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ICBF - Resolución 3316 de 2011

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 3316 de 2011
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2011

RESOLUCION 3316 DE 2011

(julio 29) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF Por la cual se modifican parcialmente los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financierasvigencia 2011 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia De la Fuente de Lleras. RESUELVE ARTÍCULO 1o . Modificar la ficha No. I-30 de los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2011, en el ítem Costo de la modalidad Centro de Emergencia, el cual quedará así: Costo: -- Centro de Emergencia: $1.197.368 En los casos en que la permanencia de los niños, niñas y adolescentes en el Centro de Emergencia sea superior a los ocho (8) días hábiles establecidos en el lineamiento técnico para el cumplimiento del objetivo, el costo cupo a reconocer será igual al correspondiente a Internado General, es decir, $783.072. ARTÍCULO 2o. Modificar las fichas de los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2011 Nos. I-37, I-38 e I-39, en el ítem Costo, variando las tarifas de algunas modalidades exclusivamente para la Regional Amazonas, las cuales quedarán así: Proyecto 320-1501-140

PROTECCIÓN - ACCIONES PARA PRESERVAR Y RESTITUIR EL EJERCICIO

INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA

Ficha I-37 Subproyecto 09 Modalidades 320-1501-140-09-03 EN CONFLICTO CON LA LEY (EN RESTABLECIMIENTO) Intervención de Apoyo. Costo cupo niño/mes: $254.492 Ficha I-38 Subproyecto 10

EN CONFLICTO CON LA LEY (EN SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL)

Modalidades 320-1501-140-11-01 Intervención de Apoyo. Costo cupo niño/mes: $254.492 320-1501-140-11-04 Prestación de Servicios a la Comunidad. Costo cupo niño/mes: $136.338 320-1501-140-10-07 Internamiento Preventivo. Costo cupo niño/mes: $1.443.338 320-1501-140-10-08 Centro de Atención Especializada. Costo cupo niño/mes: $1.356.221 Ficha I-39 Subproyecto 11

EN CONFLICTO CON LA LEY REGIMEN DECRETO 2737 DE 1989 - CÓDIGO DEL

MENOR Modalidades 320-1501-140-11-01 Intervención de Apoyo. Costo cupo niño/mes: $167.258 320-1501-140-11-04 Cerrado. Costo cupo niño/mes: $1.155.286 ARTÍCULO 3o. Modificar la ficha No. I-60 de los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras - vigencia 2011, en los ítems Tiempo de Funcionamiento y Costo, los cuales quedarán así: Proyecto 320-1501-150

APOYO NUTRICIONAL Y DE ORIENTACIÓN JUVENIL A LA NIÑEZ Y

ADOLESCENCIA A NIVEL NACIONAL Subproyecto 04 – 05

CLUBES PRE-JUVENILES - CLUBES JUVENILES Tiempo de Funcionamiento: Entre 72 y 108 sesiones en la presente vigencia.

Costo: Aporte ICBF:1 Funcionamiento del Club: Número de participantes: 15, Valor mensual equivalente a 12 sesiones $316.401, desagregado de la siguiente manera: -- Bonificación animador Pre-Juvenil y Juvenil: $221.481 mensual. -- Proyecto Grupal: Material didáctico e implementos. Deben ser entregados de acuerdo con la vocación o perfil de cada Club Pre-juvenil y Juvenil: $47.460 mensual. -- Capacitación: $47.460 mensuales. La capacitación debe corresponder a la propuesta pedagógica presentada por el operador y los ejes temáticos solicitados por ICBF que fortalezcan las habilidades para la vida

2. Las actividades y estrategias de formación complementaria y participación de los adolescentes jóvenes se financiarán de acuerdo con la necesidad específica.

3. En el caso que se autorice realizar un mayor número de sesiones al mes, los valores a pagar por funcionamiento del

Club son los siguientes: No.

SESIONES DE

TRABAJO AL

MES

VALOR TOTAL MES

CLUB PREJUVENIL

Y/O JUVENIL ($)

DESAGREGADO POR CONCEPTO

VALOR MES

BONIFICACION

ANIMADOR ($)

VALOR MES

PROYECTO

GRUPAL ($)

VALOR MES

CAPACITACION

($) 12 316.401 221.481 47.460 47.460 13 342.768 239.938 51.415 51.415 14 369.135 258.395 55.370 55.370 15 395.501 276.851 59.325 59.325 16 421.867 295.307 63.280 63.280 17 448.234 313.764 67.235 67.235 18 474.600 332.220 71.190 71.190

Cofinanciación: Por el operador: La cofinanciación será determinada de acuerdo con los siguientes criterios: -- Ampliación de Operatividad del servicio en sesiones adicionales de atención a las contratadas. -- Materiales o implementos adicionales para, los proyectos productivos o iniciativas juveniles de los Clubes. -- Formación en emprendimientos. Nuevos proyectos o iniciativas productivas. -- Transporte para los participantes cuando se haga necesario acudir a talleres y actividades de formación. -- Transporte para realizar la supervisión del programa en todos los Municipios. -- Ampliación de cobertura a través de nuevas unidades de atención. -- Complementación alimentaria en el desarrollo de las actividades cotidianas de los clubes.

El supervisor del contrato ICBF, debe validar que la entidad contratista haya cumplido con los criterios anteriores para realizar el respectivo desembolso mensual del valor total de las unidades de servicio contratadas. Asimismo, cuando no sea posible entregar al club o animador juvenil uno de los anteriores criterios, solo deberá legalizar el valor de los ítems por los que se entreguen al Club. (Ejemplo: si durante un mes, el operador entrega al Club bonificación al

animador, pero no entrega materiales, ni capacitación, solamente se, debe legalizar el valor correspondiente a este rubro y no se pagarán los demás).

Por parte del ente territorial: Cuando el ente territorial cofinancie el programa, ésta se orientará a la ampliación de cobertura o de días de atención del programa, y/o a complementación alimentaria en el desarrollo de las actividades cotidianas de los clubes.

ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 29 JUL. 2011

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ

Directora General

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar

ISBN 978-958-98873-3-2

Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)

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