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ICBF - Resolución 2877 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 1545-21 conformacion banco nal de oferentes ip - 02-20-2021

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Título
ICBF - Resolución 2877 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 1545-21 conformacion banco nal de oferentes ip - 02-20-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar CeciDleli aFa u endteLe l eras fifi BIENESTAR Subdirección de General FAMILIAR 2 8 7 7 28 M A2Y0 21

RESOLUNCoI.Ó N "POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN No. 1545 DE 25

DE MARZO DE 2021, POR MEDIO DE LA CUAL SE CONFORMA EL BANCO DE OFERENTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR A NIVEL NACIONAL REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA GENERACIONES SACÚDETE, CUYO OBJETIVO ES ACOMPAÑAR A ADOLESCENTES Y JÓVENES EN LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE VIDA SOSTENIBLES, A TRAVÉS DE PROCESOS DE FORMACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE HABILIDADES Y EL EJERCICIO DE LA CIUDADANÍA-IP-002-2020-ICBFSEN." LA SUBDIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales ye statutarias, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007. el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, Manual de Contratación vigente, demás normas concordantes, pertinentes y previas las siguientes:

l. CONSIDERACIONES

1. Que el Manual de Contratación vigente, establece la delegación de funciones en materia contractual a la Subdirectora General, para dirigir el procedimiento para la conformación de los Bancos Nacionales de Oferentes

del ICBF para todo el territorio nacional.

2. Que conforme al numeral 4.2. del Manual del Contratación vigente, el 17 de diciembre de 2020, fue publicado el proyecto de Invitación Publica IP-002-2020-ICBFSEN junto con sus anexos, en la plataforma SECOP II para que los interesados presentaran sus observaciones hasta el 24 de diciembre de 2020.

3. Que, dentro del término previsto en el cronograma, se recibieron observaciones al proyecto de la Invitación Publica IP-002-2020-ICBFSEN, de carácter técnico las respuestas fueron debidamente publicadas o, asi mismo fueron recibidas ya tendidas observaciones e inquietudes extemporáneas y las mismas se publicaron en la plataforma SECOP II el día 22 de enero de 2021.

4. Que mediante de la Resolución No. 0278 del 22 de enero de 2021, la Subdirectora General del ICBF ordenó la apertura de la invitación pública No. IP-002-2020-ICBFSEN que tiene como objeto: "CONFORMAR UN BANCO DE OFERENTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR A NIVEL NACIONAL REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA GENERACIONES SACÚDETE, CUYO OBJETIVO ES ACOMPAÑAR A ADOLESCENTES Y JÓVENES EN LA FORMULACIÓN EN LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE VIDA SOSTENIBLES, A TRAVÉS DE PROCESOS DE FORMACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE HABILIDADES Y EL EJERCICIO DE LA

CIUDADANÍA", este acto administrativo fue publicado el 22 de enero de 2021, conforme al cronograma del proceso, junto con la Invitación Pública Definitiva.

5. Que a través de la Resolución No. 0278 del 22 de enero de 2021, se convocó a las veedurias ciudadanas interesadas en desarrollar su actividad conforme al artículo 66 de la Ley 80, y así mismo se convocó a todos los organismos de control para que adelanten su función en el desarrollo del presente procedimiento.

6. Que dentro del término previsto en el cronograma del proceso, se recibieron observaciones de los oferentes al documento de la Invitación Pública Definitiva IP-002-2020-ICBFSEN hasta el 29 de enero de 2021. .

7. Que el dia 05 de febrero de 2021, se publicaron las respuestas a las observaciones presentadas a la Invitación Pública IP-002-2020-ICBFSEN, de carácter jurídico, técnico yf inanciero, conforme al cronograma del proceso.

8. Que a través de la adenda No. 001 publicada el 05 de febrero de 2021, se modificó TITULO 11. REQUISITOS DE CAPACIDAD TÉCNICA NUMERAL 2.1.1. CONDICIONES PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA IA, el

FORMATO No. 4 EXPERIENCIA DEL INTERESADO Y FORMATO No 1 CARTA DE PRESENTACIÓN.

1 www.icbf.gov.co 0 I CBFColomlxa CJ @ICBFColcmbla fi @icbffiaol\Cial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX· 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección de General

FAMILIAR

9. Que el día 10 de febrero de 2021 a las 16:00 horas a través de SECOP 11, se llevó a cabo el cierre del proceso de Invitación Pública No. IP-002-2020-ICBFSEN, en el cual, la plataforma de contratación pública constató la presentación de TRESCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO (354) manifestaciones de interés.

10. Que el 10 de febrero de 2021 a las 18:05 horas, las TRESCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO (354) manifestaciones de interés, fueron desencriptadas y se publicó la Lista de Ofertas que SECOP II registró, lo anterior, conforme aparece en la sección Lista de Ofertas del proceso en SECOP 11.

