ICBF - Resolución 3001 -2022
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 3001 -2022
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2022
«de Y Instituto Colombiano de Bienestar Familiar dd Cecilia De la Fuente de Lleras E Ad ce BIENESTAR Dirección General ¿ FAMILIAR Clasificada
RESOLUCIÓN No. Q_z 95
Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con NIT. 825.001.541-0. LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIARCECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 16 de la Ley 1098 de 2006, los artículos 36 y siguientes de la Resolución 3899 de 2010 del ICBF, modificada y adicionada por la Resolución No. 3435 del 2016, lo preceptuado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el Decreto 987 de 2012, el Decreto No. 380 de 2020 y, CONSIDERANDO Que es competencia de la Dirección General del ICBF resolver en derecho, el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con NIT. 825.001.541-0, teniendo en cuenta los siguientes:
1. ANTECEDENTES El 17 de mayo de 2019, la Oficina de Aseguramiento de la Calidad recibió correo electrónico por parte de las madres sustitutas de la Regional ICBF Cesar, a través del cual expresan presuntos actos de corrupción e incumplimiento en la prestación del servicio público de Bienestar Familiar por parte de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA
COMUNIDAD - ONSECO?.
Con el propósito de evaluar el cumplimiento de los requisitos técnicos, administrativos, legales y financieros de acuerdo con el marco normativo regulatorio de la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar por parte de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO, se estableció que cuenta con Personería Jurídica reconocida mediante la Resolución No. 3731 del 20 de noviembre de 2014, y reforma de sus estatutos a través de la Resolución No. 2922 del 13 de diciembre de 2018, ambas proferidas por la Regional ICBF La Guajira. Mediante Autos del 10 y 18 de junio de 2019, la Jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad de la Dirección General, ordenó realizar visita de inspección a la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD — ONSECO, en su entidad administradora del servicio (EAS) ubicada en la ciudad de Valledupar - Cesar, con el fin de evaluar de manera independiente y objetiva las condiciones de prestación del servicio público de Bienestar Familiar, en los componentes legal, financiero, administrativo y de gestión (talento humano) para determinar el cumplimiento de la normatividad vigente. La visita de inspección se efectuó los días 18 y 19 de junio de 2019, allí se firmó el acta tanto por los profesionales comisionados por el ICBF, como por quienes a nombre de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO atendieron la visita de inspección., ' Folio 3 y 4 de la Carpeta No. 1 Entidad.
2 Folios 3 al 7 de la Carpeta No. 1 Entidad. 3 Folio 182 al 184 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio Folio 8 y 9 Carpeta No. 1 de la Entidad. 5 Folios 13 al 19 Carpeta No. 1 de la Entidad. Página 1 de 23 www.icbf.gov.co ICBFCGolombia O E car colombia Eicbicolombiaoficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional IC BF Avenida carrera 68 No.G4c — 75 01 8000 91 8080
PBX: 4377630 $ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar A Cecilia De la Fuente de Lleras es eo ad
BIENESTAR Dirección General , pe FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 322 25 MAY 2022 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de ta ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con NIT. 825.001.541-0. Adicionalmente, de la visita de inspección referenciada, se desprendió la elaboración y ejecución del plan de mejoramiento para la modalidad institucional en su servicio Centro de Desarrollo Infantil, en el cual se determinaron nueve (9) acciones, entre las que se establecieron cuatro (4) correspondientes a la atención de hallazgos sancionatorios y cinco (5) a la atención de hallazgos administrativos, de acuerdo con lo evidenciado los días 18 y 19 de junio de 2019, El informe de la visita de inspección” fue remitido por la Jefe de la Oficina de Aseguramiento de
