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ICBF - Resolución 3281 - otorga licencia de funcionamiento inicial fundacion para el progreso de la orinoquia - fundepro-2021

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 3281 - otorga licencia de funcionamiento inicial fundacion para el progreso de la orinoquia - fundepro-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

InstiCtoultoom bdieaB nioe neFsatmairl iar p '· Éfi'. firtilfil fir ,· ofi1- ►f• .•t1 . fifi BIENESTCD Aei Rcr ieDlceilG caaeFi unóeennrd taeLel l eras .'e sdfi :todfi_s:;.; • ,' , •. t f - ,. ,, FAMILIOAfRi cdieAn sae guramdiele aCn atloi dad Pública 328111 J UN 2 21 1

RESOLUCIÓN No.

Polrca u alo toLrigcae dneFc u;nac ionIanmiipceoinerattl léo rm idneso e (i6s') 1 esleas FUNDAsCePI AÓRNEA L P ROGREDSEOL AO RINOQUFIUAN DEPpRaOrd ae s'r oale (la r seNiccoímop lemdeeIn nttaerrivode eAn pcoiyóAonp oPysoi coElsópgeiccioae lnNi izñaods,,

  • 1 niñyaa sd olesdcee n1t8ae ñso cso,dn e r-ecahmoesn azavduolsn erv!aídcodse, vieonlcsieax dueanlyt Of ar u oed recalo nflaircmtaoydN oi ñnoisoñ,a a dso,l esc·emna1ts8e s codne recahmoesn azoav duolsn erqauredeqo usi,el raaat ne ncdieaó cnu,,e c noenl d¡O a años, concdeepl taaou toraiddmaidn istrativao.

1 •·u, LA JEFE DE LA OFICINA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL INST UTO

COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LL S ¡ Enu sdoe l afsa cullteagdayele ses st atuetnea srpiealcsai,csa o ln feernil daLa e'syd e1 979, ene la rtí7c8du ell oLa e 4y8 d9e 1 99e8n,l La e1y0 9d8e2 00e6n,e lDe cr0e9t8o7e 2 01y2 enl aRse solu3c8i9odn9e2e 0s1 304,3 d5e2 01965,5 d5e2 01162,0 d7e62 08 y ,

,.. '. , CONSIDERANDO . ¡.

Quee la rtí1c6ud lelo aL e1y0 9d8e 2 00e6s tabqlueetc oed laast persotnuarsao l es jurídciocpnae sr,s ojnuerrííedaxi pceadp ioderalI nstCiotluotmob dieBa ineon eFsatmairol iar sienl lqaua,eú cno anu toridzela ocpsia ódnro er se preselnet 'ga Ia.,• n 'a,, , tllebeses r gcuuei1da1e n lonsi ñloasns,i ñoal soa sd olescseonsntu· eeJtsod,sel av igildaeEnlsc ti,aa·d •o' . Quee li ncsiesgou nddeaolr tí1c6ud lelo c¡1 L ey1 09d8e 2 00e6s,t abqlueecI eI nstituto

ColombdieaB nioe neFsatmaircl oimaeornwt ·retocr,c oordiyna artdioacrdU o dr I S istema NacidoenB aile neFsatmairrl eicaorn,oo tcoers,gu as,p eync daen cPeelras 0nlue rríídayis c as LicendceFi uansc ionaalm aiisen nustctoii odneee sst istema. fi !fi 1 Quel ap ersojnuar ídicaFUNDACION PARA EL RfiOGRESO DE LA ORI OQUIA esu nean tisd_pi-:-aádnm, iod el uccroodn o mi__cfi ineJ lmi uon icdievp ¡Iiaov icencio, FUNDEPRO, DepartamdeenM teotc a9,'nf; ersonJeurrííardec iocnao c.pi_orde alI nstCiotfi1lupbtiioa dneo BieneFsatmaiRrle iganiarl·oM e'l..t'm ae,fid • iaR,1n•e' tseo luNco3i.4ó 8nd2 e2 l6d ea gosdkt2 o0 14. '- .,... -,..fi . . .. 1 . Quel Rae preseLnetgadane'llat lel:J NDA'CPIAORN AE LP ROGREDSEOL AO RN OQUIAFUNDEPmReOd,i acnotmeiuc nacn'{iaódicadcao enl c onsecOuAtCOi NvLoI 6NfiE'd e1f echa 1 30d eo ctudbe2r 0e1 e9l,e svoól di'dc eil tiLcJedne;f cuíniic ionianmiipceainradtal#o s arerlo llar