11. Que de acuerdo con la Lista de Ofertas que SECOP II registró, el interesado FUNDACIÓN SOLIDARIDAD POR LA NIÑEZ LA JUVENTUD Y LA TERCERA EDAD - FUNSONIT con NIT No. 825.001.332-8, presentó manifestación de interés dentro del término establecido en el cronograma, y quedó identificada bajo el No. 32.

12. Que mediante memorando la Subdirectora General designó el comité de verificación de los requisitos establecidos en la Invitación Pública para la Conformación del Banco Nacional de Oferentes No. IP-002-2020ICBFSEN, publicado mediante mensaje el 26 de febrero de 2021

13. Que el día 26 de febrero de 2021, se publicó el informe preliminar de verificación de la IP-002-2020-ICBFSEN

y los informes técnico, jurídico y financiero, con las especificaciones de cada componente.

14. Que conforme al Informe Preliminar de verificación de la IP-002-2020-ICBFSEN, el interesado obtuvo el siguiente

resultado: FUNDACION SOLIDARIDAD POR LA ANA LAURA COSO NIÑEZ LA JUVEmuo y LA 825001332-8 MARTINEZ f,(0 CUMPLENO C:lJMPLE fiO CUMPLE

TERCÉRA EDAD -FUNSONIT

15. Que, en atención a la evaluación anterior, en los/el aspecto(s) Jurídico, Financiero y Técnico se indicó el incumplimiento (NO CUMPLE) de los siguientes requisitos por parte del interesado: a) NO CUMPLE -Evaluación Jurídica - .. ··fi .. ... fi 1•,u1,1",:" iµu B:Jl.lll!I 1•1: .,.,1::::a..,

G)A PORTES SEGURIDAD

SOCIAL y PARAFISCALES.

ARTICULO 5.l'l DE LA LEY 789 DE

2íl02 Y LEY S28 DE 200J. El

CERTIFICAD.O DE CUMPLIMIENTO DE APORTES FUNDACIÓN SOLIDARIDAD POR LA NIÑEZ ANA LAURA COBO NO CUMPLE ESTA SUSCRITO POR EL LA JUVENTUD Y LA TERCERA EDAD - !l2.5Il01.332-8 MARTINEZ REPRESENTANTE LEGAL, EN

FUNSONIT EL CERTIFICADO DE

EXISTENCIA

32 REPRESENTACtóN LEGAL SE

ESTA BLEGl:Ó REVISOR FISCAL

SUBSANAR y ADJUNTAR

COPIA OE LA TP y

ANTECEDENTES DE LA JUNTA

CENTRAL DE CONTADORES

VIGENTES

2 www.lcbf.gov.co O ICBFCalombia fl @ICBFColombia (mJ (Pt!':bfoolombiaof!Clal Sede de la Dirección General Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No 64c -75 01 8000 91 8080 PBX 437 7630 4¡1)) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar CeciDlelí aFa u endteLe l eras El futuro . es de todos Subdirección de General BIENESTAR • ,i ••

FAMILIAR

b) NO CUMPLE-Evaluación Técnica

NO CUIIPLE CON

LAS

CERTIFICACIONES

APORTADAS NO

SE EVIDENCIA EL

MÍNIMDOE24

MESES DE

EXPERIENCIA

EL OFERENTE NO

ADJUNTA EL

FORMATO 6 PARA

LA VERIFICACION

DE SEDE

FUNOACION ADMINISTRATIVA

SOLIDARIDAD Y NO INFORMA 51

POR LA "GARANTIZA LA 32 JUN VIÑ EE NZ T UL DA Y 825001332 NO NO s, s, GUAJIRA GUI\JIIIA Si SI Si 18 NO CUN tO .f' lE C PO EN RT MR AA NT EAC NI TÓ EN

LA TERCERA DURANTE LA

EOAD­ EJECUCIÓN DEL

FUNSONIT CONTRATO Y CON

RECURSOS

PROPIOS DE AL

MENOSUN{1)

DIRECtOR

GENERAL O

TÉCNICO O DE

PROYECTOS, UN

[1)CONTADORY

UN(1)ASESOR

LEGAL,COMO

PARTE DE

TALENTO

HUMANO BASE DE tA

ORGANIZAClóN'

C) NO CUMPLE-Evaluación Financiera

DE ACUERDO CON LO

ESTIPULADO EN LA INVITACIÓN

PÚBLICA PARA LA

CONFORMACIÓN DEL BANCO

NACIONAL DE OFERENTES No.