la Calidad, mediante oficio con Radicado No. 201910300000096641 del 3 de septiembre de 2019% a la Representante Legal de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO, el cual fue recibido el 10 de septiembre de 2019, en la Transversal 17 B No. 16 A - 140 en Valledupar — Cesar, como consta en la Guía No. P012314899C0 de la Empresa de Servicios Postales Nacionales S.A. 472. El Comité de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) del ICBF en sesión del 21 de octubre de 2019, conceptuó iniciar Proceso Administrativo Sancionatorio en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD — ONSECO, de conformidad con lo consignado en la visita de inspección efectuada los días 18 y 19 de junio de 2019, tal y como consta en el Acta de Comité No. 9, Con ocasión a la visita de inspección realizada, la Oficina de Aseguramiento a la Calidad formuló acciones de mejora en el marco de un Plan de Mejoramiento, el cual fue cerrado con cumplimiento y comunicado a la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO mediante oficio No. 202010300000143861 del 10 de junio de 2020", La Jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad, mediante Radicado No. 202010300000236751 del 14 de agosto de 2020?, comunicó la decisión del Comité de IVC de dar inicio al Proceso Administrativo Sancionatorio, conforme lo indicado por el artículo 47 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, a la Representante Legal de
la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO, en la Calle 17
No. 13-33 Barrio Gaitán en la ciudad de Valledupar —Cesar; la cual fue recibida el 28 de agosto de 2020, en las instalaciones del predio mencionado, tal y como consta en la Guía No. 8042895505, de la empresa Urbanex Guía Express . Con fundamento en la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 y el Decreto 491 del 28 de marzo de la misma anualidad, la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mediante la Resolución No. 3000 del 18 de marzo de 2020 publicada en el Diario Oficial 51.261 del 19 de marzo de 2020, en razón a la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional, dispuso “Suspender los términos procesales a partir del 18 y hasta el 31 de marzo de 2020, en los procesos administrativos sancionatorios de competencia de la Dirección General del ICBF que son sustanciados por la Oficina de Aseguramiento de la Calidad con control de legalidad de la Oficina Asesora Jurídica. Esta medida podrá ser modificada o $ Folio 163 al 165 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. 7 Folios 102 al 110 Carpeta No. 1. Proceso Administrativo Sancionatorio de la Entidad 8 Folio 119 Carpeta No. 1. Proceso Administrativo Sancionatorio de la Entidad 9 Folio 123 Carpeta No. 1. Proceso Administrativo Sancionatorio de la Entidad 1% Folios 124 al 129 de la Carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio de la Entidad.
1 Folio 213 de la carpeta No. 1 de la Entidad. 2 Folio 130 Carpeta No. 1 Proceso Administrativo Sancionatorio de la Entidad. 3 Folio 131 Carpeta No. 1 Proceso Administrativo Sancionatorio de la Entidad. Página 2 de 23 WWW gov.co 3 ICBFColombia 3 GNCAF Colombia Mmiebfeolombiao ficha! Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar AD. Cecilia De la Fuente de Lleras (3 Lois BIENESTAR Dirección General SS Clasificada , a SS a € HAV any RESOLUCION No. 2: -- e: Ñ ee Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identifi cada con NIT. 325.001.541-0. prorrogada de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Gobierno Nacional respecto de la emergencia sanitaria”. (Negrilla fuera de texto). La Resolución No. 3100 del 31 de marzo de 2020, publicada en el Diario Oficial 51.274 del 1 de abril de 2020, prorrogó la suspensión de términos dentro de los Procesos Administrativos Sancionatorios que se adelantan en el ICBF, hasta el día hábil siguiente a la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social y, mediante la Resolución 3601 del 27 de mayo de 2020, la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar, ordenó reanudar los términos suspendidos mediante las resoluciones 3000 y 3100, a partir del 8 de junio de 2020. En ese orden de ideas, desde el 18 de marzo de 2020, (fecha de suspensión de términos), hasta el 8 de junio de la misma anualidad (fecha de reanudación de los mismos) transcurrieron 82 días, tiempo que debe extenderse y/o adicionarse a la caducidad normal del presente proceso. Es por esta razón que el término de caducidad para esta actuación debe contabilizarse desde el día en que se efectuó la visita de inspección, es decir, desde el 18 de junio de 2019, lo que conllevaría a determinar que el fenómeno jurídico procesal operaría a partir del 18 de junio de 2022, atendiendo a que en esa fecha, tres años atrás se verificaron los hechos constitutivos de falta; sumados los 82 días de suspensión de términos, la fecha de caducidad sería a partir del 03 de septiembre de 2022. Mediante Auto de Cargos No. 0155 del 10 de noviembre de 2021, se formularon tres (3) cargos a la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO, de acuerdo con la visita de inspección realizada los días 18 y 19 de junio de 2019. El 16 de noviembre de 2021", la Coordinadora del Grupo Jurídico ICBF Regional La Guajira notificó personalmente el Auto de Cargos No. 0155 del 10 de noviembre de 2021, a la señora TELECILA AMAYA MORON, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.014. 302, en calidad
de Representante Legal de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD
- ONSECO.