actsuearvli ccoimop lemednelnt etarrnviceoi·· :ódnAep oy-oA poyPos icolEós,geiccioa lizado, aclarmaeddai acnotmeu nicdaefc eihacó'1n 0 d2e j undieo2 02e1n e ls entdi dion dilcaasr . •, direcci9s,erdayedé mfiJnri1syaot preartaidtvesialev rav ciocmipol ementario. Queél p.afiá• 1 graf·fit o¡fi adretalor tí1c2du ell oaR esoluNco3i8ó9nd9 e2 01c0o nsaAgUrea: "Se . casoase: be. r á o1t.o?rg ar una licencia de funcionamiento por cada modalidad, población e Inmueble, salvo e los siguientes (.) . . •fi '. ded erechos ao o - ao o e se Para la modalid.e.a de restabldeciem iento intervención de sico/ó ico 'ee csial izado podrá otorgar ui'/8' licencia funcionamiento que incluya la población de niños, niñas y adolesce víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y niños, niñas y adolescentes que requieran a atención, de acuerdo con el condcepeto lde la autoridadd aedm inistrativa. Siendo pertinente aclarar, que( enD eestes ctasfoa uscfi e ddaeerlbdte1 ráoe c xonttaro ). con la autorización Comité Técnico Mezcla de Modalidades y Poblaciones. (. ..) "

Quee ld í2a3 d ea brdie2l 0 2p1r,o fesidoeln aOa fliecsdi eAn sae guradmiileaCn atloi dad realivzias(rinotponar esenalc ais aeldd)eo ndseed esarreolsl elravrciáoc mi ·p1o elne1t adre i o

INTERVENDCEIA ÓPNO Y-OA POYPOS ICOLOGEISCPOE CIALIdZelA aD O -fi Fl!JNDACIÓN PA0RA- · E·.· L, · P_ R, O. GRES!- O• • D•• E• LA• - O. R, I.

N t'JOQ UIAFUNDEPRO -,

•u .b · i ::_c ._ ._ea ,i] -.- nd l · - - aaC . a ..l .•1l Neo 1.6 -26 ICBFCotombla www,@ICiBFcQotil _or'(ilblag ov:fi . @icbfcolorri oficial Seddeel aD irecGceinóenr al língeraa tnuaictiaIo CnBaFl Avencairdrae6 r8Na o .6-47c5 018 009018 080 PBX4:3 776 30 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar BIENESTD CAeirRce ic liac i Dón e G lae Fn ue er na tl e de Lleras FfiAMfiIL IOAfRici na de Aseguramiento de la Calidad Pública , 3 2 81 11 J UN 2021

RESOLUCIÓN No.

Por la cual se otorga Licencia de Funcionamiento Inicial por el término de seis (6) meses a /a