IP-002-2020-ICBFSEN, TÍTULO

111. REQUISITOS CAPACIDAD

FINANCIERA, 3.1 REQUISITOS

FINANCIEROS DE f\JNDACIÓN

SOLIDARIDAD POR LA HABILITAClóN NOTA NO. 21:

32 N LIÑ AE TcRZ LA C EJ\, R11 A/E EN DT AU DDY 82500 B1 332NO CUN WO

LE

"PARA LOS INTERESADOS

INSCRITOS EN EL REGISTRO

FUNSONIT

ÚNICO DE PROPONENTES ES

OBLIGATORIO PRESENTAR

ESTE DOCUMENTO, EN EL

CUAL DEBERÁ CONSTAR LA

INFORMACIÓN DE

INDICADORES FINANCIEROS

DEBIDAMENTE RENOVADA Y EN FIRME (AÑO 2019 O 2020)

EXPEDIDO BAJO LOS

FUNDAMENTOS DEL DECRETO

3 www.icbf.gov.co 0 CI ICBFColombla '2 ice-e lcmbla l@J @icbfcolomblacllcil!I Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Línea gratuita nacional ICBF PBX 437 7630 01 8000 91 8080 ffi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar CeciDleli aFa u endteLe l eras BIENESTAR Subdirección de General

FAMILIAR

1082 DE 2015 PARA VERIFICAR

LA CAPACIDAD FINANCIERA

NO SE TENDRÁ EN CUENTA

INFORMACIÓN FINANCIERA

DIFERENTE A LA CONSIGNADA

EN EL RUP", POR LO ANTERIOR

SE SOLIClTA ALLEGAR EL RUP

DADO QUE CONSULTANDO EL

RUES SE EVIDENCIA QUE EL

INTERESADO SE ENCUENTRA

INSCRITO AL MISMO.

16Q.u e, en concordancia con lo establecido en el cronograma del proceso, a los interesados se les dio traslado del informe de verificación preliminar durante el periodo comprendido entre el 1 al 5 de marzo de 2021, con la finalidad de que presentaran sus observaciones y realizaran las subsanaciones y/o aclaraciones a que hubiere lugar.

17. Que, el interesado el día 28 de febrero de 2021, mediante mensaje cifrado No. CO1.MSG.2367777 en el SECOP aportó los documentos con los que pretendía cumplir las exigencias de la IP-002-2020-ICBFSEN.

11, 18Q.u e el día 18 de marzo de 2021, en atención al alto volumen de las subsanaciones presentadas, se hizo necesario ampliar el término de publicación de informe de evaluación definitiva, para garantizar una correcta validación de la información, y en aras de garantizar el principio de economía, pluralidad de oferentes y el debido proceso, se consideró necesario modificar el cronograma del proceso mediante la adenda No. 002, documento publicado en la plataforma de SECOP 11. Que el dia 25 de marzo de 2021, se efectuó la publicación del ANEXO 1 - OFERENTES HABILITADOS 19. INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN, ANEXO 2 - OFERENTES NO HABILITADOS INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN, ANEXO 3 - INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN JURÍDICA,

ANEXO 4 -INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN TÉCNICA y ANEXO 5 -INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN FINANCIERA, documentos expedidos por el comité verificador de la IP-002-2020-ICBFSEN

20. Que en el informe de verificación definitivo el interesado, resultó NO HABILITADO para conformar el Banco Nacional de Oferentes, de conformidad con la siguiente evaluación:

FUNDACI N

SOLIDARIDAD POR e.A 8250013J2 ANA LAURA

RECHAZADO

NIÑEZ lJ\ JUVENTUD CO"BO MARTINEZ CUMPLE RECllAZADO RECHAZADO RECHAZADO

Y LA TERCERA EDAD

-FUNSONIT

21. Que, de conformidad con la evaluación definitiva, en los aspectos técnico y financiero se indicó que la manifestación de interés RECHAZADA con los siguientes requisitos:

a) RECHAZADA-Evaluación Técnica 4 o www.icbf.gov.co CJ ICBFColomb!a @ICBFCotombia r@] @1cbfcolombiaofü:ral Seddeel aD irecGceinóenr al língeraa tnuaictia!o CnBaFl Avenciadrar 6e8Nr oa6 4-c7 5 018 009018 080 PBX4:3 776 30 fi)) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar • ' ' ' Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General es de todos

FAMILIAR

NOCUf.f'LE

DENTRO DE LAS

CERTIFICACIONES

PRESENTADAS

NOSE EVIDENCIAN El LITERALC SUbsanó con el

lotmalo No 8 FUNDACIÓN rem.tldoel SOLIDARIDAD (2/02/20821) POR LA 04 17l se e,\¡je""'• 32 ,Ul Vl ': ENE TZ ULA D Y 825001332 SI SI SI Sl GUAJIRGAU AJIRASi SI NO 31 NO RECHAZADO e re,¡l Q ulm fip ID'lmie do n cont.Yb del LA TERCERA con talenlD hUmroo EOAD­ pn la operaaón FUNSONIT (formal> 6) Subsanó con al fcxma:o No6 remitido al {28/20/2021) 04.17ev/idesnceia ti cumpW.ent> del requisito de sede adMinistaliva (FormalO 8). B)R ECHAZEAvDaAl-uFaicniiaóennrc a De acuerdo a /P..()()2-2020-ICBFSEN en el capitulo 111 CAUSALES DE

RECHAZO Y EXCLUSIÓN DEL BANCO

NACIONAL DE OFERENTES numeral1.