Dentro del plazo legal, el 30 de noviembre de 20211, la Representante Legal de la entidad, a través del correo electrónico onseco2000O hotmail.com, remitió a la Oficina de Aseguramiento de la Calidad” escrito de descargos, el cual fue presentado adicionalmente en físico ante la Regional ICBF La Guajira a través del Radicado No. 202148400000066692, de la misma fecha: en donde expuso tanto las razones fácticas como las jurídicas de inconformidad frente a los cargos formulados en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA
COMUNIDAD — ONSECO.
Con Auto de Trámite No. 209 del 23 de diciembre de 2021, se corrió traslado para alegar de conclusión a la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD — ONSECO, por el término de diez (10) días hábiles. 1 Folios 138 - 150 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio 15 Folio 156 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio 16 Folios 163 al 171 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio 17 Al correo notificaciones.actosadm(Dicbf.gov.co 13 Folios 166 — 171 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio 18 Folios 173 y 174 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio Página 3 de 23 www.icbt.gov.co KA ¡carcoomuia O excarcatombia Eicbicolombiaoficial
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Y«)do Instituto Colombiano de Bienestar Familiar AE, atodos Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Dirección General . FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN7 No. 2nn . 3 2 A5 UHNA Y 2022 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con NIT. 825.001.541-0. El 28 de diciembre de 2021%, el anterior Auto fue comunicado al correo onseco2000Uhotmail.co, por medio de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad, a la Representante legal a la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDADONSECO, en virtud de la autorización que reposa en el expediente”!. Una vez culminado el término de traslado para alegar de conclusión, el cual venció el 12 de enero de 2022, la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD — ONSECO no presentó alegatos de conclusión, de acuerdo con la información reportada por el Grupo de Gestión Documental del ICBF y la Regional ICBF La Guajira??. Lo anterior, de conformidad con el inciso 2% del artículo 48 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
1. FUNDAMENTOS DE LOS DESCARGOS La Representante Legal de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD
- ONSECO, luego de resumir los hechos contenidos en el Auto de Cargos No. 0155 del 10 de noviembre de 2021, trajo a colación los siguientes argumentos respecto de cada hallazgo
endilgado, así:
"HALLAZGO, DESCARGO Y FECHA DE CUMPLIMIENTO AL CARGO PRIMERO:
FECHA -— HORA
HALLAZGO DESCARGO DE CUMPLIMIENTO 1.1. Licencias de | Se puede verificar en respuesta de fecha 15 de 2020 a ¡ Fecha de cierre construcción o certificado | las 15:37 exactamente, firmado por el Doctor JOHN j 15/01/2020 expedido por la | JAIRO USECHE CESPEDES -— Contratista Oficina de Secretaría de Planeación | Aseguramiento de la Calidad sede Dirección General, | Hora de la entidad territorial o | mediante el cual manifiesta Quinta Retroalimentación del | 15:37 quien haga sus veces, | Plan de mejora. que evidencie que la Profesional infraestructura es apta | Correo en el cual la Oficina de Aseguramiento de la | JOHN JAIRO para el funcionamiento de | calidad manifiestan (sic) lo siguiente: USECHE las tres (3) UDS: Caricias CESPEDES de Amor del municipio de | "En atención a la información remitida por la entidad que Valledupar, Las | usted representa, mediante correos electrónicos de fecha | Contratista Margaritas en el | 10 de enero 2020, que contenían los soportes para dar | Oficina de municipio de Manaure y | respuesta plan de mejoramiento formulado en ejercicio | Aseguramiento Jugando soy Feliz en el | de la función que le asiste a esta Oficina, contemplada | de la Calidad