FUNDACIÓN PARA EL PROGRESO DE LA ORINOQU/A -FUNDEPRO para desarrollar el y O servicio complementario de Intervención de Apoyo -Apoyo Psicológico Especializado en Niños, O niñas adolescentes de a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y Niños, niñas, adolescentes de a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, que requieran la atención, de acuerdo con el concepto de la autoridad administrativa. en el municipio de Villanueva en el departamento de Casanare, con el fin de realizar verificación de los requisitos técnicos y administrativos, de conformidad con el anexo para el desarrollo de visitas de Licencias de Funcionamiento Iniciales No presenciales a todas las modalidades de programas de protección debidamente publicado en el siguiente link: https://www.icbf.gov.co/system/fi1es/procesos/a4.ivc anexo visitas de licencias de funcionami ento iniciales no presenciales modalidades programa proteccion v1 .pdf, con el fin de realizar verificación de los requisitos técnicos y administrativos. .., Que mediante acta de fecha 03 de junio de 2021 se dio alcané;:;;)¡ fi fisita no presencial en el ,. sentido de aclarar que la dirección correcta de la sede operativa ·e,s\13'<-Carr,era 9 No . 6-30 Barrio Progreso del municipio de Villanueva en el departamento de Ca5ar1fi f {fi p-,,- t"' , ' i\tfi-fi;fiMl"i.;; , / fi· .,,, : '"- ' Que en sesión del día 21 de mayo de 2021, según consta en Aótai núrt,iro 07,")fi! Comité

Técnico de Mezcla de Poblaciones y/o Modalidades aprobó que erffila'l.iséde ub1cáda en la Carrera 12 No. 16-26 en el municipio de Villanueva en el departamfinto de Casanare, la FUNDACIÓN PARA EL PROGRESO DE LA ORINOQUIAFUNOEPRd',:fifiarrolle el servicio complementario de Intervención de Apoyo - Apoyo Psicológico especialitádo para población de: a) Niños, niñas y adolescentes de_ O a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual dentrd(y fuera del conflicto armado y b) Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años, con det,echos amenazados o vulnerados, que requieran la ''1 ,;"",. atención, de acuerdo con el concepto de lfi!fip,.tfipJ r'¡ififid .. ad adminis¡ trativa. Que en sesión ,del día 1O de junio de 2021, seg8h';fipnst1a ,.ert,t\cta número 09, el Comité Técnico de Mezcla de P-0k1aciooes y/o Modalidades dio alcafitea¡;¡rio6ando que en la sede ubicada en la PARA Carrera 9 No. '6fi30 Bltrip Progreso en el munidpifi-;1fidK Villanueva en el departamento de Casanare, la FÜNDAClqfi-fi EL PROGRESOfi DE LA ORINOQUIA - FUNDEPRO 1 desarrolle el ,sfirvicio cohifiplfimentario de Intervención de Apoyo - Apoyo Psicológico especializado pfifi.población'•afi:,fi) Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años, con derechos

amenazados o v(ÍlijE?r;3dos, victimfifi1,_de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y b) Niños, niñas y ado'iefifi.entes de ó''·:fifi 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, que requieran la atención, fie>apuerdo cci'M;el concepto de la autoridad administrativa. '-!J.fi:fi.. l: 1jfij . Que como consecuencia de'Íáfi'Ílísífi,fifirectuada, el alcance de la visita, la revisión documental de requisitos legales, financieros,·-tecnicos y administrativo y el concepto Comité Técnico de Mezcla de Poblaciones y/o Modalidades, los profesionales de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad, emitieron concepto FAVORABLE, para el otorgamiento de fa Licencia de PROGRESO ORINOQUIA Funcionamiento Inicial por el término de seis (6) meses a la FUNDACIÓN PARA EL DE LA - FUNDEPRO en la sede ubicada en la Carrera 9 No. 6-30 Barrio Progreso en el municipio de Villanueva en el departamento de Casanare, para desarrollar el servicio complementario de Intervención de Apoyo - Apoyo Psicológico Especializado en población de Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años con derechos amenazados o vulnerados, que requieren la atención de acuerdo con el concepto de la autoridad administrativa. Con capacidad de i?I •· ;· doscie,. ntos oi'-c1 hent 11a

