP-002-2019)-2021SEN, en el cual, la plataforma de contratación pública constató la presentación de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO (465) manifestaciones de interés, que se desagregan en dos (2) lotes. El primer Lote que corresponde a CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155) manifestaciones de interés de los DOSCIENTOS CUATRO (204) interesados que inicialmente estaban habilitados para la vigencia 2019, y quienes actualizaron su información técnica y financiera; y un segundo lote que corresponde a TRESCIENTOS DIEZ (310) manifestaciones de interés de nuevos interesados para ser parte del
Banco Nacional de Oferentes de Familias y Comunidades.
9. Que el día 04 de marzo de 2021 a las 4:53 horas, las CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO (465) manifestaciones de interés, fueron desencriptadas y se publicó la Lista de Ofertas que SECOP II registró, lo anterior, conforme aparece en la sección Lista de Ofertas del proceso en SECOP II, que corresponde a los CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155) interesados que presentaron su actualización en el lote uno, y a los TRESCIENTOS DIEZ (310) nuevos interesados en hacer parte del Banco Nacional de Familias y Comunidades.
10. Que de acuerdo con la Lista de Ofertas que SECOP II registró, el interesado FUNDACIÓN VISIÓN TRANSFORMADORA con NIT. 901.089.607-1 presentó manifestación de interés dentro del término establecido en el cronograma, y quedó identificada bajo el No. 2021350.
11. Que el 11 de marzo de 2021, en atención a la masiva participación de interesados en el proceso, el Comité verificador requirió la ampliación del periodo de verificación de los documentos aportados, por lo tanto, se consideró necesario expedir la Adenda No. 003, con el fin de modificar el cronograma del proceso, documento que fue publicado en la plataforma de SECOP II en la fecha indicada.
12. Que el día 18 de marzo de 2021, se publicó el informe preliminar de verificación de la invitación ICBFACTUALIZACION(IP-002-2019)-2021SEN y los informes técnico, jurídico y financiero, con las especificaciones de cada componente.
13. Que conforme al Informe Preliminar de verificación de la ICBF-ACTUALIZACION(IP-002-2019)-2021SEN, el
interesado FUNDACIÓN VISIÓN TRANSFORMADORA identificado con NIT 901.089.607-1 obtuvo el siguiente resultado:
lffllllMPEW MINARYBIFICM:IÓRlflNÍ:ANNC:AIYE.J RUAÍD ICAM:TUA1.12ACIÓNIP002~9
IIN ·-·I IDI rE .I F11T IIOIBIEO FDEIITE r. VWEACll'.llm:ia:APIEINW rI . VWEACOIFIIAll:EIIAPIEIN rW .I VWEAClMl'I.IIIID PIEINWI r . 1011350 90W8SS07 FUNOAC~IO$NIO NTR ANSFORMADORA NOC UMPLE NOC UMPLE NOC UMPLE
14. Que, en atención a la evaluación anterior, en los aspectos Técnico, Jurídico y Financiero, se indicó el incumplimiento (NO CUMPLE) de los siguientes requisitos por parte del interesado:
