🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ICBF - Resolución 2595 - renueva autorizacion organismo chinese children adoption ccai prestar servicios de adopcion internacional-2022

ICBF

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ICBF - Resolución 2595 - renueva autorizacion organismo chinese children adoption ccai prestar servicios de adopcion internacional-2022
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2022

ffi InstCiotluotmob dieaB nioe neFsatmairl iar Cecilia De la Fuente de Lleras DirecGceinóenr al BIENESTAR FAMILIAPRú blica 259d5e 2l5 d eA brdie2l 0 22

RESOLUCIÓN No.

Por la cual se renueva la autorización para prestar servicios de adopción internacional en Colombia al organismo acreditado CHINECSHEI LDRAEDNO PTIIONNT ERNATICOCNAAILdeE stadUonsi dos LAS UBDIRECTGOERNAE RADLE LI NSTITCUOTLOO MBIADNEBO I ENESTFAARM ILIAR CECILDIELA A F UETNED EL LERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, 62 y 72 de la Ley 1098 de 2006, el Decreto 987 de 2012, modificado por el Decreto 879 de 2020, las Resoluciones No. 3899 de 2010 y 9555 de 2016, CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones. Que el Convenio de La Haya de 1993 relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, ratificado por Colombia mediante la Ley 265 de 1996, establece en su artículo 11, literales a) y c) que los organismos acreditados deben actuar dentro

de los límites fijados por las autoridades competentes del Estado que lo haya acreditado y que además, deben estar sometidos al control de las autoridades de ese Estado en cuanto a su composición, funcionamiento y situación jurídica. Que este mismo instrumento internacional, en su artículo 12 establece que un organismo acreditado en un Estado contratante solo podrá actuar en otro estado contratante si previamente ha sido autorizado por las autoridades de ambos Estados. Que el Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, dispone en los artículos 62 y 72 que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF -, es la Autoridad Central en materia de adopción y por lo tanto, le corresponde autorizar a los organismos acreditados o agencias internacionales con este propósito. Que mediante Resolución No. 3899 del 8 de septiembre de 201 O y sus modificaciones, se estableció el régimen especial para otorgar, reconocer, suspender, renovar, y cancelar las personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las instituciones del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, que prestan servicios de protección integral, y para autorizar a los organismos acreditados, norma que contempla los requisitos legales, técnico - administrativos y financieros que deben cumplir los organismos acreditados con el fin de obtener la autorización para prestar servicios de adopción internacional en Colombia. Que mediante Resolución No. 3314 del 22 de abril 2020, el ICBF renovó la autorización para prestar los servicios de adopción internacional en Colombia por el término de dos (2) años, al Organismo Acreditado, CHINESCEH ILDRAEONO PTIOINN TERNATIOCNCAALIde EstadUonsi daoctso a dministrativo que fue notificado personalmente al representante legal del

organismo, el día 24 de abril de 2020, renunciando a términos de ejecutoria, motivo por el cual quedó ejecutoriada para todos los efectos legales el día 25 de abril de 2020. www.icbf.gov.co 0 I CBFColomb1a CJ @ICBFColombia lm] @1cbfcolombiaoficial Sede de la Dirección General Linea gratuita nacional ICBF Página 1 de4 Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 'e)Ins tiCtoultoom bidaeBn ioe neFsatmairl iar CeciDleli aFa u endteLe l eras El futuro DirecGceinóenr al es de todos