1• y ocho1 (288) sesiones al mes, eysi·t:":1a1·b_.:·:l/e cida teniendo en cue1 nta el . ,'.(iti·'. . \; -·:¡\: -fi :¡-.r.;\_fi: ·fi·:::· ;:¡fi i·.\--fi !f)< .,.- \fiY:lviitfif;gi>y¡fit.i .', .... r\ ;fi } :!•¡;•,fi: '.:?·fi:1:fi/· /?{: fi!;. , . · (J JCBF6oJombía fi @ICBFColornbfia @] @icbfcolombiaoficial_ . Sede de la Dirección General línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

InisttuCtool ombdieBa ineon eFsatmairl iar CeciDleli Faau endteLe l eras DirecGceinóenr al BIEESTNAR fifi FAMILIOARf icdieAn sae gaumriteodn el aC alidad Pública R E S O L U C IÓ N N o . 3 2 8 1 1 1 J U N 2 1 Por la cual se otorga Licencia de Funcionamiento Inicial por el término de seis (6) eses a /a FUNDACIÓN PARA EL PROGRESO DE LA ORINOQUIA -FUNDEPRO para des. rrollar el servicio complementario de Intervención de Apoyo -Apoyo Psicológico Especializa en Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, vífitimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y Niños, niñas, adolescentes #e O a 18

años, con derechos amenazados o vulnerados, que requieran la atención, de acud do con el concepto de la autoridad administrativa. i cronograma de actividades incluido en el Proyecto de Atención Institucional, que el rvicio para sesiones las dos poblaciones se desarrollará en dos (2) consultorios, atendidos por dos (2) p fesionales 1fi en psicología, las cuales serán distribuidas así: a) ciento cuarenta y cuatro (14fi) para atender población de Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años, cof derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflifito armado, b)c ienctuoa reyn tcau at(r1o4 4)s esiones según el cronograma incluido en el Proyecto de Atención Institucional debidament aprobado; para atender población de Niñ s, niñas y adolescentes de O a 18 años con derechos amenazados o vulnerados, que quieren la atención de acuerdo con el concepto de la autoridad administrativa, según el ronograma incluido en el Proyecto de Atención Institucional debidamente aprobado. :\fi · tfi_!fi-.;fi· , ,· En este estado es necesario precisar lo siguiente: .. e! El Gobierno Nacional, en ejercicio de las facultades qómcedidas por la Constitución acional, la Ley y particularmente por el Decreto 417 de fecfi 17 de marzo de 2020¡ expidió el Decreto Legislativo No 563 de fecha 15 de abril de 2020 "Por el cual se adopt n medidas . especiales y transitorias para et sector de inclusión sóolát y reconcilia·cjón, en marco del

. ,, •I Estado de Emergencia Económica, Soc(;a l y Ecológica" fi.,fil _· _ 1 _,11fi , .fi - - :· fi 11• . / El artículo 3 del Decreto 563 me•• nc·- ifi o.. n1 1. . a· fi:: ¡ .d. '- ;,,_o dispone: ''Artículo 3. Licencia de funcionamfonto y ampliación operativa. Durante el término de la emer encía sanitaria declarada or el Ministerio de Salud Protección Social con ocasión de la 2an0de0mi6a d erivadsa ede l Coronavirus C0VID-19. se suspende el inciso segundo del artículo 16 de la Ley 1098 de ''por la cual pide el Código de la Infancia y la Adolescencia", exclusivamente para el trámite administrativo de otorgamiento inicial de licencias y el trámite administrativo de ampliación operativa de la licencia de funcionamiento,Ibtorgada por el Instituto Colombiano de Bienesª ta/ r F_. afimfi ilia rfi -ICBF-a las Instituciones del Sistema Nacional de Biene5tJ ar Familiar que prestan servf_'.fifi protección enores de edad o la familia y a las que desarro/fen el programa adopción. fi fifi r 1 . fi La Oficina de AsegÜiá'miento de la ·<;a¡dad en conjunto con la Dirección de Protecci n, elevaron consulta a la Oficina fi:sfisqr • a ..." J fiu. r rr.-íd1fic ya 'l · respecto de la interpretación y aplicación de Ios artículos antes señalados, a fin de precisar su .a,lcance . r Conforlmode i supesteone lD ecre5t6o3¿ e, l