a) NO CUMPLE – Evaluación Técnica
NÚMERO ESTADO
NIT NOMBRE REGIONALESD EI NTER(S
PROPUEST VERIFICACIÓN OBSERVACIÓN INTERESADO INTERESADO PARAO PERAR Aµ ~ ~ ~ T(CNICA ~ r; ANTIJQUIA--C~CÓ--VALLE NOA CREDITEAX PERIENCCIOAN E LM ÍNIM1O3 D1 EC ONTRTAO SE JECUTAOCTJSEYR MINADAOSSA T ISFACCIÓON FUNDACIOVNIS ION 2021350 901.089.607T RANSFORMADORDAE LC AUCA-- RISARALD--A NOC UMPLE LIQUIDADOS--LDAES E XPERIENCAIALSL EGADANSO A CREDITMÓÍN IMOEN U NAA, COMPA~AMIENTD
CALDAS PSICOSOCIFAALM ILIAAR T RAVÉDSE \ /ISITAE ND OMICILIIO
b) NO CUMPLE – Evaluación Jurídica EVALIIACJÓIIII ÍOCA ltPIIOPIES¡T-A; 11T ¡-; NOMBROEF ERENTE (CIN'LEIIIO OIISERVACIINES r; ~ CIJIII.EIRECHAZADOI['; DENTRDOETL ÉRMIDNEOT RASLADDEOL A E VALUACPIÓRENL IMINEALIRN ,T ERESDAEDBOE RAPÁO RTAR FUNDACVOISNO N FILA49 :E LP FOPONETNENOAT PEO RTCAO NSTANDCETI AR AIYDITEEL A C ERTIFICADCERO ENC ONOSIMDIEEPN ETROS ONERIA 2021350 901089607 NOC UMPLE TRANSFORMACION JURIOIECXAP EDPIDOARE LC BFV IGENDTEEC ONFORMCIDOANLDO E STABLECEINDL AOI N VITACPIOUNB LIC11A 2 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@] @ icbfcolombiaoficial
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 2542 del 19 de mayo de 2021 c) NO CUMPLE – Evaluación Financiera
CUMPLIMIE CUMPLIMIEN
No. Nombre del NTO CAPITAL DE TO
NIT LIQUIDEZ ENDEUDAMIENTO OBSERVACIONES Propuesta Oferente DDCUMENT TRABAJO INDICADDRE G! E E AL E E E E s E E
DE ACUERDOC ONL OE STABLECIDOE NL A IP-002-2019-ICBFSEENN EL TILULO 11 ASPECTOS FINANCIEROS,S E SOLICITAA LLEGAR O SUSSANAR LOS 2021350 301083607 FUNDACIÓVN1 SlóN NOCUMP\.E o NOCUMPL o NOC UMPLE o NOCUMPLN O CUMPLE S 1·I G NU OI TE AN ST E ADS O L OC SU M ESE TN AT DO OS S: FINANCIEROSS: E SOLICITA EXPLICACIÓNY
TRANSfDRMAOORA DISCRIMINACIÓNP ARTIDAS DEL RUBRO OTROS ACTIVOSF INANCIEROS
CORRIENTESN OTA# 4 Y OTROSA CTIVOSN O FINANCIEROSC ORRIENTES
NOTA#5
15. Que, en concordancia con lo establecido en el cronograma del proceso, a los interesados se les dio traslado del informe de verificación preliminar durante el periodo comprendido entre el 19 al 25 de marzo de 2021 hasta las 23:59 horas, con la finalidad de que presentaran sus observaciones y realizaran las subsanaciones y/o aclaraciones a que hubiere lugar.
16. Que, dentro del término de traslado de la evaluación preliminar y plazo para subsanar, el interesado aportó el día 25 de marzo de 2021 documentos, con los que pretendía cumplir las exigencias de la ICBF-ACTUALIZACION(IP002-2019)-2021SEN.
17. Que el día 9 de abril de 2021, se efectuó la publicación del ANEXO 1 - CONSOLIDADO INFORME DE VERIFICACIÓN DEFINITIVO DE REQUISITOS ACTUALIZACIÓN BANCO NACIONAL DE OFERENTES (IP-0022019)-2021SEN; documento expedidos por el comité verificador de la ICBF-ACTUALIZACION(IP-002-2019)-
2021SEN.
