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ICBF - Resolución 3152 de 2011

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 3152 de 2011
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2011

RESOLUCIÓN 3152 DE 2011

(julio 21) Diario Oficial No. 48.189 de 11 de septiembre de 2011

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS DIRECCIÓN GENERAL <NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1415 de 2012> <Lineamientos no incluidos, consultarlos en la carpeta "ANEXOS\LINEAMIENTOS\2012" como documento PDF> Por la cual se aprueban los Lineamientos Técnico Administrativos del Programa de Clubes pre Juveniles y Juveniles y se deroga una resolución. Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1415 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.436 de 20 de mayo de 2012, 'Por la cual se aprueban los Lineamientos Técnico Administrativos del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, y se deroga una resolución' LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 21 y el literal b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto número 2388 de 1979, reglamentario de la Ley 7 ª de

1979, las actividades que realicen las entidades que integran el Sistema Nacional de Bienestar Familiar con el fin de prestar el Servicio Público de Bienestar Familiar deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y a los reglamentos dictados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, ICBF; Que el parágrafo del artículo 11 de la Ley 1098 de 2006, “por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”, establece que el ICBF, como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75 /68 y Ley 7 ª/79) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar su restablecimiento. Así mismo, coadyuvará a los entes nacionales, departamentales, distritales y municipales en la ejecución de sus políticas públicas, sin perjuicio de las competencias y funciones constitucionales y legales propias de cada una de ellas ; Que los artículos 18 , 20 , 30 , 31 , 32 , 34 y 37 de la Ley 1098 de 2006 disponen que los niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a la integridad personal, a la protección, a la recreación, a la participación en la vida cultural, las artes y las actividades que se realicen en la familia, las instituciones educativas, las asociaciones, los programas estatales,

departamentales, distritales y municipales que sean de su interés, a la asociación y reunión, a la información y a las libertades fundamentales; Que es deber del ICBF promover y posicionar el Programa de Clubes pre Juveniles y Juveniles, de conformidad con las Políticas Nacionales, entre ellas la Política Pública de Juventud (Ley 375 de 1997 y Decreto número 089 de 2000) y las Políticas Intersectoriales que se relacionan a continuación: -- Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva. -- Política Nacional para la Reducción del Consumo de Sustancias Psicoactivas y su impacto. -- Política de Prevención de la Vinculación de niños, niñas y adolescentes a los grupos organizados al margen de la ley y grupos delictivos organizados. -- Prevención y erradicación de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.-- Prevención de la Explotación Laboral Infantil; Que es necesaria la ampliación y creación de espacios para la participación y organización juvenil, en el marco de los derechos, la equidad de género y la atención diferencial a niños, niñas y adolescentes de los grupos étnicos indígenas, afrodescendientes, raizales y Rom que participan en los Clubes en las diferentes regiones del país; Que por disposición del numeral 14 del artículo 23 del Decreto número 117 de 2010, la Subdirección de Niñez y Adolescencia tiene como función: “14. Participar en la revisión y actualización de los lineamientos técnicos y de programación de metas sociales y financieras y estándares de calidad para la cualificación de los programas y

proyectos de atención” , por lo que dicha dependencia preparó los lineamientos, con el fin de contribuir a mejorar la gestión institucional y establecer el marco conceptual, normativo y metodológico para el funcionamiento, contratación y seguimiento del Programa; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1415 de 2012> Aprobar los Lineamientos Técnico-Administrativos del Programa de Clubes pre Juveniles y Juveniles constituidos en documento anexo que forma parte integral de la presente resolución, el cual contiene los lineamientos y los procedimientos con los cuales la Dirección de Prevención regula el Programa. ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1415 de 2012> Los Lineamientos aprobados por el artículo primero de la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para las áreas, entidades y servidores públicos que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar. ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1415 de 2012> La Dirección de Prevención, los Directores Regionales y los Coordinadores de Centro Zonal, deberán adoptar las medidas que sean necesarias para el cumplimiento y difusión de los lineamientos aprobados mediante el artículo 1 o de la presente resolución. ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1415 de 2012> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y promulgación en el Diario Oficial y deroga la Resolución número 4108 de 12

de julio de 2008. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Julio 21 de 2011. La Directora General, ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ. <ANEXO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 48.189 de 11 de septiembre de 2011; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar

ISBN 978-958-98873-3-2

Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)

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