municipio La Paz. en el Decreto 0987 de 2012 artículo 5 numeral 13, me permito remitir la retroalimentación realizada el grupo interdisciplinario designado por esta oficina en los siguientes términos: Los días 18 y 19 de junio de 2019, se realizó visita de inspección a la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO en la modalidad Institucional en su Servicio Centro de 20 Folios 176 y 177 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio 21 Folio 156 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio 22 Folios 178 al 181 de la carpeta No. 1 del Proceso Administrativo Sancionatorio Página 4 de 23 Www Acbf,gov.co YU verosena Ea MICBF Colombia acbíoolombiaoficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional I¡CBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080
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YS e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Ap Cecilia De la Fuente de Lleras 3 El futuro es de todos BIENESTAR Dirección General E FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 3 - 25 HA no) Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con NIT. 825.001.541-0.
FECHA -— HORA
HALLAZGO DESCARGO DE
CUMPLIMIENTO Desarrollo Infantil (...)” . Una vez revisadas las acciones propuestas al plan de
mejora presentado por la entidad, se estableció que de las tres (03) situaciones evidenciadas en la visita de inspección que se encontraban pendientes de subsanar, después de realizada la retroalimentación en referencia se cerraron un total de dos (02) hallazgos, quedando pendiente un hallazgo financiero. Cerrando así los hallazgos 1 y 7 respectivamente (...)”. 2.2 La Entidad no entregó Se puede verificar en respuesta de fecha del día 05 de Fecha de cierre el listado con la relación | diciembre del año 2019 a las 14:36, firmado por el Doctor | 05/12/2019 total del recurso humano, | JOHN JAIRO USECHE CESPEDES - Contratista Oficina vinculado a la | de Aseguramiento de la Calidad sede Dirección General, | Hora organización. Tercera Retroalimentación. 14:36 2.3. Las hojas de vida, | Cerrando así los hallazgos 2 y 3 componente | Profesional del talento humano, no | administrativo. JOHN JAIRO contenían la USECHE documentación de | Correo en el cual la Oficina de Aseguramiento de la | CESPEDES Afiliación al Sistema de | calidad manifiestan (sic) lo siguiente: Seguridad General de Contratista Seguridad Social. “En atención a la información remitida por la entidad que | Oficina de usted representa, mediante correos electrónicos de fecha | Aseguramiento 25 de noviembre de 2019, que contenían los soportes | de la Calidad. para dar respuesta plan de mejoramiento formulado en ejercicio de la función que le asiste a esta Oficina, contemplada en el Decreto 0987 de 2012 artículo 5 numeral 13, me permito remitir la retroalimentación
realizada el grupo interdisciplinario designado por esta oficina en los siguientes términos: Los días 18 y 19 de junio de 2019, se realizó visita de inspección a la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO en la modalidad Institucional en su Servicio Centro de Desarrollo infantil (...). Una vez revisadas las acciones propuestas al plan de mejora presentado por la entidad, se estableció que de las cinco (05) situaciones evidenciadas en la visita de inspección que se encontraban pendientes de subsanar, después de realizada la retroalimentación en referencia quedaron abiertos un total de tres (03) hallazgos (...)”.
