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ICBF - Resolución 2677 de 2022

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 2677 de 2022
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2022

RESOLUCIÓN 2677 DE 2022

(mayo 2) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras", adoptado mediante Resolución 1818 de 2019, y modificado por las resoluciones 7444 de 2019, 4122 de 2020 y 4451 de 2020 LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR-ICBF-CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 7 de 1979 el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO: Que el artículo 122 de la Constitución Política, establece: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.” Que el artículo 19 de la Ley 909 de 2004, por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones, señaló que “el empleo público es el núcleo básico de la

estructura de la función pública objeto de esta ley. Por empleo se entiende el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado.” Que en desarrollo de este precepto constitucional, el artículo 15 de la Ley 909 de 2004, el artículo 32 del Decreto Ley 785 de 2005, y los artículos 2.2.2.2.6 , 2.2.2.6.1 , 2.2.26.2 , 2.2.3.5 , 2.2.3.8 , 2.2.3.9 y 2.2.4.10 del Decreto 1083 de 2015, determinan que las entidades deben expedir sus manuales específicos de funciones, requisitos mínimos y competencias laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional, y las competencias comunes y comportamentales de los empleos que conforman las plantas de personal, así como la identificación de los Núcleos Básicos del Conocimiento - NBC para los empleos que exijan como requisito el título o la aprobación de estudios de educación superior. Que el Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública” establece en el artículo 2.2.2.6.1 que “(...) La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad”. Que mediante Decreto 987 de 2012 y Decreto 879 de 2020 se establecieron la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”, y se determinaron las funciones de sus dependencias.

Que mediante Decreto 987 de 2012 y Decreto 879 de 2020 se establecieron la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”, y se determinaron las funciones de sus dependencias. Que mediante la Ley 1952 de 2019 se expidió el Código General Disciplinario, se derogó la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario. A su vez, ese Código fue reformado parcialmente por la Ley 2094 de 2021. Que el artículo 3 de la Ley 2094 de 2021, modificó el artículo 12 de la Ley 1952 de 2019, en el que se estableció que “el disciplinable deberá ser investigado y luego juzgado por funcionario diferente, independiente, imparcial y autónomo que sea competente, quienes deberán actuar con observancia formal y material de las normas que determinen la ritualidad del proceso, en los términos de este código y dándole prevalencia a lo sustancial sobre lo formal.” Que el citado artículo 3 establece que “En el proceso disciplinario debe garantizarse que el funcionario instructor no sea el mismo que adelante el juzgamiento”. Al separar esta norma las etapas de investigación y juzgamiento, se infiere que estas deben ser asumidas por funcionario diferente, independiente, imparcial y autónomo, para conservar el principio de imparcialidad y respetar las garantías procesales. Que la Ley 2094 de 2021, en su artículo 14 , modificó el artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, en el que señaló que

“Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, debe organizar una unidad u oficina del más alto nivel, encargada de conocer los procesos disciplinarios que de adelanten contra sus servidores. (...)” Que mediante Circular No. 100-002 de 2022 el Departamento Administrativo de la Función Pública recomienda a las entidades del Estado a nivel nacional adelantar una revisión y análisis de sus capacidades institucionales, con elpropósito de implementar alternativas que les permita dar cumplimiento a las leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021. Que mediante la Resolución No. 2292 de 2022, expedida por la Dirección General del ICBF, se reorganizaron los Grupos Internos de Trabajo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar relacionados con el proceso disciplinario y se establecieron sus funciones, con el fin de garantizar la separación de las etapas de instrucción y juzgamiento del proceso disciplinario. Que con base en lo anterior y teniendo en cuenta la estructura y la planta de personal, es necesario modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a fin de ajustar la capacidad institucional, para dar cumplimiento a la Ley 1952 de 2019 y la Ley 2094 de 2021, con el diseño de perfiles que permitan garantizar la separación de las etapas de instrucción y juzgamiento del proceso disciplinario. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO . Modificar el “Anexo Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras”, aprobado mediante el artículo primero de la Resolución 1818 de 2019, en el sentido de ajustar algunos perfiles, con el fin de dar

empleos de Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras”, aprobado mediante el artículo primero de la Resolución 1818 de 2019, en el sentido de ajustar algunos perfiles, con el fin de dar cumplimiento a la Ley 1952 de 2019 y la Ley 2094 de 2021, los cuales quedarán así: Perfil Secretario General 0037-24 IDENTIFICACIÓN Nivel jerárquico Denominación del empleo Código Grado Número de cargos Dependencia Cargo del jefe inmediato Directivo Secretario General 0037 24 Uno (1) Donde se ubique el cargo Quien ejerza la supervisión directa

