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ICBF - Resolución 3000 de 2012

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 3000 de 2012
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2012

RESOLUCIÓN 3000 DE 2012

(junio 27) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF “Por medio de la cual se prorroga y modifica la planta transitoria de personal supernumerario para apoyar procesos de fiscalización, prejurídico y cobro coactivo en el ICBF” EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las previstas en el artículo 83 del Decreto 1042 de 1978 y en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 3721 del 20 de diciembre de 2007, prorrogada y modificada por diversas Resoluciones expedidas por este Despacho, siendo la última la Resolución 5568 del 19 de diciembre de 2011, se ha delimitado por este Despacho la planta transitoria de personal supernumerario para apoyar los procesos de fiscalización, prejurídico y cobro coactivo en el ICBF, hasta el treinta (30) de junio de 2011. Que el aporte parafiscal del 3% constituye la principal fuente de financiación del ICBF para la atención de los programas de los niños, niñas, adolescentes y familias de Colombia, cuyo recaudo se adelanta en diferentes etapas, tales como análisis, seguimiento, fiscalización, cobro, ejecución y control de los aportes por Contribuciones Parafiscales. Que el ICBF debe realizar de manera permanente labores de fiscalización del aporte mensual del 3%, con servidores públicos autorizados, como lo dispone el Art. 4 a del Decreto 562 de 1990. Además debe efectuar permanentemente

Parafiscales. Que el ICBF debe realizar de manera permanente labores de fiscalización del aporte mensual del 3%, con servidores públicos autorizados, como lo dispone el Art. 4 a del Decreto 562 de 1990. Además debe efectuar permanentemente cruce de información con la DIAN, y el SENA, entre otros, para la detección de los posibles evasores, elusores y morosos del aporte parafiscal. Que acorde con las necesidades del servicio es necesario contar en la Dirección Financiera y en las Regionales, con personal idóneo que apoye el proceso de recaudo y ante la insuficiencia del personal de la planta global, se requiere prorrogar la planta transitoria de personal supernumerario vigente, a efecto de garantizar la continuidad en el proceso que permita al ICBF cumplir con las metas en que se encuentra comprometido. Que la Directora Financiera, solicita sea modificada la delimitación de cargos equivalentes así:

SITUACION VIGENTE

SITUACION PROPUESTA

CARGO

EQUIVALENTE

CODIGO

GRADO No. Cargos equivalentes CARGO

EQUIVALENTE

CODIGO

GRADO No. Cargos equivalentes Técnico Administrativo 3124 06 1 Técnico Administrativo 3124 12 1 Así mismo solicita adicionar un cargo equivalente al de Profesional Universitario Código 2044 Grado 10. Que la Dirección General así como cada una de las Regionales a las cuales se asignan los cargos de la planta transitoria de personal supernumerario de que trata el presente acto administrativo, cuentan con los recursos presupuestales

necesarios y suficientes para amparar hasta el treinta (30) de noviembre de 2012, los gastos que ella ocasiona para el pago de las remuneraciones, emolumentos laborales y prestaciones sociales de las personas vinculadas o que se vinculen a dicha planta conforme a la Ley, según lo informado por la Directora Financiera en oficio I-2012-009797NAC del 19 de junio de 2012. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Prorrogar hasta el treinta (30) de noviembre de dos mil doce (2012), la planta transitoria de personal supernumerario para apoyar los procesos de fiscalización, prejurídico y cobro coactivo en el ICBF de que trata la Resolución No. 3721 del 20 de diciembre de 2007, sus prórrogas y modificatorias, la cual, de conformidad con lo afirmado en la parte considerativa, quedará conformada así:CARGOS EQUIVALENTES CÓD. GRADO TOTAL

CARGOS

REMUNERACIÓN

MENSUAL

$

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

2028 13 5 2.494.331

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

2028 12 6 2.302.196

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044 10 3 2.082.275

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044 8 4 1.930.469

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044 7 1 1.839.033

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044 6 5 1.752.286

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

2044 5 161 1.693.321

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124 17 1 1.838.799

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124 16 2 1.717.662

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124 13 17 1.403.343

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124 12 4 1.315.939

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

3124 6 44 935.516

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

4044 10 11 854.322

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

4044 6 48 630.060

TOTAL CARGOS EQUIVALENTES

312 PARÁGRAFO. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución 3721 del 20 de diciembre de 2007 y sus prórrogas y modificaciones, aplican en toda su extensión para la presente prórroga de la planta transitoria de personal supernumerario, en aquello que no le sea contrario a lo dispuesto en este acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. El pago de sueldos, emolumentos laborales, prestaciones sociales y transferencias que se generen por la vinculación del personal supernumerario en los cargos equivalentes de la planta de personal dispuesta en el artículo 1 o de la presente Resolución, se realizará con cargo al identificador: PROGRAMA 310, DIVULGACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN DEL RECURSO HUMANO, SUBPROGRAMA 300 INTERSUBSECTORIAL SALUD, PROYECTO 002, recursos que se encuentran distribuidos entre las regionales y Dirección General. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 27 JUN. 2012

DIEGO MOLANO APONTE

Director General

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 27 JUN. 2012

DIEGO MOLANO APONTE

Director General

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar

ISBN 978-958-98873-3-2

Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)

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