(...) “HALLAZGO, DESCARGO Y FECHA DE CUMPLIMIENTO AL CARGO SEGUNDO:
FECHA -— HORA
HALLAZGO DESCARGO DE CUMPLIMIENTO Fue cerrado de acuerdo con la respuesta del día 05 Fecha de cierre Página 5 de 23 www. icbf.gov.co KA icorcoomtia [E] ancaercolombia a iicbfcolombiaoficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección General
RESOLUCIÓN No. 3. 25 HAY 2022
Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con
NIT. 825.001.541-0.
FECHA - HORA
HALLAZGO DESCARGO DE CUMPLIMIENTO 3.1. Liliam María Torres | de diciembre del año 2019 a las 14:36, firmado por el | 05/12/2019 Felizzola (Profesional en | Doctor JOHN JAIRO USECHE CESPEDES -— psicología), Yuliana Inés | Contratista Oficina de Aseguramiento de la Calidad | Hora Guevara Araujo | sede Dirección General, Tercera Retroalimentación. 14:36 (Coordinadora UDS Jugando soy Feliz en el municipio La | Hallazgo 3 componente administrativo. Profesional Paz) y María José Murillo JOHN JAIRO Clavijo (Coordinadora UDS | Correo en el cual la Oficina de Aseguramiento de | USECHE Caricias de Amor en el |la calidad manifiestan (sic) lo siguiente: CESPEDES municipio de Valledupar) no Contratista cumplian con la experiencia | "En atención a la información remitida por la entidad ¡ Oficina de requerida para el desarrollo | que usted representa, mediante correos electrónicos | Aseguramiento del cargo. de fecha 25 de noviembre de 2019, que contenían los | de la Calidad. soportes para dar respuesta plan de mejoramiento 3.2. Las manipuladoras formulado en ejercicio de la función que le asiste a de alimentos Mariela esta Oficina, contemplada en el Decreto 0987 de 2012 Zambrano Pedrozo, Maira artículo 5 numeral 13, me permito remitir la Liseth Zambrano Luquez y retroalimentación realizada el grupo interdisciplinario Luz María Morales Pacheco designado por esta oficina en los siguientes términos:
no contaban con soportes que permitieran certificar Los días 18 y 19 de junio de 2019, se realizó visita de nivel educativo y inspección a la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE experiencia. Es decir, SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO en la documentos que certificaran modalidad Institucional en su Servicio Centro de Nivel educativo mínimo Desarrollo Infantil (...). grado noveno de educación básica secundaria y Una vez revisadas las acciones propuestas al plan de experiencia referenciada de mejora presentado por la entidad, se estableció que 6 meses en cargos de las cinco (05) situaciones evidenciadas en la visita similares. de inspección que se encontraban pendientes de subsanar, después de realizada la retroalimentación en referencia quedaron abiertos un total de tres (03) hallazgos (...)”.
(...) "HALLAZGO, DESCARGO Y FECHA DE CUMPLIMIENTO AL CARGO TERCERO:
FECHA - HORA DE HALLAZGO DESCARGO CUMPLIMIENTO Es de anotar que al hallazgo 4 componente | Fecha de cierre 4.1. Informes de | financiero se procedió a enviar información | 10/06/2020 evaluación de control | desde el primer día del plan de mejora al igual interno entregados por el | que los demás hallazgos, por lo extenso del | Hora Auditor externo ¡ mismo se fue cumpliendo parcialmente con el | 16:39 elaborados durante el año | cumplimiento el día 10 de junio de 2020, como 2018 y 2019. se puede verificar en cada adjunto de los planes | Profesional 4.2 Copia del contrato | de mejora, firmado por el Doctor JOHN JAIRO | JOHN JAIRO
suscrito entre el Contador | USECHE CESPEDES -— Contratista Oficina de | USECHE Públicy ol a entidad Aseguramiento de la Calidad sede Dirección | CESPEDES 4.2. Contador: Copia | General. tarjeta Profesional, Contratista Oficina antecedentes de la junta | Correo en el cual la Oficina de | de Aseguramiento de central de contadores | Aseguramiento de la calidad manifiestan | la Calidad. vigente. (sic) lo siguiente: Página 6 de 23 Wernndcghovd ,3 0 ¡COFCAOSmba Ea MICBFColombia Epiebleolombiacoticial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080
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«do OY Instituto Colombiano de Bienestar Familiar mp Cecilia De la Fuente de Lleras (7 El futuro BIENESTAR Dirección General FAMILIAR Clasificada , qna, 5 MAY 90)
RESOLUCIÓN No. 2. 2 5 MAY 20223
Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con NIT. 825.001.541-0.