ÁREA FUNCIONAL

SECRETARÍA GENERAL PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir las políticas, planes y proyectos propios de las dependencias que hacen parte de la Secretaría General para brindar apoyo administrativo a todas las dependencias del Instituto y a los procesos misionales de la institución por medio del buen manejo del talento humano, la eficiencia financiera, la disposición y contratación de bienes y servicios la atención al ciudadano y el control interno disciplinario.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Proponer a la Dirección General el establecimiento de las políticas, planes y programas en materia de administración del talento humano y de los recursos físicos, financieros, contractuales, abastecimiento, servicio al ciudadano y control interno disciplinario, dentro del marco de las normas vigentes y las políticas del Sector Administrativo de Inclusión

Social y Reconciliación.

2. Representar al Director General en los asuntos que éste le delegue y adelantar las misiones o encargos especiales que aquél determine.

3. Dirigir, coordinar y controlar la gestión de recursos administrativos, financieros y humanos del Instituto.

4. Coordinar la realización de los estudios técnicos necesarios para los proyectos de modificación de planta de personal y estructura en el marco normativo vigente y siguiendo las metodologías aprobadas.

5. Aprobar y hacer seguimiento a sus metas, planes de acción e Indicadores, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Contratación y la Dirección de Abastecimiento.

6. Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y la Oficina de Gestión Regional, de acuerdo a los objetivos, metas, planes de acción; así como en los procesos y procedimientos establecidos en el manual de contratación y las normasque lo modifican o adicionan, teniendo en cuenta el plan de contratación de la Entidad, los requerimientos del servicio y los lineamientos normativos e institucionales.

7. Adelantar la etapa de juzgamiento en primera instancia de los procesos disciplinarios contra los/as servidores/as y ex servidores/as del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras'', de conformidad con el Código General Disciplinario y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

8. Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la

Dirección de Planeación y Control de Gestión.

9. Hacer seguimiento a los indicadores de cada una de las dependencias adscritas a la Secretaría General teniendo en cuenta los planes de acción correspondientes.

10. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

11. Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

12. Realizar la Secretaría Técnica del Consejo Directivo teniendo en cuenta requerimientos institucionales.

13. Revisar y aprobar actos administrativos y documentos que expidan las Direcciones a su cargo que deban suscribirse a la Dirección General, de conformidad a las normas vigentes y a los requerimientos institucionales.

14. Desempeñar las demás funciones que les sean asignadas por el jefe inmediato, de acuerdo con la naturaleza del empleo y el área de desempeño.

CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES -- Gerencia pública -- Procedimiento administrativo -- Contratación estatal -- Gestión financiera -- Función pública -- Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG -- Derecho disciplinario COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Por nivel jerárquico --Aprendizaje continuo --Orientación a resultados -- Orientación al usuario y al ciudadano --Compromiso con la organización --Trabajo en equipo --Adaptación al cambio -- Visión estratégica -- Liderazgo efectivo -- Planeación -- Toma de decisiones -- Gestión del desarrollo de las personas -- Pensamiento Sistémico -- Resolución de Conflictos

REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIAFormación

Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: Sesenta y ocho (68) meses de experiencia profesional relacionada. --Antropología, artes liberales --Ciencia política, relaciones Internacionales -- Comunicación social, periodismo y afines -- Contaduría pública -- Derecho y afines -- Economía -- Educación -- Filosofía, teología y afines -- Ingeniería administrativa y afines -- Ingeniería industrial y afines -- Medicina -- Nutrición y dietética -- Odontología -- Psicología -- Sociología, trabajo social y afines -- Título de posgrado en la modalidad de maestría -- Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos reglamentados por la Ley.

ALTERNATIVA

Formación Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: --Antropología, artes liberales -- Ciencia política, relaciones Internacionales -- Comunicación social, periodismo y afines -- Contaduría pública -- Derecho y afines -- Economía -- Educación -- Filosofía, teología y afines -- Ingeniería administrativa y afines -- Ingeniería industrial y afines -- Medicina -- Nutrición y dietética -- Odontología -- Psicología -- Sociología, trabajo social y afines -- Título de posgrado en la modalidad de especialización. --Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos reglamentados por la Ley. Ochenta (80) meses de experiencia profesional relacionada. EQUIVALENCIAFormación

Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: -- Antropología, artes liberales -- Ciencia política, relaciones Internacionales -- Comunicación social, periodismo y afines -- Contaduría pública -- Derecho y afines -- Economía -- Educación -- Filosofía, teología y afines -- Ingeniería administrativa y afines -- Ingeniería industrial y afines -- Medicina -- Nutrición y dietética -- Odontología -- Psicología -- Sociología, trabajo social y afines Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos reglamentados por la Ley. Ciento cuatro (104) meses de experiencia profesional relacionada. Perfil Jefe de Oficina 0137-22 IDENTIFICACIÓN Nivel jerárquico Denominación del empleo Código Grado Número de cargos Dependencia Cargo del jefe inmediato Directivo Jefe de Oficina 0137 22 Cuatro (4) Donde se ubique el cargo Quien ejerza la supervisión directa

ÁREA FUNCIONAL

OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir el ejercicio de la función disciplinaria en etapa de instrucción, respecto de los sujetos disciplinables del ICBF, para salvaguardar el cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con el Código General Disciplinario y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Conocer los procesos disciplinarios, hasta la notificación del pliego de cargos o de la decisión de archivo, contra los

servidores y ex servidores del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras".

2. Dirigir la etapa de instrucción hasta la notificación del pliego de cargos o la decisión de archivo de los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores del ICBF, de conformidad con el Código General Disciplinario y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

3. Dirigir la práctica de las pruebas del proceso disciplinario en la etapa de instrucción de los procesos disciplinarios.

4. Dirigir los procesos para la recepción, trámite y evaluación de las quejas, informes, asuntos, peticiones, reclamos y/o denuncias interpuestas por la ciudadanía, de conformidad con la normatividad disciplinaria vigente.

5. Dar cumplimiento a los términos procesales en las etapas de las actuaciones disciplinarias a cargo de la Oficina.6. Comunicar a la Procuraduría General de la Nación las actuaciones que correspondan de acuerdo con las directrices y normatividad vigente.

7. Diseñar e implementar las medidas, los programas y estrategias encaminadas a fortalecer una cultura organizacional hacia la prevención, la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, íntegro, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de

Integridad y, General Disciplinario.

8. Dirigir la respuesta a peticiones, consultas y requerimientos formulados a nivel interno, por los organismos judiciales

y de control, grupos de interés o por los ciudadanos, de conformidad con los procedimientos y la normatividad vigente

9. Mantener actualizada la información sobre los procesos disciplinarios en etapa de instrucción, en las herramientas que dispongan el Instituto y las disposiciones normativas vigentes.

10. Adelantar el proceso de notificación y/o comunicación de los procesos en etapa de instrucción de conformidad con la normativa vigente.

11. Administrar los documentos y expedientes que se encuentren en la etapa de instrucción en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

12. Desempeñar las demás funciones que les sean asignadas por el jefe inmediato, de acuerdo con la naturaleza del empleo y el área de desempeño.

CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

-- Constitución Política -- Código General Disciplinario -- Derecho administrativo -- Estatuto anticorrupción --  Derecho probatorio y derecho procesal -- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -- Ley de Transparencia y Acceso a la Información COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Por nivel jerárquico -- Aprendizaje continuo -- Orientación a resultados - Orientación al usuario y al ciudadano - Compromiso con la organización -- Trabajo en equipo -- Adaptación al cambio -- Visión estratégica -- Liderazgo efectivo -- Planeación --Toma de decisiones - Gestión del desarrollo de las personas -- Pensamiento Sistémico -- Resolución de Conflictos

REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIAFormación

Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: --Derecho y afines Título de posgrado en la modalidad de maestría. Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos reqlamentados por la Ley. Sesenta (60) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA

Formación Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: -- Derecho y afines Título de posgrado en la modalidad de especialización. Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos reglamentados por la Ley. Setenta y dos (72) meses de experiencia profesional relacionada.

EQUIVALENCIA

Formación Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: -- Derecho y afines Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos reglamentados Noventa y seis (96) meses de experiencia profesional relacionada. IDENTIFICACIÓN Nivel jerárquico Denominación del empleo Código Grado Número de cargos Dependencia Cargo del jefe inmediato Profesional Profesional Especializado 2028 24 Veintisiete (27) - Planta global Donde se ubique el cargo Quien ejerza la supervisión directa Profesional Especializado 2028-24

ÁREA FUNCIONAL

SECRETARÍA GENERAL PROPÓSITO PRINCIPAL Conocer la función disciplinaria en etapa de juzgamiento, respecto de los sujetos disciplinables del ICBF, de

conformidad con el Código General Disciplinario y las demás disposiciones vigentes sobre la materia. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES1. Adelantar la etapa de juzgamiento de los procesos en curso contra los servidores y ex servidores del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras”.