La Oficina Asesora Jurídica, ;ñ'e·cliante comunicación 202010450000077483 de cha 18 de alcancleas uspnesiódne tlr máitaed ministdreal talisiv coe ndceif ausn donamiento m ia nyo i d ce i2 d0 a2 ul0, r ee am si nt e ió tl tc eo én c rep mto id a ne lla o ap e r e mgu en rt ea: n csiaant iareisa artao dalsam so II 'rda!iddeas de prgoramqause r eqeuriedne l icendcefi uan cionapmairesanu ot poea rcióne sarro/lo ese xclumseinvtaaer la oCse ntrTorasn sitosreiñoasl aedneo lsa rtuílcyo e lDee/ creto : o 4 563?, así: 1 "El artículo 3 del Decreto Legislativo 563 de 2020, dispone expresamente la suspensión del inciso del artículo 16 para el trámite administrativo de otorgamiento inicial da licencias y el trámite administrativo de ampliaq ón operativa de /as del la licencia de funcionamiento, otorgada a oIns titucionesa Sqisutemea Nacional de Bienestar Fam¡ fifir que presten seNicios de protección a los menores de edad la familia y las desarrollen el programa de adop ion. , .. •r- ••, • www1 .\cbf.• gov ,,. co D Í csFpo1ornb1a CJ @lCSFColon_i,, bia •. @@ icbfcíoaloomli ci ••a l fi Seddeel aD irecGceinóenr al Língeraa tnuaictiaIo nCaBlF Avenciadrar 6e8Nr oa. 6-47c5 018 009018 080

PBX4:3 776 30 InsittutCoo loimabnod eB ienestFaarmilia r DirecciónG enreal BIEESTNAR Cecilia De la Fuente de Lleras FfiAMIfiLI ARO ficinad eA segurieanmtdoel aC aidlad Pública 32 8 1t 11 2021 JUN

RESOLUCIÓN No.

Por la cual se otorga Licencia de Funcionamiento Inicial por el término de seis (6) meses a ta FUNDACIÓN PARA EL PROGRESO DE LA ORINOQ UIA -FUNDEPRO para desarrollar el servicio complementario de Intervención de Apoyo -Apoyo Psicológico Especializado en Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y Niños, niñas, adolescentes de O a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, que requieran la atención, de acuerdo con el concepto de la autoridad administrativa. el mismo Por su parte artículo 4 de este losDe creto, señala que el /CBF podrá crear centros transitorios para la protección íntegra/ de la niñez en garantía de derechos de los menores de edad. De lo anterior se desprende que la suspensión transitoria del 2 del articulo 16, aplica a todas las modalidades que prestan servicios de protección a menores dien ceidsaod familia y que desarrortan el programa de adopción, incluyéndose. Centros tr/aonss Uorios para la proote /cac ión integraa ll adse la niñez, en tanto igualmente instituciones culyoas creación se encuentra dirigida la protección integral de niños.

ensiñtoass. y sa odno lescentes ye n coenssee cuencia también hacen parte del Sistemea/ a N acional de Bienesctoamr oF ami/loiasr . Obviamente la suspensión de requisito está atada a las necesidades en seNício que surjan consecuencia de la pandemia por el Covid 19." (Destacado fuera del texto) ,F"fi--. . suspdeindos. \_#l /.<:•' ··r.:11 En virtud de lo anterior, los trámites derivados de licencias de fuficfoh-amiento iniciales fueron • ·fi:1. t., ·,i11· ·-..\-.•' l.; "1"'' ·fip fi \):.,. ,,, ,. .; ,1rfi.,- Mediante memorando con radicado No: 202010410000113653 de fefi,fifi :tO•:fifi-afi!o;t0"',de 2020, • • la Oficina Asesora Jurídica conceptuó entre otros que: , •fi••·,_-' "(. ..) La suspensión del trámite de otorgamiento de lícenciai:jqfi;i9Jes y de la aa utorización para ;: '·fiplisaec ión de la cdape acidad operativa de aquellas licencias que ya fuedroen otorgadas, es aplicable frente aquellos servicios qfie requieran forma expedita y oportuna en el marco del Estado Emergencia Sanitanfir.)\ fi.J.;, ;_, 't li:,fi... , Que en razón a lo señalado se re1 '-t . omó el trámite clet\;otorgamiento de las licencias de