18. Que en el informe de verificación definitivo el interesado, resultó NO HABILITADO para conformar el Banco Nacional de Oferentes, de conformidad con la siguiente evaluación:
EVALUACIÓN
Representante N° Nombre Proponente NIT Legal Requisitos Requisitos Requisitos VERIFICACIÓN RANGO DE CAPACIDAD Jurídico Técnicos Financieros DEFINITIVA OPERATIVA
UVERNEYS
MOSQUERA
350
FUNDACIÓN VISIÓN
901.089.607-1 MOSQUERA CUMPLE
NO
CUMPLE
NO
TRANSFORMADORA CUMPLE HABILITADO
C.C. 1.076.322.985
19. Que, de conformidad con la evaluación definitiva, en el aspecto Técnico, se indicó que la manifestación de interés
NO CUMPLE con los siguientes requisitos: a) NO CUMPLE – Evaluación Técnica ¿LA
NllMERO NIT ESTADO ESTADO ¿ELO FERENTS EU BSANACION
NOMBRE REGIONADLEIEN ST EfltS YERFICACIOVNE RIFICACION CAMBEIOL PROPUE LOTE INTERESAD PRESENTÓ OBSERYACillN STA o INTERESADO PAROA PERAR TkNICA TtCNICAE S UBSANACIONE ES ST ?A DDOE
F E E E PREI.IINAt DEFINITYA EY ERIFICACIÓ'EIL E
~ TtCMCA~?
FUNDAVCIISOINO N LOT2EN. UEVOS ANTIOQ••Cl lAH OCVÓA-L· DLEE L NOA CREDEIXTPAE RIECNOCENIlM A ÍNIMODiE3C )O NTTROAS 2021350 901.089T.R60A7N SFORMADOR NOC UMPLE NOC UMPLE SI NO INTERESADOS CAUC••RA I SARA••LC OAAL DAS EJECUTVAT DEORSM INAASD AOTSIS FANCOLC IIQ UIDADOS. A
20. Que el día 9 de abril de 2021, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar expidió la Resolución No. 1739 de 2021, por medio de la cual se resolvió; “ACTUALIZAR el Banco Nacional de Oferentes ICBF No. IP-002-2019ICBFSEN, cuyo objeto es: “ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES MI FAMILIA IP 002-2019, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MODALIDADES DE ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO, DE LA DIRECCIÓN DE FAMILIAS Y COMUNIDADES, ESPECIALMENTE LA MODALIDAD MI FAMILIA CUYO OBJETIVO ES: FORTALECER A LAS FAMILIAS PARA PROMOVER LA
3 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@]@ icbfcolombiaoficial
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 2542 del 19 de mayo de 2021 PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y CONTRIBUIR A LA PREVENCIÓN DE VIOLENCIA, NEGLIGENCIA O ABUSOS EN SU CONTRA” y “HABILITAR en el Banco Nacional de Oferentes ICBF No. IP-002-2019-ICBFSEN, cuyo objeto es: “ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES MI FAMILIA IP 002-2019, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MODALIDADES DE ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO, DE LA DIRECCIÓN DE FAMILIAS Y COMUNIDADES, ESPECIALMENTE LA MODALIDAD MI FAMILIA CUYO OBJETIVO ES: FORTALECER A LAS FAMILIAS PARA PROMOVER LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y CONTRIBUIR A LA PREVENCIÓN DE VIOLENCIA, NEGLIGENCIA O ABUSOS EN SU CONTRA”
21. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra la Resolución No. 1739 de 2021 expedida por el ICBF,
procede solo el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del acto administrativo en Secop II.
22. Que el día 23 de abril de 2021, interesado No. 2021350, presentó ante el ICBF recurso de reposición contra la Resolución No. 1739 del del 9 de abril de 2021.
II. REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD
1. De conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los recursos proceden contra los siguientes actos administrativos, ante los siguientes funcionarios y dentro de los siguientes términos: “Artículo 74. Recursos contra los actos administrativos. Por regla general, contra los actos definitivos
procederán los siguientes recursos:
1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque.
2. El de apelación, para ante el inmediato superior administrativo o funcional con el mismo propósito.
No habrá apelación de las decisiones de los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, superintendentes y representantes legales de las entidades descentralizadas ni de los directores u organismos superiores de los órganos constitucionales autónomos. Tampoco serán apelables aquellas decisiones proferidas por los representantes legales y jefes superiores de las entidades y organismos del nivel territorial.