2. Proyectar los fallos disciplinarios de primera instancia, autos de sustanciación e interlocutorios dentro de los procesos disciplinarios en etapa de juzgamiento.

3. Practicar las pruebas de los procesos disciplinarios, en la etapa de juzgamiento.

4. Proyectar la respuesta a los recursos, solicitudes y nulidades que se presenten durante la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios.

5. Diseñar e implementar medidas, programas y estrategias encaminadas a fortalecer una cultura organizacional hacia la prevención, la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, íntegro, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de Integridad y, General

Disciplinario.

6. Mantener actualizada la información sobre los procesos disciplinarios en etapa de juzgamiento, en las herramientas que dispongan el Instituto y las disposiciones normativas vigentes.

7. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación de los procesos en etapa de juzgamiento de conformidad con la normativa vigente.

8. Dar cumplimiento a los términos procesales en las etapas de la actuación disciplinaria a su cargo.

9. Comunicar a la Procuraduría General de la Nación las actuaciones que correspondan de acuerdo con las directrices y normatividad vigente.

10. Administrar los documentos y expedientes que se encuentren en la etapa de juzgamiento en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

11. Proyectar la respuesta a peticiones, consultas y requerimientos formulados a nivel interno, por los organismos judiciales y de control, grupos de interés o por los ciudadanos, de conformidad con los procedimientos y la normatividad vigente.

12. Elaborar documentos técnicos, conceptos, informes y estadísticas relacionadas con la operación de la Secretaría

General.

13. Participar en la implementación y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del ICBF.

14. Desempeñar las demás funciones que les sean asignadas por el jefe inmediato, de acuerdo con la naturaleza del empleo y el área de desempeño.

CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

-- Constitución Política -- Código General Disciplinario -- Derecho administrativo -- Estatuto anticorrupción -- Derecho probatorio y derecho procesal -- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -- Ley de Transparencia y Acceso a la Información COMPETENCIAS COMPORTAMENTALESComunes Por nivel jerárquico - Aprendizaje continuo - Orientación a resultados - Orientación al usuario y al ciudadano - Compromiso con la organización - Trabajo en equipo - Adaptación al cambio - Aporte técnico-profesional - Comunicación efectiva

  • Gestión de procedimientos - Instrumentación de decisiones Se adicionan las siguientes competencias cuando tenga asignado personal a cargo: - Dirección y Desarrollo de Personal - Toma de decisiones

REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

Formación Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: - Derecho y afines Título de posgrado en la modalidad de especialización Cuarenta y tres (43) meses de experiencia profesional relacionada.

EQUIVALENCIA

Formación Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: - Derecho y afines Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos reglamentados por la Ley. Sesenta y siete (67) meses de experiencia profesional relacionada. Profesional Especializado 2028-24

ÁREA FUNCIONAL

OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO PROPÓSITO PRINCIPAL Desarrollar acciones para la función disciplinaria en etapa de instrucción, respecto de los sujetos disciplinadles del ICBF, de conformidad con el Código General Disciplinario y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Desarrollar actividades en la etapa de instrucción hasta la notificación del pliego de cargos o la decisión de archivo de los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores del ICBF, de conformidad con el Código General Disciplinario y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

2. Practicar las pruebas del proceso disciplinario en la etapa de instrucción de los procesos disciplinarios.

3. Proyectar la respuesta a los recursos, solicitudes, nulidades, autos de sustanciación e interlocutorios que se presenten durante la etapa de instrucción de los procesos disciplinarios.

4. Dar cumplimiento a los términos procesales en las etapas de la actuación disciplinaria a su cargo.

5. Recibir y tramitar las quejas, informes, asuntos, peticiones, reclamos y lo denuncias interpuestas por la ciudadanía,de conformidad con la normatividad disciplinaria vigente.

6. Evaluar las quejas, informes o asuntos presentados contra los servidores y ex servidores del Instituto.

7. Diseñar e implementar, las medidas, los programas y estrategias encaminadas a fortalecer una cultura organizacional hacia la prevención, la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, íntegro, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de

Integridad y, General Disciplinario.

8. Comunicar a la Procuraduría General de la Nación las actuaciones que correspondan de acuerdo con las directrices y normatividad vigente.

9. Mantener actualizada la información sobre las quejas, informes o asuntos de la actuación disciplinaria, en las herramientas que disponga el Instituto.

10. Administrar los documentos y expedientes que se encuentren en la etapa de Instrucción en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinarla vigente.

11. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación de los procesos en etapa de Instrucción de conformidad con la

normativa vigente.