BIENESTAR

Pública FAMILIAR RESOLUCIÓN No. 2595 del 25 de Abril de 2022 Polrac uasler enuleaav uat oripzaarpcari eóssnte arrv dieca idoosp ciinótne rneanc ional Colomabolir ag anaicsrmeod CiHtINaESdEo CH ILDREN ADOPTION INTERNATIONALCCAI de Estados Unidos Quee lo rganaicsrmeod CiHtINaESdEo C HILDREN ADOPTION INTERNATIONALCCAI de Estados Unidos, pomre ddieos uR epreseLnetgaeannlCt oel ompbrieas,ey anctróe ldoist ó requilseigtaotlsée csn,-i acdom inisyt friantainvceoixsei rgsoi,csd o one lf idneo btelnae r renovdaecl iaaó unt oripzaarpcari eóslnto saser r vdieca idoosp ciinótne rneancC ioolnoamlb ia,

respedcelt oocs u alleaOs f icAisneas oJruar ídliaSc uab,d iredceAc dioópnc idoenl eas DirecdceiP órno tecyc liaDó inr ecFciinóann cdiele arD ai recGceinóenrd aellI CBF, conceptsuuca urmopnl impireenrvteiova,i y sv ieórni fidcela omcsii sómno s. Quel aD irecGceinóendr eaIllC BaFt ravdeél saR esoluNcoi2.ó6 n6d 0e 2 00c9r,e eól ComiTtééc nidceAo u torizy alcoei nócna rdgecó o ncepstoubarerelo torgamiento, renovascuisópne,ny sc iaónnc eldaelc aia óunt oridzeal cooisró gna niascmroesd iyt ados agenciinatse rnaqcuipeor neasslteearsnv dieca idoosp ceilcó unaf,lu e es trucmteudriaadnot e ResolNuoc1.i5 ó4nd7 e2 01y0r eorgamneidziaadRnoet seo luNcoi3.o5 n6ed6se2 01007,4 8 de2 01052,0 d6e 1l8 d ee nedreo2 01y7m odifipcoRared soo luNcoi1.ó1 n3d 0e 1l5 d e febrdee2r 0o1 9. Quel aD irecGceinóendr eaIllC BmFe diaRnetseo luNco0i.2ó 3nd9 e 1l9d ee nedreo2 021,

aproeblóL ineamTiéecnntiAocd om inisdterPlar toigvroda emA ad opcyi móend iante ResolNuoc0i.4ó 6nd8 e0 l1d ef ebrdee2r 0o2 a1p roeblLó i neamTiéecnntAiodc moi nistrativo del aEss tratqeugePi raosm uelvaAe dno pcaimóbna,ps u bliecnae dlDa isa OrfiiocN ioa.l 51.5d8e16l2d ef ebrdee2r 0o2 1. Quee lL ineamTiéecnntAiodc moi nisdterPlar toigvroda emA ad opcdiiósnp qounee": L a defindiecn iióñnon si,ñy aa sd olescceonnct aersa cteyrn íescteisciaedssa pdeecsi saehl ae s recopeinlfa udnoc dieól nae xist/ednicsipao ndiebf ialmiidiladidóa nspe aarsaa q uelnlioñso s, niñays a dolescqeunelt aessp oseeEns.d ecisrec, o nsidceormaod en ecesiod ad caracteersípsetcciiucaaaln p,do ocr i ertcaosn dicnioeo xniefssa tmei elnli iasd teea s pepraar a sua dopción. Dee stmaa nepraar ealP rogrdaemA ad opcsieóc no,n siddeen reac esoic daadr acterística espeecsitaealnur n aov ardieal sas si guiceinrtceusn stancias: • Tendeire (z1 0a)ñ oosm ás.

  • Perteneacu engr r udpeod ohse rmandoonsd,ee lm ayodree lltoesn dgiae( zO1 ) a ñoos má.s • Pertenea ucneg rr udpeot r(e3so) m ásh ermanos. • Seurn n iñnoi,ño aa d olesccoednni tsec ap1a cidad • Tenecru alqeudiaeydr p reseanltgauren naf ermcerdóandig craa,yv ep ermanoe nte condiqcuireóe nq uaiteernace isópne ciadlesiliz satddeaems aa l"u d.