3. El de queja, cuando se rechace el de apelación.
El recurso de queja es facultativo y podrá interponerse directamente ante el superior del funcionario que dictó la decisión, mediante escrito al que deberá acompañarse copia de la providencia que haya negado
el recurso. De este recurso se podrá hacer uso dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la decisión. Recibido el escrito, el superior ordenará inmediatamente la remisión del expediente, y decidirá lo que sea del caso. (…) Artículo 76. Oportunidad y presentación. Los recursos de reposición y apelación deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso. Los recursos contra los actos presuntos podrán interponerse en cualquier tiempo, salvo en el evento en que se haya acudido ante el juez. Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, salvo lo dispuesto para el de queja, y si quien fuere competente no quisiere recibirlos podrán presentarse ante el procurador regional o ante el personero municipal, para que ordene recibirlos y tramitarlos, e imponga las sanciones correspondientes, si a ello hubiere lugar. El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición y cuando proceda será obligatorio para acceder a la jurisdicción. Los recursos de reposición y de queja no serán obligatorios. (…) Artículo 77. Requisitos. Por regla general los recursos se interpondrán por escrito que no requiere de presentación personal si quien lo presenta ha sido reconocido en la actuación. Igualmente, podrán presentarse por medios electrónicos. Los recursos deberán reunir, además, los siguientes requisitos:
1. Interponerse dentro del plazo legal, por el interesado o su representante o apoderado debidamente
constituido. 4 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@]@ icbfcolombiaoficial
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2. Sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad.
3. Solicitar y aportar las pruebas que se pretende hacer valer.
4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección electrónica si desea ser notificado por este medio.
Sólo los abogados en ejercicio podrán ser apoderados. Si el recurrente obra como agente oficioso, deberá acreditar la calidad de abogado en ejercicio, y prestar la caución que se le señale para garantizar que la persona por quien obra ratificará su actuación dentro del término de dos (2) meses. Si no hay ratificación se hará efectiva la caución y se archivará el expediente. Para el trámite del recurso el recurrente no está en la obligación de pagar la suma que el acto recurrido le exija. Con todo, podrá pagar lo que reconoce deber.”
2. La Resolución No. 1739 de 2021, publicada el 9 de abril de 2021, en la plataforma del SECOP II dentro de la Invitación Pública No. ICBF-ACTUALIZACION(IP-002-2019)-2021SEN., en atención a lo señalado en el artículo 3
de la Ley 1150 de 2007 estableció que: “De conformidad con lo dispuesto en la Ley 527 de 1999, la sustanciación de las actuaciones, la expedición de los actos administrativos, los documentos, contratos y en general los actos derivados de la actividad precontractual y contractual, podrán tener lugar por medios electrónicos. Para el trámite, notificación y publicación de tales actos, podrán utilizarse soportes, medios y aplicaciones electrónicas”, por lo cual quienes manifestaron interés y no resultaron incluidos en el listado que conformó el Banco Nacional de Oferentes No. IP-002-2019-ICBFSEN, para todos los efectos, se entienden notificados de la decisión a partir de su publicación.
3. Que conforme con las normas previamente citadas, se verificó que el día 21 de abril de 2021, el interesado No. 2021337, a través de su representante legal ISAIRA PATRICIA ESPITIA PETRO identificada con cédula de ciudadanía No. 50.970.345, presentó recurso de reposición en contra de la Resolución No. 1739 del del 9 de abril de 2021.
4. En consecuencia, se observa que el recurso de reposición interpuesto cumple con los requisitos de ley y por lo tanto a continuación se procede revisar los argumentos expuestos por el recurrente.
III. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Y ANÁLISIS DEL ICBF
A. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Mediante mensaje de datos No. CO1.MSG.2510499 de SECOP II del día 23 de abril 2021, el recurrente manifestó lo siguiente: PRIMERO: Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, adelantó la INVITACIÓN PARA ACTUALIZACIÓN
DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES MI FAMILIA IP 002-2019; con el objeto de: “ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES MI FAMILIA IP 002-2019, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MODALIDADES DE ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO, DE LA DIRECCIÓN DE FAMILIAS Y COMUNIDADES, ESPECIALMENTE LA MODALIDAD MI FAMILIA CUYO OBJETIVO ES: FORTALECER A LAS FAMILIAS PARA PROMOVER LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y CONTRIBUIR A LA PREVENCIÓN DE VIOLENCIA, NEGLIGENCIA O ABUSOS EN SU CONTRA” SEGUNDO: Que dentro de los tiempos establecidos en el cronograma señalado en la invitación pública del proceso, la FUNDACIÓN VISION TRANFORMADORA, radicó en la plataforma SECOP II la oferta el día 03 de marzo de 2021 a las 2:41pm., tal como se evidencia en la siguiente imagen: 5 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@]@ icbfcolombiaoficial
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Informe en el que indican: CONSOLIDADINOF ORMPER ELIMINADRE V ERIFICACIÓDNER EQUISITOS ACnJALIZACIÓBNA NCON ACIONADL EO FERENT{EIPS002-2019)-2021SEN CONFORMACIÓDNEU NB ANCON ACIONADLE O FERENTPEASR AL AP RESTACIÓDNEL S ERVICIPOÚ BLJCDOE B IENESTAFRAM ILJARRE QUERIDPOA RAL A IMPLEMENTACIDÓENL ASM ODALIDADDESEA COMPAÑAMIENPTSOI COSOCIAFAL,M ILIAYR C OMUNITARIDOE, L AD IRECCIÓDNE F AMILIAYS C OMUNIDADES,
ESPECIALMELNATM EO DALJDAMDI FAMILIAC UYOO BJETIVEOS F: ORTALECAE LRA SF AMILIAPSA RAP ROMOVELRA P ROTECCIÓINNT EGRADLE L OSN IÑOSN, IÑASY ADOLESCENYT CEOS NTRIBUAIR L AP REVENCIÓDNEV IOLENCINA,E GLIGENCOI AAB USOESN S UC ONTRA.
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MODALIDAD I FAMILIA CUYO OBJETIVO ES: FORTALECERA LAS FAMILIAS PARA PROMOVER LA PROTECOÓ INTEGRAL DE LOS NI OS, 1 AS Y ADOLESCENTESY CONTRIBUIR A LA PREVE OÓN DE VIOLE A. NEGLIGENOA O ABUSOS E SU CONTRA". Nombre del OJMl'UMIEHTO i--,.::Ll=QUl;;:;D.::E2:-..¡.;:;EN;,;D;.:E;;:;U.:;.D;.:AM~IE=+-=CAPIT=;.:Al.=,D;.:E:.;TRAOBB=SaE;.ARlV.:;A.0C:;I.O..N¡0EJSM PUMIENTO NIT Ole.rente DOQJMENTAI. " ResulUdo " ResulUclo S,._,V ResulUdo INDICADORES
DE AOJERDO CO LO ESTABLIODO EN LA
IP-002-2019-ICBFSEN EN H TIWLO 111
ASPECTOS FINANOEROS, SE SOLIOTA
ALLEGAR O SUBSANAR OS SIGUIENTES FUNDAOÓN DOQJME TOS: 202.1350 901089607 VISIÓN NO CUMPLE O NOOJMPLE O NOCUMPLE O NO CUMPLE O OJMPlE 1· NOTAS A LOS ESTADOS FINANOEROS:
TRANSFORMADORA SE SOLICITA EXPllCAOÓH Y
DISClll NACIÓN PARTIDAS DH RUBRO
OTROS ACTIVOS FINANOEROS
CX>RRIENTESN OTA# 4 Y OTROS ACTIVOS
NOFI ANOEROSCORRIENTESNOTAMS.