·y funcionamiento iniciales. /.-,·; :,fi-.. "1ii;Jfi'\. :' ,,1,p. 1·,1t · • ,4'·,1 r·. .fi .-fi . fi:,11t' • '·fi ·fifi 1fi¡t :\: fi lp FUNADCIOPNA R"·AEhPL.RL-O:RGESOD EL AO RINOQUFlUAN DEPRO, Que se efectuó la yerificacíóh'.-fin la rfifi'p,_ectiva base de datos se estableció que a la fecha la entidad '- - no ha sido ' sancionada en ningún Procesq:fiqfi'.íniktra,fiy.? Sancionatorio derivado de la función de Inspección, Vigilancia y Control decfifip ,e .r.¡.,t l' e t, ncia 11¡19 '''1 :;fi I ICBF. ,t. . {'i l! ¡ Que en mérito de lo expuesto, ,'_;' .. R"fi:J " Efi ,• .', I• " S ')\, Ufi VEEL: ,,¡ , " r1 fi. fil. < ;1;. i ... >1. 11 ¡d ¡: , ;'tr ,i¡ \ : · t 9J;fi .-.: . ...L" • fi º- -4:!t .¡ ,' . ,\ ti\ '."1,1• Otorgar ij ;rfi / ., ARTICGL.: .. f'RIIV!:fi,ROfi Licencia de Funcionamiento Inicial por un término de sejs (6) meses, a la,;f:Y"'.. .N [?fiCION PARA EL PROGRESO DE LA ORINOQUIAFUNDEPRO, ubicada

la sede sede'adn&nistrativa Calle 16 A No. 26-80 Barrio los Helechos en el municipio de Yopal y sede operativa em"la Carrera 9 No. 6-30 Barrio Progreso en el municipio de Villanueva en el APOYO APOYfiOfiSICOLOGEISCPOE ICALIZADO departamento de Cas·fi,nare, par_a desarrollar el servicio complementario de INTERVENCIÓN DE - en población de Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y Niños, niñas y adolescentes de O a í 8 años con dosecnitoosc henyto ac h(o2 8s8e)s iones derechos amenazados o vulnerados, que requieren la atención de acuerdo con el concepto de en el de la autoridad administrativa. Con capacidad de al mes, establecida teniendo cuenta cronograma actividades incluido en el Proyecto de a)c iento Atención Institucional, que el servicio para las dos poblaciones se desarrollará en dos (2) -- conosu ltorio1s, ai...t.e ,n f d. id. o s por' .d., o·1.s. w( •2 ) psicólogas, las :.-fi cfi:- u¡. ·: a _ l. e s serán distribuidas así: !fi · .,,.:_:i'"/;·fi?;::··fi . .-·_ I .C ...fi.B tFC fio fi/lo ·rm bia ,1fi>, ·-Cl ,WWV/ @I3CtBbFtC :Qodlo '(m .h CrC{a #./. fi-: _: · _ ,- fi:fi;:. : .; , · ..i · ,.,fi ·:--•i·\./.. · fifi'C ·:_;- ,fi, ';fi •· gv.,

· , @] @icbfcolomb)aoiicial . . . . Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

. InstCiotultoom bdieBa ineon eFsatmairl iar DiercciGóenna elr • BIENAERST Cecilia De la Fuente de Lleras ' OficdieAn sae guramdiele aCna tloi dad FAMILIAR Púibcla 32 8 1 1J UN 1021