1V erc ategodredí iassc apaecnli adR aeds olu5c8i3dó en2l 6 d ef ebr2e0r1od8 e Mli nisdteeS railoyu d de l a ProtecScoicóiPnao lrl. ac uasle i mplemleaCn etrtai fidcead ciisócna payc eilRd eagdi sdteLr ooc alizya ción CaracterdiePz earcsioócnnoaD nsi scapacidad. www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ICBFColombía @lJ @1chfcolomblaofícial Seddee l aD irecGceinóenr al Língeraa tnuaictiaIo CnBaFl Pági2n dae4 Avenciadrar 6e8Nr oa. 6-47c5 018 009018 080

PBX: 43776 30 ffi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ·- Cecilia De la Fuente de Lleras ¡; ' ·-· El futuro : • , Dirección General es de todos

BIENESTAR • . '1

Pública FAMILIAR RESOLUCNIo.Ó2 N5 9d5e 2l5d eA brdie2l 0 22 Por la cual se renueva la autorización para prestar servicios de adopción internacional en Colombia al organismo acreditado CHINECSHEI LDRAEDNO PTIIONNT ERNATICOCNAAILdeE staUdonsi dos Que según consta en el Acta No. 5 del Comité Técnico de Autorización, llevado a cabo el 22 de abril de 2022, la Subdirección de Adopciones de la Dirección de Protección del ICBF, atendiendo a los conceptos de cumplimiento de los requisitos legales, técnico - administrativos y financieros, presentó Concepto Técnico Integral a consideración del Comité, el cual fue acogido por unanimidad de sus miembros, conceptuando favorablemente la renovación de la autorización del Organismo acreditado, CHINECSHEI LDRAEDNO PTIIONNT ERNATIONAL­ CCAdIe E stadUonsi dpoarsa ,pr estar servicios de adopción internacional en Colombia, con énfasis en la presentación de solicitudes de adopción para niños, niñas y adolescentes con características y necesidades especiales, en atención a la necesidad del servicio que actualmente requiere el Programa de Adopción del ICBF y de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 1098 de 2006. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCUPLROI MERROE.N OVApoRr e l término de dos (2) años, la autorización otorgada al Organismo acreditado CHINECSHEI LDRAEDNO PTIIONNT ERNATICOCNAAdILeE - stados

Unidpoarsa p,re star servicios de adopción internacional en Colombia con énfasis de solicitudes de adopción para niños, niñas y adolescentes con características y necesidades especiales, en atención a la necesidad del servicio que actualmente requiere el Programa de Adopción del ICBF y de conformidad con el artículo 72 de la Ley 1098 de 2006. PARÁGRA1F.-OE xceptúense de la anterior disposición las solicitudes de adopción presentadas por las familias colombianas residentes en el extranjero, en el entendido que estas familias pueden presentar solicitudes para niños, niñas y adolescentes con o sin características y necesidades especiales, en virtud de lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley 1098 de 2006. PARÁGRA2F.OC-u alquier modificación de los requisitos legales, técnico - administrativos y financieros, deberá ser comunicada por el Organismo al ICBF, debiendo remitir sus soportes documentales dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que se produjo dicha modificación, con el fin de evaluar la continuidad de la prestación del servicio de adopción internacional. ARTÍCUSLEOG UNDPOar.a -efectos de determinar la viabilidad de renovar la autorización, el organismo acreditado deberá presentar, como mínimo con tres (3) meses de anticipación a su vencimiento, la solicitud de renovación, la cual deberá estar suscrita por el representante legal del organismo o agencia internacional en el Estado de recepción y dirigida a la Subdirección de Adopciones del ICBF o al área que haga sus veces, con la actualización, adición o modificación de los requisitos legales, técnico - administrativos y financieros señalados en la Resolución No.