6 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@]@ icbfcolombiaoficial
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 2542 del 19 de mayo de 2021 Evaluación Preliminar Jurídica ............ CO SOLIDADO INFORME DE VERIFICACÓ DE DOCUME OS JURÍDICOS HABILITANTES ACTUALIZACÓN BA CO ACIO AL DE OFERE TES (IP-002·2019)-2021SE lfAMILIA.R CONFORMACÓN DE UN BA CO ACONAL DE OFERE TES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVIO O PÚBLICO DE BIE ESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEME TACÓN DE LAS MODALIDADES DE ACOMPAflAMIENTO PSICOSOOAL, FAMILIAR Y COMU ITARIO, DE LA DIRECCÓN DE FAMILIAS Y COMU IDADES, ESPECIALMENTE LA MODALIDAD MI FAMILIA CUYO O!UETIVO ES: FORTALECE.RALAS FAMILIAS PARA PROMOVER LA PROTEOOÓ I TEGRAL DE LOS lflOS, NIFlAS Y ADOLESCEITTE.SY CO TRIBUIR A LA PREVENOÓN DE VIOLE CIA, NEGLIGE CA O ABUSOS EN SUCO TRA. -
CXJIIIIEO
IIAHOIADE oesEIIVAOONES EU:CTIIÓNICO _,ESTA MOGADO
DENTRO DEL TtRMI O DE TRASLADO DE
LA EVALUACIÓ PRELIMI AR. EL
INTERESADO DEBERÁ APORTAR: FILA 49: EL PROPO ETENTE O APORTA FU DAOO VISIO CONSTAN CA DE TRAMITE DE LA DIA APAOLA 20ll3SO 90l08960J TRA SFORMACION O CUMPLE CERTIFICACON DE RECO OSIMIE TO DE MU OZ
PERSONERIA JURIDICA EXPEDIDA POR EL
ICBF VIGENTE DE CONFORMIDAD CO LO
ESTABLECIDO E.NL A I VITACON
PUBLICA.
Evaluación Preliminar Técnica '4\~ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de lleras BIENESTAA Dirección de Familias y Comunidades FAMILIAR INFORME VERIFICACIÓN TtCNICA PRELIMINAR ACTUALIZACIÓN BANCO NACIONAL DE OFERENTES IP-002-2019
NÚMERO DE NIT REGIONALES DE ESTADO
NONIBRE INTERESADO INTEAtS PARA VERJFICACIÓN OBSERVACIÓN EVALUADORES
PROPUESTA INTERESADO OPERAR ftCNICA
NO ACREDITA EXPERIENCIA
CON El MÍNIMO (3) DE
CONTRATOS EJECUTADOS Y
TERMINADOS A
ANTIOQUIASATISFACCIÓN O
CH OCÓ --VALLE FUNOAOON VISION UQUIDADOS--DE LAS Juliana Mor-eno -David 2021350 901.089.607 DEL CAUCA - NO CUMPLE
TRANSFORMADORA Ex.PERI ENCIAS AUEGAOAS Mor-eno
RISARALDANO ACREDITÓ MÍNIMO EN
CALDAS
UN"'- ACOMPAflAMIENTO
PSICOSOCIAL FAMILIAR A
TRAV~S DE VISITA EN DOMIOLIIO CUARTO: Cumpliendo con el cronograma establecido para el proceso y atendiendo la solicitud de subsanación indicada por ustedes, la FUNDACIÓN VISION TRANSFORMADORA, procedió a subsanar en debida forma el día 25 de marzo de 2021, en la Plataforma SECOP II, adjuntando lo requerido en el Componente Financiero, Técnico y Jurídico; según se evidencia en la siguiente imagen: 7 www.icbf.gov.co 0 CJ ICBFColombia @ICBFColombia [@]@ icbfcolombiaoficial
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 2542 del 19 de mayo de 2021 EVIDENCIAD E LA SUBSANACION Detallesd e mens-,e 19) 0Hcrlpcl6n d•I pr-to DE Raf rend d T1pod Oocunonto tome dOId oc.lt-.ilO ~ Fhanc:lero sut-iac:ie~CorT1>ononl .udco SUt"811'ilek1C1o1 rT1>onoTne tc oico µ Texto de mensaje Fu bNnaCl6n Sin lnl Colon'Clílno QUINTO: Que conforme lo estableció el Informe de Evaluación Definitivo publicado el día 9 de abril de 2021 en la Plataforma SECOP1 1F, UNDACIÓN VISION TRANSFORMADORA,o btuvo como
resultado final de verificación el siguiente: Reptlblka de Colomhl1 Instituto Colombiano de Bienestar Famlllar Gec:lllad e la Fuented e Ueras Elf uturo ....,,. BIENESTAR Dirección de Fam llas y Comun dades esd et odos ••, ........