CAUSALES DE RECHAZO I¡eral a) Cuando el interesado no cumpla con los FUfiDACION requisitos mínimos de habifitacióo SOLIOARIOAO POR LA previstos en el presente documento y en 32 NlflEZ LA JUVENTUD Y 825001332 NO RECHAZADO el Estudio Previo de la conformación del LA TERCERA EDADFuNSON!T Banco Nacional de Oferentes. El oferente incurrió en esta causal teniendo en cuenta que no aportó los documentos solicitados en subsanacÍÓ/1

tal como se solicitó en el mforme preliminar asi: 1) RUP actualizado. La información financiera registrada corresponde al año 2018."

22. Queedl i 2a5d em ardze2o 02e1Il,n stCiotluotmodb eiB aineonF easmtiaelrxi pailrRda ei ós olNuoc1.i5 ó4dn5e 2021, "POR MEDIO DE LA CUAL SE CONFORMA EL BANCO DE OFERENTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR A NIVEL NACIONAL REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA GENERACIONES SACÚDETE, CUYO OBJETIVO ES ACOMPAÑAR A ADOLESCENTES Y JÓVENES EN LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE VIDA SOSTENIBLES, A TRAVÉS DE PROCESOS DE FORMACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE

HABILIDADES Y éL EJERCICIO DE LA CIUDADANÍA''-IP-002-2020-ICBFSEN". 5 o www.icbf.gov.co ICBFColombla C3 @ICBFColornbla {@ fi-bfcolurnb1aof1eial Seddeel Dai recGceinóenr al Avenciadrar6 e8Nr o6a 4 -c7 5 Língeraa tnuaictiaIo CnBaFl PBX 43776 30 018 009018 080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar fifi Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección de General

FAMILIAR

23. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7 4 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento

Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra la Resolución No. 1545 de 2021 expedida por el ICBF, procede solo el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del acto administrativo en el SECOP 11.

24. Que mediante mensaje SECOP No CO1.MSG.2473891 de fecha 13 de abril de 2021, el interesado No. 32, presentó ante el ICBF recurso de reposición contra la Resolución No. 1545 de 2021.

11. REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD

1. De conformidad con lo establecido en los artículos 74 , 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los recursos proceden contra los siguientes actos administrativos, ante los siguientes funcionarios y dentro de los siguientes términos: ·'Ar74t R.íe ccuulrcoso onlsto rasac taodsm inisPtorrrea gtglieavn oecsro.an llt,ora sac tdoesf initivos

proceldosesir gáuni reensctouerss: 1E.ld e r eposaincqtiueói enex,np liddaei cói psairqóuanle a a c lmaordei,fi aqduieco,ir voeonqeu e.

2. Eld ea pelapcairaóanent i,len mesduipaetarodi moirn ios fntucriactooinenvaml oli spmroo pósito.

Noh abarpáe ladcefi aódsne cisdielo onmsei sn isDtirroescd,teD o erpeasrt aAmdemnitnoi strativo, supnetreindyer neetpseresn tlaengtadelesle a ses n tiddaedsecse ntnrida ell iodzsia rdeacsut ores

orgiasnmsousp erdielo oórsre gsa cnoonss titauuctióonnoamloess. Tamopcsoe raápne laaqbuleedllsea csi spiroonfeepsrol irord seae pssr entlaengtyaje lesefs seu sp eriores def aesn tiydo ardgeasn diesnlmi ovtsee rlr itorial. 3E.ld eq uecjuaa,sn edr oe cheadlce ae p elación. Elr ecudreqs uoee jsfa a culypt oadtirinápvt ooen redreisrcet amaennetstleue p edrefiluo nrc iqounea rio dicltdaóe c imseidóinea,sn ctareqli u tdeoe baecroám pacñoapdrielsap ae r oviqduehena cyníaea g ado erle curso. Dee srteec usrpeso odh raácu esdroe ndtelr oocs i n(c5do)í saisg uiafe nano tteisf dielc daae cciiósni ón. Reciebelis dcoer silut poe,or ridoeirnn amreámd einalttraeae midseeilxó pne dyid eenctiJedoq,i u sreeá a decla so. (... ) Artíc7u6Ol.po o rtyup nriedsaednL toarsec ciuódrners. eo pso syai pceilódanec bieóirnná tne rppoorne rse escerníl tado ig leindcein ao tifpiecrascooid nóeannl dt,elr ood si (ez1)d 0 ísaisg uia eelnolta ae l,sa