12. Proyectar la respuesta a peticiones, consultas y requerimientos formulados a nivel Interno, por los organismos judiciales y de control, grupos de Interés o por los ciudadanos, de conformidad con los procedimientos y la normatividad vigente.

13. Elaborar documentos técnicos, conceptos, Informes y estadísticas relacionadas con la operación de la Oficina de

Control Interno Disciplinarlo.

14. Participar en la ¡implementación y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del ICBF.

15. Desempeñar las demás funciones que les sean asignadas por el jefe Inmediato, de acuerdo con la naturaleza del empleo y el área de desempeño.

CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

-- Constitución Política -- Código General Disciplinarlo -- Derecho administrativo -- Estatuto anticorrupción -- Derecho probatorio y derecho procesal -- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -- Ley de Transparencia y Acceso a la Información COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Por nivel jerárquico -- Aprendizaje continuo - Orientación a resultados - Orientación al usuario y al ciudadano - Compromiso con la organización - Trabajo en equipo - Adaptación al cambioREQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA Formación Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: -Derecho y afines Título de posgrado en la modalidad de especialización Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos

reglamentados por la Ley. Cuarenta y tres (43) meses de experiencia profesional relacionada

EQUIVALENCIA

Formación Experiencia Título profesional que corresponda a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento - NBC: - Derecho y afines Tarjeta, matrícula o registro profesional en los casos reglamentados por la Ley. Sesenta y siete (67) meses de experiencia profesional relacionada. IDENTIFICACIÓN Nivel jerárquico Denominación del empleo Código Grado Número de cargos Dependencia Cargo del jefe inmediato Profesional Profesional Especializado 2028 21 Veintiocho (28) - Planta global Donde se ubique el cargo Quien ejerza la supervisión directa Profesional Especializado 2028-21

ÁREA FUNCIONAL

SECRETARÍA GENERAL PROPÓSITO PRINCIPAL Desarrollar acciones para la función disciplinaria en etapa de juzgamiento, respecto de los sujetos disciplinadles del ICBF, de conformidad con el Código General Disciplinario y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Analizar la etapa de juzgamiento de los procesos en curso contra los servidores y ex servidores del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras".

2. Proyectar los fallos disciplinarios de primera instancia, autos de sustanciación e interlocutorios dentro de los procesos disciplinarios en etapa de juzgamiento.

3. Practicar las pruebas de los procesos disciplinarios en la etapa de juzgamiento.

4. Elaborar la respuesta a los recursos, solicitudes y nulidades que se presenten durante la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios.5. Diseñar e implementar medidas, programas y estrategias encaminadas a fortalecer una cultura organizacional hacia la prevención, la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, integro, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de Integridad y, General

Disciplinario.

6. Mantener actualizada la información sobre los procesos disciplinarios en etapa de juzgamiento, en las herramientas que dispongan el Instituto y las disposiciones normativas vigentes.

7. Adelantar el proceso de notificación y/o comunicación de los procesos en etapa de juzgamiento de conformidad con la normativa vigente.

8. Dar cumplimiento a los términos procesales en las etapas de la actuación disciplinaria a su cargo.

9. Informar a la Procuraduría General de la Nación las actuaciones que correspondan de acuerdo con las directrices y normatividad vigente.

10. Administrar los documentos y expedientes que se encuentren en la etapa de juzgamiento en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

11. Proyectar la respuesta a peticiones, consultas y requerimientos formulados a nivel interno, por los organismos judiciales y de control, grupos de interés o por los ciudadanos, de conformidad con los procedimientos y la normatividad vigente.

12. Elaborar documentos técnicos, conceptos, informes y estadísticas relacionadas con la operación de la Secretarla

General.

13. Participar en la implementación y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del ICBF.

14. Desempeñar las demás funciones que les sean asignadas por el jefe inmediato, de acuerdo con la naturaleza del empleo y el área de desempeño.

CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

  • Constitución Política - Código General Disciplinario - Derecho administrativo - Estatuto anticorrupción - Derecho probatorio y derecho procesal - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley de Transparencia y Acceso a la Información

COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Por nivel jerárquico - Aprendizaje continuo - Orientación a resultados - Orientación al usuario y al ciudadano - Compromiso con la organización - Trabajo en equipo - Adaptación al cambio - Aporte técnico-profesional Comunicación efectiva - Gestiön de Procedimientos - Instrumentación de decisiones Se adicionan las siguientes competencias cuando tenga asignado personal a cargo: -Dirección y Desarrollo de Personal - Toma de decisiones

REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIAFormación

Experiencia Tít

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