FAMILIAR
CONSOUOADOIN FORMED E VERIFICAOÓfDf EFINITIVOD E REQUISITOS ACTUAUZACIÓNB ANCON ACIONALD E OFERENTEjS1 P·002·Z0191·2021SEN CO FORMACIÓND E U BANCON AOONAL OE OFERENTESP ARAL A PRESTACIÓND ELS ERVIOO PUBLICOO E BIENESTARF AMILIAR REQUERIDOP ARAL A IMPLEMENTACIÓND E LAS MODALIDADESD E ACOMPAÑAM I ENTOP SIC OSOCAI L. FAMILIARY COMUNITARIO,D E LA DIRECCIÓND E FA MI UAS Y COMUNIDADE S,E SPECAIL ME TE LA MODAL/D AD MI FAMILIA CUYOO IIJETIVOE S:F ORTALECEAR LASF AMILIAS PARAP ROMOVERL A PROTECOÓNIN TEGRALD E LOSN IÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTEYS C ONTRIBUIRA LA PREVE CJÓND E VIOLENCIA.N EGUGE C/A O ABUSOSE N SU CONTRA. ----CAIDI ....... ,UllllltAM:rllMIZMIOII ...... NOliaoDI m ¿11..- w.l0IOON w.l0IOON ...-c:aao,, ~ CW IHIIINMISDI -- UITIDI Nlllllm ~ •- IUllllllrA --• ClfllATIVA lfllllBfllClfUISTA OflllNII M:rllMIZMál 11••1llGMSJ - - •- _,,..,. l•WVI OflllM
FU DAOO VISION LOTE2 . NUEVOS NO
202USO 90l089607 TRANSFORMADORA INTERESADOS SI NO CUMPLE CUMPLE CUMPLE HABILITADO En este resultado final de evaluación el componente técnico genera la evaluación de NO CUMPLE,a nte lo cual el evaluador manifiesta: 8 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@]@ icbfcolombiaoficial
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 2542 del 19 de mayo de 2021 lnst uto COiombiano de B enesta, Famlll.iir Cedll• De I• Fuente de Lle= Dlrealón de familias y Comunidades INFORME VERIFICACIÓN TtCNICA DEF 111VAA CTUALIZACIÓN BANCO NACIONAL DE OFERENTES IP-0O2-2019
ESTADO [STADO LLASUIISANAOÓN
NÜMlllO NIT NOMBII( REGIONAUS DC VEIIIFICAOÓN VEIIIFICAOÓN LCL OFDICNTC CAMBIO n [STADO
l'IIOPU[STA INTUlfSADO INTDIESADO INTIMS PAIIA TtOIICA 1t011CA PIICSCNTÓ DC ll'CRIFICAOÓN oas(RVAOÓN
OPEllAII PIIWMNAII DCFINITVA SUBSANAODN[S? TtOIICA1
AHTIOQUIA O ACREDITA CXPERIE OA LOTC 2. FU DAOON VISION CHOCÓ- VAlll CON U NIMO (ll DE 2021350 NUf\lOS 901.0119.607 DCLCAUCA OQJMPLC NOCU LC SI o CONTRATOS EJCCLITADOSY
1N TCR[SADOS TRANSFORMADORA IIISARALDATCRMINADOS A SATISFACCIÓN
CALDAS O LIQUIDADOS.
Evaluación Tecnica detallada f115tit\.toC dombi,11no de Blenest.ir hmil~ c«itia De la FUfflte di! Ueru Dlre«ión de F1mH~s y "°"11.W!idildes
DETALLEV ERIFICACIÓNTt CNICA DEFINITIVAA CTUAUZAOÓNIP -002-2019 · PN ftOÚ PM UE l
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