3899 de 201O del ICBF y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. www.icbf.gov.co 0 I CBFColombia CJ @ICBFColomb!a (¡m @icbfcolombraoftcial Sede de ta Dirección General Linea gratuita nacional ICBF Página 3 de4 Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 ffi InstiCtoultoom bidaenB oi enesFtaamri liar Cecilia De la Fuente de Ueras Eflu turo DireccGieónne ral esd et odos

BIENESTAR

Pública FAMILIAR RESOLUCIÓN No. 2595 del 25 de Abril de 2022 Por la cual se renueva la autorización para prestar servicios de adopción internacional en Colombia al organismo acreditado CHINESE CHILDREN ADOPTION INTERNATIONALCCAI de Estados Unidos ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR, por medio de la Oficina Asesora Jurídica de la Dirección General, la presente resolución al representante legal en Colombia del organismo acreditado, o a quien haga sus veces, en los términos establecidos en el artículo 4 del Decreto 491 de 2020 y los artículos 67 y siguientes, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndole saber que contra ella procede el Recurso de Reposición ante esta Subdirección General, el cual debe interponerse por escrito en el momento de su notificación o dentro de los diez (1O ) días siguientes a la misma.

ARTÍCUCLUOA RTO-V.I GENCLIa Apr: es ente Resolución rige a partir de su ejecutoria.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, o.e, a los 25d eA bril de2 022 LILIANA PULIDO VILLAMIL Subdirectora General ,:L fLfi ._¡fi...P..;1, AproAbnód:r Neaat hRaolmieaFr iog ue-rDoiar edcel"t roortae c/Uc niaPó ant rRiocdiraí Rgouderzí gSuuebzd-irdeecA tdoorpac i/o-E ndegsar LeonaBrodjoaC caás tJreofO/ef icAisneas Jourraí ,d'-i,'c a ReviNsaón:cB yu ilragoP/aMtarMrtiahcnair ai Sqouaec Ohfai-cAisneas Jourraí dica ProyeAcztuóc:eI nsaa GbieBlla rrSeurbad-irdeecA cdioópnc iones www.lcbf.gov.co 0 l':J (ª1 ICBFColOmbla @ICBFCo!ombla @icbfeolomb1aofrcial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Página 4d e 4 Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 4 37 7630 f))Ins tiCtoutloo mbdieBa ineon eFsatmairl iar Cecilia De la Fuente de Lleras OficinAas esJourriad ica BIENESTARG rupdoe F amilia

FAMILIARP UBLICA MEMORANDO ll[llll ll lllllllllllHlllllllll llllllllllllllll lllll llll lllll llllllllll lllll llll llll lll ll lll ll lll l

Radicado No: 202210410000061833

Bogotá, 2022-05-03

Para: GUSTAVMOA URICMIAOR TINPEEZR DOMO Secretario General Asunto:R emisión notificación de la Resolución 2595 del 25 de abril de 2022organismo acreditado CHINEE S CHILDREAND OPTION INTERNATICOCNAAdILeE - staUdnoisd os De manera atenta, para su conocimiento y fines pertinentes, me permito remitir el acta de notificación de la Resolución 2592 del veinticinco (25) de abril de 2022, realizada a la representante legal en Colombia del organismo acreditado CHINECSHEI LDREN ADOPTIIONNT ERNATIOCNCAAdLIeE staUdnoisd poor sla, c ual se le renovó la autorización para prestar servicios de adopción internacional en Colombia.

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por el artículo tercero de la mencionada resolución que dispone: "ARTICULO TERCERO.- NOTIFICAR por medio de la Oficina Asesora Jurídica de la Dirección General, la presente resolución a la representante legal del organismo acreditado, o a quien haga sus veces, en los términos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndole saber que contra la misma procede el recurso de reposición ante esta Dirección General, el cual debe interponerse por escrito en el momento de la notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a la misma." /'l Cordialmente,

EDGARL EONARDBOO JACCAÁS TRO

Jefe Oficina Asesora Jurídica Anextor (e3sf) o lios.