notifpiocarav cioisa óovln,e ncidmeitleé nrtmdoiep n uob lisceagceúiclanós o n. L,o rse cucrosnoltsor sa actporse spuondtironástn oe nreperncs uea ltqiueismeaprloe v,ne o el v eennqt uose eh ayaac udaindtoe e/juez. Lorse cusreps roess eanntetaflernu ácni oqnuaderi iclodta eó c issaillóvdonoi ,u s epsptaore dale q ue.j a ys qiu ifeeunrc eo mpentoqe unitseri eecripebo idrprlráoenss eanntetaplerr soec urreagdioooa rnn atle elp ersomnuenrioc piapraqalu ,eo rderneec ibyi trrlaomsi eta irmlpoosnl,ga sasa nciones coersrpondsiaiee nlhtfueobs if,eu rgea r. Elr ecudreas poe lpaocdiirónánt erpdoienrcetrasmoeec notmseou, b siddedilera erpioos yci ucainódn o procseedorabá l igpaatarocarc ieaofd jaeu rr cicsidóin. Lorse cudrers eopso sydi ecq iuóennjos a e roábnl igatorios. (.. .) Artí7c7Ru.el qou iPsoirrte oggsle.an elrorasel c usreis notse rppooenrsd crqráuinnet or o e qudiee re si presenptearcsioóqnnua ille opn r esheans tiadrc eoo noecnil daao c tuaIcgiuóanl.pm oednrtáen,

presepnotmrae rdsieeol se ctrónicos. Lorse cudresboersre áunan dierm,lá osssi. g uireenqtueiss itos: 1I.n terpdoenndeterrplsol e al zeogp aoelril, n teroes sura eedpsore ntoaa pnotdee dreabdiod amente constituido. 2S.u stecnotenax rpsreec soinócdnrel e otmaos t idveio nsco orinmdfad. 3S.o liyac piotlraastr pa rru eqbusaee sp retheancdveear l er. 4I.n deinlco amrby lr daei crceidóernle curarsceoímno tleda,i reeclceicótnsir dóenssieecnarao tificado poers mteed io. Sóllooas b ogeandeej orsc piocdisroeá arnp odeSreiarl de ocsu.ro rbecrnoatm aeog eonfitcei doesboe,r á acreldcaia tlaidrdea a bdo geanede jor cyipc rieofs,cat a aurc qiusóee nf s ee ñpaalrgeaa ranqtulieaz ar perspooqnrua i oebnrr aat isfuai cctaurdaáe cnidtóertnloé rmidnedo o( s2m )e ses. Snio h aryai tciafsce ihóaner fáe cftcaia vuacy si eaó rnc heielvx apreád iente. 6 www.fcbf.gov.co 0 ICBFCofornbia mi} @1ebfcoloml:1taoftc1a1 Q @ICBFColombta Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF

Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080 PBX 437 7630 InsittutCoolo mbianode B ienestFaamrili ar ' l f .. -f1 11"" Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro :· fifi es de todos BIENESTAR SudbireccidóenG enreal FAMILIAR Para el trámite del recurso el recurrente no está en la obligación de pagar la suma que el acto recurrido le exija. Con todo, podrá pagar lo que reconoce deber." 2 . La Resolución No. 1545 de 2021, publicada el 25 de marzo de 2021 en la plataforma del SECOP ll dentro de la Invitación Pública No. IP-002-2020-ICBFSEN, en atención a lo señalado en el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007 estableció que: "De conformidad con lo dispuesto en la Ley 527 de 1999. la sustanciación de las actuaciones. la expedición de los actos administrativos. los documentos. contratos y en general los actos derivados de la actividad precontractual y contractual, podrán tener lugar por medios electrónicos. Para el trámite, notificación y publicación de tales actos, podrán utilizarse sopones, medios y aplicaciones electrónicas", por lo cual quienes manifestaron interés y no resultaron incluidos en el listado que conformó el Banco Nacional de Oferentes No. IP-002-2020ICBFSEN, para todos los efectos, se entienden notificados de la decisión a partir de su publicación.

3. Que conforme con las normas previamente citadas, se verificó que mediante mensaje SECOP 11 No.

CO1.MSG.2473891 de fecha 13 de abril de 2021 el interesado No. 32, a través de su representante legal señora

ANA LAURA COSO MARTINEZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No 1.121.041.410, presentó recurso de reposición en contra de la Resolución No. 1545 de 2021.

4. En consecuencia, se observa que el recurso de reposición interpuesto cumple con los requisitos de ley y por lo tanto a continuación se procede revisar los argumentos expuestos por el recurrente.

111. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Y ANÁLISIS DEL ICBF

A. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Mediante mensaje SECOP No CO1.MSG.2473891 de fecha 13 de abril de 2021, el recurrente manifestó lo siguiente: t ..)