FECHA - HORA DE
HALLAZGO DESCARGO CUMPLIMIENTO 4.3. Autorización o constancia de registro del libro de "En atención a la información remitida por la actas ante la DIAN. entidad que usted representa, mediante correos 4.4.Libros Diario, Mayor y electrónicos de fecha 25 de noviembre de 2019,
Balance e Inventario y que contenían los soportes para dar respuesta Balance; todos ellos con plan de mejoramiento formulado en ejercicio de corte a 31 de diciembre la función que le asiste a esta Oficina, de 2018 y enero a marzo contemplada en el Decreto 0987 de 2012 de 2019. artículo 5 numeral 13, me permito remitir la 4.5.Copia de la última hoja retroalimentación realizada el grupo utilizada y la siguiente del interdisciplinario designado por esta oficina en libro de actas. tos siguientes términos: 4.6. Copia de la liquidación y evidencia de pago pago Los días 18 y 19 de junio de 2019, se realizó (sic) de obligaciones visita de inspección a la ORGANIZACIÓN tributarias territorial. NACIONAL DESERVICIO A LA COMUNIDAD4.7. Copia de los contratos de ONSECO en la modalidad Institucional en su comodato y/o arriendo de Servicio Centro de Desarrollo Infantil (...). bienes inmuebles. 4.8. Comprobantes Contables. Sobre el particular, de la revisión efectuada a 4.9. Soporte de pago de la las acciones propuestas por la entidad para Declaración de la Renta subsanar en su totalidad el plan de mejora del periodo 2018. establecido con motivo de la visita de 4.10. Ejemplar de los inspección, se determinó que aún se encuentra estatutos incompleto pendiente la entrega de un documento que es (faltan los artículos 13, 14, necesario para proceder con el cierre del 15, 16, 17, 18, y 19). hallazgo No. 4 del componente financiero, 4.11. Nóminas del personal teniendo en cuenta que se atendió de manera
vinculado a la entidad parcial (...)”. correspondiente al periodo comprendido Para lo cual se envía respuesta por la entre febrero y mayo de Organización (...) el día 4 de febrero del año
2019. 2020.
Logrando así el cierre del proceso mediante oficio No. 202010300000143861 del día 10 de junio del año 2020, frente a la visita de inspección de los días 18 y 19 de junio de 2019. Firmando el oficio adjunto al correo la Doctora ROCÍO GÓMEZ RODRÍGUEZ — Jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad. En el acápite sobre fundamentos de los descargos, nuevamente la entidad reiteró las acciones correctivas realizadas en el marco del plan de mejoramiento, para señalar que, “adelantó de manera diligente, oportuna y eficazmente las acciones en caminadas a garantizar la integridad fisca, mental y emocional de los niños, niñas y adolescentes, dándole aplicación no solo a las disposiciones establecidas en los art 7, 17 y 29 de la Ley 1098 del 2006; sino también a los Derechos fundamentales y todas las normativas relacionadas a la vida, calidad de vida, un ambiente sano y al desarrollo integral de la primera infancia”. Página 7 de 23 www.icbf.gov.co ¡CAF Colomba O encercolomiia bcbicolombraoficia! Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 88 No.64c - 75 01 8000 91 8080
PBX: 4377630
«do OY Instituto Colombiano de Bienestar Familiar A
Cecilia De la Fuente de Lleras 9 ad sienestrar Dirección General , FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 2222 25 WAY 2022 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con NIT. 825.001.541-0,. Así las cosas, como pretensión principal en el escrito de descargos, la Representante Legal de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO solicitó el archivo de la investigación administrativa.