ReviMsaór: tP haat rMiacniraiS qouaec -hAab ogaOdfai cAisneas oJruar ídica ProyeNcatnócB:yu ítrago-OAfbiocAgisanedasa oJ ruar idica

www.icbf.gov.co O I CBFColombla CJ @ICBFColombia @] @icbfcolombíaoficial los datos proporcionados serán tratados de acuerdo con la política de tratamiento de datos personales del ICBF y la Ley es 1581 de 2012. Sede Oireccion General Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PR)('· <117 7R1n

De: martha delcastillo <marthadelcastilol20ll@gmail.com> Enviado el: jueves, 28 de abrild e 2022 3:25 p.m.

Para: Nancy Rocio Buitrago Suarez <Nancy.Buitrago@icbf.gov.co> Asunto: Re: NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA RESOLUCIÓN 2595 DEL 25 DE ABRIL DE 2022,

ORGANISMO ACREDITADO CHINESE CHILDREN ADOPTION INTERNATIONAL-CCAI de USA Dra. Nancy, Pido midlisc ulpas por cualquier inconveniente que la confusión respecto a mi respuesta pueda haber causado. Autorizo la notificación electrónica de la Resolución No. 2595 DEL 25 DE ABRIL DE 2022 Confirmo recibo de notificación electrónica y renuncio a los términos de ejecutoria de la decisión que se me notifica. Cordialmente, CCAwI here families grow and dreams come true! Marthdae Cla stSiclhlroa der Representante Legal en Colombia Tel 2593618 Cel. 311-2029930 Calle 148 # 7H -48 Casa 5 marthadelcastillo201l@gmail.com BOGOTÁ, COLOMBIA On Wed, Apr 27, 2022 at 2:10 PM Nancy Rocio Buitrago Suarez <Nancy.Buitrago@icbf.gov.co> wrote:

ACTA DE NOTIFICACIÓN PERSONAL

RESOLUCIÓN No. 2595 DEL 25 DE ABRIL DE 2022

En la ciudad de Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días del mes de abril de dos mil veintidós (2022), se notifica personalmente a la Dra. Martha Isabel del Castillo Schrader, identificada con la cedula de ciudadanía No. 21069716, en su calidad de

representante legal del Organismo Acreditado, CHINESE CHILDREN ADOPTION INTERNATIONALCCAI de Estados Unidos, del contenido de la Resolución No. 2595 del 25 de abril de 2022, expedida por la Subdirección General del ICBF, "Por lac uasler enulevaaa uo traiczipóanr par erss tearvidceai doosp ciitnóenrn acional en Colombailoa rg anisamcor ediCtHa/dNoE SCEH /LDREAND OPITON INTERNTIAO NAL-CCAdIe E stadUonsi dos". Para el efecto, en archivo adjunto se remite copia de dicho acto administrativo informándole que contra el mismo procede el recurso de reposición, el cual debe presentarse ante la Subdirección General del ICBF, personalmente o mediante

apodedreabdiod acmoennsittdeipo to,eur s creinlt aod ,i ligdeenn octiiaf icación persood neanoldt erl odsi (e1z)d 0 aíss iigeunatdlee ls na o tciifóicna. Asimissems ooc,li ictoan firdmearlce icódinebl o an otifiyec nac caisdóoen renunal coitsaé rr mdiene ojse cudtelo dare icai qseuis óenn o tieflnio ctai,f icado deberreáa lmiaiznfateras ceixópnr deees layl c oo miucnaproelrso tm ei smmeod io.

EL NOTIFICADOR

NANCY ROCÍO BUITRAGO SUÁREZ e.e.

52.419.794 SliftiJ..,...•fi ..._ QrJfi,u rfiJF:•.lfM fi Nancy RocíoBui tra10S uárez º°''­ 01 8000 91 80 80 ProfeUi,11iolvn1alm itarioGrupFoi1 111Wfi ofi www.icbf.gov.co

Oficina Asesara Jurjdjc: a Qr,,.,_

BIENESTAR FAMlllAlttcDf Sfdt de-ti Direuiewl Gl?'aNII G)-kA..I AWIIICl4: C,a M.Ho'4C ·1S • 'Ti'!,: 4Dl6JU bt:lOHUli (Ja,lftaó6,, .... fi l'VllllCA De: ma rtha delcastillo <marthadelcastillo2011@gmail.com> Enviado el: miércoles, 27 de abril de 2022 12:56 p.m.