SEÑORES

BANCOO FERENITNEV AITCIÓPNÚ BUCNAo.l P-<102-2020-ICSFSEN ICBFB-OGOTA REFERENCSIOAL:I CITRUEDP OSICIAO lNA R ESOLUCI1OSN4 5D EL2 5D E MARZO2 021O E ACUERDAOL A RTICUUTOE RCERDOE,C ONf0RM10C"-ODN t .EO ST"-BLECEIl'IDE OtA RTICU7L4O DE LA LEY1 437D E 2011E,N VIRTUS OllCILTAO VERIFICACYI ORNE VALIOACIDOEN OOCU[MNTACIPORNE SENTAEDNAE LP ROCESDOE S UBSANACIDOEAN C URDAO t OR EQUERIDO ENL AI NVITACPIÚÓBNL INCoA, I P-002-2020-lCBFSEN ElS U$CíAlNtAoL AURA00 80 MARTINEZc onc édudlaec iudadsnnú\'mee r1o. 1.20141.4d1e0

Distracyc einóc na lidaddE r epresentlaengtadele l aF undacióSno lldanPdoarLd a N iñeLzu JuventyuL daT erceErdaad - f.:.UNSONcIoTn N IT8 25.(XU,332d•ec8 o nfol,dmacdo nl or equerido lai nvitapcl.Jibólnl ncúam erIoP 00 2-202c0u yoob jeetso•: c onfonunnab ra ncdoe o ferenat es ni"Yenla clopnaarla l ap restacdi@ólsn e: rvtcipoú blidceob ienesftaamri lai nairv enla ctenal r-equeripadroa f ai mplementayc rtfióanl izadceilPó rno graGmean eraciSoanceúsd etcueyfio ob,letfveos a compañaa ra dolesceyn jtóevse neens J;;if orumlacld6en p royectdoes v ida -sosteniabt lreasv.dé esp rocesdoefs o rmacpiaórnea lf ortalecídmelh eanbtiol idyae dree jse rcido de lac iudad...a.np írae senltaod ocumentarcE!iqóune ryl dsao licqiuteos eav erificpaadraa conforemiaB ra ncNoa ciodneaO lf erentes. Me permistooh cUarrlave esr lflc:ya rceivó.anl idrdu:eli aódn o cumentaqcuieósn e a porteón e l procerlseos ubsunceilcó una clu mplseeg ülno csr itedreil oa1s P fic aduan od elo sc omponentes,

dfil osd ocumenteo Isn formaqciuóe•n d Jut1tmaemdoisa nltae' platafdoenlSn eac o1p1 p.c1 ra habEt'.itdaera Jc1ucesrc doonl aí nvitef)Ucb:lriócnnaú merJoP00 2-2020,l oa nterdieobri daqo u en os solldtau.rnoanss uOsanaciqouna-feuse ropnifisfintaecfnae slt iemp-eos tipulya aduona 5ino qull!:damhoa.sb ilitpaadri;oaos o formadcetd óir1c hb.oa ncdoe o fer-Entes.. Enc on.stancreA djunltoods o cumenptaorss au v alidación. ► RUP ► FORMAT2O M ODELOD EC UMPUMIENATROT 5 0L EY7 89D E 2002

► FORMAT6OS EDAEJJ MNNISTRATIVA

► FORMAT4OE XPERIENCIAS ► CERTIFICAC0IE0E. NXl:PSE RIENOA Agrarlez.scuao t enclioócu na le 5m uyi mportanptaern au estfruan dac:,póond,eh ra cepra rted el

BANCO DEO FERENTDEEGS E NERACIOSNAECSU DEDTEE LIC BF.

(. ..) "

B. ANÁLISIS DEL ICBF Para resolver la solicitud del recurrente en el caso concreto, se procede a analizar los documentos de la manifestación de interés y los allegados en la subsanación.

7 www.icbf.gov.co 0 JCBFColombia Q fiICBFColombla (@] @lcl:Jrcolomblaoflclal Sede de la Direccíón General

Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No 64c -75 01 8000 91 8080 PBX. 437 7630 fi¡ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar CeciDleli aFa u endteUe e ras BIENESTAR Subdirección de General FAMILIAR Con respecto a los argumentos del recurso, la Entidad procede a realizar las siguientes precisiones: Es importante recordar que el ICBF cuenta con un régimen especial, establecido en la Ley7 ª de 1799a rtículo 21n umeral 9; Decreto 1084 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación", artículos 2.4.3.2.2., 2.4.3.2.5., 2.4.3.2. 7. y2 .4.3.2.8., Decreto 2150 de 1995, artículo 122; yD ecreto 1529 de 196, 9conocido como ''Régimen Especial de Aporte", de manera que los contratos que celebre el ICBF para la operación de sus programas misionales se rigen por las normas sobre CONTRA TO DE APORTE. Es así, que para conformar el Banco Nacional de Oferentes No. IP-002-2020-ICBFSEN, se publicó la INVITACIÓN PÚBLICA de conformidad con lo establecido en el Manual de contratación vigente del ICBF ya través de la cual, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar invita a los interesados a acreditar los requisiost jurídicos, técnicos, administravtosi y financieros, con el fin de habilitar las ESALES que pueden prestar el servicio público de bienestar familiar requerido para la