2. DE LOS ALEGATOS DE CONCLUSIÓN Vencido el término legal para presentar alegatos de conclusión, la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD — ONSECO, no se manifestó al respecto dentro del presente procedimiento sancionatorio.
3. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Procede este Despacho a resolver de fondo el presente Proceso Administrativo Sancionatorio, teniendo en cuenta los cargos formulados, los descargos presentados, las pruebas obrantes en el expediente, la normativa aplicable y el plan de mejoramiento desarrollado. Para ello, se descenderá en el análisis de los argumentos propuestos por el investigado respecto de cada uno de los hallazgos endilgados en el auto de cargos.
Del argumento planteado por la investigada a los hallazgos contenidos en el Auto de Cargos No. 0155 del 10 de noviembre de 2021: De manera reiterada, la investigada hizo referencia a la presentación de acciones correctivas de manera diligente, oportuna y eficaz, en el marco del plan de mejoramiento que se originó
con ocasión a la visita de inspección realizada los días 18 y 19 de junio de 2019. Al respecto, la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD -— ONSECO confunde el objeto del Plan de Mejoramiento, el cual en efecto es implementar acciones de mejora ante los hallazgos observados en la visita de inspección, distinto del Procedimiento Administrativo Sancionatorio que se despliega en el marco normativo regulatorio de la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar de conformidad con la facultad de Inspección, Vigilancia y Control (parágrafo del artículo 11 y en el artículo 16 de la Ley 1098 del 2006) de este Instituto, orientado hacia la verificación de la idoneidad de la prestación del servicio. En otras palabras, a la luz del artículo 39 de la Resolución 3899 de 2010 vigente, el inicio de un Proceso Administrativo Sancionatorio no dependerá de la presentación, ejecución o seguimiento del plan de mejoramiento. Independiente de que se realicen acciones correctivas en el marco de las situaciones presentadas de una visita de inspección (de la que también se deriva el inicio del procedimiento sancionatorio) no se torna en actuaciones administrativas equivalentes por ser derivadas de una misma visita. Considérese que el plan de mejoramiento es una competencia y actuación administrativa diferente e independiente habida cuenta que el operador está en la obligación de corregir todas las situaciones o hechos encontrados (hallazgos) de manera inmediata (plan de mejoramiento), con el fin de permitir que se continúe con la prestación del servicio público en aras de garantizar los derechos de los usuarios que atiende, los cuales son prevalentes. Contrario a lo
sugerido por la defensa, el cierre del plan de mejoramiento evidencia la implementación de acciones correctivas y por ello, ni la Ley ni los lineamientos de la prestación del Servicio Página 8 de 23 wwe icbT.gov.co ICOFCdambia EJ encercotombia 18) gpentcolambisniicial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 9í 8080
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Y8)6 msi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras es El futuro ; BIENESTAR Dirección General es de todos FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. o? EORPAS 202: e mm mr o Y Llifiil Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ORGANIZACION NACIONAL DE SERVICIO A LA COMUNIDAD - ONSECO identificada con NIT. 825.001.541-0. establece que las faltas o fallas se puedan sanear, perdonar o indultar; otra cosa es que de los hechos, la observancia de la normativa y la valoración probatoria reposada en el expediente, el Despacho evalúe la procedencia o no del tipo de sanción a imponer, además de la existencia de circunstancia o criterios para agravar o atenuar la sanción que se analice, al momento de proferir la resolución de fondo, razón por la cual no procede el argumento aludido por
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