Para: Nancy Rocío Buitrago Suarez <Nancy.Buitrago@icbf.gov.co>

Asunto: Re: SOLICITUD AUTORIZACIÓN NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA RESOLUCIÓN 2595 DEL 25 DE ABRIL DE 2022, ORGANISMO ACREDITADO CHINESE CHILDREN ADOPTION INTERNATIONAL-CCAI de USA Muy buenas tardes, Autorizo se me notifique electrónicamente.

Muchísimas gracias. CCAwIh erfea miliegsr owa ndd reamcso metru e! Martha deCla stSicllhor ader Representante Legal en Colombia Tel 2593618 Cel. 311-2029930 Calle 148 # 7H -48 Casa 5 marthadelcastillo20ll@gmail.com

BOGOTÁ, COLOMBIA

On Wed, Apr 27, 2022 at 11:05 AM Nancy Rocio Buitrago Suarez <Nancy.Buitrago@icbf.gov.co> wrote: Buenos días, Dra. Martha Isabel del Castillo De conformidad lo establecido en los arts. 56 y 67 del C.P.A.C.A. y para efectos de notificarle la decisión administrativa indicada en el asunto, me permito solicitar nos informe por este medio, si autoriza ser notificada de manera electrónica o si lo hará personalmente, en este último evento debe presentarse ante esta Oficina Asesora jurídica, ubicada en la av era 68 No.64c-75 en horario de 8: a.m. a 5:00 P.M. Cordialmente, Slt---••n; '1.r•fir.Jt'Olaftr'I Nancy Roe/Bou itrSauc1keoz O ,u,c-.,.""' 01 8000 91 808 0 Profe,Uion1i1vaeln;- ftarioG rupFoa milia OficAsiensaoJ ruen d1ca 0,11e; 11c..:."'""' wwwi.cbf.gov.co BINEEARST 0 ,1,1,w• ,.,!I ""'' -- -- --, FAMILIAR ICllf Sedt •• la Oho«ión Ckneral 0nl 11, -- - --- Avtl'!Ada Cra 68 No 64C •7S • Tel.: 4317&.J0 bt: 101418 (Jo,lftad4n ... ,.- -· l'UIIIJCA NOTADE CONFIDENCIAE L c;[IE.:D A'1D fi y sus -=in xo.., ruedc.n contcnfir r 'u rnar1n,,

erva,fa de IN::iT1TUT1..1 BIArJO DE BllNESlA R FAMILIAR -ICl:3F qu lf'!E:>10s,fi so amente a su dest1118l3' ü lota inente de u e; 1 er, tente y ,rod, 1l1u o u t ifiaí o Sad te fiue las o ' 1 no "'-cesar ame.rite, d ente t BIUJfi A F-Ar.ill 1 l' t:. , , , cr : t fi wet: www.icbf.gov.co CONF!NDTEIALINTOYT ICI l111s1 <, c;afie cJraj any att,:.chment.; may cont;;,111 conf,cJenlrdl nfor•nat1on f,om lfiJSllTUT CLn Í\.m Af'-4 or GlfhJ[STAR FAMILIAR - 1CB of rest o:•ly to the rec1pient lf you ar0 riot Irte rcc1¡, n' yru must rotnpletcly erase t frorn y-.,ur c-,ystcm r :i not.f tl1 seride· n any cas2 ain from 11sc tJ t rep als., ·:: yn.,, t:1at 'he or' s c0,•a1red n 'h s inC'ssagc I r or,,1 t nst,t 1 p oacli " fi TIT Jfi • lC'flF 'l.- I 1·,s•t fi > tf i ' I 1 ' _i t1ut1 1 ,... www.icbf.gov .co

Consultar sobre este documento ...