implementación del programa generaciones SACÚDETE. Conforme lo descrito en la invitación pública, se establecieron como requisitos habilitantes lac apacidad jurídica, financiera y técnica, requisitos mínimos que debían cumplir los interesados para ser HABILITADOS, el incumplimiento de alguno o algunos de estos requisitos acarrearía la NO HABILITACIÓN. Que el comité evaluador procedió a revisar la propuesta del interesado No 32, arrojando como resultado, la NO HABILITACIÓN de la fundación FUNSONIT, motivo por el cual, se elevaron requerimientos de orden técnico, jurídico yfi nanciero. Estando dentro del término de traslado de la evaluación preliminar yp lazo para subsanar, la Representante Legal de la FUNDACIÓN SOLIDARIDAD POR LA NIÑEZ LA JUVENTUD Y LA TERCERA EDAD -FUNSONIT, mediante mensaje No CO1.MSG.2367777 de fecha 28 de febrero de 2021, aportó documentación con el fin de atender los requerimientos de orden jurídico, técnico yfi nancieros elevados por el comité evaluador, tal yc omo consta en siguiente detalle: Detalles de mensaje

Referencia Interna: IP 0D2 202oirsFSCN

BANCO NACIONAL DE OFERENTES PROGRAMA Descripción del proceso

SACUDETE

. FUNDACION SOLIDARIDAD POR LA NIÑEZ LA

Oe

  • JWENTLO Y LA TERCERA EDAD Usuario: ANA LAURA COSO MARTINEZ 2 dlas de tiempo lranscurrido • • J. 14 1: .,fi Fecha·' f.4,flJ(}1fi(( ( Jfi)tt fi,i,I t n1t} ,1l!: Para: 1mr r;u;" t$,C!Cl.f\l,

coi Refere ncla dol mensaje MSG 2367777 lipo do mensaje: General Asunto: SUBSANCION-SACUDETE Oocvmenlo No!mre dttl documenlo RLP FUNSONIT.pdf RlP FlJIISOW pdf Ot,tJllo Formato 6 Soda odrninlslrativa.pdf Fmm.ito 6 Swc odrrlrnstrntiv,1 pdf IJclHIIC Formato 4 Oqlerisnc1a del 1n1orosado1.pdf Formato 4 E;,pormnc0 dol inlorcsado1.pdl Dcl,1II0 Anexos

CERTIFK;ACION DE EXPER!ENCIAS.pdf CERTIFICACION OE EXPERIENCIAS póf Ool.1I10

Forma lo 2 Modelo de certIficacio • n de rorrnato 2 M:xlelo de certilirorno·n de cump:,mento arti' culo 50 Ley 789 de cumplm,enlo art, culo 50 Ley 789 da Do!allo 2002 .pdf 2002 póf Conforme lo anterior, el comité evaluador procedió a revisar la documentación aportada como subsanación ye l dia 25 de marzo se publicó el informe de verificación definitivo, en el cual la fundación FUNSONIT, resultó NO HABILITADO para conformar el Banco Nacional de Oferentes, toda vez que no cumplió con los requisitos técnicos y financieros. En lo que respecta a la subsanación de orden TÉCNICO, en la evaluación preliminar, se indicó al proponente que debía subsanar el "FORTMOAN o6 "ad,icio nalmente se precisó que, con las certificaciones aportadas, no lograban acreditar el mínimo de 24 meses de experiencia exigidos en el numeral 2.1d e la invitación publica, como tampoco

ninguna de las certificaciones de experiencia aportadas cumplía con el literal "C" por tanto debía subsanar, tal como quedó reflejado en el consolidado de certificaciones de la evaluación técnica preliminar, así: 8 www .Ici>f.gov.co O rJ lCBFCo!ombra @ICBFCotombia í@1 @1Cbfcolomb1aofietlll Sede de la Dirección General Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080 PBX 437 7630 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar CeciDleli aFa uendteLe l eras fifi BIENAESTR Subdirección de General

FAMILIAR

. .

NÜMERO NÜMíRO MlSES . .

