ICBF - Resolución 4124 de 2025

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 4124 de 2025
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2025

RESOLUCION 4124 DE 2025

Fecha de Expedición: 1 de agosto de 2025

Fecha de entrada en vigencia: 1 de agosto de 2025

Estado de la vigencia: Vigente

Fecha de publicación en Diario Oficial: N/A

Número del Diario Oficial: N/A

RESOLUCION 4124 DE 2025

(1 de agosto)

“Por la cual se modifica parcialmente el artículo segundo de la Resolución 6423 del 31 de diciembre de 2024, en el sentido de desagregar recursos trasladados entre rubros a nivel decreto de liquidación”

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) “CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS”

En uso de sus facultades legales y estatutarias y en particular de las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el literal b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979 y,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante la expedición del Decreto 1523 de 18 de diciembre de 2024, decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y presupuesto de gastos para la Vigencia Fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025.

Que aunado a lo anterior, y mediante Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, el Gobierno Nacional, liquidó el Presupuesto General de la Nación para la Vigencia Fiscal 2025, detallando las apropiaciones, clasificando y definiendo los gastos. Este Decreto incluye el Presupuesto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF para la Vigencia Fiscal 2025.

Que por medio de la Resolución 6432 del 31 de diciembre del 2024, la Dirección General del ICBF consolidó el presupuesto de ingresos y desagregó, distribuyó, asignó y comunicó el Presupuesto de Gastos a Nivel Nacional, Unidad Ejecutora, Sedes Regionales y Sede de la Dirección General, para la vigencia fiscal 2025.

Que por medio de la Resolución 0006 del 3 de enero del 2025, se corrigieron unos errores contenidos en los artículos primero y segundo de la Resolución No. 6432 del 31 de diciembre del 2024 “por la cual se consolida el presupuesto de ingresos y se desagrega, distribuye, asigna y comunica la asignación del presupuesto de Gastos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a Nivel de la Unidad Ejecutora, Sedes Regionales y Sede de la Dirección General, para la Vigencia fiscal del año 2025”.

Que mediante Acuerdo 0001 del 4 de abril de 2025, el Consejo Directivo del ICBF autorizó traslado en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del ICBF, relacionado con el contracrédito y crédito para la Vigencia Fiscal 2025, VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M/CTE ($24.813.723.932), financiado con recurso 27 – Rentas Parafiscales.

Que a través de oficio con radicado No. 2-2025-046557 del 30 de julio de 2025, el Director General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, aprobó la operación presupuestal contenida en el Acuerdo 0001 de 2025, emanado del Consejo Directivo del ICBF.

Que el Director de Planeación y Control a la Gestión del ICBF, mediante memorando con radicado No. 202513000000094563 del 30 de julio de 2025, solicitó la desagregación de recursos presupuestales por valor de VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M/CTE ($24.813.723.932), financiado con recurso 27 – Rentas Parafiscales.

Que en virtud de lo anterior, se requiere modificar parcialmente el artículo segundo de la Resolución 6432 del 2024, en el sentido de desagregar recursos trasladados entre rubros a nivel decreto de liquidación, según aprobación realizada por medio del Acuerdo 0001 de 2025.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar parcialmente el artículo segundo de la Resolución 6432 del 31 de diciembre del 2024, en el sentido de desagregar recursos trasladados entre rubros a nivel decreto de liquidación, por la suma de VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M/CTE ($24.813.723.932), financiado con recurso 27 – Rentas Parafiscales de conformidad con el siguiente detalle:

| | | | | | | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | TIPO | CTA | SUBCTA | OBJ | ORD | SUBORD | DEP | REC | DESCRIPCIÓN | CRÉDITO | | A | | | | | | | | Funcionamiento | 24.813.723.932 | | A | 02 | | | | | | | Adquisición de bienes y servicios | 21.147.079.255 | | A | 02 | 02 | | | | | | Adquisiciones diferentes de activos | 21.147.079.255 | | A | 02 | 02 | 02 | | | | | Adquisición de servicios | 21.147.079.255 | | A | 02 | 02 | 02 | 008 | | | | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 9.882.284.700 | | A | 02 | 02 | 02 | 008 | 005 | | | Servicios de soporte | 9.882.284.700 | | | | | | | | 302 | | Servicios de soporte Dirección Administrativa | 9.882.284.700 | | | | | | | | | 27 | Rentas Parafiscales | 9.882.284.700 | | A | 02 | 02 | 02 | 009 | | | | Servicios para la comunidad, sociales y personales | 11.264.794.555 | | A | 02 | 02 | 02 | 009 | 007 | | | Otros servicios | 11.264.794.555 |

| A | 02 | 02 | 02 | 009 | 007 | | | Otros servicios | 11.264.794.555 | | | | | | | | 301 | | Otros servicios – Dirección de gestión Humana | 11.264.794.555 | | | | | | | | | 27 | Rentas Parafiscales | 11.264.794.555 | | A | 03 | | | | | | | Transferencias corrientes | 3.666.644.677 | | A | 03 | 10 | | | | | | Sentencias y conciliaciones | 3.666.644.677 | | A | 03 | 10 | 01 | | | | | Fallos nacionales | 3.666.644.677 | | A | 03 | 10 | 01 | 001 | | | | Sentencias | 3.666.644.677 | | | | | | | | 304 | | Sentencias – oficina asesora Jurídica | 3.666.644.677 | | | | | | | | | 27 | Rentas Parafiscales | 3.666.644.677 | | | | | | | | | | TOTAL | 24.813.723.932 |

ARTÍCULO SEGUNDO. A través de la Dirección Financiera COMUNÍQUESE la presente resolución a los interesados.

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución 6432 del 31 de diciembre del 2024 que no fueron objeto de la presente modificación, continúan incólumes.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C a los 1 de agosto de 2025

ASTRID ELIANA CÁCERES CÁRDENAS

Directora General

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