RESOLUCIÓN No, 11

Por la cual se otorga Licencia de Funcionamiento Inicial por el término de seis (6) eses a la r¡r FUNDACIÓN PARA EL PROGRESO DE LA ORINOQUfA - FUNDEPRO para de9prroflar el a se,vicio complementario de Intervención de Apoyo -Apoyo Psicológico Especializafio en Niños, a niñas y adolescentes de O 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, VÍ(i;timas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y Niños, niñas, adolescentes , e O 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, que requieran la atención, de acu 'do con el concepto de la autoridad administrativa. y cuarenta y cuatro (144) sesiones para atender población de Niños, niñas adole [entes de O a 18 años, con derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual dfintro y fuera del conflicto armado, según el cronograma incluido en el Proyecto de Atención institucional debidamente aprobadfi b) ciento cuarenta y cuatro (144) sesiones para atender fi1o blación de

, Niños, niñas y adolescentes de O a 18 años con derechos amenazados o vuln rados, que requieren la atención de acuerdo con el concepto de la autoridad adminístrativ según el cronograma incluido en el Proyecto de Atención Institucional debidamente aprobado y ARTÍCULO SEGUNDO. Fijar de manera permanente durante la vigencia en lugar isible de la . FUNDACIÓN PARA EL PROGRESO DE LA ORINOQUIA _:_-•FliNDEPRO, en la sede 1 administrativa y operativa, de los municipios de Yopal y Villanueva eel depa ,amento de Casanare copia de la presente Resolución. · · ARTÍCULO TERCERO. Advertir que la entidad FUNDACIÓN PARA EL· l?R qOG e.R • SO DE LA ORINOQUIA - FUNDEPRO en el municipio de Villanueva del departamento d Casanare, :· :':_, _. ,fi . :¡- queda sometida a las normas legales que regulfi'l el servicio complementari9 Inte ención de Apoyo -Apoyo Psicológico Especializado en pobíación de Niños, niñas y adolescei tes de O a fi 18 años, con derechos amenazados o vulneradofi;::,v.ictimas de violencia sexual d tro y fuera del conflicto armado y Niños, niñas y adolescentes de Q a,,18 años con derechos a nazados o ARTICULO CUARTO. Notifjfip.:r 'por intermedio de la Oficina ge Aseguramiento de la Calidad del ICBF, la presente Resolüción a ·1a, Representante Legal de la FUNDACIÓN! PARA EL PROGRESO DE LA ORINOQUIA - FUNDEPRO, en los términos establecidos en fiI artículo 4

del Decreto 491 de 2020 y los,j;·artículos :57. y siguientes, del Código de Prdl edimiento Administrativo y de lo Contencioso·fidministrativo, haciéndole saber que contra ella procede el Recurso de Reposición ante la Oficína de Aseguramiento de la Calidad, el ! ual debe ,. interponerse por escrito en el momento d_e su notificación o dentro de los die (10) días sigui fin:es_ _: fi -fifisma. '., •• a fij . -- ; 1 ARTl,GUtO QUIN•I• O•1 . VIGENCIA: La presente Resolución rige partir de su ejecuto a.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 1 1JU 2N0 21

Dada en , D.C., a los . :-. • _/1

JEANNETH ROCÍO GÓ Revisó: Yeni Uli DíJ aze f Oe s od rioe - la C oO orf dic ini an da or a e G rA ups o e dg e u Pr onerías Jurídicas y Licencias de Funcionami tofi Proyectó: Sonia Rocio Romero González, Abogada Contratista - Oficina de Aseguramiento de la Calici d_: Offcina de Aseguramiento de la Calidadfi • -r, - ff Cl ICBFColombia @lCBFColombia \\IWWJcbf;.goy,fi fi ficbofmcobol ficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF

Avenida carrera 68 No.64<: -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

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