NOMBJIOEF ERENTE LITAELR: .U TEARL;L ITAELR;. ESTADO OSSERVACIOHES PROPUfm,T CONTIIATO fl(fiOOfHQA . ; ".'""'""''"''· ........ .......... _ ll PORL AN ;ÑlEAlllN EH'UOC fill O!B SI NO NO 111 CUMfiI.! '._.... ........'.. ........._ fUNOACmfiN ,...-'UJ

32 PnA ..,.,_,;,f,&.., ,,..,,.004. ,ZTllD,ln!P. SI SI NO 7.0 CUMPLE fUNOAC!SÓOUNO AA,oA!l O'EA CUOEOfiC ONl OE S:li(ASClED!tO'A'I f M"'A.C!ÓNP IJl!EUNlAC ,Am rA

3¡ PO YRL L A AN T I tÑ RtE CAZ EE.AM RDN AAT DU -D 00 l.o17 NO r10 NO u.o t!OCI.Ji.!PLE Au C N TO WC IU OM .?r a.tl.A..'i LOn.C OSEEf US;r: T ll HH lC A.A ALC JEOf B5 uO )OoN C; f lrSADA.S 1 C €o Re Te IuE F.YO I f 'Ck 1A0O Cq A. I O!fi FUNSONJT CONTINE-,NNGEUff LITE{RAA,OL8C ) oeA. CUERCOCfiOtl OE fitABLEECNL1 ADl 0l't YITAFCUiBÓUNCE AN l -'N OiA lfi N OC t.JMFLlAE5C, E RFTI COA.NC..EASP OP•ADDtAfiM NE \l,CENC!AR

FUNOACSOUIÓO:AlR ;AO□ PORL AN IÑLEZA A MIIT\JO ACTlVIOWA lOOSEt S«T EfiAAl)f.O Sf! ) Y C ,O !A:. ECRU OO CON LO

l2 183 .:3 NO NO NO 1.5 t/COUfi'?t.E ESTA!BCLIrnDt.OA l tMTAÓCNP UaLrECNLA, AN OT1A4 t lCD\JMCPOLNEE l VL AT ERCfEllDAA D FUNfiomr P!EQUlS21T E TlOP\AZ O MltMlOD t:L AC ER"lfl{.ACOJEÓ!tfSfiqE MR U"-4 0 oeA M ESfi51 1 C {R""'FINCOACCOJNÓTN'N E!NNEG LÚ'N':'"E fi1AAL0, CJ6

1C ERTlI&FC ICÓOMHM ENOCSE4 M EfiEDSEO OERiEINJCA.!U.O_A OO!.

DEA CIJE<Df,fiIOO LOE STASLEECNLI AlD '1VO1 ·AOl>óUtS1U ECN:.L Afi ,O!A

u Pf OU YRLr L A AN 11: l lÑ RUOA CESOO AlA.L AÓ EJiOU \.l OA ENR DW' -U O OA O 04 ! NO HD NO 11 NOC UMPLE C1 E4N R OC t l l' fW' ,lOl DC.EN Efi E BIl ER Ófi e RfiEMa fiR1, iu N n ;o2 M O1 QE : 4l M ?l.Al EO S Et, Sltd Il C l EDM REOt.A i tflCtAlCOf Ófil FUNSON"!' cc•.:nrnNE -,•GlU!TNH i(AABlo, C lC EQi[EfCCAOCt.MlHÓ IOSN CEl . MESECSEE X,Ffi! ,/CA,VAUQAOOS Así las cosas, y al revisar la subsanación recibida, se evidencia que el proponente No 32, aporta en debida forma el FORMATO No 6, adicionalmente allega una nueva certificación de experiencia, correspondiente al contrato No 08 de 2016, suscrito con la ASOCIACCIAOBNI LIDNOD IGDEENLRA E SGUARWDAOY UDUE M AYBAANGLOcMonA , el cual logra acreditar un total de 31 meses de experiencia, junto con las certificaciones de los contratos 002 2018 y 004 2019, las cuales fueron aportadas con la propuesta inicial, no obstante lo anterior, ninguna de las tres (3}

certificaciones en el informe de evaluación definitiva fueron calificadas como CUMPLE, toda vez que NO están relacionadas con las temáticas descritas en el literal "C" del numeral 2.1 de la IP-002-20202-ICBFSEN, esto es: C)P rograo mparso yedcitroisg a indioñson si,ñ aasd,o lesco ejnótveeqsnu eese ns u implementación utilicen actividades para el fortalecimiento de habilidades 4.0 las cuales se enmarcan enB: 1) Desarrollo de programas de transformación social dirigidos an iñas, niños adolescentes oj óvenes. 2) Mega tendencias para niñas, niños, adolescentes oj óvenes. 3) Proyectos de innovación dirigidos a niñas tn iños, adolescentes oj óvenes. 4). Proyectos de emprendimiento dirigidos a adolescentes oj óvenes ... " Lo anterior se ve reflejado en las observaciones del informe definitivo de verificación técnicaConsolidado de certificaciones, así: PN RU OM ll'E UOR E TS TA N.OMBII.OEfi E."-- -E-Nl.Tt CN 0tU 1M TE RR .,.AO L1 ITAELR:_.U TER:Ay{il mwfi EXM f'E [S RE lS (., f .lEQS;\T AD,.O · 08.sUY.AOONa ,. 1 ,2 PO• LAN 1ílEI.2,IJV'A. E ""'I "T filJ ...T ,D Y ... 00220 11!1 SI NO NO !JI CUM'I.E

32 f P

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